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Río Negro

A través de la página web del IPROSS, afiliados pueden realizar reclamos

La nueva herramienta online propone agilizar y simplificar sus trámites sin tener que acercarse a la Delegación local.

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La nueva web oficial del IPROSS permite a los afiliados realizar consultas sobre sus trámites online y reclamos respecto de atención, solicitudes de prótesis, derivaciones, reintegros, prestadores y reclamos administrativos, desde la comodidad de su hogar. De una forma ágil y sencilla, la plataforma posibilita, por un lado, realizar consultas y, por otro, reclamos.

La página web se transforma también en una herramienta eficaz para el control de la atención de los prestadores, ya que los propios afiliados pueden transparentar sus quejas ante algún incumplimiento por parte de los prestadores de la obra social provincial.

Por caso, ante la rescisión del contrato con la Federación de Clínicas, IPROSS formalizó convenios particulares con sanatorios y clínicas del Alto Valle rionegrino.

La obra social provincial garantiza, a través del sistema público hospitalario, la atención de urgencias y emergencias. A través de la Federación Médica de Río Negro, las consultas y la atención médica ambulatoria, como así también los procedimientos que requieran anestesia a través del convenio con la Asociación de Anestesiología. El resto de la atención se distribuye en Cipolletti, a través de la clínica Moguillansky y Fundación Médica, en Roca con Fundación Labat e Instituto Radiológico, en Choele Choel con IMEPA, y en Neuquén a través de la Clínica San Lucas, Clínica Pasteur, y Policlínico Neuquén.

Ante cualquier situación donde los prestadores no cumplan con la atención, el afiliado podrá realizar el reclamo vía web y la obra social tomará inmediata intervención para solucionar el caso.

Forma sencilla y eficaz

Para la consulta de trámites o la realización de reclamos, los afiliados deben colocar un mail y teléfono de contacto para que, desde la institución, el personal específicamente destinado a esta labor, se ponga en contacto con el/la afiliado/a y, de ser necesario, solicite más información para responder eficazmente a la consulta y/o reclamo realizado.

El procedimiento es muy fácil, ingresando a la web oficial del IPROSS, encontrarán el apartado “Realizá tu trámite o reclamo online”, allí deberán seleccionar la opción que corresponda y completar sus datos, una vez que presionen enviar la obra social recibirá inmediatamente la información.

Esta herramienta de contacto directo con los afiliados se propone agilizar y simplificar sus trámites sin tener que acercarse a la Delegación local.

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Deportes

Comenzó la segunda etapa de los Juegos Patagónicos

Se desarrollan de manera simultánea en Río Negro, Neuquén y La Pampa.

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Este jueves (15/05) se realizó en Viedma la apertura de la sede rionegrina de los Juegos Patagónicos, dando inicio a la fase final de la competencia que se desarrolla de manera simultánea en Río Negro, Neuquén y La Pampa. El acto fue encabezado por el vicegobernador Pedro Pesatti, acompañado por el Intendente de Viedma, Marcos Castro y el Secretario de Deporte, Nahuel Astutti.

En este marco, el vicegobernador destacó que «desde el Gobierno sentimos mucho orgullo cada vez que nuestra provincia recibe este tipo de eventos en donde deportistas de toda la Patagonia, la región que más amamos, llegan a disfrutar del deporte como experiencia de vida”, y añadió que “debemos valorar lo que significa el deporte como instancia formadora de personas, ya que nos enseña sobre el esfuerzo, la disciplina y a trabajar en equipo, valores que son la base de la cultura comunitaria en sociedad».

Este año los Juegos Epade, ParaEpade e Integración se unificaron bajo el nombre de Juegos Patagónicos y con organización conjunta de todas las provincias de la Patagonia. Esta competencia está dividida en dos etapas, a fin de garantizar su desarrollo luego de un 2024 donde se vieron suspendidos por la crisis económica a nivel nacional.

Por su parte, Astutti afirmó que «para nosotros es muy importante que ustedes estén acá, sabemos del esfuerzo de los gobiernos patagónicos que hicieron que esto sea posible” y agregó que “alrededor de 3000 deportistas se movilizaron para estos Juegos, agradezco al Ente Patagónico Deportivo ya que es por el trabajo conjunto de todas las provincias el que permite que ustedes estén acá».

Finalmente el referente de la cartera deportiva provincial sostuvo que «hay muchísimos deportistas que quisieran estar en su lugar por lo que les aconsejo que lo disfruten y lo valoren, pero con responsabilidad».

En esta etapa las acciones se desarrollan de manera simultanea en Río Negro, La Pampa y Neuquén; las disciplinas que se disputarán serán bádminton, tiro con arco, básquet 3×3, natación y atletismo para personas con discapacidad, judo, mountain bike, tenis, fútbol, gimnasia artística y natación convencional.

En el caso de Río Negro este jueves por la tarde comenzará la competencia de básquet 3×3 (adaptado), tiro con arco y mountain bike, todas en distintos puntos de Viedma. Durante este jueves también saldrán a escena los representantes rionegrinos en las sedes de La Pampa y Neuquén.

De esta manera ya se vive la definición de los Juegos Patagónicos dónde la provincia buscará volver a ser protagonista.

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Judiciales

Compra fallida en Mercado Libre: Condena para una ferretería

Compró una máquina de soldar pero el producto nunca funcionó correctamente. El consumidor será indemnizado.

