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Judiciales

Confirmaron la prisión efectiva para el condenado por atropellar y matar a Brenda Jaque

El hecho ocurrió en noviembre pasado en Allen.

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Foto: Gentileza Canal 10.

El Tribunal de Impugnación confirmó la condena de 4 años de prisión efectiva y 8 años de inhabilitación para conducir contra un joven que provocó la muerte de una motociclista al impactarla con su auto a alta velocidad, en Allen.

En septiembre pasado, Gustavo Nicolás Linares fue condenado por un Tribunal de Juicio de Roca como autor del delito de “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo automotor, reagravado por haberse dado a la fuga y por haber excedido en más de 30 km/h la velocidad máxima permitida en el lugar del hecho”. De aquel siniestro vial, ocurrido en noviembre de 2018 en Allen, resultó víctima la joven Brenda Jaque.

El Tribunal de Impugnación analizó el recurso de la Defensa particular del imputado, que pretendía eliminar una de las agravantes del delito y solicitaba una reducción de la pena, y por decisión unánime rechazó los planteos, confirmando el fallo de los jueces locales.

Algunos de los agravios expresados por la Defensa en su recurso fueron una repetición de argumentos que ya había planteado ante el Tribunal de Juicio, y que éste había analizado y rechazado fundadamente. El Tribunal de Impugnación los desechó ahora porque esa reiteración fue “sólo una discrepancia subjetiva” con lo resuelto por los jueces de Roca pero “sin demostrar arbitrariedad”.

En ese grupo fueron incluidos los agravios que sostenían que el imputado “tuvo causa de justificación” para irse del lugar del hecho, en referencia al temor a supuestas represalias por parte de quien acompañaba a la víctima, y que es inconstitucional la agravante de fuga prevista en la Ley por “violación del principio de no autoincriminación”.

Por otra parte la Defensa cuestionó que se le atribuyera al conductor una culpa agravada, conocida como culpa con representación, pero el planteo también fue rechazado porque, según sostuvo el Tribunal de Impugnación, eso no surge de ningún modo en la sentencia cuestionada.

Por último, el defensor reprochó algunas circunstancias que los jueces valoraron como agravantes a la hora de imponer la pena, argumentos que el Tribunal de Impugnación rechazó por considerar que habían sido analizados correctamente por los jueces de Roca para definir “la intensidad de la conducta de circular a velocidad indebida”.

Cabe recordar que la sentencia no está firme y que el imputado permanece detenido con prisión preventiva.

El trágico choque ocurrió en horas de la madrugada en el acceso Martín Fierro de Allen, entre la Ruta Provincial 65 y la Calle Rural 4. El joven circulaba con dos acompañantes al mando de un VW Gol, a una velocidad de 170 km/h. En esas circunstancias embistió desde atrás a la moto en la que circulaba la víctima, quien falleció en el acto producto de las gravísimas lesiones.

El delito acreditado tiene una escala penal de 3 a 6 años de prisión. Los jueces de Roca le impusieron 4 años de prisión efectiva tras valorar como agravantes el lugar y la hora en los que ocurrió el delito; el “desprecio por la suerte de terceras personas”, en referencia a los amigos que lo acompañaban en el auto; “la inexistencia de algún motivo (urgencia) que pudiera habilitar algún tipo de exceso” de velocidad, pues el joven salía de una reunión de amigos y se dirigía a cargar nafta, y “la extensión del daño causado”, debido a que la víctima era “una persona joven y con cargas de familia”, entre otras circunstancias.

Judiciales

Fueron halladas la mujer embarazada de siete meses y a su hija de 2 años

Habían sido vistas por última vez el domingo alrededor de las 15 horas.

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La búsqueda de una mujer de 37 años, embarazada de siete meses, y de su hija de apenas 2 años quedó formalmente desactivada luego de que fueran halladas en buen estado de salud.

La mujer había sido visto por última vez el domingo (13/09) alrededor de las 15 horas junto a su hija, cuando se dirigían a la plaza La Esperanza. Desde entonces, el último contacto registrado había sido a través de WhatsApp a las 19.21, dato que generó preocupación entre sus familiares.

A partir de la denuncia comenzó la reconstrucción del posible recorrido realizado por madre e hija y se activaron los recursos destinados a establecer dónde se encuentran. En las tareas participaron efectivos de la Brigada de Investigaciones y personal especializado con perros adiestrados.

Finalmente, pasado el mediodía de hoy (15/09) fueron halladas en buen estado de salud, se las trasladó a la Subcomisaría 69° y tomó intervención la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) debido a que hay una menor involucrada.

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Se divorciaron en España y 17 años después lograron inscribir la sentencia en Río Negro

La sentencia había sido dictada por un juzgado español en diciembre de 2009. Para que tuviera efectos en Argentina, fue necesario realizar un procedimiento de reconocimiento judicial.

