Judiciales
Condenaron 13 años y 6 meses de prisión a hombre que quiso matar a su pareja de un «ladrillazo»
La agresión fue el 28 de diciembre del año pasado. Antes de golpearla con el ladrillo lo había hecho con sus puños.

Con voto rector de la jueza Laura Pérez y adhesión de sus pares Fernando Sánchez Freytes y Emilio Stadler, la ex Cámara Criminal Tercera de Roca condenó a un hombre a la pena de 13 años y 6 meses de prisión como autor del delito de «tentativa de homicidio calificado» por la relación de pareja que había existido entre el imputado y la víctima.
El hecho que se tuvo por acreditado ocurrió durante la madrugada del 28 de diciembre de 2016, cuando el imputado C.C. agredió físicamente a su ex pareja, golpeándola con los puños y con un trozo de ladrillo en la cabeza, con el objetivo de causar su muerte.
Tal como lo había requerido en su alegato la fiscal de Cámara Graciela Echegaray, el Tribunal tuvo por acreditado que C.C. fue el autor de la agresión, no sólo por las reiteradas manifestaciones que sostuvo la víctima al respecto -ante efectivos policiales, médicos del hospital y autoridades judiciales- sino también por el contexto en el que se produjo el hecho, un día después de que la mujer le manifestara al imputado «su explicito y contundente rechazo» a retomar la relación.
«Se acredita una larga historia de violencia psicológica y física», destacó el fallo de la Cámara, evaluando además el informe psicológico referido al imputado, que lo describe como una persona con «ausencia de herramientas para controlar sus impulsos y proclive a las vías de hecho».
Para los jueces, la intención homicida quedó acreditada y se vio frustrada por «razones ajenas a la voluntad» del acusado, pues éste puso fin a la agresión cuando creyó que la mujer estaba muerta.
Los jueces evaluaron las amenazas previas, la modalidad de un ataque que cometió «prácticamente al acecho», de manera «sorpresiva» y utilizando elementos contundentes para golpear a la mujer en zonas vitales, principalmente el rostro y la cabeza. Todo ello sumado al «abandono de la víctima, desinteresándose de su destino».
Para los jueces también quedó probado que el imputado, luego de atacar a la mujer, le sustrajo un teléfono celular y otros efectos personales que llevaba la víctima, por lo que la condena incluyó también el delito de «hurto simple».
La Cámara tuvo en cuenta como agravantes la «modalidad comisiva» del delito, el contexto de violencia de género en el que ocurrió, la «desfavorable» consideración del imputado a lo largo del proceso y la existencia de un antecedente computable por un hecho similar, sentenciado por el ex Juzgado Correccional de Roca. Es por eso que la condena de 13 años y 6 meses de prisión quedó unificada en un total de 13 años y 10 meses, pues se computó parte de la condena previa que estaba pendiente de cumplimiento efectivo, revocándose la condicionalidad de aquella pena.
Finalmente los jueces hicieron lugar al pedido de la Fiscalía para que el hombre, en prisión, sea sometido a un tratamiento psicológico acorde con el tipo de delito imputado.
Judiciales
Condenaron a cuatro policías por agredir y amenazar a dos adolescentes en Roca
El hecho ocurrió el 15 de junio de 2024 en un playón deportivo del barrio Alta Barda. El policía considerado autor recibió 3 años de prisión en suspenso, mientras que los otros tres fueron condenados a penas de entre 24 y 30 meses.

Cuatro empleados policiales fueron condenados a penas de prisión en suspenso por un hecho ocurrido con dos adolescentes en un playón deportivo del barrio Alta Barda, en General Roca. El policía considerado autor recibió una pena de tres años de ejecución condicional, mientras que los otros tres fueron considerados partícipes necesarios y recibieron condenas de entre 24 y 30 meses.
La sentencia fue dictada por los jueces Oscar Gatti, Emilio Stadler y Verónica Rodríguez. Según lo resuelto, el funcionario policial declarado autor fue quien llevó adelante las conductas agresivas contra las víctimas y les profirió amenazas con un arma.
Durante el debate, las defensas penal pública y particular solicitaron modificar la calificación legal propuesta por la Fiscalía. El planteo fue admitido por el Tribunal. Posteriormente, durante la etapa de cesura, insistieron en que las penas requeridas por la acusación eran elevadas.
La defensora penal pública Flavia Rojas explicó que, en el caso de una de sus asistidas, la pretensión fiscal no contemplaba su historia personal ni los testimonios que la describían como una persona pacífica. También destacó que las dos mujeres involucradas habían reclamado al policía considerado autor que cesara su accionar contra los adolescentes.
Por su parte, el defensor Juan Pablo Chirinos sostuvo que no existían elementos para justificar una pena de cumplimiento efectivo y pidió que se contemplaran la situación familiar y las responsabilidades de cuidado de su asistido.
El hecho por el que los policías llegaron a juicio ocurrió el 15 de junio de 2024, entre las 2.05 y las 4.30. Los imputados se movilizaban en una camioneta policial tipo pick up mientras prestaban funciones en la Comisaría 47° de J.J. Gómez. En ese contexto, llegaron a un playón deportivo del barrio Alta Barda, donde se produjeron las acciones investigadas contra dos adolescentes.
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Pidieron más de 4 años de prisión para la mujer que atacó a la ex pareja y 3 años y medio para su cómplice
La agresión ocurrió en abril de 2025 en una vivienda de San Juan al 2200.

