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Judiciales

Caso Solano: No dieron lugar al pedido de detención a los imputados

El debate continuará el próximo 5 de abril.

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La octava jornada del juicio oral y público por el “caso Solano” comenzó este jueves apenas pasadas las 9 y finalizó cerca de las 13. Una primera testigo, oriunda del Valle Medio, declaró en la sala durante poco más de media hora.

La segunda declaración se realizó por sistema de videconferencia y fue la continuación del relato de una testigo protegida y de identidad reservada que había comenzado a testificar el pasado 15 de marzo. En aquella oportunidad el acto debió suspenderse por razones procesales y técnicas, por lo que la declaración se completó hoy.

Otros dos testigos que estaban debidamente notificados no concurrieron a la citación de la fecha y otros tres, finalmente, no asistieron por no haber podido ser notificados de manera fehaciente.

Al finalizar los testimonios del día el abogado por la parte querellante, Leandro Aparicio, solicitó la detención preventiva de todos los imputados “hasta tanto se concreten las declaraciones testimoniales” de las personas que han sido debidamente citadas y que hasta el momento no han acudido.

“No es casualidad que casi ninguno de los testigos de Choele Choel (…) haya venido a declarar. Entiendo que no están dadas las condiciones de seguridad de los testigos estando los señores imputados en libertad. Por eso solicito su detención hasta tanto se sustancien los testimonios”, sostuvo el abogado.

Por su parte la fiscal de Cámara Teresa Giuffrida señaló que “también (le) resulta llamativo que un alto porcentaje de los testigos debidamente notificados no haya venido”, pero que debido al “plus de objetividad” que debe mantener como representante del Ministerio Público, no está “hoy” en condiciones de acompañar la solicitud de la querella, por carecer de “elementos objetivos” que permitan sostener la existencia concreta de amenazas o temor fundado de los testigos ausentes. “No obstante, en caso de tomar conocimiento de alguna denuncia de este tipo, esta Fiscalía acompañará a la querella en su pedido de detención”, señaló. Todos los defensores, por su parte, se opusieron al pedido de detención.

El Tribunal, tras un cuarto intermedio para la deliberación, resolvió “no hacer lugar a la solicitud de prisión preventiva de los imputados”, remitiéndose “en un todo a las razones, argumentaciones y conclusiones que ha dado la señora fiscal”.

El debate continúa el próximo jueves 5 de abril, a partir de las 9, en la sala de audiencias N° 5, ubicada en el subsuelo de la Ciudad Judicial. Por razones de agenda laboral de las partes, no habrá audiencia el próximo martes 3 de abril.

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Judiciales

Un supermercado de Roca deberá indemnizar a una vecina de 80 años que tropezó con un tablón que sobresalía de una góndola

Tuvieron que colocarle una prótesis de cadera y pese a los tratamientos, su calidad de vida quedó seriamente limitada.

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Una mujer de 80 años tropezó con un tablón que sobresalía de una góndola en un céntrico supermercado de Roca. Como vivía a sólo dos cuadras, era clienta habitual y siempre iba caminando con su hermana. Su vida, que hasta entonces era «en un estado pleno de salud integral, alegre, trasladándose sin problemas en cercanías de su hogar, haciendo las tareas cotidianas en su casa», cambió drásticamente desde aquel día.

Tuvieron que colocarle una prótesis de cadera y pese a los tratamientos, su calidad de vida quedó seriamente limitada. Su movilidad quedó «reducida de manera dramática, al punto tal que para caminar debe utilizar un bastón, y ni siquiera puede agacharse para realizar una tarea tan simple como acomodar las macetas de las plantas de su hogar», dice la demanda. Tampoco puede vestirse sola, subir escaleras ni salir a hacer trámites como hacía antes, porque ahora necesita asistencia permanente.

