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Judiciales

El lunes inician la segunda etapa de tareas de remediación en estación de servicios abandonada de Roca

Por su parte, en julio comenzarán las labores de remoción de los elementos contaminantes.

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Hoy (21/06) se llevó a cabo una reunión en el ámbito judicial y se acordó que el lunes próximo (24/06) comenzará la segunda etapa de remediación de la abandonada estación de servicios Rhasa de General Roca, con tareas de limpieza. Asimismo, el 1 de julio se iniciarán las labores de remoción de los elementos contaminantes.

Participaron de la reunión la jueza Andrea de la Iglesia, representantes de la Municipalidad de General Roca, de la empresa demandada Pego S.A., de la Provincia de Río Negro (DPA y Secretaría de Ambiente) y el Fiscal Andrés Nelly del Ministerio Público Fiscal.

Según quedó establecido en el acta se “consensuó que el lunes 24 de junio la demandada comenzará con la limpieza del predio”. Esto incluye “retiro de escombros, basura y tanques superficiales”.

Asimismo, la empresa anunció que el 1 de julio comenzaría con los trabajos de remediación en el lugar, en la medida que antes sean autorizados por la Provincia de Río Negro los contratos con las empresas para la disposición final de los elementos contaminantes. La empresa deberá presentar estos contratos de manera urgente.

“A los fines de agilizar tales pasos las partes se comprometen a mantener un canal abierto de comunicación”, dice el acta. Finalmente, se reiteró la necesidad de mantener la seguridad en el sector, por lo que se dispuso como parte de las medidas de seguridad la contratación de policía adicional pro parte de la empresa, en principio hasta el 1 de julio cuando se inicien las tareas de remediación.

Para las labores iniciales de limpieza, que implica la remoción de objetos no contaminantes, se acordó también adonde deberá llevar la empresa cada elemento.

Amparo ambiental

La empresa Pego S.A. deberá ejecutar la segunda etapa del plan remediación y recomposición ambiental, en cumplimiento de la sentencia firme del amparo colectivo por la contaminación que generó la operación irregular de la estación de servicios Rhasa, ubicada en la esquina de avenida Roca y Alsina de General Roca.

La primera etapa del plan de acción consistió principalmente en la toma de muestras de suelo, agua y residuos de los tanques ubicados en el predio. Esta segunda instancia avanzará en la extracción y disposición de residuos contaminados y de los tanques de combustible que se encuentran bajo tierra en el predio, así como surtidores, cañerías y conexiones.
El amparo tramita ante el Juzgado Civil y Comercial N° 3 de Roca, a cargo de la jueza Andrea de la Iglesia, bajo la carátula «Municipalidad de General Roca c/ Pego S.A. s/ Amparo» (Exp. 40233), cuyo seguimiento puede realizarse libremente desde la página web del Poder Judicial.
Tarea conjunta

La empresa condenada Pego S.A. ejecutará las tareas mediante empresas contratadas y siguiendo un plan operacional consensuado con los organismos pertinentes del Ministerio de Energía de la Nación, la Provincia de Río Negro y la Municipalidad de General Roca, a los cuales la jueza asignó participación activa en el proceso. Toda la ejecución se realizará, además, de acuerdo con la normativa vigente en materia de residuos peligrosos, contando con un plan de contingencias previamente detallado y bajo la auditoría de expertos de la Universidad Nacional del Comahue (Departamento de Mecánica Aplicada de la Facultad de Ingeniería), designados por la jueza para participar como auxiliares en el proceso.

Para esta nueva etapa resulta fundamental, entre otros múltiples aspectos, trabajar sobre un mapa actualizado de los servicios públicos que pasan por el lugar (agua y cloacas, gas, electricidad, etc) y contar un cronograma e itinerario del transporte de los residuos que se extraigan.
Si bien la condena recayó sobre la empresa Pego S.A., las particularidades del caso hicieron necesaria la intervención complementaria del Estado nacional, provincial y municipal tanto en la tramitación del amparo ambiental como en esta instancia de ejecución de la sentencia.
El cumplimiento del fallo se alcanzará cuando, finalizadas las sucesivas etapas del plan, se obtenga una certificación de libre pasivo ambiental del inmueble y su zona de influencia, en pleno centro de Roca.

