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Sociedad

Semana Santa: ¿Feriados o días no laborables?

Hay muchas dudas sobre la cuestión laboral en el fin de semana largo que se aproxima, y por ello la CAIC explicó las opciones que tiene el empleador en cada jornada.

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La Cámara de Agricultura, Industria y Comercio (CAIC) de General Roca dio a conocer cómo deben adoptarse los próximos feriados y días no laborables que se aproximan con el fin de semana largo.

En este sentido, destacaron que tanto el Viernes Santo (30/03) como el lunes 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas) son feriados nacionales y por ende, en caso de que los trabajadores presten servicios en esos días, se deberá abonar la remuneración normal de las jornadas laborables más una cantidad igual.

Por su parte, el Jueves Santo (29/03) y el sábado (31/03) son días no laborables, por lo cual, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, agencias de seguros y actividades afines. En dichas jornadas, los trabajadores que presten servicio, percibirán el salario simple.

No obstante aclararon que en caso de optar el empleador como día no laborable, el jornal será igualmente abonado al empleado.

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Policiales

La Policía detuvo a un prófugo en la Fiesta de la Pera

Al observar a los uniformados, el sujeto quiso escapar pero igualmente fue alcanzado y puesto a disposición de la Justicia.

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Durante la Fiesta de la Pera 2025 que se realizó este fin de semana en Allen, personal policial de la Comisaría 6º logró detener a un hombre que era buscado por la Justicia rionegrina desde el año pasado.

Los efectivos, que realizaban tareas preventivas de forma peatonal en el Parque Integración, observaron al individuo, quien al percatarse de la presencia de los efectivos intentó darse a la fuga. Sin embargo, fue interceptado y aprehendido a pocos metros.

Tras identificarlo y verificar sus datos en el sistema policial, se confirmó que tenía un pedido de captura vigente.

De inmediato, la situación fue informada a la Fiscalía de turno, que dispuso que el hombre permanezca detenido hasta que se emitan nuevas directivas.

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Judiciales

Condenan a petrolera por dañar una vivienda durante la construcción de un gasoducto

La indemnización supera los 7 millones y medio de pesos.

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Parte de la construcción del gasoducto Neuba I dejó secuelas en una vivienda de Allen. Un informe pericial determinó que las vibraciones generadas durante la obra afectaron una casa rural donde residen tres mujeres. Luego de varios intentos frustrados de conciliación, la demanda avanzó hasta obtener una sentencia en el Juzgado Civil Nº 5 de Roca.

La resolución responsabilizó a la petrolera por los daños ocasionados en la construcción y ordenó una indemnización por una suma superior a $7.500.000. La sentencia de primera instancia no está firme y aún se encuentra dentro de los plazos de apelación.

La propiedad afectada, ubicada en la intersección de la Ruta Provincial N° 65 y calle 17, soportó intensas vibraciones generadas por maquinaria pesada. Los peritajes confirmaron que estas actividades dañaron las paredes y estructuras del inmueble, incluyendo un galpón en el predio. También se denunciaron inconvenientes como polvo en suspensión, ruido constante y dificultades para acceder a la chacra durante las obras.

YPF argumentó que las vibraciones generadas estaban dentro de los niveles aceptables según estudios realizados por la empresa. El peritaje independiente concluyó que las mediciones presentadas no consideraron los momentos en que las máquinas operaban más cerca del inmueble ni tomaron en cuenta la antigüedad y las condiciones estructurales de la vivienda. Además, la falta de un relevamiento previo del estado del inmueble fue considerado como un agravante.

En uno de los intentos de conciliación, la petrolera ofreció un acuerdo extrajudicial con la condición de la renuncia de cualquier acción legal por parte de las afectadas. La propuesta fue rechazada por ser considerada «insuficiente» frente a los daños reclamados, lo que llevó al inicio del proceso judicial.

Otro de los argumentos que esbozó la defensa de YPF fue que contaba con todos los permisos para los trabajos que se desplegaron en ese sector. Sin embargo, el juez interviniente sostuvo que «la autorización administrativa no exime a la empresa de su responsabilidad civil por los daños ocasionados» y destacó que «las actividades riesgosas deben prever el impacto sobre las propiedades vecinas y adoptar medidas para evitarlos».

La sentencia le atribuyó a YPF una «responsabilidad objetiva» por los daños debido a que las obras, consideradas actividades riesgosas, no preveían adecuadamente los impactos negativos sobre las propiedades vecinas.

Por otro lado, el magistrado desestimó el reclamo por pérdida del valor de reventa del inmueble. Aseguró que dicho perjuicio podría revertirse una vez finalizadas las reparaciones correspondientes.

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Río Negro

Río Negro recuperó más de $3.467 millones de deudores morosos

Se iniciaron alrededor de 5.000 demandas judiciales durante el 2024.

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Durante 2024, el Gobierno de Río Negro logró recuperar más de $3.467 millones en deudas tributarias mediante acciones judiciales dirigidas a contribuyentes morosos. La Agencia de Recaudación Tributaria intensificó su estrategia de cobranza, priorizando medidas legales en los casos donde no se evidenciaba voluntad de pago.

«En total, se iniciaron alrededor de 5.000 demandas judiciales, permitiendo un recupero efectivo que representó un impulso clave en la recaudación anual«, explicó el director ejecutivo de la Agencia, Alejandro Palmieri.

Además de las acciones judiciales, se implementaron acuerdos prejudiciales que facilitaron el pago voluntario de las deudas, sumando otros $399 millones al total recaudado. Estas medidas no solo optimizaron costos y tiempos procesales, sino que también fortalecieron el compromiso fiscal en el territorio.

Con esta estrategia, Río Negro reafirmó su determinación de combatir la morosidad tributaria y consolidar un sistema fiscal más sólido y eficiente.

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