Judiciales
Formularon cargos por homicidio culposo agravado a quien conducía la camioneta que cayó al Canal Grande
A raíz del siniestro falleció su amigo Walter Omar Norambuena.
Esta tarde (09/04) el fiscal del caso Luciano Garrido, junto a la adjunta Victoria Bou Abdo, formularon cargos contra Gustavo Orellana por el hecho ocurrido ayer a la mañana en el Canal Principal de Riego en Roca en el que cayó una camioneta y resultado de ello falleció Walter Omar Norambuena.
Según la acusación fiscal “antes de las 11.51 del domingo, en el Canal Principal de Riego a la altura del barrio Progreso, el imputado conducía una camioneta Peugeot Partner por el margen norte del canal acompañado de la víctima. La conducción la hacía de manera imprudente y antirreglamentaria, ya que circulaba en estado de ebriedad, circunstancia que le impidió mantener el efectivo dominio del rodado, provocando que cayera dentro del canal, que se encontraba en su máximo nivel de agua. Posteriormente, el imputado logró salir del vehículo siniestrado y del agua, alejándose del lugar, abandonando a su suerte a su amigo Norambuena, quien perdió la vida a causa de sufrir asfixia por sumersión, tal lo dice el informe del Cuerpo Médico Forense”.
La calificación legal que sostuvo la Fiscalía fue de homicidio culposo agravado y abandono de persona (Art. 84 bis 2do párrafo, 106 y 55 del Código Penal).
Cabe recordar que la fiscal de turno Silvana García junto a la adjunta Natalia Pascual fueron quienes intervinieron en las primeras actuaciones respecto del hecho ayer domingo.
La defensa particular, luego de que Orellana prestara declaración, solicitó su libertad, y el representante del Ministerio Público Fiscal expresó que “en algún momento el hombre entorpeció el accionar de la Justicia ya que no accedió de manera inmediata a que le tome una extracción de sangre para determinar el grado de alcohol. A la par no se puede dejar de lado la actitud que tuvo de presentarse en la Comisaría de Stefenelli, diciendo que era el dueño del vehículo hallado, que al momento del accidente se trasladaba en el mismo con su amigo, ayudando de esta manera a reconocer a la víctima fatal, ya que no tenía documentación. Además reconoció en su declaración aquí en la audiencia que era el que conducía la camioneta, y que se quedó dormido, como también que se prestó a que se le tomara la muestra pertinente”.
La Fiscalía agregó que “el hombre tiene arraigo en la ciudad de Regina, cuenta con un trabajo estable, y no veo que los riesgos procesales emerjan como una forma de restringir su libertad. Propongo que se le dé la libertad bajo caución juratoria”.
La jueza de garantías Natalia González tuvo por formulados los cargos tal como lo explicó y relató el Ministerio Público Fiscal, y ordenó la inmediata libertad.
Judiciales
El Poder Judicial de Río Negro regula el uso de inteligencia artificial en procesos judiciales
Se pretende promover la aplicación de este tipo de tecnologías de manera ética y responsable.
El Superior Tribunal de Justicia (STJ) aprobó un protocolo para el uso de herramientas de inteligencia artificial generativa (IAGen) en el ámbito judicial. Se pretende promover la aplicación de este tipo de tecnologías de manera ética y responsable. La medida, vigente desde octubre, establece que magistrados, funcionarios y empleados judiciales pueden emplear modelos como ChatGPT, Gemini y Copilot, entre otros, bajo estrictas directrices y con autorización previa.
El protocolo tiene como objetivo mejorar la eficiencia en el trabajo diario de los operadores judiciales, sin que la tecnología reemplace el juicio humano. Asimismo, se busca mitigar los riesgos asociados con el uso de estas herramientas, tales como la posibilidad de generar contenido incorrecto o sesgado. Se subraya la importancia de que las decisiones judiciales continúen siendo responsabilidad exclusiva de los magistrados y funcionarios, quienes deben realizar un control riguroso de los resultados arrojados por la inteligencia artificial.
Una de las directrices clave del protocolo es la necesidad de validar todo el contenido generado por las herramientas de IAGen, confrontándolo con fuentes confiables y el conocimiento profesional. La Acordada 15/24 también dispone que, para utilizar estas tecnologías en proyectos judiciales laborales, será necesaria una autorización específica del STJ.
Además, el protocolo exige que los datos personales tratados con IAGen sean protegidos y, cuando sea necesario, anonimizados antes de su procesamiento. De esta manera, se garantiza el respeto a la normativa vigente en materia de protección de datos.
La Acordada 15 también destaca la creación de un plan de capacitación obligatorio para todo el personal judicial, con el fin de asegurar un uso adecuado y consciente de estas herramientas tecnológicas. La formación, que será desarrollada en colaboración con la Dirección General de Sistemas, busca dotar a los usuarios de los conocimientos necesarios sobre las capacidades y limitaciones de la inteligencia artificial generativa.
Con esta iniciativa, el Poder Judicial de Río Negro se suma a una tendencia que busca integrar la inteligencia artificial en procesos judiciales. Hasta el momento solo los poderes judiciales de San Luis y San Juan tienen regulaciones.
Judiciales
Tiene que viajar a Perú por vía terrestre: Una jueza autorizó a que vaya con su hijo
El papá de la menor, con el que no hay contacto, vive en Venezuela.
Una jueza autorizó a una mujer del Alto Valle a viajar a Perú con su hijo menor de edad, quien padece hipersensibilidad auditiva y no puede trasladarse en avión. La madre, de origen peruano, trabaja en Argentina desde hace varios años, pero necesita regresar a su país para acompañar a un familiar, que atraviesa un grave estado de salud.