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Una pareja que se había casado en Chimpay logró que la Justicia de Río Negro reconociera e inscribiera una sentencia de divorcio dictada en España hace 17 años.

La pareja se había radicado en España y, con el paso del tiempo, decidió poner fin a la vida en común. En diciembre de 2009, un juzgado de Palma de Mallorca dictó la sentencia que formalizó el divorcio de mutuo acuerdo.

Si bien la decisión tenía plena vigencia en España, para que también produjera sus efectos en Argentina era necesario realizar un procedimiento de reconocimiento judicial de la sentencia extranjera.

El hombre se presentó ante el Poder Judicial y solicitó la inscripción del divorcio ante el Registro Civil y Capacidad de las Personas de Río Negro. Durante el trámite, la mujer prestó su conformidad expresa con el pedido.

Entre la documentación incorporada al expediente se presentó el testimonio de la sentencia dictada en España, acompañado por el correspondiente certificado de La Haya, destinado a acreditar la autenticidad del documento público extranjero.

Una jueza de Familia de Luis Beltrán hizo lugar a la solicitud y ordenó inscribir la sentencia de divorcio en el Libro de Extraña Jurisdicción del Registro Civil provincial.

Para resolver, el fallo tuvo en cuenta la Ley Nacional N° 26.413, que contempla la inscripción de matrimonios y de las sentencias que los disuelven cuando fueron dictadas en otros países y cumplen con las exigencias legales. También se consideraron las disposiciones del Código Civil y Comercial referidas a los actos celebrados en el extranjero y la Convención de La Haya sobre apostilla.

La magistrada señaló que «no se advierte la existencia de alguno de los impedimentos previstos en el Código Civil y Comercial». Además, destacó que tanto el Registro Civil como el Ministerio Público Fiscal se pronunciaron sin objeciones sobre la procedencia del trámite.

El procedimiento de reconocimiento o ejecución de una sentencia extranjera permite que una decisión judicial dictada en otro país produzca los efectos correspondientes en Argentina. En este caso, no se volvió a discutir el divorcio, sino que se verificó que la resolución española reuniera las condiciones necesarias para ser reconocida e inscripta en el país.

Con todos los recaudos cumplidos y la conformidad de ambas personas divorciadas, la Justicia provincial ordenó finalmente la inscripción de la sentencia.

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Un adolescente de 16 años quedó imputado por el homicidio de Mauricio Molinez

Según la Fiscalía, dos personas habrían pasado en moto frente al domicilio donde estaba la víctima y efectuado disparos. Un hombre mayor de edad también tiene pedido de captura.

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Un adolescente de 16 años quedó imputado por el homicidio agravado por el uso de arma de fuego de Mauricio Sebastián Molinez, de 19 años, ocurrido durante la noche del 9 de septiembre en General Roca.

La Fiscalía había solicitado un allanamiento con orden de detención del adolescente. Durante la audiencia, el joven fue asistido por un defensor de menores penal.

El fiscal Daniel Zornitta solicitó como medida cautelar la prisión domiciliaria con tobillera electrónica, bajo responsabilidad de su padre, para evitar que abandone el domicilio hasta que se concrete la formulación de cargos. La Fiscalía fundamentó el pedido en la existencia de riesgos procesales, entre ellos el peligro de fuga y el posible entorpecimiento de la investigación.

Según explicó el Ministerio Público Fiscal, en el domicilio donde se encontraba la víctima fatal también había al menos dos menores. De acuerdo con la hipótesis investigada, entre las 20 y las 23 dos personas habrían pasado en una motocicleta frente a la vivienda y efectuado disparos que provocaron la muerte de Molinez. Uno de los involucrados es el adolescente y el otro, un hombre mayor de edad, tiene un pedido de captura vigente.

La Fiscalía informó además que se realizaron otros allanamientos, en los que fue posible encontrar una motocicleta y otros elementos de interés para la causa.

Entre las evidencias reunidas se encuentra el informe de autopsia, durante la cual se extrajo un proyectil que será sometido a peritaje. También se cuenta con un informe preliminar del Gabinete de Criminalística, cuyos integrantes levantaron vainas servidas en el lugar y constataron impactos de disparos en el frente de la vivienda.

La Brigada de Investigaciones trabajó en la toma de declaraciones testimoniales y en la recepción de evidencias.

Durante la audiencia, la Fiscalía señaló además que algunos testigos tendrían temor de brindar su versión de lo ocurrido, situación que fue incorporada como uno de los fundamentos para solicitar las medidas cautelares.

Finalmente, el juez de Garantías Julio Martínez Vivot resolvió en el mismo sentido que lo solicitado por la Fiscalía y dispuso la prisión domiciliaria con tobillera para el adolescente.

Por tratarse de un menor de edad, no se brindan nombres, domicilios, imágenes ni otros datos que permitan identificarlo, ni precisiones que puedan afectar sus derechos de intimidad y privacidad.

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