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Sociedad

Amparo ordenó cobertura total y directa para paciente con cáncer de piel

El tratamiento cuesta cerca de $7.000 por semana y debe continuarse por tiempo indefinido.

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Una obra social deberá brindar cobertura total y directa a un hombre que padece cáncer de piel y que necesita de manera urgente un tratamiento de radioterapia en una clínica especializada de Neuquén. La jueza civil de Roca que dictó la sentencia de amparo incluyó en la obligación de la obra social el traslado del paciente más un acompañante y dejó expresamente asentado que la cobertura debe ser “directa del 100% y no por reintegro”.

La orden judicial a la obra social estatal se dictó “bajo apercibimiento de aplicar una sanción pecuniaria de $10.000 diarios por cada día de demora y hasta la acreditación del efectivo cumplimiento”.

La acción de amparo fue iniciada por correo electrónico a la casilla oficial del Juzgado Civil N° 1 de Roca, a mediados de octubre, por la esposa del paciente. La mujer escribió con sus palabras cómo está afectada la salud de su marido y contó que en agosto de 2020 tuvieron un diagnóstico de la enfermedad. Adjuntó todos los estudios y constancias médicas y señaló las recomendaciones de los especialistas que lo tratan y la “suma urgencia” con la que pidieron un tratamiento de elevado costo económico que no se realiza en ningún centro médico de Río Negro pero sí en Neuquén.

Según el presupuesto, el tratamiento cuesta cerca de $7.000 por semana y debe continuarse por tiempo indefinido. Cinco días después de presentado el amparo, la obra social informó al Juzgado la aceptación “excepcional” de la cobertura al 100%, debido a que la clínica no es prestadora de Ipross, pero bajo la modalidad de reintegro, contra la presentación de las facturas.

En respuesta, la mujer explicó -nuevamente por mail, con sentidas palabras y adjuntando su recibo de sueldo- la compleja realidad económica que atraviesa la familia y la imposibilidad de afrontar siquiera parcialmente el costo del tratamiento. La obra social no volvió a contestar y la jueza dictó la sentencia, en la que sostuvo que la modalidad de reintegro ofrecida por Ipross “a todas luces torna ilusorios los derechos aquí involucrados”.

“Los derechos del paciente que se encuentran vulnerados ostentan protección tanto en la Constitución Nacional, como en la normativa internacional de Derechos Humanos y en la Constitución Provincial”, señaló.

Por otro lado, destacó que el informe médico “ha sido contundente y claro en cuanto al diagnóstico” y en cuanto a la urgencia del tratamiento para evitar el avance del cáncer.

“Puede decirse que en las condiciones actuales se encuentra afectada no sólo la salud del amparista, sino su vida, dignidad, calidad de vida, y ello persiste mientras no pueda darse el tratamiento adecuado y necesario para paliar la enfermedad que lo aqueja, tratamiento que encuentra su obstáculo en la autorización bajo la pretendida modalidad de reintegro”, concluyó la jueza.

Tras analizar las normas especialmente referidas a la atención de pacientes oncológicos, la titular del juzgado sostuvo que “se vislumbra en el presente caso actitudes dilatorias” que “a todas luces representa una conducta lesiva, arbitraria y reprochable”. La obra social “no sólo ha rechazado en un principio la solicitud prestacional” por no encontrarse incluido en el menú prestacional, “sino que luego pretende que sea el amparista quien afronte el gasto” para “luego reintegrar, lo que resulta imposible en la situación actual del amparista, tornando inoperativa la autorización otorgada”, dice el fallo.

“Cuando están en juego el derecho a la vida o a la salud e integridad física de una persona, las instituciones que integran el sistema nacional de salud deben extremar al máximo los servicios que proporcionan a fin de lograr la recuperación del paciente, incluso más allá de las exigencias del Plan Médico Obligatorio, dado que éste fue concebido como un régimen mínimo de prestaciones que se deben garantizar (piso prestacional), que no puede derivar en una afectación del derecho a la vida y a la salud de las personas”, recalcó la jueza, citando precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Roca

Cometió infracciones de tránsito y lo subió a las redes sociales: Fue identificado y deberá abonar varias multas

El Municipio de Roca también detectó que hace unos meses chocó un cartel nomenclador en pleno centro de la ciudad.