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Un consumidor que compró una máquina de soldar a través de la plataforma Mercado Libre denunció que el producto no funcionaba correctamente. A pesar de los reclamos, no obtuvo una solución por parte de la empresa proveedora, que terminó negándole la devolución del equipo y le atribuyó el desperfecto a un mal uso. La situación derivó en una condena contra la ferretería, a la que el juzgado de Paz de Cinco Saltos consideró responsable de vulnerar los derechos del cliente. La sentencia incluyó el pago de indemnizaciones por daño patrimonial, daño moral y daño punitivo.

El comprador relató que, desde el primer intento de uso, la máquina carecía de potencia para realizar una soldadura, incluso al máximo de su capacidad. A partir de allí, inició una serie de comunicaciones con la ferretería a través de los canales dispuestos en la plataforma de E-commerce. En respuesta, la empresa Bulfer Ferretería Industrial solicitó el envío del equipo para su revisión. Según la presentación, luego de aproximadamente dos meses, el aparato volvió con la misma falla.

Frente a la persistencia del problema, el consumidor volvió a reclamar. Esta vez, la empresa le pidió un video como prueba del desperfecto. El comprador accedió, pero la respuesta fue nuevamente insatisfactoria. En una nueva instancia, le solicitaron reenviar la máquina, lo que dio lugar a un nuevo intercambio donde la empresa aseguró no haber recibido el producto o indicó que aún no había sido revisado. Finalmente, notificó que la máquina presentaba abolladuras y golpes que atribuía a un mal uso, aunque el cliente advirtió que el código de control no coincidía con el del equipo que había enviado originalmente.

El reclamo judicial se encuadró como proceso de menor cuantía bajo la ley de Defensa del Consumidor. Tras ser notificados, Mercado Libre y Bulfer Ferretería Industrial fueron convocadas a audiencia. Mercado Libre respondió y participó del encuentro, mientras que la empresa vendedora no se presentó ni presentó descargos. Posteriormente, el consumidor desistió de su pretensión contra Mercado Libre y continuó solamente contra la ferretería.

El fallo reconoció la existencia de una relación de consumo y subrayó el deber de los proveedores de respetar los principios de trato digno, buena fe e información clara y veraz. La inasistencia de la demandada habilitó a tener por reconocidos los hechos presentados por el cliente. Con la prueba documental, el juez de Paz resolvió condenar a la ferretería por incumplimiento contractual.

La sentencia ordenó el pago de una suma en concepto de daño patrimonial, correspondiente al valor del producto adquirido. También reconoció un daño moral, vinculado al padecimiento generado por el trato recibido y la necesidad de litigar para ejercer sus derechos. Finalmente, impuso una suma en concepto de daño punitivo, como consecuencia de la conducta desaprensiva del proveedor y en resguardo del principio de dignidad del consumidor.

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Judiciales

Confirmaron la paternidad de dos niños: El hombre sabía, pero nunca los reconoció

Se negó a reconocer a colaborar en su crianza y a cumplir con cualquier obligación alimentaria.

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Un fallo del fuero de Familia de Luis Beltrán confirmó la paternidad de dos niños tras hacer lugar a un proceso de filiación. La sentencia subraya que el hombre conocía desde el inicio que era el progenitor, pero se negó a reconocer a sus hijos, a colaborar en su crianza y a cumplir con cualquier obligación alimentaria.

La causa fue impulsada por la madre de los niños. En su presentación relató que había mantenido una relación conflictiva con el padre, marcada por hechos de violencia y una denuncia por abuso sexual intrafamiliar que motivó su alejamiento. Dijo que los embarazos fueron conocidos por el progenitor y su familia, pero que él se negó sistemáticamente a reconocer a los niños.

Ambos nacieron en hospitales públicos de la provincia y fueron inscriptos únicamente con el apellido materno. La mujer sostuvo que se encontraba en una situación económica crítica, sin ayuda ni acompañamiento. Solicitó el reconocimiento legal de la paternidad y alimentos provisorios para garantizar la subsistencia de sus hijos.

El expediente se inició el año pasado. El juzgado ordenó una prueba genética y notificó al padre para que se presentara a la extracción de muestras. No asistió. Ante su incomparecencia, se fijó una segunda fecha. Finalmente, se logró realizar la pericia. El informe del laboratorio confirmó con un grado de certeza superior al 99,999999996% la paternidad del demandado.

La jueza sostuvo que el juicio de filiación es de «neto corte pericial» y que la prueba genética practicada fue suficiente para acreditar la existencia del vínculo paterno-filial. Recordó que el artículo 579 del Código Civil y Comercial de la Nación contempla expresamente las pruebas genéticas en este tipo de procesos y que la jurisprudencia las considera la prueba por excelencia.

Citó doctrina que sostiene que «una persona necesita saber quién es, cuál es su origen y quiénes son sus padres para ejercer su derecho a la identidad». También remarcó que el artículo 7° de la Convención sobre los Derechos del Niño reconoce el derecho del niño a conocer a sus padres y que el artículo 8° obliga al Estado a preservar la identidad, sin injerencias.

Afirmó que cuando existe un vínculo biológico no reflejado en el plano jurídico, debe reconocerse el derecho a lograr un estado de familia conforme a la verdad genética. Señaló que el resultado de la pericia impone al juez la obligación de modificar los registros del Estado para que reflejen la realidad.

Indicó que no hubo controversia ni prueba en contrario, y que el silencio y la inacción del progenitor no hicieron más que reforzar el valor de la pericia. «Tengo un grado de certeza indubitada. El demandado es el padre biológico de los niños», concluyó.

El fallo ordena modificar las partidas de nacimiento de ambos niños. Autoriza que conserven solamente el apellido materno, como pidió la madre. La jueza explicó que no corresponde que la madre afronte gastos judiciales cuando actuó en representación de sus hijos para garantizar derechos fundamentales.

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