Judiciales
Crimen de Etchegaray: Habrá juicio abreviado y 11 y 13 años de prisión para los dos detenidos
El hecho ocurrió el pasado 9 de marzo en la zona norte de la ciudad.

El fiscal del caso Luciano Garrido junto a la defensora pública penal Flavia Rojas propusieron penas de más de 11 años para los co-autores de la muerte de Carlos Omar Etchegaray y la tentativa de homicidio de su hermano.
Además las partes solicitaron la inhabilitación por el doble tiempo de la condena para tener y/o portar armas de fuego de cualquier tipo.
Según la acusación fiscal el hecho ocurrió alrededor de las 20.30 de ese sábado 9 de marzo en calle Tortolitas al 3300, cuando “arribaron al domicilio de la víctima los dos imputados a bordo de un Gol rojo. Ambos provistos de un plan común y con intención de dar muerte a Carlos Echegaray, estacionaron en medio de la calle, detrás del Fiat Duna, que manejaba el hermano de la víctima fatal”.
“Desde el interior del Gol G.P. le efectuó un disparo con una pistola calibre 9 mm que portaba sin la debida autorización legal, impactándole el proyectil en el antebrazo izquierdo. Al tiempo que R.C mediante el uso de un revolver calibre 38, que llevaba sin permiso, disparó y le dio en el lado izquierdo del tórax”, detalló Garrido.
Luego Carlos Echegaray “retrocedió hacia la vereda y recibió tres disparos más por parte de G.P., que le dan uno en la parte posterior del hombro izquierdo y los otros dos en la zona de la espalda. Producto de esto, la víctima fallece inmediatamente a raíz de la destrucción del corazón por el paso de dos de los proyectiles”, agregó la Fiscalía.
Su hermano observó lo que estaba pasando “e impactó su auto con el Gol, y R.C. realiza al menos dos disparos, dando uno en la zona del tercio medio izquierdo de la región dorsal. Luego, los agresores se alejan del lugar en dirección a la defensa Catini, donde abandonan el rodado”.
La calificación legal propuesta por la Fiscalía y aceptada por los imputados a través del asesoramiento de la defensora pública, fue la de: “co-autores de homicidio y homicidio en grado de tentativa, ambos agravados por el uso de arma de fuego, en concurso real con portación de arma de guerra sin la debida autorización legal” (Arts. 41 bis, 42,45, 55, 79 y 189 bis inc. 2 párrafo 4º del Código Penal).
Además el fiscal mencionó el sustento probatorio con el que contó para llegar a este momento del proceso legal, entre ellos el acta del procedimiento, el levantamiento de rastros realizado por el Gabinete de Criminalística tanto en el lugar del hecho como en el camino a la defensa donde fue encontrado el Gol.
“Se encontraron vainas servidas del arma que portaban, que coincidieron con las que se les extrajeron de los cuerpos a las víctimas”, explicó Garrido.
“En el Hospital local, tras haber recibido a dos personas, una sin vida y la otra con lesiones de arma de fuego, se secuestró el otro vehículo involucrado, como también la ropa y elementos de ellos”, dijo.
Por todo lo anterior, «teniendo presente las testimoniales, las pruebas detalladas, los secuestros, los informes del Gabinete de Criminalística, los reconocimientos que han hecho en la formulación de cargos los imputados, es que solicitamos, junto con la defensa, la pena de 11 años y 11 meses para R.C., y para G.P. 13 años de prisión efectiva», expresó el representante del Ministerio Público Fiscal
“Luego de varios encuentros con mis asistidos puedo decir que ellos comprenden lo que se está acordando en este momento, como también han tenido acceso a la prueba mencionada por el fiscal, y de esta manera han decidido”, dijo la defensora Flavia Rojas.
Tras esto, los dos imputados afirmaron al Tribunal que entendían los hechos que les atribuyó el Ministerio Público Fiscal, reconocieron su responsabilidad en los mismos y aceptaron la calificación legal adoptada.
La sentencia se conocerá mañana a las 11.30 y estará a cargo del Tribunal de Juicio conformado por los jueces Daniel Tobares, Natalia González y Emilio Stadler.
Judiciales
Buscan intensamente a una mujer desaparecida en Roca
La mujer de 39 años fue vista por última vez el lunes a la mañana.

La Policía de Río Negro, a través de la Comisaría 31° de General Roca, emitió un comunicado oficial solicitando la colaboración urgente de la comunidad para dar con el paradero de Claudia Yanet Vidal, de 39 años. La mujer fue vista por última vez este lunes (13/04), aproximadamente a las 9.00 horas, y desde entonces se desconoce su ubicación actual, lo que ha generado una gran preocupación entre sus allegados.
Según los datos filiatorios aportados por la fuerza, Claudia es de tez trigueña, posee una contextura física robusta y mide 1,60 metros de estatura. Su cabello es castaño y le llega hasta la altura de los hombros.
Como señas particulares, se destacó que posee un tatuaje en su antebrazo izquierdo con la imagen de una virgen y tiene acento colombiano. Al momento de ser vista por última vez, vestía un pantalón de jean, una camisa color bordó y botas negras.
Además, se informó que la mujer portaba una mochila roja que contenía una botella de detergente y una escobilla.
Un dato relevante para la investigación es que no posee teléfono celular, aunque sí llevaba consigo su DNI personal, el de sus hijos menores y una tarjeta de colectivo.
Ante cualquier información, se solicita a los vecinos comunicarse de manera inmediata con la Comisaría 31°, la unidad policial más cercana o llamar a la línea de emergencias 911.
Judiciales
Falsificación y fraude: La increíble historia de la mujer que engañó al sistema de salud roquense
La Justicia de General Roca dictó medidas cautelares contra la mujer que habría utilizado un título apócrifo de la Universidad de Los Andes. Deberá usar tobillera electrónica por seis meses.

