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Agro

Pagaron la fruta por debajo del precio mínimo y deberán compensar en dólares al productor

Son casi 300.000 U$S.

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El Juzgado Civil N° 1 de Roca condenó a una exportadora de manzanas y peras a pagar a una empresa productora la deferencia entre lo efectivamente liquidado por la fruta y el “piso” establecido por la Mesa de Contractualización Frutícola. La suma, definida mediante una pericia contable, es de 291.000 U$S a favor del productor.

La sentencia fue dictada el pasado 6 de septiembre y aún no se encuentra firme, puesto que puede ser apelada y eventualmente modificada por tribunales superiores.

La demanda fue impulsada por la firma Ejesa S.A. contra la exportadora Standard Fruit Argentina S.A., por una errónea liquidación de los saldos de los contratos de compraventa de manzanas y peras de las temporadas 2009 a 2012, los que totalizaban algo más de 3,5 millones de kilos de fruta.

El productor señaló en su demanda que “cumplió con todas las obligaciones a su cargo, entregando la fruta comprometida en calidad y cantidad” pero “cuando se efectuaron las liquidaciones advirtió que las sumas liquidadas arrojaban un valor por kilo de fruta sensiblemente inferior al precio mínimo promedio establecido por la Mesa de Contractualización Frutícola”. Sostuvo que en respuesta a sus reclamos extrajudiciales le indicaron que “lo abonado se ajustaba al contrato” y alegó que “el precio fijado por la compradora es injusto y un abuso de su posición dominante en el mercado”. Invocó, además, la regulación protectiva de las leyes provinciales de Transparencia y de Contractualización Frutícola.

Por su parte, Standard Fruit Argentina indicó en cuanto al valor de la fruta que ambas partes acordaron por contrato tomar un “precio referencial”. Sin embargo, el análisis de las cláusulas llevó a la jueza a advertir “la fijación de un precio referencial a la sola voluntad del comprador”.

La empresa alegó además no estar adherida al Régimen de Transparencia Frutícola “por lo que no son alcanzados por dichos beneficios”. En ese punto, consideró inconstitucionales e inaplicables al caso la Ley Provincial N° 3611 (de Transparencia Frutícola), la Ley Provincial N° 3993 (de Contractualización Frutícola, que crea la “Mesa de Contractualización” para la definición anual de costos y precios de la fruticultura), y las resoluciones de la Mesa.

Las leyes de Transparencia y Contractualización

La Ley N° 3611 estableció en 2002 un “régimen para la vinculación entre la producción, empaque, industria y comercialización de frutas en la Provincia de Río Negro, el cual tendrá por objeto dar certeza jurídica a la relación entre las partes y acompañar la variabilidad del negocio en forma ágil y transparente”.

“No se advierte motivo jurídico alguno para declarar la inconstitucionalidad de la mencionada ley, pues sólo aporta un control para las operaciones de comercialización de la fruticultura en la provincia”, definió la jueza en su fallo.

Por su parte, la Ley 3993 creó en 2005 la “Mesa de Contractualización Frutícola”, que define “anualmente los costos y precios” para la “producción, conservación, acondicionamiento e industrialización, así como las condiciones de pago y las cláusulas de ajuste de los valores” de la fruta de pepita y fija el precio mínimo de referencia de la fruta.

Ante el planteo de inconstitucionalidad de esa ley, la jueza respondió con lo ya resuelto por el Superior Tribunal de Justicia en 2014, en el expediente Nº 26673/13-STJ: “…no ha demostrado de qué manera la norma que ataca contraria a la Constitución Nación y/o Provincial, ni ha precisado y acreditado fehacientemente el perjuicio que le origina la integración de los contratos con el precio establecido mediante los mecanismos que la citada ley prevé”.

“Como una entidad dedicada a la comercialización y exportación de frutas, debe cumplir con las pautas fijadas por el Estado para el control de dicha comercialización, y esto es precisamente lo que hacen estas leyes, fijar el control estatal en la comercialización de frutas en la Provincia, como una manera de contralor frente a la diferencia de entidad de las partes intervinientes, esto es, productor y empacador o exportador”, recordó el fallo.

Según definió la jueza, las leyes mencionadas “vienen a suplir la posición dominante de estas empresas que, siendo los principales exportadores, dominan el mercado y son hasta reguladores del precio. Por ello, las leyes citadas condicionan las contrataciones a efectos de poner límite a los excesos que se pudieran cometer en la comercialización de frutas, dado la disparidad de las partes contratantes”.

Pericia contable

Ambas partes aceptaron en el juicio realizar una pericia que coteje los registros contables de cada empresas. El perito analizó los totales de venta de “fruta embalada” y “fruta de descarte” de los períodos 2009 a 2012. Según el precio mínimo de la “Mesa” que debía respetarse cada temporada, por la fruta embalada quedó un saldo de U$S 119.238 a favor del productor y por la fruta de descarte faltó pagar U$S 171.811, lo que totalizó U$S 291.049, que es el capital de la condena civil.

“Se entiende que la contienda de si el precio era el fijado por la empresa o el fijado por la Mesa de Contractualización Frutícola, al rechazarse la inconstitucionalidad de las leyes N° 3611 y N° 3993, es claro que el precio mínimo para los contratos de frutas era el fijado por dicho organismo”, aclaró la jueza en su fallo.

Agro

Se conocieron ofertas para obra en Canal Principal de Riego en el Alto Valle

Los trabajos son fundamentales para conservar el buen funcionamiento del sistema.

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El Departamento Provincial de Aguas (DPA) realizó la apertura de ofertas para la obra de revestimiento de taludes en el Canal Principal del sistema del riego del Alto Valle, en cercanías de Guerrico. El presupuesto oficial es de $36.257.830,59 y con las obras se busca mejorar la eficiencia y durabilidad de las estructuras.

