Sociedad
Río Negro prorrogó hasta el 10 de mayo el aislamiento obligatorio
Dependiendo de las solicitudes de los intendentes, se determinarán nuevas medidas a tomar en cada uno de los Municipios.

La gobernadora de Río Negro, Arabela Carreras, firmó este domingo el decreto de prórroga hasta el 10 de mayo de las medidas y disposiciones preventivas tendientes a evitar la proliferación del Coronavirus COVID-19 en el territorio provincial. Este lunes (27/04), en base al diálogo y las solicitudes de los Intendentes, se determinarán nuevas medidas a tomar en cada uno de los Municipios.
En tal sentido, la mandataria provincial ya inició comunicaciones con los jefes comunales, quienes enviarán las respectivas notas de solicitud al Poder Ejecutivo Provincial.
En el Decreto 360, firmado esta noche por la Gobernadora Carreras, se prorrogan hasta el 10 de mayo próximo los alcances de los Decretos Nº 236/20, N° 266/20, N° 293/20, N° 297/20, N° 298/20 modificado por Decreto N° 323/20, N° 299/20, N° 300/20, N° 301/20 y N° 306/20.
La norma invita a adherir a los Municipios, Comisiones de Fomento y entidades públicas, sociedades con participación estatal mayoritaria y empresas privadas que desarrollan su actividad en el territorio provincial.
La medida se fundamenta en que se mantienen las razones que motivaron inicialmente la disposición del aislamiento social, preventivo y obligatorio.
Se prorrogan las siguientes medidas
• Declaración del estado de máxima alerta sanitaria y suspensión preventiva de todos los actos públicos y fiestas populares que impliquen afluencia masiva de público y cuya organización recaiga en el Poder Ejecutivo (Decreto 236/20).
• Suspensión de clases en todos los establecimientos educativos de la provincia de Río Negro (Decreto 266/20)
• Receso general excepcional de la Administración Pública, dispensando del deber de asistencia al personal, quedando suspendido asimismo todos los plazos administrativos durante el periodo del receso, en los términos y con los alcances allí expuestos (Decreto 293/20)
• Restricción el ingreso a la provincia de Río Negro de toda persona que no tenga domicilio en la misma (Decreto 297/20)
• Prohibición en todo el territorio provincial, el ingreso y circulación en todos los sitios considerados de esparcimiento público y se limitó el horario de atención al público de aquellos establecimientos comerciales comprendidos en las excepciones del Artículo 6º del Decreto 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional (Decreto 298/20) incorporándose la obligatoriedad de cerrar sus puertas los días domingo a los fines de realizar una desinfección y limpieza de los mismos (Decreto 323/20).
• Horarios de inicio y finalización de las frecuencias diarias que deben cumplir los servicios de transporte público por automotor de carácter urbano, estableciendo asimismo una eximición del pago del boleto a personal de salud y de seguridad (Decreto 299/20).
• Suspensión temporaria del corte de servicios centrales para el desarrollo de la vida diaria en el actual aislamiento obligatorio (Decreto 300/20).
• Prorroga de las fechas de pago de las cuotas correspondientes a los contratos de mutuo celebrados por la Agencia de Desarrollo Rionegrino (CREAR), a través de la empresa Río Negro Fiduciaria SA, a favor de los beneficiarios de cualquiera de los Programas provinciales que cuentan con un fondo fiduciario público (Decreto 301/20).
Río Negro
Sarampión: Mantener la vacunación al día es la mejor prevención
Todas las vacunas del Calendario Nacional son gratuitas y obligatorias.

El Ministerio de Salud de Río Negro recuerda la importancia de mantener al día los esquemas de vacunación para prevenir la reintroducción del sarampión en la comunidad. Se trata de una enfermedad viral altamente contagiosa que se transmite por el aire al hablar, toser o estornudar, y también por contacto con superficies contaminadas.
Una persona infectada puede contagiar hasta a 9 de cada 10 personas no vacunadas que estén en contacto cercano. Esta afección es potencialmente grave, especialmente en niños y niñas menores de 5 años, ya que puede derivar en complicaciones severas como neumonía y meningoencefalitis.
Síntomas y recomendación ante la sospecha
Ante la presencia de señales compatibles con la enfermedad, es indispensable concurrir de manera inmediata a un centro de salud. Los principales síntomas a tener en cuenta son:
- Fiebre alta (+38)
- Manchas rojas en la piel
- Secreción nasal
- Conjuntivitis
- Tos
Nuevo esquema de vacunación (Triple Viral)
La vacunación es la herramienta de control y prevención más efectiva. Desde el 1 de enero de 2026, el esquema de la vacuna Triple Viral se actualizó de la siguiente manera:
- Primera dosis: a los 12 meses de edad.
- Segunda dosis: entre los 15 y 18 meses de edad (para niños y niñas nacidos a partir del 1 de julio de 2024).
Estrategia de transición: con el propósito de garantizar que todos los niños y niñas completen oportunamente su esquema de 2 dosis, se continuará vacunando en el año en que cumplen 5 años a los nacidos en los años 2021, 2022, 2023 y durante los primeros 6 meses de 2024.
Vacuna gratuita, obligatoria y accesible
Todas las vacunas del Calendario Nacional son gratuitas, obligatorias y se aplican sin necesidad de orden médica. Se encuentran disponibles en todos los vacunatorios y centros de salud de la provincia.
Judiciales
Suspendieron las líneas telefónicas de un papá por incumplir la cuota alimentaria
La medida judicial también le impidió contratar nuevos servicios hasta que acreditara un cumplimiento regular y sostenido de la obligación.

