Río Negro
Paquete fiscal de Río Negro: Habrá bonificaciones y nuevos beneficios para las MiPymes
Así lo expresó el nuevo titular de la Agencia de Recaudación Tributaria, Leandro Sferco. El proyecto fue elevado a la Legislatura rionegrina para su tratamiento.

El titular de la Agencia de Recaudación de Río Negro, Leandro Sferco, ante la presentación a la Legislatura del paquete fiscal 2018 de la provincia, expresó que “el proyecto que hemos elevado es consecuente con el acuerdo fiscal firmado por Nación, aunque varios de los puntos que este dispone ya se encontraban vigentes en nuestra provincia como las alícuotas que gravan la actividad primaria e industrial que están por debajo del resto del país y para el 2018 incorporamos otras actividades de la cadera productiva como las actividades de transporte que sobre las cuales se reducirán las alícuotas. Es un proyecto que muestra previsibilidad porque fija pautas fiscales hasta 2022”.
«Las principales medidas apuntan al Impuesto sobre los Ingresos Brutos para evitar el efecto acumulativo que genera este gravamen distorsivo en la cadena productiva que impacta directamente en la competencia directa con productos de otros países», añadió.
En este sentido, se reducen gradualmente las alícuotas de industria, actividades primarias, distribución de energía y transporte que terminarán exentas en 5 años. Además baja el porcentaje de alícuota para la construcción, en línea con lo dispuesto en 2017 de reducción en Ingresos Brutos para créditos hipotecarios y del impuesto de sellos sobre hipotecas.
“Es importante destacar el impacto que esto tiene para todos los consumidores (particulares y empresas) de Río Negro. El hecho de que todas las provincias hayan acordado reducir el impuesto sobre los IIBB a la industria y el transporte tendrá un efecto en el costo de producción y comercialización de todos los bienes que ingresan para su comercialización en Río Negro (nacionales o importados). Siendo Río Negro una provincia alejada de los centros industriales del país el costo de transporte tiene una incidencia muy alta en todo lo que consumimos, por lo tanto la ecuación tanto para los consumidores como para las empresas será siempre positiva», destacó Sferco.
También se aumentan los incentivos para las MiPymes, alcanzando bonificaciones del 30%, medida que compensa la actualización de alícuotas para estas actividades.
En referencia al Impuesto a los Sellos, otro de los gravámenes distorsivos, se elimina el tratamiento diferencial que existía para la compra de autos 0 km fuera de la provincia, reduciendo del 3 al 2 % las alícuotas para dichas transacciones. «A fin de fomentar el acceso a créditos hipotecarios, se dispone una baja del 15 al 5% en las alícuotas».
Por otra parte, se fija una reducción gradual de sellos que inicia con el 1% en 2018 y finalizaría eliminado por completo en 2022. En lo que respecta a Automotor e Inmobiliario, se mantienen las alícuotas y las bonificaciones por buen cumplimiento del 10 o 25% según las valuaciones fiscales más el 15% por pago anticipado llegando a alcanzar un 40%. Cabe recordar que las alícuotas y bonificaciones sobre estos impuestos se mantienen desde el año 2012.
«Particularmente en el Impuesto Automotor se fija un año un régimen especial de regularización de venta registral para los contribuyentes que hayan vendido su vehículo y no procedieron a realizar la denuncia de venta fiscal a partir de 2014, debiendo el vendedor no tener deuda y haber realizado la transacción antes de 2018. Y en Inmobiliario se baja del 3 al 2% la alícuota para los terrenos baldíos», añadió Sferco.
«La Agencia de Recaudación asume la defensa de los derechos a los consumidores», destacó a su vez. En este sentido informó que «a partir de enero 2018 el organismo recaudador de la Provincia se convierte en autoridad de aplicación de las leyes de defensa del consumidor, ley de autoabastecimiento, lealtad comercial y de Metrología Legal».
Por lo tanto, a través de su estructura descentralizada, «los consumidores contarán con dependencias más cercanas donde poder hacer valer sus derechos».
Se prevé la utilización del expediente electrónico recientemente incorporado por el Ministerio de Economía y el uso de la tecnología para la toma de las audiencias conciliatorias. Se aplicarán audiencias bajo modalidad a distancia evitando el traslado de las partes, mayor celeridad en las notificaciones a las empresas que tengan sus domicilios fiscales electrónicos constituidos ante el organismo fiscal.
