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Sociedad

Coronavirus: 86 nuevos pacientes confirmados en la provincia

En Roca sólo se registró un caso positivo y hay 13 pacientes que recibieron el alta.

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El Ministerio de Salud de Río Negro informó las novedades epidemiológicas registradas entre las 16.46 hs. del 15 de agosto y las 16.45 hs. de hoy (16/08).

43 pacientes curados
Tres mujeres de Allen, un hombre de Cipolletti, una mujer de Comallo, un hombre de Dina Huapi, siete mujeres y seis hombres de General Roca, tres mujeres y un hombre de Ingeniero Huergo, 11 mujeres y nueve hombres de San Carlos de Bariloche.

1 paciente fallecido
Una mujer de 87 años de San Carlos de Bariloche con patologías previas.

86 pacientes confirmados
Seis mujeres y 12 hombres de Allen, una mujer y un hombre de Catriel, una mujer de Cervantes, dos mujeres y un hombre de Chichinales, un hombre de Cinco Saltos, una mujer de Cipolletti, una mujer y un hombre de Dina Huapi, cinco mujeres y tres hombres de Fernández Oro, cuatro mujeres y cuatro hombres de General Conesa, una mujer y un hombre de General Godoy, una mujer de General Roca, tres mujeres y un hombre de Ingeniero Huergo, una mujer y un hombre de Ingeniero Jacobacci, dos mujeres y un hombre de San Antonio Oeste, 13 mujeres y seis hombres de San Carlos de Bariloche y tres mujeres y ocho hombres de Villa Regina.

79 pacientes descartados
Siete de Allen, uno de Catriel, dos de Chichinales, uno de Cipolletti, uno de Fernández Oro, cuatro de General Conesa, siete de General Roca, 11 de Ingeniero Huergo, dos de Lamarque, uno de Las Grutas, dos de Río Colorado, nueve de San Antonio Oeste, tres de Viedma y 28 de Villa Regina.

Totales

1331 Activos
376 de San Carlos de Bariloche, 229 de General Roca, 161 de Cipolletti, 127 de Villa Regina, 60 de Ingeniero Huergo, 117 de General Conesa, 44 de Allen, 36 de Ingeniero Jacobacci, 21 de Cervantes, 20 de Dina Huapi, 30 de Fernández Oro, 1 de Chocle Choel, 29 de Chimpay, 27 de San Antonio Oeste, 4 de Cinco Saltos, 11 de Mainque, 3 de El Bolsón, 12 de Campo Grande, 1 de Comallo, 6 de General Godoy, 7 de Chichinales, 2 de Catriel, 2 de Viedma, 1 de Barda del Medio, 1 de Coronel Belisle, 2 de Darwin y 1 de Guardia Mitre.

2414 Curados
853 de San Carlos de Bariloche, 648 de General Roca, 165 de Cipolletti, 138 de Villa Regina, 154 de Ingeniero Huergo, 11 de General Conesa, 69 de Allen, 67 de Ingeniero Jacobacci, 78 de Cervantes, 42 de Dina Huapi, 20 de Fernández Oro, 38 de Choele Choel, 10 de Chimpay, 32 de Lamarque, 2 de San Antonio Oeste, 18 de Cinco Saltos, 12 de Mainque, 20 de Luis Beltrán, 10 de El Bolsón, 9 de Comallo, 3 de General Godoy, 1 de Chichinales, 5 de Catriel, 3 de Río Colorado, 1 de Viedma, 1 de Barda del Medio, 1 de Coronel Belisle, 2 de Los Menucos y 1 de Pomona.

109 Fallecidos
24 de San Carlos de Bariloche, 26 de General Roca, 16 de Cipolletti, 6 de Villa Regina, 3 de Ingeniero Huergo, 5 de Ingeniero Jacobacci, 4 de Cervantes, 6 de Allen, 2 de Dina Huapi, 8 de Choele Choel, 1 de Fernández Oro, 2 de Chimpay, 1 de San Antonio Oeste, 1 Cinco Saltos, 1 de Luis Beltrán, 1 de El Bolsón, 1 Comallo y 1 de El Cuy.

Judiciales

Ordenaron el retiro del carnet de conducir y la suspensión de la línea telefónica por una deuda alimentaria

Las medidas fueron ordenadas por una jueza de Familia luego de verificar que el progenitor no dio cumplimiento a un convenio alimentario previamente homologado.

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El retiro del carnet de conducir y la suspensión de líneas telefónicas fueron las medidas dispuestas contra un padre que no acreditó el pago de una cuota alimentaria fijada a favor de su hija menor de edad. Las decisiones se adoptaron en el marco de un expediente de familia y tuvieron como finalidad compeler el cumplimiento de una obligación alimentaria vigente.

Las medidas fueron ordenadas por una jueza de Familia de Cipolletti luego de verificar que el progenitor no dio cumplimiento a un convenio alimentario previamente homologado. Además del retiro de la licencia de conducir o, en su caso, la prohibición de tramitarla o renovarla, la magistrada dispuso oficiar al Registro Provincial de Deudores Alimentarios para la inscripción correspondiente y ordenó la suspensión de líneas telefónicas fijas o móviles de su titularidad.

