Seguinos

Roca

Murió Eduardo Fernández, publicista, periodista y productor radial y televisivo

Uno de los socios fundadores de La Super falleció tras combatir en los últimos meses contra una dura enfermedad.

el

Eduardo Luis Fernández falleció a los 75 años en General Roca. Era un reconocido publicista, periodista y productor radial y televisivo. Trabajó en los canales de televisión, radios y revistas más importantes de la región e incluso en prestigiosos medios nacionales. Fue uno de los socios fundadores de LRG 746 La Super Radio FM 96.3 y www.lasuperdigital.com.ar.

Eduardo llegó desde Buenos Aires al Alto Valle en los 80 tras formarse en la agencia de publicidad J. Walter Thompson y, rápidamente, se convirtió en uno de los publicistas más reconocidos de la región. En 1981 fue gerente general de la AM más importante de la zona, LU 18 AM 640. Además, trabajó en televisión, revistas y hasta conformó una agencia de publicidad junto a Hugo Piucill y Eduardo De Macedo.

Allí se destacó por diseñar y producir las campañas de los cinco candidatos a gobernador que participaron en 1983 en Río Negro. De esta manera, se convirtió en uno de los protagonistas centrales en el desarrollo de la publicidad política y en el manejo de las campañas electorales de los candidatos de la provincia.

Posteriormente, con quien sería su socio y amigo Juan Carlos Occhionero, fundaron la agencia Diseño y Comunicación, en 1989, la cual mantuvieron hasta 2015. Además de continuar destacándose con la publicidad política, crearon recordados jingles de empresas y comercios de General Roca y el Alto Valle de Río Negro. Asimismo, fueron fundamentales en la creación, diseño, diagramación y distribución de la revista RoCAIC, una publicación mensual de la Cámara de Comercio, Agricultura, Industria y Comercio de Roca.

También, fue el ideólogo del programa televisivo Juventud en Acción que, durante años, se mantuvo en la pantalla de Canal 10 siendo la producción regional con más rating en la zona.

En 2006, junto a Occhionero, concretaría su gran sueño. Fundaron LRG 746 La Super Radio FM 96.3 y tres años después, uno de los primeros sitios digitales de noticias de Río Negro, LaSuperDigital.com.ar, de los cuales fue el director hasta el año 2016.

Hasta siempre querido «Maña», Juan Carlos y Emilio Occhionero, y todos los integrantes del equipo de La Super te despedimos con mucha tristeza y con lágrimas en los ojos mientras intentamos resumir en palabras lo que significaste para nosotros. No solo perdimos a un amigo, sino también a una persona que nos enseñó muchísimo. Tu legado y los momentos compartidos con vos, seguirán vivos en nuestros corazones y en las lecciones aprendidas de tu vida y obra. A tu familia y seres queridos les enviamos nuestras condolencias más profundas en este momento de dolor. Tu recuerdo será eterno, no sólo para nosotros, si no también para todos aquellos que tuvimos la fortuna de conocerte y trabajar con vos.

Judiciales

La Fiscalía pide imputar a Cajarabilla y su socia por múltiples hechos de estafa en operaciones de vehículos

Según la acusación, los imputados habrían recibido dinero y autos de distintas víctimas sin cumplir con los acuerdos pactados, generando importantes perjuicios económicos.

el

El Ministerio Público Fiscal solicitó que se tengan por formulados los cargos de 14 legajos fiscales que se llevan contra José Cajarabilla y una mujer por delitos de estafa y defraudación por retención indebida en hechos vinculados a la venta, permuta o compra de autos.

Según la acusación fiscal, «entre el 22 de febrero de 2025 y el 21 de enero de este año, los imputados – en carácter de copropietarios de un local dedicado a la compra, venta y permuta de vehículos – a través de diversas maniobras defraudatorias habrían logrado que las víctimas realicen pagos o entregaran vehículos a favor de los imputados. Esto les provocó a las personas que confiaron en el hombre y la mujer, un perjuicio económico», explicó la fiscal a cargo de la investigación.

La calificación legal por la cual se solicitó este mediodía que se tengan por imputados los cargos es la de defraudación por retención indebida y estafa, debiendo responder en calidad de coautores según los Artículos 173 inc. 2º, 172 y 45 del Código Penal.

Entre el sustento probatorio que sostiene la acusación de los 14 legajos fiscales se encuentran: las denuncias fiscales de más de 14 damnificados, informes de dominios de vehículos, boletos de compra-venta, entrevistas en la Fiscalía N°4 a las víctimas, pólizas de seguro de autos, copia de transferencias bancarias, copia de contrato de locación de un local comercial donde funcionaba como gestoría del automotor.

Además el allanamiento con resultado positivo realizado en calle Rodhe al 400 de General Roca, donde reside uno de los imputados, y donde se secuestró un vehículo Mercedes Benz; se agrega el informe del ARCA respecto de la facturación y de COELSA respecto de cuantas bancarias y billeteras virtuales.

La Fiscalía mencionó también el informe técnico contable concretado por los especialistas del Departamento de Contaduría Forense y también la intervención de la Oficina de Investigación en Telecomunicaciones (OiTel), ambos organismos dependientes del Ministerio Público.