La señora inició una demanda por la Ley de Defensa del Consumidor. Afirmó que el accidente «podría haberse evitado si el hipermercado hubiera mantenido el lugar en forma segura, evitando la colocación de una madera sobresaliente de una de sus góndolas, o al menos alguna señal de advertencia de peligro». El supermercado y su aseguradora fueron condenados a pagarle una indemnización integral para cubrir el daño físico, moral y psicológico. La Cámara Civil de Roca triplicó el resarcimiento que había otorgado el fallo de primera instancia, calculando un monto suficiente para que la anciana pueda seguir viviendo con dignidad y pueda afrontar los gastos de atención que necesite en adelante.

La indemnización «tiende a resarcir no solo aquellas actividades económicamente valorables, pues claramente requiere de la asistencia de una tercera persona que no podrá solventar con su ingreso, sino también los padecimientos vivenciados, la angustia y los pesares propios de la situación vivida, que se agudizan a tenor de su edad en momentos en que más se precisa contar con el mayor bienestar y seguridad en razón de las necesidades más acuciantes que se presentan en el umbral de la vida. Ello tiene directa relación con el principio de reparación plena pero también con las garantías y derechos humanos de la actora como integrante de aquel grupo vulnerable: derecho a la vida y a la dignidad en la vejez, derecho a la accesibilidad y a la movilidad personal, derecho a recibir servicios de cuidado a largo plazo, entre otros», dijo la Cámara Civil, invocando la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores. También destacó «la condición de persona hipervulnerable» de la señora.

La sentencia de la Cámara, por otra parte, hizo lugar a una defensa del supermercado Carrefour y no le aplicó una multa por daño punitivo. Argumentó que esa multa civil prevista en la Ley de Defensa del Consumidor «tiene carácter verdaderamente excepcional» y debe aplicarse cuando el proveedor viola intencionalmente o con «grosera negligencia» los derechos de sus clientes. En este caso, por el contrario, «ha quedado demostrado que inmediatamente de ocurrido el hecho la parte demandada brindó atención a la actora con la mayor celeridad posible».

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Judiciales

¿Cuáles fueron los delitos más frecuentes durante la primera parte del año?

De cada 10 denuncias que ingresan al proceso penal en Río Negro, 4 son contra la propiedad.

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Durante el primer semestre del año, las Oficinas Judiciales Penales recibieron 3.220 legajos, el número más alto en seis años. Hubo un total de 2.962 delitos. De cada 10 denuncias que ingresan al proceso penal en Río Negro, 4 son contra la propiedad. Le siguen contra la administración pública, los atentados contra las personas, contra la libertad y la integridad sexual. Los jueces y juezas penales de toda la provincia hicieron, en el mismo periodo, 7.440 audiencias.

De los 3.220 legajos, 2.962 fueron promovidos desde el Ministerio Público, 252 son ejecuciones, exhortos y solicitudes administrativas. Hubo 5 querellas privadas y un trámite de la Ley Procesal anterior.

Durante los primeros seis meses de 2024 se promovieron 1.373 solicitudes por delitos contra la propiedad, categoría que incluye a los hurtos, robos, estafas y daños materiales, entre otros.

Hubo 419 legajos por delitos contra la administración pública que incluye el atentado y resistencia a la autoridad, la falsa denuncia y el falso testimonio. También al encubrimiento (por adquirir objetos robados, por ejemplo) y la desobediencia a una orden judicial que, entre otros legajos, se aplica ante el incumplimiento de medidas cautelares en violencia de género.

Se registraron 384 legajos en la categoría delitos contra las personas. Aquí se encuentran todos los tipos de homicidios (culposos, dolosos, con agravantes y atenuantes), las lesiones, el abuso de armas y el abandono de personas. También 328 delitos contra la libertad: privación ilegítima, detenciones ilegales, violación de secretos, entre otros.

Hubo, además, 272 legajos por delitos contra la integridad sexual. Contemplan los abusos con o sin acceso carnal, la corrupción de menores, la facilitación a la prostitución y las exhibiciones obscenas.

