Judiciales
Caso Solano: Bajarán al jagüel, tal lo solicitado por la querella
Serán juzgados siete efectivos policiales a partir del año que viene. A casi 6 años, todavía no hay novedades sobre el joven Daniel Solano.

El fiscal del caso Daniel Zornitta de la descentralizada de Choele Choel brindó detalles de cómo se llevará a cabo la bajada al jagüel en el marco de la causa Solano.
Tal es así que entre las medidas que el Ministerio Público Fiscal tomará para ejecutar lo ordenado por el juez de garantías Roberto Gaviña, se encuentra dar intervención a Gendarmería Nacional para asegurar el predio, además trabajará el Cuerpo de Antropólogos Forenses de la Corte Suprema de la Nación, y el Gabinete de Criminalística de la Regional IV.
“Tal como indica el art. 55 del Código Procesal Penal vigente desde el 1 de agosto, nosotros ejecutamos y controlamos una prueba que ofrece la querella que representa a la familia Solano. Es por ello que los fondos para solventar a la empresa que hará la diligencia los provee esa parte”, aclaró Zornitta. Respecto al control de la ejecución de la medida de prueba se limitará al ingreso y egreso de personas al lugar.
“Se llevará a cabo una nueva audiencia para informar al Tribunal quien va a ser veedor tanto de la defensa como de la querella y también se dictará una orden de allanamiento para poder ingresar al campo La Manuela, en el km 977 de la Ruta Nacional N° 22”, explicó el fiscal del caso. “Una vez allí, se hará una base para instalar una especie de torre de perforación, ya que no bajara ninguna persona al pozo”, agregó.
Cabe mencionar que con el acompañamiento de la Oficina Judicial se hará un registro audiovisual de lo que ocurra los días que dure el procedimiento.
Por su parte, el fiscal jefe Andrés Nelli resaltó que el juicio de la causa principal que investigó la desaparición forzada seguida de muerte del trabajador Daniel Solano ya tiene fecha de debate y comenzará en 2018, tal lo informado por la Oficina Judicial de la 2° Circunscripción. “Hay un procesamiento firme, y el requerimiento de elevación a juicio fundado en indicios suficientes, testigos y otros elementos de prueba que así lo avalan para llevar a los imputados a juicio y lograr una condena, más allá de los resultados que arroje la medida de la querella”.
La causa principal se lleva adelante ante la ex Cámara Criminal Segunda de Roca y serán juzgados siete efectivos policiales. Tres como presuntos coautores del delito de “desaparición forzada de personas en concurso real con vejaciones”; otros tres como presuntos “partícipes primarios” en el delito de desaparición forzada de personas, “en concurso ideal con el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público -como coautores”; y el último como presunto “partícipe secundario” por los delitos de “desaparición forzada de personas en concurso real con vejaciones” y en grado de autor por los delitos de “abuso de autoridad, en concurso ideal con falsedad ideológica”.
Judiciales
Pidieron más de 4 años de prisión para la mujer que atacó a la ex pareja y 3 años y medio para su cómplice
La agresión ocurrió en abril de 2025 en una vivienda de San Juan al 2200.

Tras haber sido declarados culpables por atacar a la ex pareja de la mujer en abril de 2025, en General Roca, un hombre y una mujer esperan conocer las penas que deberán cumplir. La Fiscalía solicitó 4 años y 6 meses de prisión efectiva para ella y 3 años y 6 meses para él.
El fiscal Daniel Zornitta requirió al Tribunal que condene a la mujer como autora de lesiones graves calificadas por haber mantenido una relación de pareja con la víctima. Para el hombre pidió 3 años y 6 meses de prisión como partícipe necesario de las lesiones graves.
Durante sus alegatos, el representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que ambos atacaron a la víctima por la espalda, impidiéndole defenderse. También señaló que el objetivo era causarle daño y remarcó que su vida corrió riesgo, ya que un amigo debió trasladarlo al hospital local, donde fue internado inmediatamente en terapia intensiva.
Zornitta también hizo referencia a las consecuencias que dejó la agresión. Explicó que las lesiones le impidieron a la víctima trabajar con normalidad y lo obligaron a cerrar su taller. Además, mencionó el informe de la psicóloga de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), quien indicó que el hombre continúa con un alto grado de vulnerabilidad y temor, al igual que integrantes de su familia.
Durante la audiencia de cesura realizada este lunes (02/11) declararon la víctima, quien también había brindado su testimonio durante el debate de responsabilidad penal, y Virginia Ansola, psicóloga de la OFAVI del Ministerio Público. También lo hicieron familiares y conocidos de los autores del hecho, por parte de las defensas particulares.
El Tribunal Colegiado, integrado por los jueces Maximiliano Camarda, Verónica Rodríguez y Emilio Stadler, dará a conocer la sentencia el próximo miércoles 11 de noviembre al mediodía en los Tribunales roquenses.
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Una mediación permitió resolver el contacto de una madre detenida con su hijo y autorizar viajes al exterior
El acuerdo establece comunicaciones por Zoom tres veces por semana, sujetas a las condiciones del establecimiento penitenciario. También contempla una autorización para que el padre pueda viajar con el niño fuera del país hasta que cumpla 18 años.