La Justicia de General Roca investiga un caso que ha generado una profunda alarma en el sistema sanitario regional. La Fiscalía solicitó la imposición de estrictas medidas cautelares para resguardar la investigación iniciada tras una denuncia del Ministerio de Salud de Río Negro contra una mujer que ejerció la medicina de manera ilegal. Según el equipo fiscal, los hechos se habrían extendido desde el año 2020 hasta el pasado 3 de marzo, momento en que se le retiró la matrícula y fue desvinculada de una clínica privada de la ciudad.
De acuerdo a la descripción de la fiscal del caso, la mujer habría iniciado trámites de convalidación de un título de «médica cirujana» presuntamente expedido por la Universidad de Los Andes de Venezuela, el cual sería apócrifo. Con esa documentación, logró insertarse en el mercado laboral local, desempeñándose nada menos que en el área de terapia intensiva de la Clínica Roca, en los consultorios de CIROM como médica clínica, en el Hospital de General Roca y presuntamente también en el Sanatorio Juan XXIII.
En virtud de la gravedad del engaño, la Fiscalía le atribuyó provisoriamente cinco delitos: ejercicio ilegal de la medicina, usurpación de títulos, falsificación de documento público, uso de documento público falso y defraudación agravada contra la administración pública.
En los allanamientos realizados en su domicilio y el de un familiar, se secuestraron sellos, títulos, recetarios, medicación y dispositivos electrónicos que ahora están siendo sometidos a pericias.
Al momento de solicitar las cautelares, la Fiscalía invocó un claro riesgo procesal de fuga. Se argumentó que, tras seis años de ejercicio ilegal, la mujer ostenta una solvencia económica considerable. Entre los bienes detectados y requisados figura una camioneta Fiat Toro automática y una vivienda propia.
Además, el hallazgo de pasaportes de la imputada y su grupo familiar reforzó la necesidad de asegurar su permanencia en la ciudad mediante el uso de una tobillera de control satelital por un plazo de seis meses.
Finalmente, la jueza interviniente resolvió hacer lugar a la mayoría de las peticiones del Ministerio Público Fiscal. Además del dispositivo electrónico, se dispuso la prohibición de salida del país y la inhibición general de bienes, afectando tanto al inmueble como al vehículo. «Usted debe cumplir con todas estas medidas para no perder su libertad», sentenció la magistrada, subrayando que, aunque rige la presunción de inocencia, el Código Procesal habilita estas restricciones ante el avance de una investigación de tal magnitud.
Judiciales
Comerciante le inició un juicio penal a una mujer por una reseña en Google
Finalmente, las partes llegaron a un acuerdo y la Justicia dispuso el sobreseimiento de la imputada.

Una mujer protagonizó un incidente vial y, en ese contexto, publicó un escrache en Google contra un comerciante de Cipolletti para presionar por una resolución. La reseña apareció en la ficha comercial del negocio y dio origen a una causa penal por presuntas calumnias e injurias.
Según el damnificado, ambas partes participaron en un incidente vial cuyas consecuencias se encontraban bajo tratamiento de las aseguradoras. El comerciante sostuvo que no existió relación comercial con la mujer y que ese episodio fue el único vínculo previo.
De acuerdo con la presentación, la mujer realizó un reclamo directo por fuera de los canales formales y advirtió que podía exponerlo públicamente si no accedía a sus exigencias. Tras la negativa, se concretó la publicación.
El escrache se difundió en la plataforma Google, dentro de la ficha comercial del establecimiento. El contenido incluyó expresiones como: «Pésimo, unos estafadores sinvergüenzas. No lo recomiendo! No consuman! Son la peor lacra, no se hacen cargo de lo que les corresponde y encima estafan gente!».
El comerciante afirmó que esas frases resultaron falsas, que la autora de la reseña no fue clienta y que la publicación afectó su honor, su reputación y su actividad comercial. En particular, señaló que una de las expresiones implicó la atribución de un delito.
A partir de ese hecho, impulsó una querella penal. El proceso incluyó audiencias orientadas a lograr un acuerdo entre las partes, aunque en una primera etapa no se alcanzó un entendimiento.
Con posterioridad, retomaron el diálogo y presentaron un acuerdo conjunto ante la Oficina Judicial. El documento incluyó la retractación de la publicación en Google y una disculpa en términos conciliatorios. También se dejó constancia de que no existió relación comercial entre las partes.
Además, el comerciante renunció a continuar con la acción penal y desistió de los planteos realizados. El acuerdo estableció que no habría nuevos reclamos vinculados con los hechos.
El juez interviniente consideró que se trató de delitos de acción privada, en los que la continuidad del proceso depende de la voluntad de quien impulsa la acción. También valoró la retractación prevista en la normativa penal. Con esos elementos, dispuso el sobreseimiento de la mujer imputada y dio por finalizado el proceso conforme a las normas aplicables.