Las querellas que se han constituido en los legajos mencionados adhirieron a la solicitud fiscal, mientras que la defensa particular del imputado solicitó que no se tuvieran por formulados los cargos.

Ambos imputados, la señora conectada a través de la plataforma Zoom y el hombre presente en audiencia, hicieron uso de la palabra y dijeron que buscan resolver la situación mientras la empresa continúa funcionando.

Pese a la insistencia de la defensa y de los imputados, la Fiscalía solicitó que se tengan por formulados los cargos.

El juez de Garantías interviniente comunicará su resolución el próximo viernes 5 de junio en los Tribunales roquenses.

Continuar leyendo

Judiciales

Un corte de luz dañó los motores de una gomería de Roca: El fallo judicial responsabiliza a EdERSA

Un golpe de tensión quemó dos motores trifásicos, esenciales para el funcionamiento del comercio.

el

Un golpe de tensión interrumpió la rutina de una gomería de Roca. Dos motores trifásicos, esenciales para el funcionamiento del negocio, se quemaron, dejando paralizada la actividad del comercio. Al intentar contactar a la empresa proveedora de energía, los usuarios del servicio no obtuvieron respuestas.

Ante la falta de soluciones, los afectados iniciaron un reclamo formal y solicitaron una mediación. La empresa EdERSA retiró los motores para su evaluación técnica, pero, según indicaron, nunca los reintegró de manera adecuada. La incertidumbre y la paralización del negocio provocaron un perjuicio económico y emocional para los dueños de la gomería.

El fuero Civil de Roca reconoció la responsabilidad objetiva de EdERSA por los daños ocasionados. La empresa deberá abonar una indemnización por los motores dañados y los perjuicios ocasionado.

La firma negó responsabilidad directa. Sostuvo que no tuvo culpa en la rotura de los motores y que los dueños no respetaron los plazos administrativos previstos por el procedimiento aprobado por el EPRE. Señalaron que el usuario inició la mediación antes de que la empresa pudiera realizar las evaluaciones técnicas correspondientes.

También indicaron que ofrecieron reparar los artefactos y reponerlos, pero la propuesta fue rechazada. Además, señalaron que la instalación eléctrica interna de la gomería carecía de elementos de protección y que estas deficiencias no tuvieron relación con la rotura de los motores.

La sentencia rechazó la aplicación de daños punitivos contra la empresa, considerando que no hubo gravedad ni intención de menoscabar los derechos del consumidor.

Finalmente, el fallo consideró que el servicio debía prestarse en condiciones de seguridad y que las fallas previsibles eran atribuibles al proveedor.

Los argumentos del magistrado se centraron en la protección del consumidor, que obliga al proveedor a brindar información adecuada, veraz y detallada sobre los bienes o servicios y a responder los reclamos.

La Ley de Defensa del Consumidor establece que el incumplimiento genera responsabilidad y regula la responsabilidad por servicios riesgosos o viciosos. Además, el fallo se enfocó en la responsabilidad civil, citando normas constitucionales, leyes especiales y el Código Civil y Comercial de la Nación.

Durante el trámite judicial, se realizó una pericia eléctrica sobre los motores y la instalación interna. Esta determinó que los motores estaban en poder del usuario y que se encontraban quemados por problemas de baja tensión en la alimentación eléctrica.

Se agregó un informe del EPRE sobre responsabilidades del usuario. Este sirvió de referencia en la sentencia para determinar que los daños a los motores fueron imputables a un incumplimiento parcial del proveedor y que ciertos elementos faltantes en la instalación interna no generaron relación causal con el daño.

Así, el juez concluyó que el daño a los bienes de los dueños de la gomería fue causado por un déficit en la prestación del servicio de electricidad. El suministro no fue apto para la actividad, activándose la responsabilidad emergente.

Continuar leyendo

Policiales

Secuestraron siete ovinos sin identificación durante un control en Paso Córdoba

El procedimiento se realizó sobre la Ruta N° 6. Los animales carecían de señal identificatoria y quedaron alojados en la Sociedad Rural de Roca.

el

Personal del Destacamento de Seguridad Vial Paso Córdoba secuestró 7 ovinos en pie durante un control vehicular realizado sobre la Ruta Provincial N° 6, a la altura del kilómetro 121.

El procedimiento se llevó adelante cuando los efectivos detuvieron la marcha de un camión Mercedes Benz que transportaba animales desde el paraje Cura Uf con destino a Contralmirante Guerrico. Durante la inspección, el conductor exhibió la documentación correspondiente para el traslado del ganado.

Sin embargo, al verificar los animales transportados, los uniformados detectaron que siete ovinos carecían de señal identificatoria, encontrándose en condición de «orejanos», lo que constituye una infracción a la normativa ganadera vigente.

Ante esta situación y en el marco de la Ley Provincial N° 5745, se procedió al secuestro preventivo de los animales y se confeccionaron las actas correspondientes. Los ovinos quedaron alojados en instalaciones de la Sociedad Rural de General Roca hasta tanto se regularice su situación.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement