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Se suscribió a un plan de ahorro, licitó pero le cambiaron el modelo y pretendían hacerle tomar dos créditos

El cliente hizo juicio y consiguió la devolución del dinero.

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Un cliente de Cipolletti que pretendía comprar una Toyota Hilux rescindió el contrato después de pagar 23 cuotas. Cuando quiso licitar le informaron que el modelo de vehículo escogido no se fabricaba más. Lo derivaron a una escribanía para realizar el cambio, pero le impusieron como requisito tomar dos créditos: uno prendario y otro personal. Hizo juicio y consiguió la devolución del dinero.

Según consignó en la demanda civil, el plan consistía en el pago de 72 cuotas mensuales, consecutivas y fijas. El consumidor tenía la posibilidad de licitar después de cancelar la cuota número doce o bien de salir sorteado. De todas formas licitó en la cuota número 23.

En ese momento le informaron que el vehículo ya no se fabricaba y que debía realizar un cambio de modelo por uno similar, pero de mayor valor.

En consecuencia lo derivaron a una escribanía de Cipolletti y en ese contexto, entre otros requisitos, le exigieron tomar un crédito prendario por 36 cuotas, más el seguro del auto y de vida y acceder a otro crédito personal a pagar en la misma cantidad de meses.

El cliente consideró que se encontraba ante un incumplimiento del contrato y lo rescindió. Después inició la demanda civil. La sentencia es de primera instancia y no está firme porque puede ser apelada. El fallo le otorgó la razón y condenó a la firma Podersa S.A de Capitalización y Ahorro para Fines Determinados a devolver el dinero abonado en concepto de cuotas, más intereses. También receptó los rubros por el daño moral y el daño punitivo. El primero hace referencia a las afecciones espirituales del consumidor por la frustración de su expectativa en la compra del vehículo. El segundo es una multa civil por el incumplimiento de la ley de Defensa del Consumidor. Se hizo mención al deber de información y a la redacción de ciertos artículos del contrato de adhesión que son de difícil comprensión y remiten a la realización de cálculos que no resultan sencillos para el nivel medio de los consumidores a los cuales se encuentra destinada la operatoria. 

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Un cliente de Cipolletti que pretendía comprar una Toyota Hilux rescindió el contrato después de pagar 23 cuotas. Cuando quiso licitar le informaron que el modelo de vehículo escogido no se fabricaba más. Lo derivaron a una escribanía para realizar el cambio, pero le impusieron como requisito tomar dos créditos: uno prendario y otro personal. Hizo juicio y consiguió la devolución del dinero.

Según consignó en la demanda civil, el plan consistía en el pago de 72 cuotas mensuales, consecutivas y fijas. El consumidor tenía la posibilidad de licitar después de cancelar la cuota número doce o bien de salir sorteado. De todas formas licitó en la cuota número 23.

En ese momento le informaron que el vehículo ya no se fabricaba y que debía realizar un cambio de modelo por uno similar, pero de mayor valor.

En consecuencia lo derivaron a una escribanía de Cipolletti y en ese contexto, entre otros requisitos, le exigieron tomar un crédito prendario por 36 cuotas, más el seguro del auto y de vida y acceder a otro crédito personal a pagar en la misma cantidad de meses.

El cliente consideró que se encontraba ante un incumplimiento del contrato y lo rescindió. Después inició la demanda civil. La sentencia es de primera instancia y no está firme porque puede ser apelada. El fallo le otorgó la razón y condenó a la firma Podersa S.A de Capitalización y Ahorro para Fines Determinados a devolver el dinero abonado en concepto de cuotas, más intereses. También receptó los rubros por el daño moral y el daño punitivo. El primero hace referencia a las afecciones espirituales del consumidor por la frustración de su expectativa en la compra del vehículo. El segundo es una multa civil por el incumplimiento de la Ley de Defensa del Consumidor. Se hizo mención al deber de información y a la redacción de ciertos artículos del contrato de adhesión que son de difícil comprensión y remiten a la realización de cálculos que no resultan sencillos para el nivel medio de los consumidores a los cuales se encuentra destinada la operatoria.

Judiciales

Imputaron a 7 personas por el violento ataque armado y enfrentamiento con la Policía en Paso Córdoba

El hecho incluyó un disparo a una de las víctimas, resistencia frente a una intervención policial y la rotura de un móvil.

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Este mediodía (02/01), el Ministerio Público Fiscal imputó a 7 personas por un hecho ocurrido ayer luego de las 20.00 en la vía pública en la zona de Paso Córdoba, en General Roca.

Según la acusación fiscal, 3 de ellos habrían interrumpido con fines de robo la marcha de las dos víctimas que se movilizaban en una moto.

«Cuando derribaron a una de ellas, le habría efectuado un disparo mientras estaba en el piso, sin lesionarlo y se apoderaron del vehículo descripto», explicó el fiscal de turno.

«El otro hecho fue una hora después cuando las 7 personas se habrían resistido al accionar del personal policial que se presentó en la vivienda donde todos se encontraban. Las personas además profirieron insultos y arrojaban elementos contundentes, entre ellos piedras, contra los funcionarios», describió el Ministerio Público Fiscal.

Más adelante en la secuencia de hechos, «uno de ellos con la intención de causar daño arrojó una piedra que impactó en el móvil policial interno 2773, causando la rotura de uno de los cristales».

