Judiciales
Hay un sujeto imputado por el homicidio en el barrio El Progreso
Le dictaron prisión preventiva por 3 meses.

El Ministerio Público Fiscal imputó a un hombre de 54 años el homicidio de Nicolás Contreras ocurrido en la madrugada del martes pasado en el barrio El Progreso de General Roca.
Según la acusación fiscal «el imputado portando sin la debida autorización legal un arma de fuego tipo carabina tipo 22 Magnum, con intención de dar muerte, le disparó a Contreras y le produjo una lesión que le provocó una hemorragia interna masiva, que desencadenó su muerte».
La calificación legal provisoria esgrimida por la Fiscalía es la de «homicidio agravado por el uso de arma de fuego en concurso real con portación de arma de guerra», según los Artículos 41 bis, 45, 55, 79, 189 bis inc 2, 4° supuesto.
El equipo fiscal enumeró el sustento probatorio recolectado para esta instancia de formulación, entre ellos el acta confeccionada por el personal policial de la Comisaría 67° acerca del lugar del hecho, el informe preliminar del Cuerpo de Investigación Forense sobre la autopsia, el informe del allanamiento realizado por la Brigada de Investigaciones. Se suman entrevistas varias y el informe del Gabinete de Criminalística.
Además solicitó al juez de Garantías interviniente la medida cautelar de prisión preventiva por el plazo de 3 meses.
La fiscal del caso argumentó el posible entorpecimiento en el accionar de la justicia, «ya que faltan tomar entrevistas, la mayoría vecinos que viven en proximidades de donde vive tanto el imputado y como la familia del fallecido. Además restan las pericias balísticas, se ha encontrado manchas simil sangre en el arma, entre otras medidas de prueba», explicó la Fiscalía.
Por su parte, el hombre asistido por el defensor penal público brindó declaración en la audiencia y respondió preguntas tanto de su defensor como de la Fiscalía.
El defensor expresó que «los cargos deberían ser aceptados pero teniendo en cuenta la declaración que ahora brindó mi asistido. Es más, gran parte de la prueba producida hasta el momento se corresponde con la declaración».
Además el representante del Ministerio Público de la Defensa propuso otra calificación legal, la de «homicidio en legítima defensa», o la de «homicidio en exceso de la legítima defensa».
En relación al pedido de prisión preventiva el defensor se opuso y propuso medidas menos gravosas.
Por su parte el juez resolvió que el hombre quede imputado por la calificación legal de «homicidio agravado por el uso de arma de fuego en concurso real con portación de arma de guerra», y que cumpla con la medida cautelar de preventiva por 3 meses.
Judiciales
La Justicia ordenó avanzar con el traslado del chimpancé Toti a un centro especializado en Inglaterra
Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.

El fuero de Familia de Roca dispuso que el chimpancé Toti sea trasladado al centro especializado Monkey World Ape Rescue Centre, en Inglaterra, al considerar que se encuentran dadas las condiciones sanitarias y técnicas para concretar el proceso.
La decisión se enmarca en la etapa de ejecución de la sentencia dictada en la causa impulsada por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA). El fallo original, que ordenó el traslado, fue confirmado por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro y quedó firme tras la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Durante más de un año, equipos técnicos de la Fundación Franz Weber y del Instituto Jane Goodall Argentina llevaron adelante la evaluación y preparación de Toti. Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.
El destino elegido, Monkey World, fue considerado el más adecuado por su experiencia en rehabilitación de chimpancés provenientes de cautiverio y por ofrecer condiciones que permiten la socialización con otros individuos de su especie, un aspecto clave para su bienestar.
La resolución también establece que la Fundación Franz Weber y el Instituto Jane Goodall Argentina continuarán a cargo de la planificación técnica, sanitaria y logística del traslado, asumiendo los costos del proceso. En tanto, la Fundación Bubalco deberá colaborar con las tareas preparatorias y facilitar la documentación necesaria.
El fallo destacó que, si bien el traslado implica riesgos, estos resultan mitigables y deben ponderarse frente a la posibilidad de garantizar a Toti una mejora sustancial y duradera en sus condiciones de vida.
Con esta decisión, se abre una nueva etapa orientada a concretar el traslado, que incluirá la continuidad del entrenamiento del animal, controles veterinarios, gestiones administrativas y coordinación internacional.
Judiciales
Escándalo por la «falsa médica» en Roca: La Fiscalía pide mantener la tobillera y la inhibición de bienes
La mujer está acusada de usurpación de títulos, falsificación de documentos y defraudación contra la administración pública en clínicas privadas y el Hospital.