Previsiones de la sentencia

El fallo que condenó a Pego S.A. en febrero de 2017 previó que al momento de iniciar la remediación “deberán extremarse por demás las medidas, actividades, métodos y/o prevención de contingencias (…) a los fines de evitar y/o prevenir efectos nocivos, peligros aún mayores, ante el comportamiento químico que puedan generar los agentes contaminantes en oportunidad de realizarse tales tareas”.

También estableció la sentencia que “la responsabilidad y compromiso desde el inicio hasta la culminación del Plan de remediación y de gestión de los residuos (…) deberá ser colectiva, abarcativa, coordinada, de promoción, de información y fortalecimiento por parte de la demandada -específicamente- y de los distintos estamentos estatales -Nación, Provincia y Municipio-”. Estos últimos “deberán intervenir en forma complementaria con la demandada (…) según sus facultades, obligaciones y a los fines de intervengan en forma activa en este proceso de recomposición del daño ambiental”.

Judiciales

Condenaron al ginecólogo que abusó sexualmente a una joven en un sanatorio privado de Roca

En los próximos días se conocerá el monto de la pena.

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Un ginecólogo de Roca fue encontrado culpable de abuso sexual simple, en el término de los Artículos 45 y 119, primer párrafo del Código Penal. El hecho ocurrió en el marco de una consulta ginecológica en noviembre de 2021, en el sanatorio Juan XXIII. Cabe aclarar que el profesional ya no se encontraba en la ciudad y está trabajando en un Hospital de la provincia de Buenos Aires.

La Fiscalía, querella y defensa particular a medida que iban sucediendo las declaraciones realizaron sus interrogatorios. De esta manera, en primera instancia fue la mujer víctima quien prestó su testimonio acerca de los hechos, otros testigos, las especialistas en salud mental que la atendieron inmediatamente sucedido el episodio y quienes la acompañaron posteriormente.

También, de manera remota, expuso la pericia realizada el titular de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones y Coordinador de Políticas Informáticas del Ministerio Público de Río Negro.

Luego prestaron testimonio de su intervención las técnicas del Cuerpo de Investigación Forense, la psicóloga de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), los testigos propuestos por la defensa.

El Dr. Ulises Terbay, a cargo de la querella, se mostró conforme con la sentencia. «Es un gran paso para que las víctimas de estos abusos que ocurren a puertas cerradas, sin testigos y bajo una relación de poder, se animen a denunciar. El Poder Judicial de Río Negro tiene buenos equipos de contención psicológica que han acompañado a la víctima en todas las instancias», destacó.

«Espero que esto sirva para que cada vez más hombres y mujeres se animen a denunciar un delito tan común como el abuso sexual», agregó Terbay.

El juez Gastón Martín lo declaró culpable y en los próximos días se conocerá el monto de la pena. La decisión judicial no está firme y puede ser apelada.

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Judiciales

Recién a los 17 años logró que se inscriba su nacimiento y a los 30, que su mamá la reconozca

De esta manera, tras tres décadas, la mujer pudo completar su identidad.

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En su adolescencia, una joven solicitó judicialmente que el Registro Civil inscriba su nacimiento «fuera de término». Lo logró, pero en ese momento no pudo determinarse la filiación materna ni paterna.

Más de una década después, se presentó nuevamente en sede judicial porque tenía nuevos datos. Una señora la había reconocido públicamente como su hija biológica, «sin perjuicio de que la presentó en algunas oportunidades como hija de una amiga fallecida».

Según expresó, «esta situación le provocaba una negación a su identidad, truncaba sus posibilidades de estudio, controles de salud y la posibilidad de que su propia descendencia conociera su origen por la rama materna».

