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Sociedad

El Frente Renovador exige pirotecnia cero en Río Negro

Buscan prohibir tanto la tenencia, como la fabricación, comercialización, distribución y uso de pirotecnia en todo el territorio provincial.

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La bancada del Frente Renovador rionegrino plantea “decir basta!” y vedar el uso de todo elemento de pirotecnia y cohetería con fines recreativos en el territorio provincial.

Por ese motivo se avanzó en un proyecto que busca prohibir el uso de pirotecnia recreativa en Río Negro. La iniciativa, que ingresó esta semana a la Legislatura provincial, lleva la firma de los legisladores Alejandro Ramos Mejía, Luis Albrieu y Nicolás Rochas.

Al respecto, el presidente de la bancada Nicolás Rochas expresó que “no podemos esperar a que llegue fin de año para volver a lamentarnos y pedir por el fin de la pirotecnia. Si bien en varios municipios -supuestamente- ya está prohibida, lo cierto es que no hay una decisión categórica y contundente de que este ‘divertimento’ pase al olvido”.

“Nada hay de divertido, si lo que a mí me entretiene causa dolor y angustia a otra persona. Seguir soportando este pesar no tiene sentido, como tampoco excusa. Por estas razones pedimos directamente su prohibición en toda la provincia”, concluyó.

El proyecto prevé que la tenencia, fabricación, comercialización, transporte, distribución, depósito y venta al público, mayorista o minorista, y el uso particular de todo elemento de pirotecnia y cohetería, sea éste de venta libre o no, y/o fabricación autorizada, será penado con multa de 500 a 4000 ​unidades de multa previstas en la Ley Nº 4402, más el decomiso de los elementos utilizados para la comisión de la falta.

Asimismo, cuando se trate de establecimientos comerciales y exista reincidencia, se adicionará
a la multa establecida, una clausura de 15 a 30 días.

Finalmente establece como autoridad de aplicación al Ministerio de Seguridad y Justicia en todo el territorio provincial.

Roca

Importante reparación en el acueducto de Güemes: Sin agua desde el viernes por la tarde hasta el sábado al mediodía en varios barrios de Roca

La obra es impostergable porque el sector está próximo a ser asfaltado y el ducto abastece a más de la mitad de la ciudad.

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Aguas Rionegrinas realizará este viernes (27/03) un operativo de reparación en el acueducto de calle Güemes, a la altura del tanque elevado, en inmediaciones de Mendoza, en Roca. Como consecuencia de las tareas, el suministro de agua potable será interrumpido desde las 17 del viernes (27/03) hasta el mediodía del sábado (28/03), aproximadamente.

La obra se llevará a cabo sobre el tramo del acueducto ubicado entre las calles Chaco y Formosa. Debido a la complejidad de las maniobras y a los elevados niveles de presión con los que opera el ducto, será necesario vaciarlo por completo antes de iniciar los trabajos. En el lugar actuará un equipo de técnicos e ingenieros de Roca y de toda la provincia.

La restricción afectará exclusivamente a la zona baja de la ciudad, que comprende los barrios situados al sur del Canal Principal y al noreste de la intersección de Gelonch y Maipú: Centro, Stefenelli, Gómez, J.J. Gómez, Supe, Universitario, 260 Viviendas y Malvinas, entre otros.

La empresa provincial destacó que los trabajos son impostergables, ya que el sector está próximo a ser asfaltado y el acueducto es una pieza clave de la infraestructura local: transporta agua desde la planta potabilizadora para abastecer a más de la mitad de la población de la localidad.

«Se solicita a los vecinos acopiar agua con antelación y hacer un uso responsable de las reservas, priorizando el consumo para necesidades básicas. Quienes no cuenten con tanque de reserva pueden almacenar agua en recipientes limpios y seguros. Para consultas o reclamos, está disponible la línea gratuita 0800-999-24827», indicaron desde Aguas Rionegrinas al respecto.

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Roca

Cómo sigue el tiempo en Roca: Inestabilidad hasta el sábado y una semana que cierra con sol radiante

El sábado será el día más complicado de la semana, con tormentas eléctricas, lluvias, chaparrones y ráfagas de hasta 35 km/h.

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Tres días de tormenta y luego sol. Así resume el pronóstico extendido de la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas (AIC) los próximos días en General Roca.

