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Roca: Cámara Civil confirmó congelamiento retroactivo a cuotas de autoplanes Volkswagen

Se ordenó la retracción provisoria de las cuotas a febrero de 2018.

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La Cámara de Apelaciones en lo Civil de Roca confirmó la medida cautelar que obliga a una empresa de planes de ahorro a retrotraer las cuotas de los 0 KM a valores de febrero de 2018.

Por tratarse de una medida cautelar, la decisión no es definitiva sino que rige mientras tramita el expediente principal ante el Juzgado Civil y Comercial N° 1 de Roca.

En noviembre pasado el Superior Tribunal de Justicia sentó criterio para toda la provincia afirmando que los reclamos de los ahorristas no debían canalizarse mediante acciones de amparo. Un grupo de consumidores de Roca enmarcó el nuevo proceso como “acción de clase”, que alcanza a un colectivo de personas identificadas con una misma problemática particular. El “grupo” afectado en la causa está delimitado a los “consumidores domiciliados en General Roca que hayan contratado con la demandada Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados, un contrato de Autoplan para la adquisición de un vehículo 0 KM, con contrato vigente a febrero de 2018”.

En agosto pasado, en primera instancia, se hizo lugar al inicio de la acción de clase y se ordenó la retracción provisoria de las cuotas a febrero de 2018. Esta última medida fue apelada por la empresa administradora de planes de Volkswagen, pero la Cámara la confirmó.

La Cámara reiteró los argumentos con los que había resuelto otro expediente a favor de ahorristas y analizó en profundidad el sistema protectorio de los consumidores, los efectos de la crisis en las economías familiares y las condiciones de mercado que imponen las grandes automotrices. “Lo importante es asegurar la efectiva tutela de los derechos de aquellos que están en la posición más débil de la relación”, señaló el Tribunal.

Para los jueces es “incuestionable” que existió “una alteración profunda de las condiciones” que los ahorristas aceptaron cuando firmaron sus contratos: incrementos de los precios, inflación, recesión, pérdida de empleos y disminución promedio de los ingresos.

“Es de presumir -concluyó la Cámara- que se encuentren, sino en su totalidad, al menos en una amplia mayoría, en la imposibilidad de atender los notables incrementos de las cuotas y a partir de ello constreñidos a afrontar situaciones muy desventajosas, siendo necesario que desde la jurisdicción brindemos seguridades al respecto”.

Precios ficticios

La Cámara repudió la conducta empresarial de fijar precios “ficticios” que perjudican a los ahorristas. Explicó que los valores de los autos para los planes de ahorro se fijan en función de un “precio de lista” -que define la empresa fabricante, que a su vez controla a la empresa de administración de planes- que no es real, sino que está incrementado en un “20 a un 30 por ciento” sobre el valor al que se venden los autos fuera del sistema de planes en las concesionarias. Según constató el Tribunal -y no fue negado por la empresa en el expediente- “se crea una ficción de precios de lista de las fábricas que a la postre solo estarían destinados a los ahorristas de planes, realizándose las otras operaciones de ventas por las concesionarias con bonificaciones que llevan el valor de las unidades a uno real muchísimo más bajo”.

El Tribunal verificó que la empresa de Planes de Ahorro de Volkswagen “es una sociedad controlada por la fabricante de los vehículos”, pues su “capital accionario está casi exclusivamente en manos de Volkswagen S.A.”. Esta última es la que fija los precios, mientras que la administradora de planes alega ser “una persona (jurídica) ajena a la terminal automotriz, que nada puede hacer respecto del precio” de los autos.

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Fueron halladas la mujer embarazada de siete meses y a su hija de 2 años

Habían sido vistas por última vez el domingo alrededor de las 15 horas.

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La búsqueda de una mujer de 37 años, embarazada de siete meses, y de su hija de apenas 2 años quedó formalmente desactivada luego de que fueran halladas en buen estado de salud.

La mujer había sido visto por última vez el domingo (13/09) alrededor de las 15 horas junto a su hija, cuando se dirigían a la plaza La Esperanza. Desde entonces, el último contacto registrado había sido a través de WhatsApp a las 19.21, dato que generó preocupación entre sus familiares.

A partir de la denuncia comenzó la reconstrucción del posible recorrido realizado por madre e hija y se activaron los recursos destinados a establecer dónde se encuentran. En las tareas participaron efectivos de la Brigada de Investigaciones y personal especializado con perros adiestrados.

Finalmente, pasado el mediodía de hoy (15/09) fueron halladas en buen estado de salud, se las trasladó a la Subcomisaría 69° y tomó intervención la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) debido a que hay una menor involucrada.

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Se divorciaron en España y 17 años después lograron inscribir la sentencia en Río Negro

La sentencia había sido dictada por un juzgado español en diciembre de 2009. Para que tuviera efectos en Argentina, fue necesario realizar un procedimiento de reconocimiento judicial.

