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Crimen de Sabina Silva: Tura quedó imputado y con prisión preventiva

El sujeto le provocó cortes con un cuchillo sin serrucho de una hoja de 20 centímetros.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos a Lucas Ariel Tura por matar a Sabina Antonella Silva, de 22 años de edad. El imputado permanecerá en prisión preventiva por el término de 4 meses.

Según la Fiscalía, el hecho se produjo en la localidad de Mainqué a las 6.40 de la mañana del viernes (16/08), dentro del domicilio de la víctima. Allí, «el hombre se arrodilló sobre la mujer y mientras la tenía tirada en el piso de espaldas, le provocó cortes con un cuchillo sin serrucho de una hoja de 20 centímetros».

Detallaron los fiscales que esos cortes los produjo «mientras la víctima se encontraba con vida, infringiéndole con su accionar un sufrimiento excesivo con el fin de ocasionarle la muerte».

El hecho tal como fue descripto, pudo ser «observado a través de una de las ventanas de la vivienda por empleados policiales que concurrieron al lugar tras recibir el llamado telefónico que alertaban por los gritos en el domicilio». Lograron ingresar rompiendo una puerta y detener al agresor.

El rápido arribo de agentes del centro de salud de la localidad permitió iniciar el traslado al Hospital Francisco López Lima de General Roca mientras la víctima se encontraba con vida. No obstante falleció antes de arribar al nosocomio.

«La calificación legal provisoria a escasas 24 horas de perpetrado el hecho y con la evidencia con la que contamos hasta el momento es la de homicidio calificado por ensañamiento», en función del Artículo 80, inciso segundo del Código Penal.

Al agravante de ensañamiento se opuso la defensa pública penal. No obstante la Fiscalía remarcó que «la evidencia obtenida y las características del tipo penal del agravante que implican la intención de producir un sufrimiento innecesario y que la víctima debe estar con vida para aumentar el dolor, se cumplen en el hecho».

Aclararon, sin embargo, que resta producir diversa «evidencia que podría modificar el hecho y la calificación legal que hasta el momento es provisoria».

La jueza de Garantías tuvo por formulados los cargos y dispuso la apertura de la investigación penal preparatoria por el término de 4 meses.

Además hizo lugar a la medida cautelar de prisión preventiva por ese mismo lapso, coincidiendo con la acusación en que confluyen en este caso los dos peligros procesales que sustentan dicha medida: fuga y entorpecimiento de la investigación. El hombre no tiene arraigo y estando en libertad podría entorpecerla.

Este punto fue así explicado por la fiscal jefe. «No sabemos aún el móvil, faltan determinar la relación que tenían víctima y victimario y ello requerirá de diversas entrevistas a realizar a vecinos y amigos de la victima, todos habitantes de una localidad pequeña», indicó.

Finalmente, tanto la investigación penal preparatoria como la prisión preventiva tendrán vigencia hasta el 15 de diciembre próximo.

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Lo condenaron por violencia de género, volvió a convivir con la víctima y lo enviaron a prisión

La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial. El Ministerio Público acreditó que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad.

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Un hombre condenado por violencia de género cumplirá pena efectiva en Cipolletti tras comprobarse el incumplimiento de las pautas de conducta. La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial y de un informe de la Oficina de Atención a la Víctima. El Ministerio Público Fiscal acreditó además que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad. El juez de Ejecución transformó la pena en suspenso en prisión efectiva.

La condena original se dictó en agosto de 2025 por hechos que incluyeron lesiones, amenazas y privación ilegítima de la libertad en un contexto de violencia de género. En ese momento, el Poder Judicial había dispuesto reglas claras: no acercarse ni mantener contacto con la mujer y sostener un domicilio informado. Esas condiciones formaron parte de una pena de ejecución condicional que buscó evitar el encierro.

Sin embargo, la presencia en la vivienda de la mujer evidenció la transgresión de esas restricciones. El informe de la Oficina de Atención a la Víctima describió un escenario atravesado por temor y dependencia económica, además de referencias a episodios de violencia posteriores a la condena.

Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que el planteo se centró en el incumplimiento de las pautas impuestas y no en la investigación de un nuevo delito. La defensa se opuso al pedido y señaló que los hechos integraban una causa en trámite, además de plantear objeciones sobre la posibilidad de una doble sanción.