Tras haber sido declarados culpables por atacar a la ex pareja de la mujer en abril de 2025, en General Roca, un hombre y una mujer esperan conocer las penas que deberán cumplir. La Fiscalía solicitó 4 años y 6 meses de prisión efectiva para ella y 3 años y 6 meses para él.
El fiscal Daniel Zornitta requirió al Tribunal que condene a la mujer como autora de lesiones graves calificadas por haber mantenido una relación de pareja con la víctima. Para el hombre pidió 3 años y 6 meses de prisión como partícipe necesario de las lesiones graves.
Durante sus alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que ambos atacaron a la víctima por la espalda, impidiéndole defenderse. También señaló que el objetivo era causarle daño y remarcó que su vida corrió riesgo, ya que un amigo debió trasladarlo al hospital local, donde fue internado inmediatamente en terapia intensiva.
Zornitta también hizo referencia a las consecuencias que dejó la agresión. Explicó que las lesiones le impidieron a la víctima trabajar con normalidad y lo obligaron a cerrar su taller. Además, mencionó el informe de la psicóloga de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), quien indicó que el hombre continúa con un alto grado de vulnerabilidad y temor, al igual que integrantes de su familia.
Durante la audiencia de cesura realizada este lunes (02/11) declararon la víctima, quien también había brindado su testimonio durante el debate de responsabilidad penal, y Virginia Ansola, psicóloga de la OFAVI del Ministerio Público. También lo hicieron familiares y conocidos de los autores del hecho, por parte de las defensas particulares.
El Tribunal Colegiado, integrado por los jueces Maximiliano Camarda, Verónica Rodríguez y Emilio Stadler, dará a conocer la sentencia el próximo miércoles 11 de noviembre al mediodía en los Tribunales roquenses.
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Una mediación permitió resolver el contacto de una madre detenida con su hijo y autorizar viajes al exterior
El acuerdo establece comunicaciones por Zoom tres veces por semana, sujetas a las condiciones del establecimiento penitenciario. También contempla una autorización para que el padre pueda viajar con el niño fuera del país hasta que cumpla 18 años.

Una mujer que se encuentra privada de su libertad en General Roca acordó, mediante una mediación, un nuevo régimen de comunicación con su hijo. El entendimiento establece que podrán mantener contacto a través de videollamadas por Zoom tres veces por semana, de acuerdo con las condiciones del establecimiento penitenciario.
El encuentro se realizó en el Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (CIMARC) de Roca. El padre participó de manera presencial, mientras que la madre intervino por videollamada desde el establecimiento donde permanece alojada. El proceso estuvo dirigido por una mediadora oficial.
El objetivo fue modificar un régimen de comunicación acordado anteriormente y establecer una modalidad que permitiera sostener el vínculo entre la mujer y su hijo, pese a las limitaciones derivadas de su situación de detención.
Durante la audiencia, el padre manifestó su conformidad con que el niño mantenga contacto con su madre y propuso dos franjas horarias por la tarde para realizar las comunicaciones: de 17 a 18 o de 18 a 19, según su disponibilidad laboral.
La puesta en marcha del régimen dependerá de las disposiciones del establecimiento penitenciario. Su Centro de Monitoreo deberá coordinar los días, horarios y enlaces de las videollamadas mediante una plataforma digital.
La mediación también permitió resolver otra cuestión familiar: la madre otorgó una autorización general para que el niño pueda salir del país acompañado por su padre hasta alcanzar la mayoría de edad. Como parte del acuerdo, el hombre se comprometió a informar las fechas y los destinos de cada viaje.
Las partes solicitarán la homologación judicial del acuerdo para formalizar la autorización de viaje y poner en funcionamiento la nueva modalidad de comunicación. Hasta que se concrete ese trámite, continuará vigente el régimen anterior.






