Sociedad
Río Negro prorrogó hasta el 10 de mayo el aislamiento obligatorio
Dependiendo de las solicitudes de los intendentes, se determinarán nuevas medidas a tomar en cada uno de los Municipios.

La gobernadora de Río Negro, Arabela Carreras, firmó este domingo el decreto de prórroga hasta el 10 de mayo de las medidas y disposiciones preventivas tendientes a evitar la proliferación del Coronavirus COVID-19 en el territorio provincial. Este lunes (27/04), en base al diálogo y las solicitudes de los Intendentes, se determinarán nuevas medidas a tomar en cada uno de los Municipios.
En tal sentido, la mandataria provincial ya inició comunicaciones con los jefes comunales, quienes enviarán las respectivas notas de solicitud al Poder Ejecutivo Provincial.
En el Decreto 360, firmado esta noche por la Gobernadora Carreras, se prorrogan hasta el 10 de mayo próximo los alcances de los Decretos Nº 236/20, N° 266/20, N° 293/20, N° 297/20, N° 298/20 modificado por Decreto N° 323/20, N° 299/20, N° 300/20, N° 301/20 y N° 306/20.
La norma invita a adherir a los Municipios, Comisiones de Fomento y entidades públicas, sociedades con participación estatal mayoritaria y empresas privadas que desarrollan su actividad en el territorio provincial.
La medida se fundamenta en que se mantienen las razones que motivaron inicialmente la disposición del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Se prorrogan las siguientes medidas
• Declaración del estado de máxima alerta sanitaria y suspensión preventiva de todos los actos públicos y fiestas populares que impliquen afluencia masiva de público y cuya organización recaiga en el Poder Ejecutivo (Decreto 236/20).
• Suspensión de clases en todos los establecimientos educativos de la provincia de Río Negro (Decreto 266/20)
• Receso general excepcional de la Administración Pública, dispensando del deber de asistencia al personal, quedando suspendido asimismo todos los plazos administrativos durante el periodo del receso, en los términos y con los alcances allí expuestos (Decreto 293/20)
• Restricción el ingreso a la provincia de Río Negro de toda persona que no tenga domicilio en la misma (Decreto 297/20)
• Prohibición en todo el territorio provincial, el ingreso y circulación en todos los sitios considerados de esparcimiento público y se limitó el horario de atención al público de aquellos establecimientos comerciales comprendidos en las excepciones del Artículo 6º del Decreto 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional (Decreto 298/20) incorporándose la obligatoriedad de cerrar sus puertas los días domingo a los fines de realizar una desinfección y limpieza de los mismos (Decreto 323/20).
• Horarios de inicio y finalización de las frecuencias diarias que deben cumplir los servicios de transporte público por automotor de carácter urbano, estableciendo asimismo una eximición del pago del boleto a personal de salud y de seguridad (Decreto 299/20).
• Suspensión temporaria del corte de servicios centrales para el desarrollo de la vida diaria en el actual aislamiento obligatorio (Decreto 300/20).
• Prorroga de las fechas de pago de las cuotas correspondientes a los contratos de mutuo celebrados por la Agencia de Desarrollo Rionegrino (CREAR), a través de la empresa Río Negro Fiduciaria SA, a favor de los beneficiarios de cualquiera de los Programas provinciales que cuentan con un fondo fiduciario público (Decreto 301/20).
Roca
El Hospital de Roca modernizó su sala de radiología
Esta tecnología de vanguardia reemplaza al equipamiento que prestaba servicio desde hace más de 26 años.

El Hospital Francisco López Lima dio un salto cualitativo en materia de diagnóstico por imágenes tras la adquisición e instalación de un nuevo equipo de rayos X y un Sistema Digital Directo de RX convencional. Esta tecnología de vanguardia reemplaza al equipamiento que prestaba servicio desde hace más de 26 años.
En el marco del plan de modernización hospitalaria que lleva adelante el Ministerio de Salud, el Hospital de General Roca renovó integralmente su capacidad de respuesta en diagnóstico radiológico. La incorporación de este sistema digital directo no solo optimiza la calidad de las imágenes, sino que redefine los estándares de seguridad y rapidez para los pacientes rionegrinos.
Entre los beneficios más destacados de esta tecnología se encuentran la menor exposición a la radiación, que el nuevo sistema reduce la incidencia de radiación ionizante entre un 50% y un 80% en comparación con los equipos convencionales. Gracias a la nitidez de la captura, ya no son necesarias exposiciones reiteradas para obtener una imagen clara.
Además, al ser un proceso digital, los diagnósticos son fidedignos y se obtienen en menor tiempo, agilizando el flujo de atención en la sala de guardia y consultorios.
Otro de los beneficios es que el sistema elimina el uso de películas y líquidos reveladores, lo que se traduce en un ahorro de costos operativos y una eliminación total de desechos químicos contaminantes.
Tecnología única para estudios complejos
Más allá de la radiología convencional, este nuevo equipo cuenta con un software especializado que permite realizar estudios de alta complejidad, tales como:
Espino-gramas: unión de imágenes para visualizar la columna completa (desde el cuello hasta la pelvis) en una sola placa, fundamental para el tratamiento de la escoliosis.
Medición de miembros inferiores: visualización panorámica de huesos largos para detectar asimetrías óseas desde la cadera hasta el tobillo.
Impacto regional
La actualización de la sala de radiología no solo beneficia a los habitantes de General Roca, sino que fortalece la red sanitaria de todo el Alto Valle. Con esta inversión, el Hospital «Francisco López Lima» se posiciona a la vanguardia tecnológica, garantizando un servicio de salud pública más eficiente, seguro y preciso para toda la comunidad.
Sociedad
Pidió gasoil y le cargaron nafta: Tendrán que compensar los daños en el vehículo
El error ocurrió en una estación concesionada de la región y derivó en fallas mecánicas y un reclamo judicial.