«Además uno de ellos tenía un arma de fuego tipo pistola sin contar con la debida autorización legal para ello, elemento que fue encontrado cuando la policía realizaba el procedimiento investigando el robo de moto mencionado», dijo la Fiscalía.

Entre el sustento probatorio mencionado para esta instancia, y a menos de 24 horas de transcurridos los hechos, el representante fiscal mencionó las actas múltiples de la intervención de la Unidades 48°, 177° y 69° de la Policía, la denuncia penal de una de las víctimas, las testimoniales recolectadas hasta el momento, el informe preliminar del Gabinete de Criminalística, el acta de inspección ocular y fotografías, el acta de toma de muestras de disparo, entre otra pruebas.

Las defensas tanto penal pública como particular se opusieron a la formulación de cargos fiscal.

Por su parte, la jueza de Garantías interviniente imputó los delitos de tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil, resistencia a la autoridad, resistencia a la autoridad en concurso real con daño calificado.

Como medida cautelar y en pos de resguardar a las víctimas mientras avanza la etapa penal preparatoria de cuatro meses se le colocará a 3 de estas personas dispositivo electrónico y se resolvió prohibición de acercamiento a las víctimas.

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Violencia de género: Un hombre fue imputado por agredir a su ex pareja y romperle el celular

El hecho ocurrió en el domicilio de la víctima y le dejó lesiones de carácter grave.

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Ayer (29/12) al mediodía, el equipo del Ministerio Público Fiscal de turno formuló cargos a un hombre por hechos cometidos contra su ex pareja, madre de dos hijos en común, en el marco de una causa por violencia de género. El imputado no podrá acercarse a la víctima ni a su vivienda en un radio de 200 metros, y deberá utilizar un dispositivo electrónico de control.

De acuerdo a la acusación fiscal, el hecho ocurrió el sábado 21 de diciembre alrededor de las 20.00, en el patio de la vivienda que compartía la pareja. Según se expuso en audiencia, el hombre habría comenzado a insultar a la mujer y, sin motivo alguno, la agredió físicamente.

«El imputado le pegó en la cabeza, impactando uno de los golpes en el oído izquierdo y otro en la mano, donde la víctima sostenía su teléfono celular», explicó la Fiscalía. Posteriormente, el hombre le habría arrebatado el dispositivo y lo arrojó al suelo, provocando la rotura de la pantalla.

Como consecuencia de la agresión, la mujer sufrió lesiones de carácter grave, situación que fue acreditada mediante la historia clínica del Hospital donde fue atendida y el informe del médico del Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial.

La calificación legal por la cual quedó imputado es la de lesiones graves agravadas por el vínculo, por ser un hecho cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, y daño simple, todo en concurso real, conforme a los artículos 45, 90 en función del 92, 80 incisos 1° y 11, y 183 del Código Penal.

El defensor penal público señaló que se trataría del primer conflicto de este tipo entre la pareja y que no existirían antecedentes previos ni denuncias en el marco de la Ley N° 3040, por lo que solicitó como medida cautelar la colocación de una tobillera electrónica y la prohibición de acercamiento.

Finalmente, el juez de Garantías resolvió tener por formulados los cargos en los términos planteados por la fiscalía y dispuso que el imputado cumpla con las medidas cautelares propuestas, mientras continúa el proceso judicial.

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Judiciales

Disparó contra la actual pareja de su ex y quedó imputado por tentativa de homicidio

El hecho ocurrió en octubre y la víctima resultó herida en un brazo tras recibir un disparo a corta distancia.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre que ya se encontraba cumpliendo prisión preventiva en el marco de otros dos legajos judiciales, tras haber sido detenido luego de que la Fiscalía solicitara su orden de captura.

Según la acusación, el hecho ocurrió en octubre pasado, cuando la mujer -ex pareja del imputado- y su actual compañero salían de un domicilio a bordo de una motocicleta. En ese momento, fueron sorprendidos por el acusado, quien atacó al hombre y efectuó un disparo con un arma de fuego a la altura de la cabeza, con claras intenciones de matarlo.

Desde la Fiscalía indicaron que el imputado insistió en su accionar, aunque no logró consumar el homicidio. No obstante, la víctima resultó herida por un disparo en el antebrazo derecho.

Además, se señaló que el acusado incumplió una medida cautelar de prohibición de acercamiento hacia su ex pareja, dispuesta oportunamente por el fuero de Familia.

La calificación legal por la que quedó imputado es la de tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en concurso real con portación de arma de fuego y desobediencia, conforme a los artículos 42, 45, 79, 41 bis, 55, 189 bis y 239 del Código Penal.

Como sustento probatorio, la Fiscalía presentó el informe del Gabinete de Criminalística, que incluyó el secuestro de un proyectil en el lugar del hecho, un croquis ilustrativo, la denuncia penal realizada por la víctima, el certificado médico de las lesiones y el expediente iniciado en el marco de la Ley 3040.

Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal solicitó la prisión preventiva al considerar existente el peligro de fuga, remarcando que fue necesario pedir su detención y que el imputado es reiterante, con otra causa avanzada hacia juicio.

Por su parte, el defensor penal público se opuso al pedido, argumentando que no estaban acreditados los riesgos procesales y propuso medidas alternativas como presentaciones diarias y una nueva prohibición de acercamiento.

Finalmente, el juez de Garantías dio por formulados los cargos en los términos planteados por la fiscalía y resolvió que el acusado continúe cumpliendo prisión preventiva en este legajo por el plazo de 4 meses.

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