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Detienen en Bariloche a un sospechoso de un homicidio ocurrido en Roca

El hecho sucedió el 25 de diciembre del año pasado en Alta Barda. El sujeto tenía pedido de captura.

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Una tarea de investigación que se extendió durante varias jornadas concluyó de manera positiva con la detención de un individuo vinculado a un homicidio ocurrido el 25 de diciembre de 2023 en General Roca. La víctima fue Daniel Alberto Chanqueo, quien residía en el barrio Alta Barda.

La pesquisa estuvo a cargo del Cuerpo de Investigaciones Judiciales de la locaidad, que determinó el paradero laboral del sospechoso y con la colaboración de personal uniformado de la Subcomisaría 80º procedió a su captura tras la orden emitida por la Fiscalía N° 5.

El detenido, de 24 años, está sospechado de ser el autor material del homicidio de un hombre, que fue ultimado de varios disparos provocados con un arma de fuego.

A partir de las averiguaciones que realizó la fuerza policial –de forma coordinada entre los cuerpos de investigaciones de Roca y Bariloche– se pudo establecer que el individuo se desempeñaba laboralmente como obrero en una construcción de calle Bacacay al 3000, en el extremo sur del barrio Las Victorias.

Cuando los efectivos detectaron su presencia en la vía pública, cerca de la obra mencionada, procedieron a identificarlo aunque estaba indocumentado y al ser consultado aportó datos falsos sobre su identidad. Sin embargo a partir de rasgos característicos distintivos, el personal actuante determinó que se trataba del sospechoso, quien estaba prófugo de la Justicia desde el momento del crimen.

La unidad especial anotició a la Fiscalía local sobre la detención y realizó las consultas pertinentes con la unidad del Ministerio Público Fiscal que ordenó su captura, logrando el aval para continuar con el procedimiento. El detenido fue trasladado a la unidad policial de la jurisdicción, donde se inició el expediente judicial pertinente.

En este sentido, este mediodía (27/03) el Ministerio Público Fiscal imputó al hombre, quien quedará en prisión preventiva por los próximos cuatro meses.

Según la acusación fiscal, el hecho habría ocurrido el día de navidad alrededor de las 21.30, en la esquina de Las Camelias y Los Claveles, oportunidad en que la víctima fue sorprendida por el imputado, quien le habría disparado con un arma de fuego que portaba sin la debida autorización legal. Luego de haber efectuado los disparos, el sujeto se dio a la fuga a bordo de una moto.

«La víctima fue trasladada por un vecino al hospital donde se produjo su fallecimiento por un paro cardiorespiratorio», agregó la acusación.

La calificación legal por la que quedó imputado el hombre es la «homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego en concurso ideal con portación de arma de fuego de guerra sin la debida autorización».

Como sustento probatorio la Fiscalía mencionó que cuenta con el acta de procedimiento policial confeccionada por personal de la Comisaría 47° de J.J. Gómez, un croquis del lugar del hecho, certificados médicos y reportes preliminares del Gabinete de Criminalística luego de las primeras medidas de investigación, entre diversa evidencia.

La Brigada de Investigaciones había iniciado la búsqueda del hombre durante la jornada de navidad, luego de que la Fiscalía evaluara las primeras evidencias recolectadas entre ella testimonios que lo ubicaban en el lugar en el que la víctima recibió el disparo. No obstante, encontrar testigos constituyó una gran dificultad debido al temor que manifestaban los vecinos.

El hombre fue encontrado junto a otras dos personas en una obra en construcción de la ciudad andina donde dio un nombre falso en momentos en que la Policía intentaba identificarlo.

En el marco de la investigación penal preparatoria que hoy se abre, toda vez que el juez tuvo por formulados los cargos, se realizarán medidas pendientes entre la que se cuenta la declaración de testigos que no habían declarado por temor. Fue este uno de los argumentos que sostuvo la fiscal al momento de requerir la prisión preventiva del acusado que le fue otorgada por el mismo tiempo durante el cual se extenderá la investigación.

Judiciales

Condenaron al ginecólogo que abusó sexualmente a una joven en un sanatorio privado de Roca

En los próximos días se conocerá el monto de la pena.

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Un ginecólogo de Roca fue encontrado culpable de abuso sexual simple, en el término de los Artículos 45 y 119, primer párrafo del Código Penal. El hecho ocurrió en el marco de una consulta ginecológica en noviembre de 2021, en el sanatorio Juan XXIII. Cabe aclarar que el profesional ya no se encontraba en la ciudad y está trabajando en un Hospital de la provincia de Buenos Aires.

La Fiscalía, querella y defensa particular a medida que iban sucediendo las declaraciones realizaron sus interrogatorios. De esta manera, en primera instancia fue la mujer víctima quien prestó su testimonio acerca de los hechos, otros testigos, las especialistas en salud mental que la atendieron inmediatamente sucedido el episodio y quienes la acompañaron posteriormente.

También, de manera remota, expuso la pericia realizada el titular de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones y Coordinador de Políticas Informáticas del Ministerio Público de Río Negro.

Luego prestaron testimonio de su intervención las técnicas del Cuerpo de Investigación Forense, la psicóloga de la Oficina de Atención a la Víctima (OFAVI), los testigos propuestos por la defensa.

