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Peón rural recibió el alta pero tenía una incapacidad laboral irreversible: La ART deberá indemnizarlo

Trabajaba en un campo donde se sembraba alfalfa y se criaban ovejas.

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Un hombre, peón de campo, quien trabajaba y vivía con su familia en una estancia de Chelforó, sufrió una lesión en la espalda cuando cargaba un tubo de gas de 45 kilos. El empleador denunció el accidente laboral y la ART cubrió un tratamiento de dos meses, al término del cual le dio el alta «sin incapacidad«. Sin embargo el trabajador nunca se recuperó y las molestias y dolores en la columna le impedían cumplir bien con sus trabajos en el campo, muchos de los cuales demandaban un importante esfuerzo físico.

Según detalló el hombre ante la Cámara Laboral Primera de Roca, donde tramitó la demanda, trabajaba en un campo donde se sembraba alfalfa y se criaban ovejas. Describió que trabajaba de lunes a lunes, porque vivía en el mismo lugar. Sus tareas cotidianas eran manejar el tractor para cortar la alfalfa, manipular los fardos de pasto, ponerlos en la uña del tractor para apilarlos en un galpón y cuidar a los ovinos. Explicó que para alimentarlos a diario, manipulaba tachos de 20 kilos de alimento que vertía en las fuentes y que en verano también se ocupaba de esquilarlos.

Dijo que «si bien tenía un horario fijo, al vivir en el campo con su familia estaba a disposición todo el día para trabajar» y que por la naturaleza misma de sus tareas, estaba ocupado «de lunes a domingo, casi todo el día».

El hombre tenía 40 años y llevaba cuatro desempeñándose como trabajador «permanente y de prestación continua» en el establecimiento cuando ocurrió el accidente laboral.

El día que sufrió la lesión estaba manipulando un tubo de 45 kilos para ponerlo en la uña del tractor cuando «sintió un tirón y fuerte dolor en la espalda que le imposibilitó seguir trabajando». A pesar del tratamiento y el alta médica, el hombre siguió sufriendo esos dolores, pero ante la falta de reconocimiento de la incapacidad demandó a la ART.

En el juicio laboral, una pericia médica determinó que efectivamente sufrió una lumbociatalgia, que es una alteración de la columna lumbar que produce dolor en la zona baja de la espalda y que afecta al nervio ciático. La pericia reveló como secuela una «limitación funcional» en la columna que implica una incapacidad «permanente» del 15,30% que «guarda relación causal con el accidente».

«La cuestión a resolver radica en determinar la relación causal entre las dolencias que presenta el actor y el accidente denunciado. Así, mientras que A. postula que las dolencias que presenta son consecuencia directa del accidente denunciado y que sus tareas seguramente incidieron en su capacidad laborativa, por su parte la ART sostiene que las secuelas incapacitantes que el actor presenta no pudieron nunca haberse gestado, desarrollada o agravado en el tiempo que duró la relación laboral, ni tampoco que las secuelas puestas en evidencia con la RMN (resonancia magnética nuclear) sean derivadas del accidente de autos», explicó la sentencia.

Tras analizar la prueba, la Cámara Laboral concluyó que «el comienzo de la sintomatología y persistencia guarda relación con el evento denunciado, en un contexto de patología lumbar», por lo que corresponde a la ART indemnizarlo con todas las prestaciones en dinero que establece la ley.

Judiciales

Subieron los divorcios en Río Negro: Durante 2025 se registraron 1.277 trámites

No obstante, 2023 sigue siendo el año con la cifra más alta de la última década: se dictaron 1529 sentencias de disolución del vínculo matrimonial.

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Durante 2025, los Juzgados y Unidades Procesales de Familia de Río Negro registraron 1.277 trámites de divorcio. El dato surge del relevamiento anual del fuero y ubica a ese tipo de proceso entre los más frecuentes dentro de la conflictividad familiar.

En todo 2024 se iniciaron 1.240 expedientes por disolución del vínculo matrimonial. Un año antes, en 2023, se dictaron 1.529 sentencias de divorcio, la cifra más alta en al menos una década. En 2022 se habían contabilizado 1.204 y en 2021, un total de 1.333. En 2020, el Poder Judicial resolvió 910 divorcios. Entre 2016 y 2019 las cifras se mantuvieron relativamente estables: 1.400 en 2016, 1.395 en 2017, 1.426 en 2018 y 1.386 en 2019. En 2015 se registraron 903 y en 2014, un total de 1.078.

La disolución del vínculo matrimonial tramita en 16 organismos judiciales distribuidos en todo el territorio provincial. En Viedma y Roca funcionan varias unidades procesales. También se reciben causas en San Antonio Oeste, Villa Regina, Luis Beltrán, Bariloche, El Bolsón y Cipolletti.

