Judiciales
El 22 de agosto se conocerá el veredicto en el juicio por abuso sexual a Rubén López
Ayer finalizaron los alegatos.

El Tribunal de juicio que en Cipolletti está juzgando por el delito de abuso sexual al ex legislador y secretario general del Sindicato de Obreros y Empacadores de la Fruta de Río Negro y Neuquén, Rubén López, y al ex jugador de Boca, Luis Abramovich, dispuso que la sentencia se dará a conocer el 22 de agosto a las 10 horas en una de las salas del edificio de España 742.
Ayer (8/08) por la tarde se realizaron los alegatos en el juicio de responsabilidad. Mientras que la Fiscalía consideró acreditado el delito de abuso sexual agravado en perjuicio de una joven y solicitó la declaración de la culpabilidad de los dos acusados, las defensas se refirieron a la teoría del caso que expusieron al principio del debate y aseguraron que no había sido acreditada la participación punible de los acusados. En función de esos argumentos solicitaron la absolución.
Como el caso se analizó bajo el paradigma del nuevo Código Procesal, en esta etapa solo se debatió sobre la responsabilidad penal de los dos acusados. De ser hallados culpables se realizará el juicio de cesura o juicio sobre la pena.
El juicio comenzó el pasado lunes, con un cronograma de audiencias que se realizaron por la mañana y por la tarde. Declararon entre lunes, martes y miércoles más de una docena de testigos, peritos, médicos y psicólogos.
Apenas se inició el debate, el Tribunal integrado por los jueces Marcos Burgos, Laura González Vitale y Marcelo Gómez resolvió continuar adelante con el proceso penal a pesar de que la víctima manifestó su intención, por escrito, de desistir de su rol de querellante. La fiscalía, en cambio, como titular de la acción pública, invocó una serie de medios probatorios que le permitirían sostener la acusación.
Resolvió también, en función del artículo 74 del Código Procesal Penal, imponer como restricción a los medios de comunicación la prohibición de publicar o difundir el nombre de la víctima y/o cualquier otra circunstancia personal que permita su individualización. Ello en cumplimiento de la petición de la damnificada para no exponerse durante el proceso ni en forma pública. En la parte resolutiva, los jueces resolvieron además que en la audiencia se la mencionara con sus iniciales.
Por su parte, la Fiscalía acusó a López y Abramovich por el delito de abuso sexual con acceso carnal ocurrido en la madrugada del 20 de noviembre de 2016 en el domicilio de Cipolletti donde residía el sindicalista y por entonces diputado provincial. Al respecto, el fiscal jefe, Santiago Marquez Gauna reflexionó que ha «transcurrido un juicio atípico, distinto a otros, en el que este Ministerio Público Fiscal ha desplegado todo su esfuerzo y en el que ha quedado acreditada nuestra hipótesis del caso».
Asimismo recordó que la acusación se centró en que el 20 de noviembre de 2016, el secretario general del sindicato de la fruta y el ex jugador de fútbol abusaron sexualmente de una joven accediendola carnalmente en la casa del primero.
Respecto de la ausencia del testimonio de la víctima, el representante del Ministerio Público sostuvo que pudo ser introducido a partir de distintos testigos que declararon durante el debate, entre los que mencionó una joven que se encontraba en la casa del sindicalista al momento de los hechos, el padrino de la víctima y una médica a quien la víctima le habría contado sobre lo sucedido
Por otro lado, solicitó al Tribunal que evalúe el caso con perspectiva de género entiendo las circunstancias por las que la víctima decidiera no presentarse en el juicio. «Vamos a privarla del derecho a justicia porque no vino hoy», preguntó el fiscal para posteriormente recordar que previo al juicio la joven declaró de forma coincidente ante distintos funcionarios judiciales entre fiscales, jueces y peritos.
