Río Negro
Sigue disponible el trámite para adherirse a la desvinculación voluntaria
Este régimen no contempla a policías, agentes penitenciarios, docentes y personal de planta permanente.

El Gobierno provincial reitera la posibilidad de adherirse al proceso de desvinculación voluntaria en la provincia. La normativa establece los requisitos, procedimientos y beneficios para las y los empleados del Poder Ejecutivo y organismos de control interno que decidan renunciar a su puesto de trabajo de manera voluntaria.
La secretaria de la Función Pública, Tania Lastra, recordó que «refrescamos la ley para que sea más apetecible, para que realmente al empleado le interese desvincularse y no tiene fecha límite de finalización, con lo cual podemos seguir recepcionando los trámites o los pedidos, por lo menos las consultas, para que el empleado tenga la seguridad de lo que va a hacer si adhiere a esta ley».
De esta manera se busca brindar mayor seguridad y transparencia en el proceso de desvinculación voluntaria, protegiendo los derechos de las y los trabajadores y promoviendo la estabilidad laboral en la provincia.
El objetivo del Gobierno provincial es «brindarle una herramienta económica al empleado que es parte de la planta permanente del Estado y desea desvincularse» para realizar un emprendimiento o vincularse de manera privada a otro sector laboral. «Queremos que tengan la posibilidad de hacerlo sin incompatibilidades y que no se vaya con las manos vacías después de tantos años de trabajo», aseguró Lastra.
Se debe recordar que quedan excluidos de este régimen o de la posibilidad de desvincularse integrantes de Policía, Servicio Penitenciario, docentes, agentes que no revisten el carácter de planta permanente (contratados), personal que tuviera un trámite disciplinario en curso cuyos resultados fueron a cesantía. Quienes estén a poco tiempo de jubilarse, que le queden menos de 5 años, tampoco están con posibilidades de vincularse a ésta ley.
Beneficios para agentes que acceden al régimen
La nueva Ley mejora la liquidación final a percibir debido al aumento del porcentaje de sueldos a pagar por año de antigüedad del agente. Quien adhiera al régimen percibirá una suma equivalente a 1,2 sueldos por año de antigüedad o fracción mayor a seis meses.
También se mantiene la cobertura de la obra social IPROSS durante un año, con los costos de aportes y contribuciones %100 bonificados para el o la afiliada, que serán afrontados por el Gobierno provincial.
Otro beneficio son las exenciones en tributos provinciales. Quienes luego de desvincularse registren una alta tributaria unipersonal en alguna actividad económica en la provincia y quienes contraten personal desvinculado dentro de los 12 meses de la fecha de desvinculación, obtendrán la exención.
Río Negro
Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre
Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.
Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.
Detalle del cronograma
Viernes 19/12
- Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
- Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial
Sábado 20/12
- Docentes y porteros
- Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
- Poder Legislativo, Judicial y órganos de control
El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».