La investigación por el ejercicio ilegal de la medicina en General Roca sumó nuevos y preocupantes capítulos durante la audiencia realizada esta mañana (20/04). El Ministerio Público Fiscal solicitó formalmente que se mantengan las medidas cautelares vigentes contra la mujer denunciada por las autoridades del Ministerio de Salud provincial.
Según la Fiscalía, la gravedad del caso trasciende la faz administrativa: familiares de personas que habrían sido atendidas por la imputada han comenzado a presentar denuncias particulares por mala praxis, lo que abre una nueva y compleja línea de investigación.
La representante fiscal fue contundente al describir el accionar de la mujer «habría trabajado los últimos 6 años cometiendo delitos de ejercicio ilegal de la medicina, usurpación de títulos, falsificación y uso de documento público falso, además de defraudación agravada contra la administración pública». El engaño no se limitó a un solo lugar, sino que se extendió por tres instituciones diferentes: una clínica privada donde permaneció 6 años, otra por algunos meses y el Hospital Francisco López Lima de General Roca, donde prestó servicios durante 2 años.
Ante este panorama, la Fiscalía sostiene que es imperativo mantener la custodia de la documentación y asegurar que la acusada no interfiera con el proceso.
Por este motivo, se pidió que continúen vigentes por el plazo de seis meses la colocación de la tobillera de control satelital, la prohibición de salida del país y la obligación de mantener su domicilio actual.
Asimismo, sigue firme la inhibición general de bienes, afectando tanto sus inmuebles como su vehículo particular.
El juez de Revisión dará a cnocer su resolución mañana (21/04) a las 9 de la mañana en la sala de audiencias de los Tribunales roquenses.
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Caso Valentín Mercado: Piden confirmar la condena contra el anestesiólogo por el daño cerebral irreversible
Tras la apelación de la defensa del profesional condenado por homicidio culposo, la Fiscalía solicitó al Tribunal de Impugnación que ratifique la sentencia en todos sus términos.

La causa por la muerte del niño Valentín Mercado Toledo sumó una instancia clave en el Tribunal de Impugnación de Río Negro. Tras el recurso presentado por la defensa del anestesiólogo condenado por homicidio culposo, la Fiscalía y la querella solicitaron formalmente que se confirme la sentencia original, rechazando cualquier reducción de la pena o limitación de la inhabilitación profesional.
El eje del conflicto radica en el planteo del profesional, quien busca que su inhabilitación para ejercer se circunscriba únicamente al ámbito pediátrico. Ante esto, el fiscal del caso fue tajante al señalar que la desatención durante la cirugía fue la causa directa del desenlace fatal. «Lo sucedido fue que la desatención por parte del imputado impidió advertir el súbito taponamiento, lo que derivó en un paro cardíaco», explicó. Según el Ministerio Público, el médico no cumplió con el consentimiento informado en el que asumía la responsabilidad de velar por el paciente durante toda la intervención.
La reconstrucción de los hechos indica que existieron cuatro minutos iniciales y determinantes en los que el anestesiólogo no actuó conforme a su rol. Si bien luego se logró estabilizar al niño con adrenalina y un cambio de tubo traqueal, la demora fue tan extensa que el daño cerebral resultó irreversible.
La querella acompañó estos argumentos, dejando la decisión final en manos del Tribunal, que ya pasó a deliberar.