En números, de los 2.962 legajos ingresados durante el primer semestre de 2024, los delitos contra la propiedad representan el 46,35 por ciento del total, los delitos contra la administración pública el 14,15 por ciento, los delitos contra las personas el 12,96 por ciento, los delitos contra la libertad el 11,07 por ciento y los delitos contra la integridad sexual el 9,18 por ciento.

Audiencias y sentencias

En el mismo periodo, las y los jueces penales de la provincia participaron de 7.440 audiencias y dictaron 1.355 sentencias entre condenas, absoluciones y sobreseimientos.

Se realizaron 2.136 formulaciones de cargo, 538 juicios abreviados y 214 debates.

Los datos surgen del informe semestral del Centro de Planificación a partir de las estadísticas elaboradas e informadas por la Dirección General de Oficinas Judiciales Penales.

La información confiable permite un seguimiento específico de las necesidades de cada fuero, optimizar la toma de decisiones y planificar las estrategias de mejora.

El Tribunal de Impugnación

En el primer semestre de este año ingresaron al Tribunal de Impugnación un total de 175 trámites.

Se realizaron 79 audiencias y se dictaron 94 sentencias. En el caso de impugnaciones extraordinarias y rechazos in limine, el dictado de sentencia es sin mediar audiencia.

La mayoría de las audiencias realizadas son de impugnación de sentencia y, en menor medida, impugnación de autos interlocutorios y de prisión preventiva.

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Judiciales

Menos divorcios: Bajaron durante el primer semestre de 2024

Se registraron 255 casos menos que en los primeros seis meses del año pasado.

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Los 16 organismos del fuero de Familia de Río Negro registraron 255 divorcios menos sí se comprara el primer semestre de 2023 con el de 2024. Mientras que en la primera parte del año pasado hubo 828 disoluciones matrimoniales, en el periodo actual se registraron 573 sentencias que ponen fin a un matrimonio.

La disolución del matrimonio está contemplada en el Capítulo 8, artículo 435 del Código Civil y Comercial de la Nación. El divorcio, que debe ser declarado judicialmente, es una de las causas que pone fin al matrimonio. El divorcio se decreta judicialmente a petición de ambos o de uno solo de los cónyuges. Si existe desacuerdo sobre los efectos del divorcio, o si el convenio regulador perjudica de modo manifiesto los intereses de los integrantes del grupo familiar, las cuestiones pendientes deben ser resueltas por el juez o jueza de conformidad con el procedimiento previsto en la ley.

Los divorcios se canalizan en los Juzgados de Familia, Unidades Procesales y juzgados Multifueros.

Divorcios, en diez años

En 2014 hubo 1.078 disoluciones matrimoniales, en 2015 903, en 2016 1.400, en 2017 1.395, en 2018 se contabilizaron 1.426, en tanto en 2019 hubo 1.386 divorcios.

En 2020, que fue el año de la pandemia, se firmaron 910 divorcios. En ese momento se registró una baja en las disoluciones matrimoniales. En comparación, en 2020 se registraron 476 divorcios menos que en 2019.

Mientras que en 2021 el número volvió a subir: hubo 1.333 divorcios. En 2022, en cambio, se contabilizaron 1.204, es decir que bajaron en relación al periodo anterior. En 2023 subieron nuevamente a 1.529 sentencias.

En lo que va de este 2024 se registraron 573 disoluciones matrimoniales.

El fuero de Familia posee 16 organismos para atender la conflictividad de toda la provincia. Pero en esta temática solo se consignan los divorcios ya que los matrimonios se realizan ante el Registro Civil y Capacidad de las Personas.

En Viedma funcionan tres unidades procesales, en San Antonio un juzgado Multifueros, otras tres unidades procesales en Roca, un juzgado de Familia en Villa Regina y otro en Luis Beltrán, tres unidades procesales en Bariloche, un juzgado Multifueros en El Bolsón y otras tres unidades procesales en Cipolletti.

La información surge del informe estadístico del Centro de Planificación Estratégica que depende del Superior Tribunal de Justicia (STJ).

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