Ya en el expediente ante una jueza de Familia de Viedma, la mujer reconoció que quien inició la demanda es su hija biológica. Había nacido en un hospital de una provincia vecina «en una etapa difícil de su vida».

La mamá luego tuvo dos hijos más. En total, seis. De esta manera, brindó su consentimiento para llevar adelante la prueba genética.

Así, el Cuerpo de Investigación Forense de la Primera Circunscripción Judicial realizó la extracción de sangre «mediante la punción de un pulpejo de dedo de la mano izquierda» en ambas mujeres.

Finalmente se produjo el Informe Pericial del Laboratorio Regional de Genética Forense. Efectivamente, eran madre e hija con una certeza superior al 99,99999998%.

La jueza recordó que «pasados más de treinta años del nacimiento y por la inacción de la demandada con respecto a la identidad» de su hija, esta «se vio en la necesidad de instar la acción de filiación para corroborar su realidad biológica, a pesar del reconocimiento público, y dejar asentada la maternidad en su partida de nacimiento».

Explicó que «la acción se encuentra encuadrada en el actual art. 582 del CCyC que permite al hijo/a reclamar su filiación extramatrimonial contra quienes considere sus progenitores, sin hacer distinción si se trata de un reclamo de emplazamiento de la maternidad o de la paternidad».

Tuvo en cuenta que «la jurisprudencia ha erigido a la prueba genética de la filiación como la prueba por excelencia». De esta manera, hizo lugar a la demanda de la mujer, que pudo completar su identidad.

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La mediación posibilitó dividir el lote en común de una pareja que se separó: Ahora serán vecinos

Las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos.

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Foto: Ilustrativa.

Tras decidir su separación, una pareja debió resolver la división del terreno que tenían en conjunto. Para ello se reunieron en una mediación y logran recomponer el conflicto. En el lote habían dos viviendas. Una de material, donde residían ambos cuando estaban juntos. Otra, de madera, que requiere refacciones.

A través del proceso de diálogo en un Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (Cimarc), de común acuerdo resolvieron qué parte le queda a cada uno.

Tras la fructífera mediación, las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos. De esa manera, se garantizó el resguardo de los patrimonios de ambas partes y se acordaron los puntos centrales de las pretensiones de cada uno.

La mediación es parte de la esencia de una política judicial definida por el Superior Tribunal de Justicia, orientada a la resolución pacífica y anticipada de los conflictos. Es una senda que conduce a soluciones que encajen para todas las personas involucradas. Es gratuita, es obligatoria en ciertos asuntos y resulta un mecanismo mucho más ágil que el sistema litigioso tradicional, en el que un juez o una jueza define sobre las pretensiones de cada parte.
De acuerdo con las estadísticas del Centro de Planificación Estratégica, durante 2023 se firmaron 4.867 acuerdos de mediación en la provincia. Eso se traduce en que todos esos conflictos pudieron solucionarse antes de llegar a un juicio del fuero Civil o del fuero de Familia.

En materia de mediaciones por conflictos de Familia, la gran mayoría respondió a requerimientos por cuotas alimentarias y por derechos y obligaciones vinculados con la responsabilidad parental. En tercer lugar estuvieron los conflictos por distribución de bienes ante separaciones o divorcios, seguido por otras temáticas derivadas del divorcio, por atribución de la vivienda familiar y por compensaciones económicas entre cónyuges o personas convivientes.

El Poder Judicial, con sus Centros Integrales de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, ofrece el servicio en las cabeceras de las ciudades y en otras localidades donde existen delegaciones descentralizadas. En el último tiempo se ha fortalecido el trabajo de la defensa pública para el área de mediación con un equipo de defensores y defensoras titulares y adjuntos, especialmente capacitados para representar a las personas en las mediaciones.

Para conocer más sobre el proceso de mediación y la distribución de los organismos: https://www.jusrionegro.gov.ar/web/acceso-a-justicia/pagina-dinamica.php?id=375.

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