La resolución se dictó tras una intimación previa cursada el año pasado, en la que se requirió al padre que acreditara el pago de los alimentos bajo apercibimiento de adoptar medidas razonables para garantizar la obligación. Esa intimación no fue impugnada y, ante la persistencia del incumplimiento, la jueza hizo efectivos los apercibimientos anunciados.

Contra esa decisión, el progenitor presentó un recurso de revocatoria con apelación en subsidio. En su planteo sostuvo que las medidas adoptadas no resultaban eficaces para asegurar el pago de los alimentos y que su situación económica le impedía cumplir regularmente con la cuota. Señaló que realizaba trabajos informales vinculados a tareas domiciliarias y que se encontraba sin empleo. También cuestionó la valoración de la prueba y afirmó que efectuó depósitos y transferencias parciales que, a su criterio, no fueron considerados de manera adecuada. En ese contexto, solicitó que se dejaran sin efecto las sanciones y que se le concediera un plazo para regularizar una cuota correspondiente a un período determinado.

La persona que reclamó los alimentos respondió y sostuvo que la cuota alimentaria convenida y homologada continuaba plenamente vigente. Indicó que el padre no promovió ningún incidente tendiente a modificar la prestación y que, hasta tanto ello ocurra y exista una resolución judicial, la obligación resulta exigible en los términos fijados. También remarcó que las medidas dispuestas se encuentran previstas en la normativa vigente y dentro de las facultades del Poder Judicial para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. En el mismo sentido se pronunció la Defensora de Menores, quien recomendó mantener lo resuelto.

Al intervenir en el caso, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativo de Cipolletti analizó el recurso y señaló que la resolución cuestionada constituyó una consecuencia directa de una intimación anterior que había quedado firme. En ese contexto, destacó que no resulta procedente impugnar la providencia que hace efectivo un apercibimiento cuando el acto que le dio origen no fue cuestionado oportunamente, ya que los plazos procesales operan de manera preclusiva.

El Tribunal también recordó que el derecho alimentario de niñas, niños y adolescentes se encuentra protegido por normas de jerarquía constitucional y supralegal, y que la obligación alimentaria no se modifica por manifestaciones unilaterales sobre la situación laboral del progenitor. Para alterar una cuota vigente resulta necesario promover el trámite judicial correspondiente y obtener una resolución que así lo disponga.

Con esos fundamentos, la Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la resolución dictada en primera instancia en todo lo que fue materia de agravio, incluidas las medidas de retiro del carnet de conducir y suspensión de la línea telefónica.

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Roca

Alta Barda tiene nueva iluminación LED: Cambiaron 70 puntos de luz y sumaron 12 nuevas luminarias

La reconversión tecnológica permite reducir el consumo energético, mejorar la visibilidad y bajar los costos de mantenimiento.

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El Municipio de Roca completó una obra de modernización del alumbrado público en el Barrio Alta Barda, donde reemplazó luminarias de sodio por tecnología LED en 70 puntos e incorporó 12 nuevas luminarias que amplían la cobertura del servicio en el sector.

Los trabajos se llevaron adelante sobre las calles Darwin, Elías Quilodrán, El Ceibo, Las Petuñas y Félix Heredia.

La tecnología LED permite reducir el consumo energético, mejorar la visibilidad nocturna y disminuir los costos de mantenimiento, además de generar un menor impacto ambiental en comparación con el sistema anterior.

Con esta intervención, el Municipio avanza en el plan de reconversión del alumbrado público en distintos barrios de la ciudad, con «el objetivo de brindar espacios más seguros y eficientes para los vecinos», destacaron.

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Roca

Los combustibles acumulan entre un 16% y un 18% de aumento sólo en marzo

Desde enero, el combustible acumula una suba del 22%, cifra que ya supera más de la mitad del aumento registrado a lo largo de todo el año 2025.

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La guerra en Medio Oriente llegó a los surtidores del Alto Valle. En lo que va de marzo, los combustibles acumularon aumentos de entre el 16% y el 18% en las diferentes estaciones de servicio de General Roca.

Los especialistas explican que las subas no responden a un criterio uniforme: cada petrolera las aplica en forma independiente, en diferentes momentos y con distintos porcentajes. Básicamente, todos los días, en alguna petrolera o en alguna ciudad se registra un incremento.

Los números reflejan el impacto en el bolsillo. La nafta Súper, que en febrero costaba $1.609 el litro, trepó a $1.912 en marzo, un incremento del 18,8% -datos de YPF en Roca-. En lo que va de 2026, la suba acumulada ya alcanza el 22%, superando más de la mitad del aumento registrado durante todo el año 2025, cuando el precio pasó de $1.128 a $1.611, con una variación del 42,8%.

La evolución de los precios dependerá tanto del conflicto bélico como de la inflación interna. Y es que una sola declaración del presidente Donald Trump logró que el precio del petróleo bajara de manera considerable, lo que abre la posibilidad de una corrección si el escenario internacional se estabiliza.

No obstante, la región tiene una posición particular frente a esta situación: mientras el aumento golpea a los consumidores, el Alto Valle se beneficia como zona exportadora de crudo a precios más favorables en el mercado externo.

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