Asimismo, se unificarán las áreas de fiscalización, lo que permitirá efectuar controles integrales de los comerciantes y prestadores de servicios verificando no solo el cumplimiento de las normas tributarias sino también de aquellas que hacen a la protección de todos los consumidores de la provincia.
«A modo de generar conciencia se implementará un programa de educación integral a los consumidores, en el marco de las actividades desarrolladas por el programa de Cultura Tributaria que lleva a cabo la Agencia de Recaudación en las escuelas de la provincia desde 2012 difundiendo la importancia del cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales para el desarrollo de la sociedad», concluyó Sferco.
Judiciales
Más de 100 causas de Defensa del Consumidor ingresaron solo al fuero Civil en lo que va de 2025
Este tipo de expedientes suele requerir la realización de audiencias orales, instancias de conciliación y, en muchos casos, la emisión de sentencias definitivas o la homologación de acuerdos.

En los primeros 6 meses del año, los Juzgados y unidades jurisdiccionales Civiles tramitaron 108 causas por denuncias de Defensa del Consumidor. Este tipo de expedientes suele requerir la realización de audiencias orales, instancias de conciliación y, en muchos casos, la emisión de sentencias definitivas o la homologación de acuerdos alcanzados entre las partes. Es una de las vías de ingreso, aunque no la única, de temas de consumo.
El fuero civil provincial cuenta actualmente con 16 organismos distribuidos en 8 ciudades: Viedma, San Antonio Oeste, Roca, Villa Regina, Choele Choel, Bariloche, El Bolsón y Cipolletti. Desde estos organismos se tramitan procesos que van desde reclamos de consumidores hasta sucesiones, daños y perjuicios, ejecuciones y amparos, entre otros.
Existen otros organismos que también reciben denuncias de las y los consumidores como por ejemplo los juzgados de Paz, algunas oficinas municipales y las áreas de Defensa del Consumidor del poder Ejecutivo.
En el Poder Judicial de Río Negro, durante el primer semestre de 2025, el fuero Civil recibió 3.056 causas nuevas. En ese mismo período, dictó 2.213 sentencias que pusieron fin a los procesos, lo que refleja un alto nivel de resolución de expedientes. Entre los tipos de procesos más frecuentes se destacan las sucesiones intestadas (953 casos, 30% del total), los reclamos por daños y perjuicios (395) y los procesos ejecutivos (379), además de las denuncias de Defensa del Consumidor.
La Ley 24.240 establece los derechos de los consumidores y las obligaciones de los proveedores en las relaciones de consumo. Una relación de consumo es un vínculo que se establece entre el proveedor de un bien o servicio y el consumidor o usuario del mismo. Incluye el antes, durante y después de la compra del producto o contratación del servicio.
Esta norma garantiza que las personas tengan derecho a recibir información cierta, clara y detallada sobre los productos o servicios, a ser tratadas de manera digna y equitativa, a obtener comprobantes de las operaciones y a contar con bienes y servicios que no representen riesgos para su salud o seguridad.
También regula aspectos clave como las garantías legales, los plazos de entrega, las condiciones de las compras por internet y la calidad en la prestación de servicios públicos esenciales.
La información estadística del fuero Civil forma parte de los informes semestrales realizados por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia. Las estadísticas permiten optimizar la toma de decisiones al apuntalar determinados fueros u organismos de acuerdo a la carga de trabajo.
Política
«Un país no se construye abandonando las universidades y la salud»
Weretilneck habló tras los nuevos vetos de Milei a las leyes aprobadas en el Congreso y aseguró que no hubo ningún llamado del presidente.

El gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck, cuestionó con firmeza los vetos del presidente Javier Milei a leyes claves para el financiamiento de la educación, la salud pública y las provincias. Anticipó que en el Congreso se rechazarán estas decisiones. «Un país no se construye abandonando a las universidades, quitándole la salud a los niños y negándole a las provincias los recursos que les corresponden. Eso no es federalismo, es un castigo injusto», afirmó.
El mandatario provincial remarcó que los vetos dejaron sin efecto normas votadas por amplia mayoría en el Congreso: la ley de financiamiento universitario, la emergencia pediátrica y la redistribución automática de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN). «Estamos hablando de derechos básicos: educación, salud y federalismo. No de privilegios», enfatizó.