El divorcio se produce cuando una o ambas personas que integran el matrimonio solicitan judicialmente la disolución del vínculo. A partir de allí, si existen cuestiones pendientes, como cuidado personal, alimentos o distribución de bienes, esas cuestiones continúan su trámite por las vías que correspondan.

El año pasado algunos divorcios se resolvieron en menos de una semana, ya que no había hijos ni bienes en común. Hoy el trámite no exige dar motivos del pedido del cese del vínculo, basta con la voluntad de alguno de los integrantes de la pareja.

Respecto a la resolución de los conflictos, en 2025 se dictaron 11.150 sentencias de finalización en toda la provincia, cifra que incluye fallos definitivos, interlocutorios, monitorios y homologaciones. Además, la magistratura llevó adelante un total de 5.975 audiencias, entre las cuales destacaron las preliminares y las instancias de escucha a niños, niñas y adolescentes. La gestión se apoyó en la labor de las Oficinas de Tramitación Integral de Familia, modelo que permite reducir la carga administrativa sobre los jueces y juezas para concentrar la tarea en las resoluciones jurisdiccionales.

La información surge del informe elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.

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Judiciales

La Justicia ordenó avanzar con el traslado del chimpancé Toti a un centro especializado en Inglaterra

Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.

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El fuero de Familia de Roca dispuso que el chimpancé Toti sea trasladado al centro especializado Monkey World Ape Rescue Centre, en Inglaterra, al considerar que se encuentran dadas las condiciones sanitarias y técnicas para concretar el proceso.

La decisión se enmarca en la etapa de ejecución de la sentencia dictada en la causa impulsada por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales (AFADA). El fallo original, que ordenó el traslado, fue confirmado por el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro y quedó firme tras la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Durante más de un año, equipos técnicos de la Fundación Franz Weber y del Instituto Jane Goodall Argentina llevaron adelante la evaluación y preparación de Toti. Los informes concluyen que el animal está en condiciones de afrontar un traslado internacional planificado, con riesgos controlables y bajo supervisión especializada.

El destino elegido, Monkey World, fue considerado el más adecuado por su experiencia en rehabilitación de chimpancés provenientes de cautiverio y por ofrecer condiciones que permiten la socialización con otros individuos de su especie, un aspecto clave para su bienestar.

La resolución también establece que la Fundación Franz Weber y el Instituto Jane Goodall Argentina continuarán a cargo de la planificación técnica, sanitaria y logística del traslado, asumiendo los costos del proceso. En tanto, la Fundación Bubalco deberá colaborar con las tareas preparatorias y facilitar la documentación necesaria.

El fallo destacó que, si bien el traslado implica riesgos, estos resultan mitigables y deben ponderarse frente a la posibilidad de garantizar a Toti una mejora sustancial y duradera en sus condiciones de vida.

Con esta decisión, se abre una nueva etapa orientada a concretar el traslado, que incluirá la continuidad del entrenamiento del animal, controles veterinarios, gestiones administrativas y coordinación internacional.

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Escándalo por la «falsa médica» en Roca: La Fiscalía pide mantener la tobillera y la inhibición de bienes

La mujer está acusada de usurpación de títulos, falsificación de documentos y defraudación contra la administración pública en clínicas privadas y el Hospital.

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La investigación por el ejercicio ilegal de la medicina en General Roca sumó nuevos y preocupantes capítulos durante la audiencia realizada esta mañana (20/04). El Ministerio Público Fiscal solicitó formalmente que se mantengan las medidas cautelares vigentes contra la mujer denunciada por las autoridades del Ministerio de Salud provincial.

Según la Fiscalía, la gravedad del caso trasciende la faz administrativa: familiares de personas que habrían sido atendidas por la imputada han comenzado a presentar denuncias particulares por mala praxis, lo que abre una nueva y compleja línea de investigación.

La representante fiscal fue contundente al describir el accionar de la mujer «habría trabajado los últimos 6 años cometiendo delitos de ejercicio ilegal de la medicina, usurpación de títulos, falsificación y uso de documento público falso, además de defraudación agravada contra la administración pública». El engaño no se limitó a un solo lugar, sino que se extendió por tres instituciones diferentes: una clínica privada donde permaneció 6 años, otra por algunos meses y el Hospital Francisco López Lima de General Roca, donde prestó servicios durante 2 años.

Ante este panorama, la Fiscalía sostiene que es imperativo mantener la custodia de la documentación y asegurar que la acusada no interfiera con el proceso.

Por este motivo, se pidió que continúen vigentes por el plazo de seis meses la colocación de la tobillera de control satelital, la prohibición de salida del país y la obligación de mantener su domicilio actual.

Asimismo, sigue firme la inhibición general de bienes, afectando tanto sus inmuebles como su vehículo particular.

El juez de Revisión dará a cnocer su resolución mañana (21/04) a las 9 de la mañana en la sala de audiencias de los Tribunales roquenses.

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