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Judiciales

Crimen de Etchegaray: Habrá juicio abreviado y 11 y 13 años de prisión para los dos detenidos

El hecho ocurrió el pasado 9 de marzo en la zona norte de la ciudad.

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El fiscal del caso Luciano Garrido junto a la defensora pública penal Flavia Rojas propusieron penas de más de 11 años para los co-autores de la muerte de Carlos Omar Etchegaray y la tentativa de homicidio de su hermano.

Además las partes solicitaron la inhabilitación por el doble tiempo de la condena para tener y/o portar armas de fuego de cualquier tipo.

Según la acusación fiscal el hecho ocurrió alrededor de las 20.30 de ese sábado 9 de marzo en calle Tortolitas al 3300, cuando “arribaron al domicilio de la víctima los dos imputados a bordo de un Gol rojo. Ambos provistos de un plan común y con intención de dar muerte a Carlos Echegaray, estacionaron en medio de la calle, detrás del Fiat Duna, que manejaba el hermano de la víctima fatal”.

“Desde el interior del Gol G.P. le efectuó un disparo con una pistola calibre 9 mm que portaba sin la debida autorización legal, impactándole el proyectil en el antebrazo izquierdo. Al tiempo que R.C mediante el uso de un revolver calibre 38, que llevaba sin permiso, disparó y le dio en el lado izquierdo del tórax”, detalló Garrido.

Luego Carlos Echegaray “retrocedió hacia la vereda y recibió tres disparos más por parte de G.P., que le dan uno en la parte posterior del hombro izquierdo y los otros dos en la zona de la espalda. Producto de esto, la víctima fallece inmediatamente a raíz de la destrucción del corazón por el paso de dos de los proyectiles”, agregó la Fiscalía.

Su hermano observó lo que estaba pasando “e impactó su auto con el Gol, y R.C. realiza al menos dos disparos, dando uno en la zona del tercio medio izquierdo de la región dorsal. Luego, los agresores se alejan del lugar en dirección a la defensa Catini, donde abandonan el rodado”.

La calificación legal propuesta por la Fiscalía y aceptada por los imputados a través del asesoramiento de la defensora pública, fue la de: “co-autores de homicidio y homicidio en grado de tentativa, ambos agravados por el uso de arma de fuego, en concurso real con portación de arma de guerra sin la debida autorización legal” (Arts. 41 bis, 42,45, 55, 79 y 189 bis inc. 2 párrafo 4º del Código Penal).

Además el fiscal mencionó el sustento probatorio con el que contó para llegar a este momento del proceso legal, entre ellos el acta del procedimiento, el levantamiento de rastros realizado por el Gabinete de Criminalística tanto en el lugar del hecho como en el camino a la defensa donde fue encontrado el Gol.

“Se encontraron vainas servidas del arma que portaban, que coincidieron con las que se les extrajeron de los cuerpos a las víctimas”, explicó Garrido.

“En el Hospital local, tras haber recibido a dos personas, una sin vida y la otra con lesiones de arma de fuego, se secuestró el otro vehículo involucrado, como también la ropa y elementos de ellos”, dijo.

Por todo lo anterior, «teniendo presente las testimoniales, las pruebas detalladas, los secuestros, los informes del Gabinete de Criminalística, los reconocimientos que han hecho en la formulación de cargos los imputados, es que solicitamos, junto con la defensa, la pena de 11 años y 11 meses para R.C., y para G.P. 13 años de prisión efectiva», expresó el representante del Ministerio Público Fiscal

“Luego de varios encuentros con mis asistidos puedo decir que ellos comprenden lo que se está acordando en este momento, como también han tenido acceso a la prueba mencionada por el fiscal, y de esta manera han decidido”, dijo la defensora Flavia Rojas.

Tras esto, los dos imputados afirmaron al Tribunal que entendían los hechos que les atribuyó el Ministerio Público Fiscal, reconocieron su responsabilidad en los mismos y aceptaron la calificación legal adoptada.

La sentencia se conocerá mañana a las 11.30 y estará a cargo del Tribunal de Juicio conformado por los jueces Daniel Tobares, Natalia González y Emilio Stadler.

Judiciales

Fueron halladas la mujer embarazada de siete meses y a su hija de 2 años

Habían sido vistas por última vez el domingo alrededor de las 15 horas.

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La búsqueda de una mujer de 37 años, embarazada de siete meses, y de su hija de apenas 2 años quedó formalmente desactivada luego de que fueran halladas en buen estado de salud.

La mujer había sido visto por última vez el domingo (13/09) alrededor de las 15 horas junto a su hija, cuando se dirigían a la plaza La Esperanza. Desde entonces, el último contacto registrado había sido a través de WhatsApp a las 19.21, dato que generó preocupación entre sus familiares.

A partir de la denuncia comenzó la reconstrucción del posible recorrido realizado por madre e hija y se activaron los recursos destinados a establecer dónde se encuentran. En las tareas participaron efectivos de la Brigada de Investigaciones y personal especializado con perros adiestrados.

Finalmente, pasado el mediodía de hoy (15/09) fueron halladas en buen estado de salud, se las trasladó a la Subcomisaría 69° y tomó intervención la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) debido a que hay una menor involucrada.

