Judiciales
Lo indemnizarán luego de cobrarle, todos los meses, un seguro que nunca pidió
La empresa denunciada aseguraba que el cliente, por teléfono, había aceptado la solicitud. La Justicia le dio la razón al damnificado.

Una compañía de seguros tendrá que devolverle al cliente el dinero de una póliza que no contrató. La firma invocó la existencia de una solicitud telefónica pero el damnificado lo negó. La empresa también deberá abonar una multa por su conducta “descalificable”, según el fallo.
El cliente advirtió en el resumen de su tarjeta de crédito que tenía débitos por seguros no contratados. Ante esa situación revisó todos los movimientos bancarios y descubrió que le habían cobrado pólizas por el período de un año y cinco meses.
Entonces formuló el reclamo al Banco Itaú pero allí lo derivaron con Visa. En la tarjeta le informaron que ellos únicamente reciben instrucciones del comercio adherido, en este caso Metlife Seguros S.A.
El hombre se comunicó insistentemente con la compañía pero no le brindaron ninguna información sobre el origen de los débitos, y solo después de varios llamados logró el cese del cobro. Sin embargo, adujo que jamás le ofrecieron la devolución de lo percibido sin causa. En el juicio civil se probó que el banco es agente institorio de la aseguradora, es decir actúa como auxiliar bajo las reglas del mandato.
La sentencia civil, que es de primera instancia y aún no está firme porque puede ser apelada, fijó una indemnización a favor del cliente por la suma de $227.603,61. La condena deberá ser afrontada por Metlife y esa cifra incluye las sumas descontadas más los intereses ($27.603,61), el daño moral que representa la situación de preocupación e incertidumbre padecida ($50.000) y el daño punitivo ($150.000) que es la multa civil por la inconducta y el incumplimiento de la Ley de Defensa del Consumidor.
Cuando el cliente optó por impulsar la demanda, afirmó que nunca prestó su consentimiento, que no contrató ningún seguro ni autorizó pagos por tal concepto. Metlife Seguros S.A., por su parte, invocó la existencia de una contratación telefónica.
De las pruebas surgió que la póliza para los seguros de vida colectivo y de accidentes personales deben contratarse mediante un formulario de solicitud individual.
El Reglamento General de la Actividad Aseguradora, en cambio, admite las contrataciones telefónicas pero dispone que deberá obtenerse y conservar una grabación de la venta telefónica o bien el registro informático de la transacción, según corresponda, donde conste el consentimiento expreso de la contratación del Tomador/Asegurado, situación que tampoco fue acreditada en este caso.
El fallo también basó su decisión en la ley de Defensa del Consumidor que en su artículo 35 prohíbe la realización de propuesta al consumidor, por cualquier tipo de medio, sobre una cosa o servicio que no haya sido requerido previamente y que genere un cargo automático en cualquier sistema de débito.
Durante el tratamiento del rubro daño punitivo, se consignó en la sentencia que la aseguradora “sin causa y de manera intencionada emitió y se benefició con el cobro de pólizas sin contar con el consentimiento del asegurado, a la vez que -incluso una vez promovido este juicio y hasta ahora- se mantuvo en una postura obstinada, carente de fundamento y desidiosa, al punto de no producir siquiera las pruebas que supuestamente darían sustento a su defensa, a la postre ineficaz y solo dilatoria del derecho del consumidor perjudicado”.
Judiciales
Imputaron a la mujer que quiso prender fuego una dependencia municipal
Está acusada de amenazar al secretario de Servicios Públicos, Miguel Jaramillo.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos a una trabajadora municipal, acusándola de haber intentado incendiar una delegación del Municipio de General Roca. En este sentido, se le impusieron medidas de coerción para resguardar la investigación en curso.
En la instancia, la Fiscalía puntualizó que poco después de las 9.30 de ayer (05/05), la imputada ingresó en la oficina municipal de Servicio Públicos, en la que se encontraba trabajando el secretario Miguel Jaramillo, a quien se dirigió de manera amenazante. Le expresó en ese momento «voy a prender fuego a todos y a vos».
Según la acusación, la mujer tenía un bidón de nafta, un encendedor y una cadena. Demostrando su intención de prender fuego intencional, roció el pasillo del lugar y la oficina del damnificado. Sin embargo, no pudo lograr su cometido ya que agentes policiales de prevención, acudieron al lugar y lograron reducirla.
La Fiscalía le endilgó el delito de incendio en grado de tentativa y amenazas simples, en carácter de autora. Mencionó como sustento probatorio el acta de procedimiento policial realizada por agentes de la Comisaría 3°, la denuncia realizada por el damnificado y la versión de tres empleadas del lugar que expresaron sentir mucho miedo ante su irrupción en el lugar.
En la audiencia desarrollada en la mañana de hoy (06/05), la fiscal pidió que se tengan por formulado los cargos. El juez de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos e hizo lugar a lo requerido por la defensa en cuanto a la medida de coerción, imponiéndole a la acusada diversas medidas cautelares de prohibición de acercamiento tanto al organismo municipal como a víctimas y testigos. Ello deberá ser cumplido a riesgo de que cualquier transgresión implique el agravamiento de la medida cautelar y el cumplimiento de la prisión preventiva efectiva tal como había solicitado la fiscal interviniente.
Judiciales
Weretilneck eleva proyecto de Ley de Reiterancia a la Legislatura: ¿De qué se trata?
El gobernador dijo que «buscamos terminar con la llamada ‘puerta giratoria’, donde los delincuentes quedan libres después de cometer un delito tras otro.