Posteriormente hizo hincapié en la desigualdad entre la víctima, una joven humilde, con necesidades económicas y laborales y con una dinámica familiar compleja, frente a un legislador, secretario general del sindicato de la fruta y con gran poder económico y un reconocido ex jugador de fútbol profesional del Club Atlético Boca Juniors.
La fiscal del caso, Eugenia Vallejos, puntualizó sobre contradicciones entre los relatos de las testigos de la defensa. Respecto de la tercer joven que estuvo en el lugar del hecho y quien declaró la misma mencionó durante la etapa de instrucción que estaban muy borrachas y con ganas de vomitar, mientras que ante el Tribunal dijo que se encontraban en buen estado.
Otro de los testigos – el tercer hombre que se hallaba en la casa del ex legislador -mostró inconsistencias durante su declaración respecto de las personas que se encontraban en el lugar del hecho y las cosas que hizo cada uno de ellos. «Señores jueces, lo que le venimos a pedir es que le crean a la testigo y que le crean a la víctima que no tienen ningun interés espurio», alegó Marquez Gauna.
Para cerrar su exposición el fiscal jefe aseveró que «les vamos a pedir que hagan justicia por la víctima y por todas las mujeres».
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Imputaron a una quinta persona por la presunta millonaria defraudación al IPROSS en Valle Sereno
Se trata de una acompañante terapéutica, acusada de participar en una presunta maniobra que habría perjudicado a la obra social provincial mediante la facturación de prestaciones que no se habrían realizado.

La investigación por la presunta defraudación al Instituto Provincial del Seguro de Salud (IPROSS) sumó este jueves (02/07) una quinta imputación. El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra una acompañante terapéutica, a quien acusa de haber participado en una maniobra para facturar prestaciones de salud mental que, según la investigación, nunca fueron brindadas a pacientes del establecimiento Valle Sereno-San Cirano S.A., de General Roca.
Durante la audiencia, la fiscal adjunta Gimena Ducca sostuvo que la imputada habría intervenido en 21 hechos ocurridos entre noviembre de 2021 y julio de 2023, junto a un médico clínico y psiquiatra, una licenciada en Psicología, directivos del establecimiento y otros integrantes del equipo profesional.
De acuerdo con la acusación, el grupo habría confeccionado historias clínicas, planillas de asistencia y registros de pacientes con datos falsos, incluyendo internaciones ambulatorias bajo la modalidad Hospital de Día que, en realidad, no se habrían concretado. Esa documentación era utilizada para emitir facturas que luego eran presentadas al IPROSS para el cobro de prestaciones.
La Fiscalía indicó que el establecimiento mantenía un convenio con la obra social provincial para brindar distintos módulos de atención en salud mental, entre ellos Hospital de Día, una modalidad con un valor superior al de otras prestaciones. Según la investigación, esa circunstancia habría permitido incrementar el monto de las facturaciones presuntamente irregulares.
Como sustento de la imputación, el Ministerio Público Fiscal mencionó la denuncia presentada por el IPROSS en mayo de 2024, documentación administrativa de la obra social, informes contables elaborados por la Unidad de Asistencia a la Investigación Fiscal, registros bancarios, informes de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), documentación del Ministerio de Salud de Río Negro y diversas entrevistas realizadas durante la investigación.
La acompañante terapéutica fue imputada como presunta partícipe necesaria del delito de estafas reiteradas agravadas por haber sido cometidas en perjuicio de la administración pública.
Por su parte, el defensor penal público Juan Pablo Chirinos no presentó objeciones a la formulación de cargos, aunque informó que ya solicitó la realización de una pericia caligráfica.
Finalmente, el juez de Garantías tuvo por formulados los cargos y fijó un plazo de cuatro meses para el desarrollo de la investigación penal preparatoria.
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Inició el debate oral por presuntos maltratos y amenazas a niños en un CAINA de Roca
La imputada está acusada por el delito de amenazas coactivas continuadas en calidad de coautora. Otro acusado ya admitió su responsabilidad y cumple una condena.