En relación a los ATN, explicó que «son fondos que se descuentan de la coparticipación, es decir, de los impuestos que nos pertenecen a las provincias. No pedimos nada más que lo que corresponde: esos recursos son de los rionegrinos y deben volver en obras, en escuelas, en hospitales y en servicios para nuestra gente».
En diálogo con LU19, Weretilneck también advirtió que «no hubo ninguna convocatoria institucional a las provincias» por parte del Gobierno Nacional. «El diálogo que existió fue partidario, con gobernadores aliados a La Libertad Avanza. Exigimos un ámbito federal serio, con temario claro, donde estemos todas las provincias, no un encuentro político a puertas cerradas», sostuvo.
Finalmente, fue categórico. «Río Negro no se va a quedar en silencio frente a estas decisiones. Vamos a defender en el Congreso lo que corresponde a nuestra gente. Porque la defensa nace acá, en cada provincia, en cada universidad, en cada hospital que necesita recursos para seguir de pie», concluyó.
Judiciales
Estuvo varado más de 12 horas sin agua ni asistencia: Condenan a empresa de transporte por trato indigno
El colectivo se quedó sin combustible a pocos kilómetros de Chimpay.

Un hombre que viajaba desde Cipolletti hacia Sierra Grande quedó varado en la ruta, sin agua ni comunicación, cuando el colectivo de larga distancia en el que se trasladaba se detuvo por falta de combustible a pocos kilómetros de la localidad de Chimpay. Horas más tarde, al retomar el viaje en otra unidad, el colectivo no se detuvo en el parador correspondiente y, luego de una discusión con los choferes, la persona fue obligada a descender a la intemperie, sin su equipaje.
Tras varios intentos administrativos para obtener una compensación por parte de la empresa Autotransportes Andesmar S.A., y al no lograrlo, el cliente inició una demanda de menor cuantía en el Juzgado de Paz de Sierra Grande.
En el fallo se explicó que el hombre abordó el colectivo interno 5295 a las 10 de la mañana, una hora después del horario estipulado. Hacia el mediodía, a unos 15 kilómetros de Chimpay, la unidad se detuvo por falta de combustible. Las personas pasajeras permanecieron en el lugar hasta que personal policial y de bomberos organizó traslados particulares hacia la terminal de esa localidad. Recién a las 22 horas llegó otra unidad para continuar el viaje.
Durante la madrugada siguiente, ya en las proximidades de Sierra Grande, el colectivo pasó de largo por el lugar donde la persona solía descender. Al pedir que se detuviera, el chofer la insultó y se negó a retroceder. Un segundo conductor, que no se encontraba de servicio, intervino en la discusión. Según el relato, descendió del vehículo con el torso descubierto y un cinturón en la mano, y obligó al pasajero a bajar, lejos de su destino y sin su valija.
Frente a esta situación, presentó reclamos ante Defensa del Consumidor de San Antonio Oeste y Sierra Grande. La empresa negó los hechos denunciados y ofreció una suma compensatoria que fue rechazada por el cliente. Luego, las partes intentaron una instancia de mediación, sin resultados.
En su análisis, la jueza de Paz sostuvo que existió una relación de consumo encuadrada en la Ley 24.240 y en el Código Civil y Comercial. Señaló que el proveedor debe garantizar información clara, trato digno y cumplimiento del servicio contratado. También indicó que, ante la existencia de dudas, corresponde interpretar el contrato de manera más favorable a la persona usuaria.
El fallo consideró acreditada la situación de vulnerabilidad de la parte actora y concluyó que el accionar de la empresa vulneró los derechos protegidos por la normativa vigente. Además del daño material, el juzgado identificó una afectación moral relacionada con la angustia, el maltrato sufrido y la pérdida del equipaje.
La sentencia también impuso un resarcimiento en concepto de daño punitivo, al considerar que la empresa ignoró los distintos reclamos administrativos y obligó a la persona afectada a acudir al Poder Judicial para resolver el conflicto.
Finalmente, la magistrada condenó a la empresa Andesmar a pagar, en concepto de daño directo, la suma de $1.400.000; en concepto de daño extrapatrimonial, $200.000; y en concepto de daño punitivo, $200.000, más intereses.