El Gobierno de Río Negro avanza en «una agenda de reformas para mejorar la seguridad, garantizar justicia efectiva y proteger a las víctimas, colocando a la población en el centro de cada decisión», destacaron desde el Ejecutivo provincial. El gobernador Alberto Weretilneck elevó el proyecto de Ley de Reiterancia, que se suma a la Ley de Prisión en doble instancia, ya sancionada y en vigencia. Dos acciones que marcan un cambio profundo para beneficiar directamente a las y los rionegrinos.
El proyecto de Ley de Reiterancia, que será tratado en la próxima sesión legislativa, suma una herramienta clave para frenar el delito reiterado. Permitirá a los fiscales pedir prisión preventiva para quienes acumulen múltiples causas penales activas. Así, se busca terminar con la llamada «puerta giratoria», que deja en la calle a quienes cometen un delito tras otro. Con esta iniciativa, la Provincia se pone del lado de las víctimas y de cada vecino que espera vivir más seguro.
«Con la incorporación de la reiterancia como causal de prisión preventiva estamos del lado de las víctimas y de los vecinos que sufren la inseguridad cotidiana. Estas leyes son una muestra de carácter y decisión para frenar a quienes burlan el sistema y siguen delinquiendo una y otra vez», destacó el gobernador Weretilneck.
La ley que posibilita la prisión en doble instancia asegura que las penas se cumplan en tiempo real: las personas condenadas en dos instancias ya no podrán permanecer libres mientras esperan resoluciones extraordinarias. Esto significa que las víctimas y sus familias no deben soportar durante años la injusticia de ver en libertad a quienes ya fueron condenados. Garantizar que las penas se cumplan rápidamente da tranquilidad a la sociedad, refuerza la confianza en el sistema judicial y envía un mensaje claro: los delitos tienen consecuencias reales.
Además, se impulsa la creación del Registro Provincial de Huellas Genéticas, que permitirá comparar muestras de ADN recogidas en las escenas del crimen con los perfiles de condenados e imputados por delitos dolosos. Esta herramienta moderna ayudará a esclarecer delitos más rápido y con mayor precisión, dando respuestas a las víctimas y evitando nuevos hechos.
El gobernador Weretilneck remarcó que estas reformas reflejan un rumbo claro para la provincia. «Nuestro compromiso es simple y firme: proteger a las víctimas, respaldar a la Justicia y darle a cada rionegrino la seguridad que merece. Con estas herramientas le estamos cerrando la puerta a la impunidad y mostrando que en Río Negro los delitos tienen consecuencias», concluyó.
Judiciales
Municipios aplican la IA del Poder Judicial para ejecutar infracciones locales
Tramitan de forma automatizada multas de tránsito, ruidos molestos, infracciones al código ambiental y otras faltas

El alcance de la Inteligencia Artificial del Poder Judicial se amplió a tres municipios que, desde febrero, comenzaron a ejecutar infracciones locales con esta herramienta. Viedma, El Bolsón y Villa Regina tramitan de forma automatizada multas de tránsito, ruidos molestos, infracciones al código ambiental y otras faltas, además de los tradicionales impuestos, tasas y contribuciones.
La herramienta, que primero operó con ejecuciones fiscales provinciales, ahora permite a los municipios procesar deudas en el fuero Contencioso Administrativo con asistencia tecnológica. Viedma y Allen tramitaron las primeras ejecuciones municipales bajo esta modalidad. A ellas se sumaron otras siete ciudades: Bariloche, Cipolletti, Roca, Cinco Saltos, San Antonio, El Bolsón y Villa Regina.
El circuito se inicia cuando el área legal del Municipio presenta la demanda acompañada por la boleta de deuda correspondiente. Esa documentación debe contar con la firma digital del secretario de Hacienda o de quien esté a cargo del área. Luego, el sistema comprueba dos requisitos fundamentales: que los datos de identificación del deudor coincidan en ambos documentos y que el monto reclamado se ajuste a los tributos consignados.
Si se superan estas verificaciones, el desarrollo tecnológico continúa con una revisión más avanzada: controla si la persona demandada figura en un proceso sucesorio o en estado de quiebra en el ámbito provincial. Si no aparece en ninguno de estos registros, el sistema emite el proyecto de sentencia para la firma del juez o la jueza competente.
En caso contrario, deriva el expediente al personal administrativo, que evalúa los pasos a seguir y determina si corresponde remitir el caso a otro organismo.
Reducción de tiempos
El sistema del Poder Judicial permite completar una ejecución fiscal en tres minutos, en contraste con los procesos manuales que requieren aproximadamente una hora. Esa diferencia se relaciona con la diversidad de modelos de certificados de deuda utilizados por los municipios, que en ocasiones demandan verificaciones cruzadas más extensas.
La implementación de este mecanismo en municipios se logró luego de una etapa de trabajo conjunto. El área de Informatización de la Gestión Judicial ofreció charlas técnicas a las comunas y asistió en la adecuación de los sistemas locales para garantizar la compatibilidad. La iniciativa buscó estandarizar los certificados y asegurar que cumplan con los requisitos que exige la inteligencia artificial.