Comenzó esta mañana (30/06) en los Tribunales de General Roca el juicio contra una mujer que se desempeñaba como auxiliar en un Centro de Atención Integral de Niños, Niñas y Adolescentes (CAINA) -dependientes de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF)-, acusada de amenazas coactivas continuadas en calidad de coautora por hechos que habrían tenido como víctimas a menores institucionalizados.
Durante los alegatos de apertura, el fiscal Marcelo Ramos y la defensora de menores Estela Aroca señalaron que la acusada y el otro auxiliar asistencial habrían maltratado a ocho niños y niñas entre abril de 2021 y septiembre de 2023. Según la teoría del caso, ambos habrían amenazado a los menores para impedir que relataran los episodios de maltrato, vulnerando derechos reconocidos por la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño.
Para sostener la acusación, el Ministerio Público Fiscal presentará la denuncia de la coordinadora institucional, testimonios de operadores del CAINA, informes elaborados durante la intervención, la declaración de la psicóloga de la institución, la participación de profesionales de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), las entrevistas realizadas mediante Cámara Gesell por especialistas del Cuerpo de Investigación Forense y certificaciones laborales de los imputados.
Por su parte, la mujer es asistida por un defensor particular, quien sostuvo que la situación corresponde a una cuestión de orden administrativo.
El debate continuará mañana y se prevé que finalice el jueves, cuando las partes expondrán sus conclusiones respecto de la responsabilidad penal de la imputada.
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Transfirió por error 3 millones de pesos por Mercado Pago y el destinatario se los gastó: El conflicto se solucionó en el Juzgado de Paz
La deuda quedó fijada en $3.370.000, suma que incluyó el capital reclamado, intereses y honorarios.

Un productor de cebollas transfirió por error 3 millones de pesos a la cuenta de Mercado Pago de otra persona cuando intentaba pagar los insumos necesarios para su actividad. Pese a que reclamó en varias oportunidades la devolución del dinero, no obtuvo respuesta. Según relató, incluso fue bloqueado en WhatsApp. El conflicto llegó al Juzgado de Paz de General Conesa, donde finalmente las partes alcanzaron un acuerdo de pago.
La demanda se presentó a través del procedimiento de menor cuantía. El hombre explicó que la transferencia estaba destinada a una agronomía que le provee los insumos indispensables para la producción, pero por un error el dinero terminó acreditado en la billetera virtual de otra persona.
En la presentación judicial sostuvo que intentó recuperar el dinero por vías informales. Afirmó que se comunicó en reiteradas oportunidades con el destinatario de la transferencia para pedirle que restituyera el monto, pero no obtuvo respuesta y luego fue bloqueado.
Durante la audiencia convocada por el Juzgado de Paz, el demandado reconoció que había recibido los 3 millones de pesos en su cuenta de Mercado Pago. Sin embargo, explicó que no podía devolverlos porque los había gastado inmediatamente después de recibirlos.
Ante esa situación solicitó un cuarto intermedio para reunir parte del dinero y elaborar una propuesta de pago que pudiera cumplir. Días más tarde, las partes volvieron a reunirse y alcanzaron un acuerdo.
Finalmente la deuda quedó fijada en $3.370.000, suma que incluyó el capital reclamado, intereses y honorarios. En ese mismo acto el demandado entregó en efectivo medio millón.
El resto se abonará en seis cuotas consecutivas. Los pagos deberán realizarse en el Juzgado de Paz de General Conesa, aunque el acuerdo prevé que el deudor podrá adelantar cuotas o efectuar pagos superiores si tiene posibilidades de hacerlo.
La jueza de Paz consideró que el convenio reflejaba la voluntad de ambas partes y que no afectaba el orden público. En consecuencia, homologó el acuerdo y dejó establecido el cronograma de pagos que permitirá cancelar la deuda originada por la transferencia realizada por error.