Pidió gasoil para una camioneta diésel, pero en el surtidor le cargaron nafta. A las pocas cuadras el motor empezó a fallar y el conductor volvió de inmediato a la estación para reclamar. Ese error en la carga activó un traslado al taller y, más tarde, un nuevo desperfecto en plena ruta. El episodio terminó en un juicio por daños y perjuicios en Cipolletti con una sentencia favorable al dueño de la Mitsubishi Montero.
Según surge del fallo, el hecho ocurrió en una estación de servicio concesionada de la región. La persona que conducía el vehículo solicitó expresamente gasoil, aunque la factura acreditó que se despachó nafta. Tras advertir fallas en el funcionamiento, regresó al lugar y efectuó el reclamo. Desde la estación se informó que se harían cargo del inconveniente y se dispuso el traslado del rodado a un taller mecánico.
En ese primer ingreso al taller se realizaron tareas de vaciado y limpieza del sistema de combustible, además de la carga del combustible correspondiente. El vehículo regresó a la estación y fue retirado por su titular, quien firmó una constancia vinculada a los trabajos realizados. Sin embargo, el conflicto no terminó allí.
De acuerdo con la versión expuesta en el expediente, tiempo después el vehículo volvió a presentar fallas mientras circulaba en la Ruta Provincial N° 65, en cercanías de Fernández Oro. Ante esa situación, el conductor intentó comunicarse con personal de la estación y, al no obtener respuesta inmediata, recurrió a un tercero para recibir asistencia. Luego llevó la camioneta a otro taller mecánico, donde se efectuó un nuevo diagnóstico y reparaciones más amplias.
La estación de servicio reconoció que existió una carga errónea de combustible, aunque sostuvo que el pedido efectuado por el cliente había generado confusión. Aun así, afirmó que asumió los costos del primer traslado, de la descontaminación y de una segunda intervención posterior, que incluyó el cambio de determinadas piezas, todo sin cargo para el usuario. También destacó que en ambas oportunidades el vehículo fue retirado en marcha y con constancias firmadas de conformidad.
Durante el proceso judicial declararon mecánicos que intervinieron en las reparaciones y personal de la estación. Un taller explicó el procedimiento habitual ante una contaminación de combustible y sostuvo que, tras la limpieza, el rodado no presentó fallas. El otro taller describió un cuadro distinto, con componentes afectados y la necesidad de trabajos adicionales. El expediente incorporó documentación, testimonios y registros que dieron cuenta de ambas intervenciones.
Al analizar el caso, el juez encuadró el conflicto dentro de una relación de consumo y aplicó la Ley de Defensa del Consumidor. El fallo tuvo por acreditado el hecho central: se suministró un producto distinto al solicitado, lo que constituyó una prestación defectuosa del servicio. El magistrado remarcó que el control de la operación de carga recae en quien la ejecuta y que la estación debía extremar los cuidados por tratarse de un producto riesgoso.
Uno de los puntos clave fue la relación entre el error inicial y los daños posteriores. La sentencia señaló que no se produjo una pericia mecánica que permitiera establecer con precisión el alcance técnico de la contaminación ni la causa exacta de las fallas detectadas tiempo después. Frente a esa falta de prueba concluyente, el juez aplicó el principio de interpretación favorable al consumidor cuando subsisten dudas razonables.
Con ese criterio, el Poder Judicial responsabilizó a la estación de servicio por los daños materiales acreditados y reconoció un resarcimiento por las molestias y padecimientos derivados del episodio. Por eso la firma Servicios Cipolletti S.R.L deberá indemnizar al cliente. El fallo es de primera instancia y no está firme porque puede ser apelado.
Roca
Controles de tránsito en Roca: 38 vehículos retenidos y 14 alcoholemias positivas en una semana
Las multas por alcoholemia positiva pueden superar los 3 millones de pesos.

La Dirección de Tránsito del Municipio de General Roca informó los resultados de los controles vehiculares realizados durante la última semana en distintos puntos de la ciudad, en el marco de los operativos preventivos habituales.
Entre el lunes (02/02) y el domingo (08/02), los inspectores municipales confeccionaron 114 actas de infracción. En ese período se detectaron 14 casos de alcoholemia positiva, lo que motivó la retención de 10 vehículos. Sumadas a otras 28 retenciones por diferentes infracciones, el total de rodados retenidos ascendió a 38, entre motos y automóviles.
Las infracciones más reiteradas fueron la falta de licencia habilitante y de seguro, ambas consideradas faltas graves por la normativa vigente.
En ese sentido, recordaron que en la ciudad rige la Ordenanza 5020/23 de Alcohol Cero al Volante, que prohíbe conducir con cualquier graduación alcohólica en sangre. Las sanciones por incumplir esta norma van de 1.000 a 3.000 USAM, lo que equivale a montos de entre $1.200.000 y $3.600.000, según la tarifaria vigente, además de la inhabilitación de la licencia de conducir.