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A partir de videos publicados en redes sociales donde el conductor de un Volkswagen Gol color rojo realiza maniobras indebidas y peligrosas en pleno centro de General Roca, el Municipio identificó al sujeto y labró las actas de infracciones correspondientes.

El joven subió a Instagram como, a bordo de su auto, realiza movimientos peligrosos en calle 9 de Julio, entre Italia y Sarmiento, infringiendo las normas en materia de tránsito y seguridad vial, exponiendo además a terceros en situaciones de alto riego.

En las mismas imágenes, personal del Municipio pudo visualizar el dominio del VW Gol, cuyo titular coincide con el nombre de la cuenta que sube los videos a las redes sociales.

Asimismo se detectó también que el mismo conductor había protagonizado, hace algunos meses, un siniestro en la misma zona, donde el vehículo terminó sobre una vereda causando daños a un cartel nomenclador.

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Roca

Sumaron equipamiento de última generación al servicio de Hemoterapia del Hospital de Roca

El equipo permite el fraccionamiento preciso y eficiente de unidades de sangre total. Es el único de su tipo en toda la provincia de Río Negro.

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El Hospital Francisco López Lima de General Roca incorporó recientemente equipamiento de última generación en su servicio de Hemoterapia, reforzando el acceso a tecnología biomédica de alta complejidad dentro del sistema público de salud.

Se trata del Fractiomatic Plus II, un equipo semiautomatizado para la separación de hemocomponentes, que ya está en funcionamiento y es el único de su tipo en toda la provincia de Río Negro.

Este dispositivo permite el fraccionamiento preciso y eficiente de unidades de sangre total, separando glóbulos rojos, plasma y plaquetas bajo condiciones controladas, lo que garantiza mayor calidad, seguridad y trazabilidad en los componentes obtenidos.

Con esta incorporación, el servicio fortalece su capacidad operativa y mejora sus procesos, asegurando una atención más segura y oportuna para la comunidad.

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Río Negro

Hogares rionegrinos serán encuestados por personal provincial

Se buscan obtener datos claves sobre el empleo, la educación, la migración, los ingresos, y los servicios con los que cuenta cada hogar, entre otros aspectos.

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La Dirección de Estadística y Censos informa que, entre los meses de julio y septiembre, se realizará la Encuesta Permanente de Hogares (EPH) en toda la provincia, coordinada junto al Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).

La Encuesta Permanente de Hogares (EPH) es una herramienta fundamental para conocer las condiciones de vida de la población. A través de ella se obtienen datos clave sobre el empleo, la educación, la migración, los ingresos, y los servicios con los que cuenta cada hogar, entre otros aspectos.

En esta edición, 1.240 viviendas fueron seleccionadas mediante métodos estadísticos de muestreo. Las localidades incluidas son: San Carlos de Bariloche, El Bolsón, Maquinchao, Los Menucos, Sierra Grande, San Antonio Oeste, General Conesa, Viedma, Río Colorado, Lamarque, Luis Beltrán, Villa Regina, General Roca, Allen, Cinco Saltos, Villa Manzano, Catriel, Ingeniero Huergo y Cipolletti.

Las entrevistas serán realizadas por personal debidamente acreditado, tanto en días hábiles, feriados o fines de semana. En algunos casos, los encuestadores estarán acompañados por supervisores que también contarán con identificación oficial.

Cabe destacar que la encuesta se realiza bajo los términos de la Ley Nacional N° 17.622, que garantiza la confidencialidad de toda la información relevada. La participación de los hogares seleccionados es fundamental para asegurar la calidad y representatividad de los resultados.

Contar con información confiable y actualizada permite una mejor interpretación de la realidad social y económica de la población, y en un mejor diseño de políticas públicas, por este motivo se solicita a la población que participe de la encuesta.

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