El Dr. Ulises Terbay, a cargo de la querella, se mostró conforme con la sentencia. «Es un gran paso para que las víctimas de estos abusos que ocurren a puertas cerradas, sin testigos y bajo una relación de poder, se animen a denunciar. El Poder Judicial de Río Negro tiene buenos equipos de contención psicológica que han acompañado a la víctima en todas las instancias», destacó.

«Espero que esto sirva para que cada vez más hombres y mujeres se animen a denunciar un delito tan común como el abuso sexual», agregó Terbay.

El juez Gastón Martín lo declaró culpable y en los próximos días se conocerá el monto de la pena. La decisión judicial no está firme y puede ser apelada.

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Recién a los 17 años logró que se inscriba su nacimiento y a los 30, que su mamá la reconozca

De esta manera, tras tres décadas, la mujer pudo completar su identidad.

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En su adolescencia, una joven solicitó judicialmente que el Registro Civil inscriba su nacimiento «fuera de término». Lo logró, pero en ese momento no pudo determinarse la filiación materna ni paterna.

Más de una década después, se presentó nuevamente en sede judicial porque tenía nuevos datos. Una señora la había reconocido públicamente como su hija biológica, «sin perjuicio de que la presentó en algunas oportunidades como hija de una amiga fallecida».

Según expresó, «esta situación le provocaba una negación a su identidad, truncaba sus posibilidades de estudio, controles de salud y la posibilidad de que su propia descendencia conociera su origen por la rama materna».

Ya en el expediente ante una jueza de Familia de Viedma, la mujer reconoció que quien inició la demanda es su hija biológica. Había nacido en un hospital de una provincia vecina «en una etapa difícil de su vida».

La mamá luego tuvo dos hijos más. En total, seis. De esta manera, brindó su consentimiento para llevar adelante la prueba genética.

Así, el Cuerpo de Investigación Forense de la Primera Circunscripción Judicial realizó la extracción de sangre «mediante la punción de un pulpejo de dedo de la mano izquierda» en ambas mujeres.

Finalmente se produjo el Informe Pericial del Laboratorio Regional de Genética Forense. Efectivamente, eran madre e hija con una certeza superior al 99,99999998%.

La jueza recordó que «pasados más de treinta años del nacimiento y por la inacción de la demandada con respecto a la identidad» de su hija, esta «se vio en la necesidad de instar la acción de filiación para corroborar su realidad biológica, a pesar del reconocimiento público, y dejar asentada la maternidad en su partida de nacimiento».

Explicó que «la acción se encuentra encuadrada en el actual art. 582 del CCyC que permite al hijo/a reclamar su filiación extramatrimonial contra quienes considere sus progenitores, sin hacer distinción si se trata de un reclamo de emplazamiento de la maternidad o de la paternidad».

Tuvo en cuenta que «la jurisprudencia ha erigido a la prueba genética de la filiación como la prueba por excelencia». De esta manera, hizo lugar a la demanda de la mujer, que pudo completar su identidad.

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La mediación posibilitó dividir el lote en común de una pareja que se separó: Ahora serán vecinos

Las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos.

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Foto: Ilustrativa.

Tras decidir su separación, una pareja debió resolver la división del terreno que tenían en conjunto. Para ello se reunieron en una mediación y logran recomponer el conflicto. En el lote habían dos viviendas. Una de material, donde residían ambos cuando estaban juntos. Otra, de madera, que requiere refacciones.

A través del proceso de diálogo en un Centro Integral de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos (Cimarc), de común acuerdo resolvieron qué parte le queda a cada uno.

Tras la fructífera mediación, las partes consensuaron que «cada uno tendrá entrada y salida independiente» y que se colocará «un cerco divisorio» que demarque el límite entre ambos terrenos. De esa manera, se garantizó el resguardo de los patrimonios de ambas partes y se acordaron los puntos centrales de las pretensiones de cada uno.

La mediación es parte de la esencia de una política judicial definida por el Superior Tribunal de Justicia, orientada a la resolución pacífica y anticipada de los conflictos. Es una senda que conduce a soluciones que encajen para todas las personas involucradas. Es gratuita, es obligatoria en ciertos asuntos y resulta un mecanismo mucho más ágil que el sistema litigioso tradicional, en el que un juez o una jueza define sobre las pretensiones de cada parte.
De acuerdo con las estadísticas del Centro de Planificación Estratégica, durante 2023 se firmaron 4.867 acuerdos de mediación en la provincia. Eso se traduce en que todos esos conflictos pudieron solucionarse antes de llegar a un juicio del fuero Civil o del fuero de Familia.

En materia de mediaciones por conflictos de Familia, la gran mayoría respondió a requerimientos por cuotas alimentarias y por derechos y obligaciones vinculados con la responsabilidad parental. En tercer lugar estuvieron los conflictos por distribución de bienes ante separaciones o divorcios, seguido por otras temáticas derivadas del divorcio, por atribución de la vivienda familiar y por compensaciones económicas entre cónyuges o personas convivientes.

El Poder Judicial, con sus Centros Integrales de Métodos Autocompositivos de Resolución de Conflictos, ofrece el servicio en las cabeceras de las ciudades y en otras localidades donde existen delegaciones descentralizadas. En el último tiempo se ha fortalecido el trabajo de la defensa pública para el área de mediación con un equipo de defensores y defensoras titulares y adjuntos, especialmente capacitados para representar a las personas en las mediaciones.

Para conocer más sobre el proceso de mediación y la distribución de los organismos: https://www.jusrionegro.gov.ar/web/acceso-a-justicia/pagina-dinamica.php?id=375.

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