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Una pareja que se había casado en Chimpay logró que la Justicia de Río Negro reconociera e inscribiera una sentencia de divorcio dictada en España hace 17 años.

La pareja se había radicado en España y, con el paso del tiempo, decidió poner fin a la vida en común. En diciembre de 2009, un juzgado de Palma de Mallorca dictó la sentencia que formalizó el divorcio de mutuo acuerdo.

Si bien la decisión tenía plena vigencia en España, para que también produjera sus efectos en Argentina era necesario realizar un procedimiento de reconocimiento judicial de la sentencia extranjera.

El hombre se presentó ante el Poder Judicial y solicitó la inscripción del divorcio ante el Registro Civil y Capacidad de las Personas de Río Negro. Durante el trámite, la mujer prestó su conformidad expresa con el pedido.

Entre la documentación incorporada al expediente se presentó el testimonio de la sentencia dictada en España, acompañado por el correspondiente certificado de La Haya, destinado a acreditar la autenticidad del documento público extranjero.

Una jueza de Familia de Luis Beltrán hizo lugar a la solicitud y ordenó inscribir la sentencia de divorcio en el Libro de Extraña Jurisdicción del Registro Civil provincial.

Para resolver, el fallo tuvo en cuenta la Ley Nacional N° 26.413, que contempla la inscripción de matrimonios y de las sentencias que los disuelven cuando fueron dictadas en otros países y cumplen con las exigencias legales. También se consideraron las disposiciones del Código Civil y Comercial referidas a los actos celebrados en el extranjero y la Convención de La Haya sobre apostilla.

La magistrada señaló que «no se advierte la existencia de alguno de los impedimentos previstos en el Código Civil y Comercial». Además, destacó que tanto el Registro Civil como el Ministerio Público Fiscal se pronunciaron sin objeciones sobre la procedencia del trámite.

El procedimiento de reconocimiento o ejecución de una sentencia extranjera permite que una decisión judicial dictada en otro país produzca los efectos correspondientes en Argentina. En este caso, no se volvió a discutir el divorcio, sino que se verificó que la resolución española reuniera las condiciones necesarias para ser reconocida e inscripta en el país.

Con todos los recaudos cumplidos y la conformidad de ambas personas divorciadas, la Justicia provincial ordenó finalmente la inscripción de la sentencia.

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Un adolescente de 16 años quedó imputado por el homicidio de Mauricio Molinez

Según la Fiscalía, dos personas habrían pasado en moto frente al domicilio donde estaba la víctima y efectuado disparos. Un hombre mayor de edad también tiene pedido de captura.

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Un adolescente de 16 años quedó imputado por el homicidio agravado por el uso de arma de fuego de Mauricio Sebastián Molinez, de 19 años, ocurrido durante la noche del 9 de septiembre en General Roca.

La Fiscalía había solicitado un allanamiento con orden de detención del adolescente. Durante la audiencia, el joven fue asistido por un defensor de menores penal.

El fiscal Daniel Zornitta solicitó como medida cautelar la prisión domiciliaria con tobillera electrónica, bajo responsabilidad de su padre, para evitar que abandone el domicilio hasta que se concrete la formulación de cargos. La Fiscalía fundamentó el pedido en la existencia de riesgos procesales, entre ellos el peligro de fuga y el posible entorpecimiento de la investigación.

Según explicó el Ministerio Público Fiscal, en el domicilio donde se encontraba la víctima fatal también había al menos dos menores. De acuerdo con la hipótesis investigada, entre las 20 y las 23 dos personas habrían pasado en una motocicleta frente a la vivienda y efectuado disparos que provocaron la muerte de Molinez. Uno de los involucrados es el adolescente y el otro, un hombre mayor de edad, tiene un pedido de captura vigente.

La Fiscalía informó además que se realizaron otros allanamientos, en los que fue posible encontrar una motocicleta y otros elementos de interés para la causa.

Entre las evidencias reunidas se encuentra el informe de autopsia, durante la cual se extrajo un proyectil que será sometido a peritaje. También se cuenta con un informe preliminar del Gabinete de Criminalística, cuyos integrantes levantaron vainas servidas en el lugar y constataron impactos de disparos en el frente de la vivienda.

La Brigada de Investigaciones trabajó en la toma de declaraciones testimoniales y en la recepción de evidencias.

Durante la audiencia, la Fiscalía señaló además que algunos testigos tendrían temor de brindar su versión de lo ocurrido, situación que fue incorporada como uno de los fundamentos para solicitar las medidas cautelares.

Finalmente, el juez de Garantías Julio Martínez Vivot resolvió en el mismo sentido que lo solicitado por la Fiscalía y dispuso la prisión domiciliaria con tobillera para el adolescente.

Por tratarse de un menor de edad, no se brindan nombres, domicilios, imágenes ni otros datos que permitan identificarlo, ni precisiones que puedan afectar sus derechos de intimidad y privacidad.

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