El fuero de Familia de Cipolletti ordenó la suspensión de las líneas telefónicas registradas a nombre de un progenitor que incumplió de forma reiterada con la prestación alimentaria destinada a sus hijos. La medida también le impidió contratar nuevos servicios hasta que acreditara un cumplimiento regular y sostenido de la obligación.
La resolución estableció que las empresas de telefonía debían hacer efectiva la restricción una vez que la decisión quedara firme. El tribunal también dispuso que las compañías informaran el cumplimiento de la orden dentro del plazo fijado en el expediente.
La progenitora solicitó la medida ante la falta de pago de la cuota alimentaria. El hombre recibió la notificación del planteo, pero no presentó una respuesta. Antes de resolver, el expediente incorporó el dictamen de la Defensoría de Menores.
El fallo señaló que en el trámite constaba una liquidación aprobada por alimentos adeudados. También indicó que la cuenta judicial no registró movimientos desde su apertura, ocurrida casi un año antes de la resolución. A partir de esos elementos, el tribunal consideró acreditada una conducta renuente frente a la obligación.
La decisión se apoyó en el artículo 553 del Código Civil y Comercial, que autoriza a los jueces y juezas a imponer medidas razonables ante el incumplimiento reiterado de una obligación alimentaria. Esa norma exige que las disposiciones adoptadas resulten adecuadas al caso y guarden proporción con el objetivo perseguido.
Según la resolución, la prestación alimentaria constituye un derecho humano fundamental cuando beneficia a niñas, niños o adolescentes. El fallo sostuvo que el ordenamiento jurídico nacional e internacional exige una protección especial para las personas menores de edad debido a su situación de vulnerabilidad.
El tribunal citó la Constitución Nacional, la Convención sobre los Derechos del Niño y la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer. En particular, recordó que el interés superior de niñas y niños debe ocupar un lugar primordial en las decisiones que afecten sus derechos.
La sentencia también expresó que el incumplimiento alimentario por parte del progenitor no conviviente implica una forma de violencia económica hacia la progenitora. Sobre ese punto, mencionó las normas internacionales que reconocen la responsabilidad común de madres y padres respecto de la educación, el desarrollo y las condiciones de vida de sus hijos.
Se explicó que la legislación permite adoptar distintas medidas para procurar la eficacia de una sentencia alimentaria. La elección debe respetar criterios de razonabilidad y proporcionalidad, sin exceder los límites establecidos por el Código Civil y Comercial.
Con esos fundamentos, la magistrada hizo lugar al pedido y ordenó suspender las líneas existentes, además de impedir la contratación de otras nuevas. La restricción permanecerá vigente hasta que el progenitor cumpla la prestación alimentaria de manera regular y sostenida, conforme a lo dispuesto en el fallo.
Río Negro
Más recreos sin celulares y menos distracciones: Los primeros resultados de Pausa Digital en Río Negro
Una encuesta realizada a equipos directivos y supervisores mostró una amplia aceptación de la iniciativa en las instituciones educativas.

El dispositivo Pausa Digital, impulsado por el Gobierno de Río Negro para promover el uso responsable de los teléfonos celulares durante la jornada escolar, comenzó a mostrar resultados positivos a pocos meses de su implementación en las escuelas de la provincia.
Durante junio se realizó una encuesta a 303 equipos directivos y 34 supervisores de distintos niveles y modalidades para evaluar la iniciativa. Según se informó, los resultados reflejaron una amplia adhesión de la comunidad educativa y permitieron avanzar en nuevas acciones de acompañamiento y formación.
La coordinadora del dispositivo, Paula Quezada, destacó que «existe un fuerte compromiso institucional y una amplia participación de estudiantes y familias en la revisión de los acuerdos escolares de convivencia». Remarcó además que «el objetivo del programa no es prohibir el uso de los celulares, sino promover un uso responsable y con fines pedagógicos».
Entre los principales avances detectados, desde las escuelas primarias señalaron que los estudiantes juegan más durante los recreos, interactúan con mayor frecuencia entre sí y respetan los acuerdos para guardar los teléfonos. En el nivel secundario también se registraron progresos, aunque indicaron que el proceso requiere un trabajo gradual orientado al desarrollo de la autorregulación.
«Los y las estudiantes coinciden en que los celulares funcionan como distractores y muchas veces son un obstáculo para el aprendizaje pero también demandan información, segura, científica y certera en función de todos los peligros a los que se exponen», comentó Quezada.
A partir de ello, los equipos directivos han diseñado distintas líneas de acción para ir trabajando a lo largo del año y afianzar lo que ya se venía realizando en términos de alfabetización digital.
«En las escuelas Primarias nos cuentan que los chicos y chicas juegan más durante los recreos, interactúan más entre ellos y respetan los acuerdos para guardar los celulares. En Secundaria también se observan avances, aunque el trabajo con adolescentes requiere un proceso más gradual, centrado en el desarrollo de la autorregulación», explicó.
Por otro lado, Quezada mencionó que se va a hacer un acompañamiento personalizado a los equipos directivos, situado con orientaciones pedagógicas, didácticas y metodológicas para fortalecer los proyectos institucionales.
Además y en articulación con la Dirección de Educación Superior, se van a llevar a cabo encuentros de formación para docentes y todas aquellas personas que cumplen con un rol pedagógico.
«Todas las políticas educativas ameritan la revisión permanente y el fortalecimiento en territorio por eso el Gobierno de Río Negro sigue pensando líneas de acción no solo para este año sino también para el año que viene que permitan una mejor resignificación de la normativa e ir con acciones concretas paulatinamente», afirmó Quezada







