Río Negro
Más de 26 denuncias por presunta estafa en la compra de viviendas prefabricadas
Conocé todo lo que tenés que saber antes de realizar una transacción.

La Agencia de Recaudación a través del área de Defensa del Consumidor ha recibido 26 denuncias sobre empresas de comercialización e instalación de viviendas prefabricadas en Río Negro.
La mayor parte de las denuncias se fundamentan en la falta de cumplimiento por parte de las firmas. Sobre estos reclamos se está realizando el debido proceso para defender a los consumidores afectados.
Dada esta situación se solicita a todos los que se vieron afectados realicen el reclamo ante el organismo para poder tomar medidas al respecto. Sólo haciendo el reclamo ante Defensa del Consumidor se puede iniciar acciones para arribar a una solución.
Es importante buscar asesoramiento previo a la firma ante defensa del consumidor. Esto es, antes de firmar o cerrar la operación solicitar información sobre situación y antecedentes de la empresa para evitar ser engañados. El área cuenta con información fundamental para que la contratación sea segura.
¿Dónde asesorarse o reclamar?
Asesoramiento y reclamos presenciales: En las oficinas de la Agencia de Recaudación y OMIC de toda la provincia de Río Negro
Reclamos online: www.defensadelconsumidor.rionegro.gov.ar o www.agencia.rionegro.gov.ar.
Consejos para evitar ser engañados
Los consumidores antes de firmar un contrato por la compra de una casa prefabricada deben:
- Pedirle a las empresas sus datos fiscales así pueden generar un informe crediticio para que en caso de incumplimiento se pueda estar seguro de que la firma cuenta con capital social suficiente para responder
- Controlar que el CUIT de la firma está activo e inscripto en AFIP en la actividad de 410011 (Construcción, reforma y reparación de edificios residenciales) y 162202 (Fabricación de viviendas prefabricadas de madera) y que además este activo.
- Averiguar si la misma empresa es la que provee los materiales para la fabricación de las casas o se realiza mediante terceros. En caso de que se realice por terceros averiguar CUIT del fabricante de esos materiales
- Dejar asentado por escrito todo lo que fue convenido de forma oral
- Solicitar una copia del contrato antes de firmar, leerlo en detalle y de ser necesario buscar asesoramiento con un abogado o en las oficinas de defensa del consumidor
- Una vez realizado el contrato, y previo a firmar, controlar que los datos de las partes sean correctos (tomando como referencia los puntos anteriores) y tengan las correspondientes firmas y sellos.
- Asegurar por contrato pagos progresivos, es decir realizar pagos según las acciones que realice la firma como: Construcción de platea, instalación de paneles, instalaciones de cañerías y red eléctrica, obras de electricidad y todas aquellas que impliquen la construcción de la casa.
Los consumidores deben evitar:
- Utilizar internet o WhatsApp para cerrar el contrato. Sólo usar estos medios de contacto para consulta e información pero no para confirmar un contrato
- Realizar grandes desembolsos de dinero ni entregar bienes en forma de pago. Solo proceder cuando el contrato fue conformado y fueron indagados todos los puntos anteriores.
Río Negro
Detectan casos de tos convulsa en la provincia: Recuerdan la importancia de vacunarse
La enfermedad es altamente contagiosa y puede ser grave en menores de 6 meses. Piden consultar ante síntomas persistentes.

Ante la detección reciente de casos en la provincia, el Ministerio de Salud de Río Negro recordó la importancia de reforzar la vacunación y el diagnóstico precoz de la tos convulsa, también conocida como coqueluche o tos ferina, una enfermedad respiratoria aguda y altamente contagiosa.
Si bien puede afectar a personas de cualquier edad, los cuadros más graves se registran en lactantes y niños pequeños, especialmente en menores de 6 meses, quienes presentan las tasas más altas de morbilidad y mortalidad. En tanto, adolescentes y adultos pueden transitar la enfermedad con síntomas leves o atípicos, convirtiéndose en una fuente de contagio hacia los más vulnerables.
La transmisión se produce por contacto directo con secreciones respiratorias de personas infectadas, y su período de mayor contagiosidad ocurre en la fase inicial, incluso antes de que se presenten los ataques de tos más característicos.
La evolución se da en tres fases: catarral, paroxística y de convalecencia. Al comienzo puede confundirse con un resfriado común, aunque la tos empeora de forma progresiva, especialmente por las noches. En algunos bebés los síntomas pueden iniciarse de manera brusca con dificultad respiratoria y complicaciones graves, como neumonía, siendo esta última la principal causa de muerte por la enfermedad.
Desde la cartera sanitaria hicieron hincapié en que la coqueluche es prevenible mediante vacunación. El esquema incluye tres dosis durante el primer año de vida (a los 2, 4 y 6 meses), refuerzos a los 15-18 meses, 5-6 años, 11 años y una dosis en cada embarazo, disponible en forma gratuita en todos los hospitales y centros de salud del país.
Río Negro
Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre
Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.
Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.
Detalle del cronograma
Viernes 19/12
- Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
- Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial
Sábado 20/12
- Docentes y porteros
- Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
- Poder Legislativo, Judicial y órganos de control
El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.








