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Sociedad

Denuncian que buscan archivar causa contra un juez

Acusan a la Fiscalía, a cargo de Villa, de «encarpetar» la causa por la denuncia de privación ilegítima de la libertad a familiares y amigos del fallecido Pablo Vera en noviembre del 2014.

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Desde la Coordinadora 13 de Enero denunciaron «las maniobras que desde la Fiscalía a cargo de Julieta Villa (UFT 3) se han llevado a cabo a los efectos de archivar la causa penal en la que se investiga al juez Maximiliano Camarda por el presunto delito de privación ilegítima de la libertad».

Cabe recordar que la denuncia penal a Camarda tuvo lugar en noviembre de 2014, como consecuencia de haber ordenado la detención de familiares y amigos de Pablo Vera en la Comisaría N° 21 de General Roca. «Allí, detenidos fueron golpeados y torturados por el personal policial. Al tomar conocimiento de esto, se le presentó a Camarda (juez de turno y responsable de la detención) un habeas corpus denunciando las graves condiciones de detención. El habeas corpus fue rechazado por el juez Camarda, quien a su vez prolongó la detención de 14 jóvenes por varios días más, excediendo el plazo legal establecido y por lo tanto cometiendo el delito de privación ilegítima de la libertad», indicaron desde la Coordinadora 13 de Enero. «Como consecuencia de este hecho se realizó oportunamente la denuncia sin que ningún funcionario judicial la promueva ni llame a indagatoria al juez Camarda», agregaron.

La semana pasada, la fiscal de la UTF 3, Julieta Villa, ordenó el archivo de la denuncia por considerar no existía delito. En este sentido, desde la Coordinadora plantearon que «entendemos que archivar la denuncia a Camarda implica brindarle un marco de impunidad, que a su vez garantiza los hechos de criminalización llevados adelante. Implica a su vez un grave desconocimiento de la normativa procesal al entender que no hubo actuación irregular de Camarda cuando se llevaron adelante las detenciones. Esto no es así, ya que él se encontraba a cargo de la detención de los familiares y amigos de Pablo Vera, y si bien la recepción del sumario de prevención fue el día lunes – luego de 3 días de detención- los artículos 3, 4 y 92, del CPP y el art. 7. 5 de la CADH sostienen la promoción de la acción por parte de la Fiscalía, motivo por el que es responsable de haber incumplido el plazo – de 24 hs. establecido por la ley- para tomar indagatoria a los detenidos».

Explicaron que «en caso de no haber bastado ese plazo por estar frente a una causa compleja, podría haber solicitado la prórroga que el mismo artículo dispone, no habiendo constancia en el expediente de dicha solicitud. Incluso podría haberlos liberado sin tomarles declaración indagatoria, o podría haberles otorgado el beneficio de la eximición de prisión a él solicitada. Nada de esto fue hecho por Camarda, violando también el Artículo 261 del CPP que dispone que “La libertad personal sólo podrá ser restringida, de acuerdo con las disposiciones de este código, en los límites absolutamente indispensables para asegurar el descubrimiento de la verdad y la aplicación de la ley. El arresto o la detención se ejecutarán de modo que perjudiquen lo menos posible a la persona y reputación de los afectados”», añadieron.

«En base a esto se han iniciado actuaciones frente al Consejo de la Magistratura, a los fines se investigue la eventual responsabilidad de la Fiscal Julieta Villa y de cualquier otro miembro del Ministerio Público Fiscal que haya intervenido, todo ello en virtud de lo previsto en la Ley N° 4199».

«No estamos frente a cualquier tipo de denuncia, sino que se está exigiendo la investigación de la responsabilidad de un funcionario judicial en cumplimiento de sus funciones, entendiendo que la privación ilegítima de la libertad dispuesta debe considerarse una violación a los derechos humanos, y por lo tanto es obligación del Estado darle celeridad y efectividad a la investigación ya que su responsabilidad penal está seriamente comprometida. Denunciamos entonces el accionar de Camarda y la complicidad devenida en impunidad llevada adelante por funcionarios judiciales como Julieta Villa».

«Como consecuencia de la intención de archivar la causa por parte de Julieta Villa, la decisión se ha elevado a la Fiscalía de Cámara N° 1, a cargo del Fiscal Fernandez Jadhe. Es este funcionario el que deberá decidir si debe continuarse con la investigación o si se confirma el archivo de la misma, lo que comprometería seriamente la responsabilidad internacional del Estado Argentino, por tratarse de una denuncia contra un funcionario judicial por violación a derechos humanos».