Una mujer que se encuentra privada de su libertad en General Roca acordó, mediante una mediación, un nuevo régimen de comunicación con su hijo. El entendimiento establece que podrán mantener contacto a través de videollamadas por Zoom tres veces por semana, de acuerdo con las condiciones del establecimiento penitenciario.
El encuentro se realizó en el Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (CIMARC) de Roca. El padre participó de manera presencial, mientras que la madre intervino por videollamada desde el establecimiento donde permanece alojada. El proceso estuvo dirigido por una mediadora oficial.
El objetivo fue modificar un régimen de comunicación acordado anteriormente y establecer una modalidad que permitiera sostener el vínculo entre la mujer y su hijo, pese a las limitaciones derivadas de su situación de detención.
Durante la audiencia, el padre manifestó su conformidad con que el niño mantenga contacto con su madre y propuso dos franjas horarias por la tarde para realizar las comunicaciones: de 17 a 18 o de 18 a 19, según su disponibilidad laboral.
La puesta en marcha del régimen dependerá de las disposiciones del establecimiento penitenciario. Su Centro de Monitoreo deberá coordinar los días, horarios y enlaces de las videollamadas mediante una plataforma digital.
La mediación también permitió resolver otra cuestión familiar: la madre otorgó una autorización general para que el niño pueda salir del país acompañado por su padre hasta alcanzar la mayoría de edad. Como parte del acuerdo, el hombre se comprometió a informar las fechas y los destinos de cada viaje.
Las partes solicitarán la homologación judicial del acuerdo para formalizar la autorización de viaje y poner en funcionamiento la nueva modalidad de comunicación. Hasta que se concrete ese trámite, continuará vigente el régimen anterior.
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Buscó recuperar el vínculo con su hermano menor y logró un acuerdo para volver a verlo
El joven, mayor de edad, solicitó una mediación para retomar el vínculo con su hermano, que vive con su madre. Acordaron encuentros presenciales dos veces por semana y llamadas telefónicas.

Un joven mayor de edad que vive con su padre recurrió a una mediación para retomar el vínculo con su hermano menor, que reside con su madre en el Alto Valle. La iniciativa permitió alcanzar un acuerdo para establecer encuentros y sostener el contacto entre ambos. A diferencia de los regímenes de comunicación más habituales, que organizan la relación entre progenitores e hijos, en este caso el pedido partió del propio joven y tuvo como eje el vínculo fraterno.
El acuerdo se alcanzó con la madre del niño. Ambas partes participaron del procedimiento con asesoramiento letrado de la defensa pública de mediación.
La particularidad del caso está en quién impulsó el trámite y con qué finalidad. No se trató de organizar la comunicación de una madre o un padre con su hijo, sino de establecer las condiciones para que dos hermanos que viven en hogares distintos pudieran compartir tiempo y mantener contacto frecuente. Esa fue la cuestión que se abordó durante la mediación prejudicial.
El acuerdo contempló encuentros presenciales dos veces por semana, los martes y domingos, en espacios públicos que las partes coordinarán con anticipación. También previó llamadas telefónicas cuatro días a la semana. De esta forma, el régimen combina momentos de encuentro personal con otras oportunidades de comunicación entre los hermanos.
Durante los tres primeros encuentros estará presente la madre. Después, el tiempo compartido se desarrollará entre ambos hermanos, sin la compañía del padre del hermano mayor, de acuerdo con lo establecido. Si por alguna circunstancia excepcional no se pudiera concretar una reunión, las partes deberán comunicarse previamente para reorganizarla.
También se contempló la voluntad del niño en las conversaciones telefónicas. La madre asumió el compromiso de atender las llamadas y, si el niño no desea hablar en alguna ocasión, deberá informárselo a su hermano y señalarle cuándo podrá volver a comunicarse.
Además de acordar encuentros y comunicaciones, el hermano mayor y la madre del niño asumieron compromisos sobre su trato. Pactaron mantener una relación cordial y respetuosa en los asuntos relacionados con el régimen, y no trasladar al niño las diferencias o los conflictos que pudieran surgir entre las personas adultas.
La mediación fijó pautas específicas para la relación entre los hermanos y las partes ratificaron lo acordado con asesoramiento legal.
El procedimiento se desarrolló en el marco del servicio de Mediación del Poder Judicial, con la intervención de una mediadora oficial de su plantel y una comediadora. Ambas partes contaron con asesoramiento letrado de dos defensoras adjuntas especializadas en mediación. La reunión tuvo lugar en Cipolletti.