La intervención se llevará a cabo en dos sifones ubicados en los progresivos km 57,527 y 58,078 del canal. El objetivo es reconstruir el revestimiento de hormigón de los taludes en ambas márgenes, además de demoler y rehacer las losas existentes.

Los taludes a intervenir tienen una longitud de 9 metros, divididos en 3 paños por margen. La obra también contempla la impermeabilización de los taludes, fundamental para conservar el buen funcionamiento del sistema.

Estas estructuras forman parte de un total de 35 cruces de drenaje que permiten el paso del agua desde el norte hacia el sur del canal, hasta su descarga final en el río Negro.

En este sentido se presentaron dos empresas oferentes: Suterra SRL: $43.235.765,30 (IVA incluido) y Suelos del Valle SAS: $51.547.600 (IVA incluido)

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Agro

Río Negro y las provincias patagónicas proponen correr la barrera al norte

Para la Weretineck y Banacloy, este estatus sanitario alcanzado es fundamental para la competitividad.

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Ante la convocatoria del Gobierno Nacional para debatir el futuro del sistema de control sanitario que protege a la Patagonia, Río Negro propuso extender el estatus de libre de fiebre aftosa sin vacunación hacia el norte del país. Esta propuesta fue realizada ayer (14/04) en el marco de la gestión del ministro de Desarrollo Económico y Productivo, Carlos Banacloy y el mandato del gobernador Alberto Weretilneck.

El ministro Banacloy, valoró la decisión de revisar la Resolución N° 180/25 y someterla a discusión con las provincias, así como a evaluación por parte del resto de los mercados.

Con el acompañamiento de la mesa de enlace, las provincias patagónicas reclamaron que se reconozca el esfuerzo sanitario realizado durante más de 25 años. «El tránsito de carne con hueso no puede poner en riesgo todo lo que construimos. Proponemos avanzar hacia un sistema nacional libre sin vacunación, pero con planificación y acuerdos entre todas las regiones», sostuvo Banacloy.

Al respecto se refirió a la coyuntura regional, indicó que «hoy nuestros vecinos Chile, Bolivia y Brasil ya tienen o tendrán estatus libre de fiebre aftosa sin vacunación; la Patagonia también, pero el resto de Argentina todavía no. Por eso proponemos que la estrategia nacional sea que todo el país avance hacia ese estándar sanitario, no que retrocedan quienes ya lo alcanzaron».

Río Negro sostiene que el estatus sanitario alcanzado por la Patagonia es una herramienta fundamental para la competitividad de toda la región, tanto en la ganadería ovina como bovina. «Este estatus no sólo respalda el acceso a mercados exigentes, sino que representa años de esfuerzo colectivo de los patagónicos, especialmente en zonas donde la producción ganadera es la principal actividad económica. Estamos hablando de una plataforma productiva que cumple con estándares internacionales, y que nos permite diferenciarnos. Si se pierde eso, se pierden años de inversión, infraestructura y control», agregó el ministro.

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Agro

El Gobierno y las rurales insisten en el rechazo a la eliminación de la barrera sanitaria

Por más que la medida fue suspendida por 90 días, piden que se derogue definitivamente la Resolución dispuesta por el gobierno nacional que habilitaría el ingreso de carne con hueso a la Patagonia.

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El gobernador Alberto Weretilneck se reunió en Río Colorado con referentes de la Federación de Sociedades Rurales y coincidieron en el rechazo absoluto a la decisión del Gobierno Nacional de eliminar la barrera sanitaria, exigiendo la derogación definitiva de la medida. «La Patagonia trabajó más de veinte años para lograr este estatus sanitario, y no vamos a permitir que se pierda por una decisión inconsulta y arbitraria. La solución no es bajar la calidad en la región, sino elevarla en todo el país», dijo el mandatario.

Como parte de las acciones acordadas, se analizará el tema con los legisladores provinciales y se avanzará en un pronunciamiento del Parlamento Patagónico y de los senadores y diputados nacionales de las provincias patagónicas. También se gestionará una reunión con la Mesa de Enlace en Buenos Aires.

El Gobierno y los productores coincidieron en que «la barrera sanitaria es el resultado de un trabajo conjunto de más de dos décadas y exigen que la resolución sea derogada definitivamente, más allá de la suspensión por 90 días«.

La coincidencia entre la Provincia y la Federación también se encuentra en la necesidad de exigir que se extienda el estatus sanitario de la Patagonia al resto del país. «No aceptamos retrocesos. Hay que avanzar en la ampliación de la zona libre de aftosa sin vacunación, incorporando a La Pampa y, en el futuro, a provincias como Buenos Aires y Mendoza. Así lo han hecho Uruguay, Paraguay, Brasil y Chile, logrando que todo su territorio tenga la mejor calidad sanitaria», señaló Weretilneck.

Además, se enfatizó que la decisión del Gobierno Nacional no beneficiará a los consumidores de la Patagonia. «Es una falacia decir que la carne será más barata. Hoy, el 65% de la carne con hueso que se consume en la región ya proviene del norte y, sin embargo, los precios no bajan. Esta medida solo perjudica a nuestra industria», advirtió el mandatario.

«El Gobierno Nacional debe abrir una mesa de diálogo para encontrar una solución consensuada. No vamos a aceptar que se impongan medidas que perjudiquen a la producción y la economía patagónica», concluyó Weretilneck.

Acompañaron al gobernador en el encuentro, el presidente del Bloque de Legisladores de JSRN, Facundo López y el legislador Gustavo San Román.

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