«Le exigimos al Fiscal Fernandez Jadhe resuelva la continuación del proceso contra Maximiliano Camarda, y se investigue las responasibilidades de todos los funcionarios que hasta aquí han obrado para otorgarle impunidad al funcionario denunciado. Ante el hermetismo judicial respecto a este grave hecho, se han realizado actos públicos de denuncia al funcionario Judicial, tanto en Tribunales como en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional del Comahue donde el juez es docente regular», concluyeron desde la Coordinadora 13 de Enero.

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Sociedad

Aguas Rionegrinas repara una cañería y no hay agua en gran parte de Roca

Desde la empresa estiman que el servicio comenzará a normalizarse a partir de las 13 horas.

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Aguas Rionegrinas informó que personal del servicio local está trabajando en la reparación de una cañería sobre calle Palacios y Neuquén de la ciudad de General Roca. Es por esta situación que está afectado el servicio de agua potable en la zona alta de la ciudad.

Se prevé que el servicio comience a normalizarse a partir de las 13 horas, cuando culmine la reparación.

«Hasta entonces, recomendamos a los usuarios de la zona afectada hacer un uso racional de las reservas domiciliarias, priorizando el consumo y la higiene personal», indicaron.

«Por dudas, consultas o reclamos está disponible la línea telefónica gratuita 080099924827 y la línea de mensajes de WhatsApp 2920402808», agregaron.

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Roca

Bajó la nafta: En Roca el porcentaje va de 2% al 8% según el combustible

La nafta Super quedó en $1.026 y la Infinia descendió a $1.223.

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Como lo había anunciado el CEO y presidente de YPF, Horacio Marín, la petrolera estatal bajó sus precios a partir de este 1 de mayo. La baja en los valores, según el tipo de combustible, va del 2% al 8%.

La que mayor impactó tuvo fue la Infinia Diesel que bajó un 8%, mientras que la nafta Infinia un 6%. En cambio, la Super, sólo sufrió un ajuste del 2%.

De acuerdo con lo informado por la compañía, la decisión de bajar los precios se enmarca en el monitoreo constante de variables clave como el valor internacional del Brent, el tipo de cambio, la carga impositiva y el precio de los biocombustibles. Estos elementos son evaluados permanentemente para definir la política de precios de la firma.

Uno de los factores que influyó en esta decisión fue la cotización internacional del Brent, que es tomado como referencia para los precios de los combustibles en el mercado argentino. En los últimos meses, el barril de Brent mostró una tendencia a la baja, situándose en niveles más bajos respecto a los picos registrados durante 2022 y principios de 2023.

De esta manera, en las estaciones de servicio YPF de General Roca, los nuevos precios son: nafta Super $1.026 (hasta el 30/4 el valor era de $1.041); nafta Infinia $1.223 (antes $1301); Diesel común $1.236 ($1.274) y Diesel Infinia $1.449 ($1.575).

Por su parte, Axion también aplicó una baja en sus precios, y resta esperar que harán Puma y Shell en las próximas horas, aunque todo indica que seguirían el mismo camino que YPF.

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Judiciales

Conflicto entre adolescentes en una escuela: Medida del Juzgado de Paz acentúa responsabilidad de los adultos

Ordenó a los padres de ambos estudiantes que «cesen los actos de violencia, en cualquiera de sus formas».

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Un conflicto entre dos adolescentes que compartían escuela requirió la intervención del Juzgado de Paz de Sierra Grande, que ordenó a los padres de ambos estudiantes que «cesen los actos de violencia, en cualquiera de sus formas». Además, se dispuso que la totalidad de las familias «deberán abstenerse de mantener comunicación personal, telefónica o por redes sociales, así como a familiares o amigos».

La prohibición del Juzgado de Paz incluye a las redes sociales Facebook, Instragram, Twiter. Ordenó que también deben abstenerse de efectuar comentarios o publicaciones referidas a esta situación y a los adolescentes involucrados.

El fallo pone el acento en la responsabilidad de los adultos. Así, ordenó también que «los responsables parentales o referentes de los adolescentes involucrados arbitren las medidas necesarias para que se mantenga una distancia determinada razonablemente, de cualquier lugar en el que se encuentren circunstancialmente las partes afectados. Si ello ocurriera de forma casual deben retirarse o alejarse del lugar».

Finalmente, dio intervención a la dirección del establecimiento escolar para que dispongan las medidas de pacificación necesarias, «evitar la discriminación, fomentar la paz y la convivencia» y «promover la creación de equipos especializados y fortalecer los existentes para prevenir e intervenir en situaciones de violencia».

La presentación la realizó el padre uno de los adolescentes contra la mamá del otro joven. Sin embargo, tras analizar el caso, las responsabilidades recayeron sobre ambas familias.

En la audiencia privada llevada a cabo entre las partes, los adultos reconocieron los hechos y afirmaron que el tema ya había sido abordado en el ámbito escolar, donde habían llegado a algunos acuerdos.

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