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Judiciales

Se divorciaron en España y 17 años después lograron inscribir la sentencia en Río Negro

La sentencia había sido dictada por un juzgado español en diciembre de 2009. Para que tuviera efectos en Argentina, fue necesario realizar un procedimiento de reconocimiento judicial.

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Una pareja que se había casado en Chimpay logró que la Justicia de Río Negro reconociera e inscribiera una sentencia de divorcio dictada en España hace 17 años.

La pareja se había radicado en España y, con el paso del tiempo, decidió poner fin a la vida en común. En diciembre de 2009, un juzgado de Palma de Mallorca dictó la sentencia que formalizó el divorcio de mutuo acuerdo.

Si bien la decisión tenía plena vigencia en España, para que también produjera sus efectos en Argentina era necesario realizar un procedimiento de reconocimiento judicial de la sentencia extranjera.

El hombre se presentó ante el Poder Judicial y solicitó la inscripción del divorcio ante el Registro Civil y Capacidad de las Personas de Río Negro. Durante el trámite, la mujer prestó su conformidad expresa con el pedido.

Entre la documentación incorporada al expediente se presentó el testimonio de la sentencia dictada en España, acompañado por el correspondiente certificado de La Haya, destinado a acreditar la autenticidad del documento público extranjero.

Una jueza de Familia de Luis Beltrán hizo lugar a la solicitud y ordenó inscribir la sentencia de divorcio en el Libro de Extraña Jurisdicción del Registro Civil provincial.

Para resolver, el fallo tuvo en cuenta la Ley Nacional N° 26.413, que contempla la inscripción de matrimonios y de las sentencias que los disuelven cuando fueron dictadas en otros países y cumplen con las exigencias legales. También se consideraron las disposiciones del Código Civil y Comercial referidas a los actos celebrados en el extranjero y la Convención de La Haya sobre apostilla.

La magistrada señaló que «no se advierte la existencia de alguno de los impedimentos previstos en el Código Civil y Comercial». Además, destacó que tanto el Registro Civil como el Ministerio Público Fiscal se pronunciaron sin objeciones sobre la procedencia del trámite.

El procedimiento de reconocimiento o ejecución de una sentencia extranjera permite que una decisión judicial dictada en otro país produzca los efectos correspondientes en Argentina. En este caso, no se volvió a discutir el divorcio, sino que se verificó que la resolución española reuniera las condiciones necesarias para ser reconocida e inscripta en el país.

Con todos los recaudos cumplidos y la conformidad de ambas personas divorciadas, la Justicia provincial ordenó finalmente la inscripción de la sentencia.

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Un adolescente de 16 años quedó imputado por el homicidio de Mauricio Molinez

Según la Fiscalía, dos personas habrían pasado en moto frente al domicilio donde estaba la víctima y efectuado disparos. Un hombre mayor de edad también tiene pedido de captura.

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Un adolescente de 16 años quedó imputado por el homicidio agravado por el uso de arma de fuego de Mauricio Sebastián Molinez, de 19 años, ocurrido durante la noche del 9 de septiembre en General Roca.

La Fiscalía había solicitado un allanamiento con orden de detención del adolescente. Durante la audiencia, el joven fue asistido por un defensor de menores penal.

El fiscal Daniel Zornitta solicitó como medida cautelar la prisión domiciliaria con tobillera electrónica, bajo responsabilidad de su padre, para evitar que abandone el domicilio hasta que se concrete la formulación de cargos. La Fiscalía fundamentó el pedido en la existencia de riesgos procesales, entre ellos el peligro de fuga y el posible entorpecimiento de la investigación.

Según explicó el Ministerio Público Fiscal, en el domicilio donde se encontraba la víctima fatal también había al menos dos menores. De acuerdo con la hipótesis investigada, entre las 20 y las 23 dos personas habrían pasado en una motocicleta frente a la vivienda y efectuado disparos que provocaron la muerte de Molinez. Uno de los involucrados es el adolescente y el otro, un hombre mayor de edad, tiene un pedido de captura vigente.

La Fiscalía informó además que se realizaron otros allanamientos, en los que fue posible encontrar una motocicleta y otros elementos de interés para la causa.

Entre las evidencias reunidas se encuentra el informe de autopsia, durante la cual se extrajo un proyectil que será sometido a peritaje. También se cuenta con un informe preliminar del Gabinete de Criminalística, cuyos integrantes levantaron vainas servidas en el lugar y constataron impactos de disparos en el frente de la vivienda.

La Brigada de Investigaciones trabajó en la toma de declaraciones testimoniales y en la recepción de evidencias.

Durante la audiencia, la Fiscalía señaló además que algunos testigos tendrían temor de brindar su versión de lo ocurrido, situación que fue incorporada como uno de los fundamentos para solicitar las medidas cautelares.

Finalmente, el juez de Garantías Julio Martínez Vivot resolvió en el mismo sentido que lo solicitado por la Fiscalía y dispuso la prisión domiciliaria con tobillera para el adolescente.

Por tratarse de un menor de edad, no se brindan nombres, domicilios, imágenes ni otros datos que permitan identificarlo, ni precisiones que puedan afectar sus derechos de intimidad y privacidad.

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