El juez de Ejecución Penal analizó la documentación incorporada, en especial el informe técnico, y consideró acreditada la violación de las reglas de conducta, en particular la prohibición de acercamiento. Con base en ese análisis y en normativa vinculada a la protección contra la violencia de género, dispuso la revocación de la condicionalidad.

La resolución ordenó la detención y el traslado a un establecimiento penitenciario.

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Escándalo en el Poder Judicial: Un arma secuestrada apareció en un procedimiento policial y faltan otras en las oficinas de Roca

La irregularidad puso en evidencia fallas en el circuito de secuestros judiciales.

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El Poder Judicial de Río Negro impulsó una denuncia penal y una investigación interna de carácter urgente luego de detectar que un arma de fuego que se encontraba secuestrada y bajo custodia judicial apareció en un procedimiento policial realizado en la ciudad de Roca. El hallazgo alertó sobre una irregularidad grave en el resguardo de ese elemento y desencadenó una serie de medidas institucionales.

La denuncia tramita en la Fiscalía de Roca, donde se investiga cómo el arma, que debía permanecer en dependencias judiciales, terminó involucrada en un episodio delictivo. En paralelo, el organismo dio intervención al Auditor General, requirió información a distintas áreas, tomó declaraciones testimoniales y analizó documentación vinculada al circuito de secuestros judiciales.

Como medida complementaria, se ordenó un relevamiento y arqueo integral de los objetos secuestrados en la Oficina Judicial de Roca, que fue extendido a todas las Oficinas Judiciales de la provincia para verificar la correspondencia entre los registros y la existencia material de los elementos resguardados.

El resultado del arqueo agravó el cuadro: se detectó el faltante de otras armas de fuego, lo que motivó la ampliación de la denuncia penal. El número total de elementos involucrados aún no está determinado, dado que el control sigue en curso.

Actualmente se indaga sobre los registros de elementos secuestrados y los protocolos de control interno en las dependencias judiciales. La revisión abarca depósitos, sistemas de inventario y circuitos administrativos relacionados con la custodia.

El Poder Judicial indicó que el proceso interno podría derivar en medidas precautorias o sanciones. La causa penal en la Fiscalía de Roca continúa en etapa inicial, mientras el Auditor General prosigue con las actuaciones administrativas dispuestas por el organismo.

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Imputaron a una profesora de natación y un guardavidas por el fallecimiento del niño de 11 años en la pileta municipal de Roca

Según la acusación, ambos imputados habrían omitido el deber de cuidado al no advertir a tiempo lo que le ocurría a la víctima.

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El Ministerio Público Fiscal imputó a una profesora de natación y a un guardavidas por el delito de homicidio culposo, en el marco de la investigación por la muerte de un niño de 11 años ocurrida el 22 de diciembre de 2023 durante una clase en la pileta municipal de General Roca, ubicada en la zona norte de la ciudad.

Según la acusación fiscal, ambos imputados estaban a cargo de un grupo de seis menores cuando, alrededor de las 11.40, se le indicó al grupo un ejercicio en el agua. El niño no salió a la superficie como los demás y la situación fue advertida minutos después, cuando lo sacaron del agua e iniciaron maniobras de RCP hasta la llegada de la ambulancia.

La Fiscalía sostuvo que ambos habrían omitido el deber de cuidado al no advertir lo que ocurría con el menor. El tiempo de inmersión prolongada sin supervisión efectiva ni asistencia inmediata provocó un episodio de ahogamiento por sumersión que derivó en su fallecimiento por asfixia. La calificación legal aplicada es la de homicidio culposo, conforme a los artículos 45 y 84 del Código Penal.

El defensor penal público que asiste a ambos imputados señaló que, a criterio de la defensa, no existen elementos suficientes para formular cargos en esta instancia, y reclamó la realización de un estudio histopatológico antes de arribar a conclusiones definitivas sobre la causa de la muerte.

La jueza de Garantías interviniente, ante la presencia de los padres del niño y su querellante -quien adhirió al pedido fiscal-, explicó que la investigación deberá determinar si la muerte fue producto de negligencia o imprudencia de quienes tenían a su cargo al menor, o si fue consecuencia de una patología previa que no hubiera podido evitarse aun con la debida diligencia. Tuvo por formulados los cargos y fijó un plazo de cuatro meses para la etapa de investigación penal preparatoria.

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