La mujer solicitó el permiso judicial para viajar vía terrestre, ya que el padre del niño reside en Venezuela y no ha mantenido contacto desde antes de su nacimiento. Esa situación hacía imposible obtener su autorización para el viaje.
Ante esa complicada situación, recurrió al fuero de Familia para poder suplir el permiso del padre ausente. Una jueza de Cipolletti otorgó la autorización de viaje hasta que el menor alcance la mayoría de edad. El fallo garantiza que el niño pueda salir del país sin inconvenientes en los próximos años.
La decisión consideró la situación de salud de la abuela del nene, la necesidad de que el menor mantenga contacto con su familia en Perú y su condición médica, que impone restricciones en los medios de transporte. El fallo priorizó el interés superior del niño y el bienestar familiar.
La sentencia tuvo en cuenta que el menor no ha tenido ningún tipo de contacto con su padre biológico y que su madre ha ejercido la patria potestad de manera unilateral, tal como lo permiten las leyes peruanas. Además, el fallo consideró que el interés superior del niño, reconocido en la Convención sobre los Derechos del Niño y en la legislación argentina, debe primar en estos casos. La defensora de menores que intervino en el proceso también respaldó la solicitud y señaló la vulnerabilidad del menor debido a su discapacidad.
En su resolución, la magistrada destacó que el padre no tuvo ninguna participación en la vida del niño y que no se ha logrado ubicar su paradero a través de Migraciones ni otros organismos. Dado el contexto familiar y la ausencia prolongada del progenitor, el tribunal consideró innecesario que la madre deba recurrir a la justicia cada vez que desee realizar un viaje con su hijo, por lo que extendió la autorización hasta que el menor cumpla 18 años.
Asimismo, se contempló la necesidad de que el niño pueda viajar con su madre para fomentar el contacto con su familia en Perú, incluyendo a su abuela y a su hermano mayor. La resolución concluyó que la autorización solicitada no solo evitará complicaciones en los trámites migratorios, sino que también permitirá que el menor disfrute de momentos familiares importantes.
Judiciales
La importancia de los talleres de Educación Sexual: Se iniciaron causas penales por abuso sexual a dos niñas
En uno de los casos el imputado es el tío de la víctima y en el otro, un cuidador de un club. Ambos están detenidos con prisión preventiva.
Dos casos diferentes de abuso sexual perpetrados contra niñas por adultos que tenían una relación cercana a sus familias se gestionaron esta semana en distintas Fiscalías de la ciudad de Viedma. Ambas denuncias fueron realizadas luego de que las propias menores de edad pudieran hablar, impulsadas por charlas de Educación Sexual Integral de las que participaron en la escuela primaria a la que asisten las dos.
Referentes de la Oficina de Atención a la Víctima del Ministerio Público de Río Negro (OFAVi) enfatizaron en el valor que tienen estos espacios «de enseñanza y aprendizaje, que se entrelazan de manera transversal con contenidos de diferentes asignaturas y áreas curriculares y/o a través de talleres específicos».
Según estas profesionales, los resultados están directamente relacionados a la adecuación de contenidos diagramada según las edades de niños, niñas y adolescentes que «si bien incluye el abordaje de temáticas como la valoración de las emociones, sentimientos y relaciones interpersonales; el ejercicio de los derechos relacionados a la sexualidad, el respeto por la diversidad, también cumple un papel fundamental en lo que refiere al cuidado del cuerpo y la salud».
Las Oficinas de Atención a la Víctima funcionan en el seno del Ministerio Público y están conformadas por profesionales de trabajo social, psicopedagogía y psicología.
Con directa incidencia en cuanto a la asistencia victimológica, valoraron los espacios de ESI «en delitos contra la integridad sexual cuyas víctimas son niños, niñas y/ o adolescentes. Comprobamos que funciona fundamentalmente como un instrumento para prevenir situaciones de abuso sexual y como herramienta de detección de éstas» por lo que sostuvieron que es «esencial el trabajo realizado en las instituciones educativas».
«La OFAVI a su vez interviene de forma interdisciplinaria con equipos técnicos o directivos de diferentes niveles, desde donde se brinda orientación y asesoramiento para la radicación de la correspondiente denuncia y el pertinente acompañamiento en el proceso», concluyeron las referentes de este organismo en la primera circunscripción judicial.
¿Cómo siguen los legajos por abuso sexual?
En ambos legajos penales los imputados, a quienes se le formularon cargos, tenían relación cercana al núcleo familiar de las víctimas.
En el primero de los casos, a partir de la recepción de la denuncia realizada por las propias autoridades escolares se realizaron allanamientos. A la víctima se la escuchó a través del dispositivo de cámara gesell y el sábado 21 de septiembre se realizó la audiencia de formulación de cargos contra el imputado, tío de la menor de edad, a quien se le endilgó el delito de abuso sexual agravado y se dispuso su prisión preventiva.
Dos días después, otra audiencia de similares características tuvo a un hombre que trabajaba como cuidador de un club local, como imputado por dos delitos contra la integridad sexual en contra de dos niñas. También se le formularon cargos y se dispuso su prisión preventiva para poder desarrollar las medidas pendientes.
En el proceso de desarrollo de las investigaciones penales preparatorias en marcha, las respectivas Fiscalías requirieron la intervención de la OFAVI quien asistirá a las víctimas durante todo el proceso.