Este jueves (26/03) se esperan tormentas eléctricas con lluvias y chaparrones, con una máxima de 26°C y vientos moderados del sudoeste. La noche será inestable. El viernes (27/03) el tiempo mejorará parcialmente durante el día -posibles tormentas con 29°C-, pero la noche volverá a ser inestable.

El sábado (28/03) representará el pico de la mala racha: tormentas eléctricas, lluvias, chaparrones y ráfagas de hasta 35 km/h, con una máxima de 32°C. La noche del sábado, en cambio, cerrará despejada con 9°C.

Desde el domingo (29/03) el tiempo dará un giro claro. Cielo despejado con 29°C, vientos muy suaves y una noche mayormente tranquila darán paso a un lunes (30/03) con sol radiante y 31°C.

El martes (31/03) también se presentará despejado con 28°C, aunque los vientos del sudoeste podrían intensificarse con ráfagas de hasta 51 km/h.

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Judiciales

Ordenaron el retiro del carnet de conducir y la suspensión de la línea telefónica por una deuda alimentaria

Las medidas fueron ordenadas por una jueza de Familia luego de verificar que el progenitor no dio cumplimiento a un convenio alimentario previamente homologado.

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El retiro del carnet de conducir y la suspensión de líneas telefónicas fueron las medidas dispuestas contra un padre que no acreditó el pago de una cuota alimentaria fijada a favor de su hija menor de edad. Las decisiones se adoptaron en el marco de un expediente de familia y tuvieron como finalidad compeler el cumplimiento de una obligación alimentaria vigente.

Las medidas fueron ordenadas por una jueza de Familia de Cipolletti luego de verificar que el progenitor no dio cumplimiento a un convenio alimentario previamente homologado. Además del retiro de la licencia de conducir o, en su caso, la prohibición de tramitarla o renovarla, la magistrada dispuso oficiar al Registro Provincial de Deudores Alimentarios para la inscripción correspondiente y ordenó la suspensión de líneas telefónicas fijas o móviles de su titularidad.

La resolución se dictó tras una intimación previa cursada el año pasado, en la que se requirió al padre que acreditara el pago de los alimentos bajo apercibimiento de adoptar medidas razonables para garantizar la obligación. Esa intimación no fue impugnada y, ante la persistencia del incumplimiento, la jueza hizo efectivos los apercibimientos anunciados.

Contra esa decisión, el progenitor presentó un recurso de revocatoria con apelación en subsidio. En su planteo sostuvo que las medidas adoptadas no resultaban eficaces para asegurar el pago de los alimentos y que su situación económica le impedía cumplir regularmente con la cuota. Señaló que realizaba trabajos informales vinculados a tareas domiciliarias y que se encontraba sin empleo. También cuestionó la valoración de la prueba y afirmó que efectuó depósitos y transferencias parciales que, a su criterio, no fueron considerados de manera adecuada. En ese contexto, solicitó que se dejaran sin efecto las sanciones y que se le concediera un plazo para regularizar una cuota correspondiente a un período determinado.

La persona que reclamó los alimentos respondió y sostuvo que la cuota alimentaria convenida y homologada continuaba plenamente vigente. Indicó que el padre no promovió ningún incidente tendiente a modificar la prestación y que, hasta tanto ello ocurra y exista una resolución judicial, la obligación resulta exigible en los términos fijados. También remarcó que las medidas dispuestas se encuentran previstas en la normativa vigente y dentro de las facultades del Poder Judicial para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias. En el mismo sentido se pronunció la Defensora de Menores, quien recomendó mantener lo resuelto.

Al intervenir en el caso, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Familia, de Minería y Contencioso Administrativo de Cipolletti analizó el recurso y señaló que la resolución cuestionada constituyó una consecuencia directa de una intimación anterior que había quedado firme. En ese contexto, destacó que no resulta procedente impugnar la providencia que hace efectivo un apercibimiento cuando el acto que le dio origen no fue cuestionado oportunamente, ya que los plazos procesales operan de manera preclusiva.

El Tribunal también recordó que el derecho alimentario de niñas, niños y adolescentes se encuentra protegido por normas de jerarquía constitucional y supralegal, y que la obligación alimentaria no se modifica por manifestaciones unilaterales sobre la situación laboral del progenitor. Para alterar una cuota vigente resulta necesario promover el trámite judicial correspondiente y obtener una resolución que así lo disponga.

Con esos fundamentos, la Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la resolución dictada en primera instancia en todo lo que fue materia de agravio, incluidas las medidas de retiro del carnet de conducir y suspensión de la línea telefónica.

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