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Padre tiene que pagar cuota alimentaria aunque no tenga bienes registrados a su nombre

Incluso AFIP informó que el ciudadano no registra aportes previsionales y no se registra inscripto en dicho organismo.

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El padre de dos niñas que viven en Cipolletti tendrá que abonar la cuota alimentaria a pesar de no haber contestado la demanda. Sin mayores datos sobre él, el fuero de Familia realizó una búsqueda por organismos públicos y no cuenta con trabajo ni bienes registrados. El fallo admitió que por su edad y condiciones físicas se encuentra en condiciones de realizar una profesión y actividad. También lo conminó a pagar el monto que debe en concepto de alimentos.

La madre de las niñas se presentó con el acompañamiento de la defensa pública y solicitó que se fijará una cuota alimentaria porque está sin trabajo. Sus hijas tienen 10 y 12 años, viven con ella y van a la escuela. En consecuencia se consideraron además de los gastos de alimentación, los de salud, vestimenta y educación.

La mujer también aseguró que el papá se desentendió totalmente de sus obligaciones parentales, que no cumple con la cuota alimentaria y que es ella quien se encarga de manera exclusiva de las tareas de cuidado de sus hijas y satisfacer sus necesidades materiales.

El hombre, a pesar de haber sido notificado de la demanda, no se presentó al juicio. El fuero de Familia realizó una búsqueda por los registros públicos para conocer las actividades laborales o los bienes que posee el padre. Ninguna de esas averiguaciones arrojó resultados: Anses emitió una certificación negativa, AFIP informó que el ciudadano no registra aportes previsionales y no se registra inscripto en dicho organismo.

De los informes expedidos por los registros del automotor y de la propiedad inmueble de Río Negro y Neuquén surge que el demandado no se encuentra registrado como titular registral en ninguno de los organismos.

En consecuencia, a pesar de no contar con trabajo ni bienes registrados el fallo consideró que el padre “se halla en edad y condiciones físicas para desarrollar una profesión o actividad aunque no se obtenga prueba directa de sus ganancias, cabe presumir que cuenta con ingresos suficientes provenientes de su actividad habitual o que también está en aptitud para procurarlos».

Por ello se fijó una cuota alimentaria para sus hijas y se habilitó a la madre a cobrar el retroactivo desde que interpuso la demanda.

Judiciales

Nuevo allanamiento en la zona por tenencia de material de abuso sexual infantil

Hay un hombre imputado en la causa.

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En la mañana de hoy (13/12) el Ministerio Público Fiscal encabezó un allanamiento en una vivienda particular del barrio Villarino de Cipolletti en la que secuestraron dispositivos móviles e informáticos. La medida se desarrolló en el marco de una investigación por tenencia y distribución de imágenes y videos en las que se observan niñas y adolescentes en situaciones sexuales explícitas y de abuso sexual.

El requerimiento a la jueza de Garantías de la realización de esta medida por parte de la Fiscalía interviniente fue fundamentado a partir de datos obtenidos mediante reportes del National Center for Missing & Exploited Children, que alertó a la Unidad Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas dependiente de la Fiscalía General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aire.s

Esa advertencia fue informada al Ministerio Público rionegrino que inició el trabajo previo de investigación que detectó la dirección de IP vinculada al intercambio de este material y la asoció al domicilio del hombre que hoy se encuentra imputado. Además, se llevaron a cabo verificaciones físicas y consultas en bases de datos oficiales para corroborar la información, lo que incluyó datos recabados en redes sociales.

Luego de ello se requirió el allanamiento y la requisa personal de los ocupantes de la vivienda.

Se secuestraron del lugar la totalidad de los dispositivos informáticos que fueron hallados que serán peritados para poder obtener indicios que permitan avanzar hacia la formulación de cargos. Hasta el momento un hombre mayor de edad está imputado del delito de tenencia de imágenes de abuso sexual infantil.

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Judiciales

Un pitbull se escapó y mordió a un niño: Condenaron a su dueño

Deberá pagarle un resarcimiento económico a la familia de la víctima, quien quedó con una importante cicatriz en su rostro.

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Un hueco en una reja hecha de malla cima permitió que Rocky, un pitbull de color gris, se escapara de una casa y mordiera a un niño de 9 años que caminaba por la calle, en San Antonio. El ataque le causó heridas de gravedad, sobre todo en su rostro. Inmediatamente vecinos acudieron a auxiliar al niño, lo asistieron y lo llevaron al Hospital local.

El chico sufrió el desprendimiento de una mejilla y contusiones en el cuerpo. Requirió atención médica, internación y una intervención quirúrgica. Además, necesitó tratamientos de curación durante un período prolongado, y finalmente le quedó una cicatriz en el rostro.

La mamá del niño inició una demanda. El dueño del Pitbull negó que haya sido su perro el causante de las heridas.

La jueza multifueros de San Antonio explicó citó doctrina: «los ataques producidos por animales domésticos o feroces, sin distinción, trasuntan en una culpabilidad directa de su dueño o guardián».

También tuvo en cuenta un fallo del Superior Tribunal de Justicia. «El ser titular o servirse de un animal doméstico, domesticado o feroz, crea una situación de peligro, porque se trata de una cosa animada que en muchas oportunidades no puede ser controlada. Esa imposibilidad de vigilancia y autoridad sobre el animal crea un riesgo, lo que conduce a proteger a los damnificados por el hecho que produzca».

La jueza se valió de las pruebas producidas en el fuero penal para acreditar que las lesiones fueron causadas por el pitbull y también comprobar la propiedad del can.

Tuvo en cuenta que la legislación provincial hace un listado de cuales son los «perros potencialmente peligrosos», entre los que incluye al pitbull. Establece, asimismo, que «los perros potencialmente peligrosos deben ser albergados en instalaciones seguras y resistentes, que impidan su huida. El lugar deberá estar señalizado».

La magistrada analizó la constancia médica emitida por el médico que atendió al niño por el daño facial. También consideró fotografías que muestran el daño sufrido en la mejilla derecha.
Además varios testigos que llegaron en el momento del incidente coincidieron en que la herida era «impresionante». Una vecina dio cuenta que el perro ya se había escapado en otras ocasiones y había mordido a otros canes.

De esta manera, el fallo dispuso que el dueño del perro deberá pagarle un resarcimiento a la familia del niño.

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Cecilia Criado presidirá el Superior Tribunal desde febrero

Asumirá oficialmente el 1 de febrero del año que viene.

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El Superior Tribunal de Justicia se reunió en acuerdo institucional y designó autoridades para el año judicial que comenzará el 1 de febrero de 2025. La jueza Cecilia Criado presidirá el máximo órgano judicial provincial, según quedó estipulado en la Acordada 29/2024.

La Ley Orgánica establece que «la presidencia del Superior Tribunal de Justicia será ejercida anualmente por el juez o la jueza que el mismo Cuerpo designe en la primera quincena de diciembre de cada año. En la misma oportunidad se establecerá el orden en que sus integrantes reemplazarán la presidencia en caso de ausencia u otro impedimento».

En cuanto al orden de subrogancias en la presidencia se dispuso en primer término al vocal Ricardo Apcarián, en segundo lugar a Sergio Barotto, en tercero a Liliana Laura Piccinini y por último el actual presidente, Sergio Ceci.

También se dispusieron los jueces y juezas delegadas en cada circunscripción. Se mantienen en la Primera Liliana Piccinini, en la Segunda Sergio Barotto y en la Cuarta Ricardo Apcarián. La Tercera Circunscripción estará a cargo de Sergio Ceci.

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