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Río Negro

La Legislatura aprobó la Ley General de cambio climático

Buscan reducir la emisión de gases de efecto invernadero y permitir así que la provincia pueda adoptar las medidas de adaptación necesarias frente a este problema.

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El parlamento rionegrino aprobó, por unanimidad la Ley General de Cambio Climático para reducir la emisión de gases de efecto invernadero y permite que la provincia pueda adoptar las medidas de adaptación necesarias frente a este problema.

La iniciativa del legislador Leandro Lescano propone además, la transversalidad del tema en las políticas de Estado, en sintonía entre las políticas ambientales desarrolladas en los ámbitos internacionales y el provincial, el compromiso intergeneracional, y el desarrollo sostenible.

La ley contempla que “el cambio climático genera fuertes pérdidas de biodiversidad, flora, fauna, recursos naturales, además de escasez o saturación hídrica, rompe los ecosistemas y provoca alteraciones importantes e irreversibles en los ciclos ecológicos que sustentan la vida”.

La iniciativa impulsa acciones destinadas al ahorro y la eficiencia energética, dar protección a los recursos naturales y promover la forestación y reforestación.

Contempla también el desarrollo de políticas que favorezcan la movilidad sostenible y la accesibilidad, para fomentar el transporte público y la tecnología limpia, así como los medios de transporte no motorizados.

La ley contempla un Plan Provincial de Acción frente al Cambio Climático que sirva como instrumento guía de la política provincial, y puntualizó que estará a cargo de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable, como autoridad de aplicación.

La Secretaría estará asistida por un Comité Asesor frente al cambio climático, integrado por representantes del Poder Legislativo , INVAP SE , Eólica Río Negro SA , Universidad Nacional de Río Negro (UNRN) , Universidad del Comahue (UNCOMA) , y ONG ambientalistas.

La iniciativa define obligaciones en cuanto a la educación y la concientización en el tema e invita a los municipios a sumarse a la propuesta.

Otras leyes aprobadas

La legislatura rionegria aprobó la ley que prohíbe el uso del producto identificado como purpurina, brillantina o su similar de uso industrial, en el ciclo inicial, primario y secundario de las escuelas públicas y privadas de la Provincia de Río Negro y prohíbe a los comercios la venta del producto a niños, niñas y adolescentes en la Provincia de Río Negro.

La ley establece que todos los comercios que vendan el producto identificado como purpurina, brillantina o su similar, presenten en forma visible y notoria la leyenda “producto tóxico” en el envase del producto, debiendo tener un correcto sellado y etiquetado. En el caso de que el producto no especifique la leyenda, el comerciante responsable de la venta deberá agregarla de forma tal que cumpla con lo establecido en la norma.

Los comerciantes que procedan a la venta del producto identificado como purpurina, brillantina o su similar de uso industrial, al consumidor final, deben exhibir en un lugar destacado y perfectamente visible del comercio un cartel con el texto de la presente ley. También, se aprobó la adhesión a la Ley Nacional 27218 que establece un régimen tarifario específico para entidades de bien público.

La ley que se aplicará a tarifas específicas para fundaciones y asociaciones que tienen por objeto el bien común, llevando adelante programas de promoción y protección de derechos o que desarrollan actividades sociales de manera gratuita.

Por otro lado, fue aprobada la ley que prorrogá hasta el 31 de diciembre de 2016 todos los plazos procesales establecidos en el “Régimen Excepcional de Protección de la Vivienda Única de Residencia Permanente”.

Asimismo, fue aprobada una ley para declarar Sitio Histórico y de Turismo Religioso de la Provincia de Río Negro, al “Santuario y Parque Ceferino Namuncurá”, ubicado en la localidad de Chimpay, y otra que propone reconocer la vida y obra del ciudadano rionegrino Rodolfo Jorge Walsh.

Además, se aprobó la ley que aprueba y adopta el diseño de Sistema de Señalización para las Vías de Evacuación, realizado por la Autoridad Interjurisdiccional de las Cuencas de los ríos Limay, Neuquén y Negro, en el marco del Sistema de Emergencias Hídricas y Mitigación del Riesgo.

Por otro lado, se aprobó la ley que permite al Poder Ejecutivo transferir en carácter de donación a la Municipalidad de Allen, el inmueble designado catastralmente con la nomenclatura catastral 04-1-B- 053-02, dominio inscripto a nombre de la Provincia de Río Negro, Matrícula nº 04-840, ubicado en la ciudad de Allen para la instalación de las dependencias que integran la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad. Artículo 2º.- La presente autorización legislativa queda condicionada al cumplimiento de los requisitos previstos en la ley A nº 3682, en forma previa a la instrumentación definitiva de la donación.

Por último, el parlamento rionegrino aprobó la ley que reconoce a la ciudad de Viedma como comunidad preexistente, fundadora y constructora del proceso de emancipación de la Nación Argentina por el rol y la función desempeñados en el ámbito del otrora Fuerte del Río Negro.

La iniciativa contempla que el Poder ejecutivo extienda un título especial al Municipio de Viedma que de cuenta del reconocimiento y que será rubricado por los titulares de los tres poderes del Estado Provincial.

Aprobaron la adhesión al régimen de sinceramiento fiscal

La Legislatura rionegrina sancionó hoy, por mayoría, la adhesión a la ley nacional que establece un Régimen de Sinceramiento Fiscal. La norma establece el Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados orientado a lograr, entre otros objetivos, que los derechos de la tercera edad puedan materializarse y no quedar como una mera norma programática.

En este marco, la ley crea un régimen excepcional de regularización tributaria hasta el 31 de marzo de 2017, para aquellos contribuyentes y responsables que regularicen su situación fiscal, en los impuestos y tasas que administra la Agencia de Recaudación Tributaria, como consecuencia de su acogimiento al sistema voluntario y excepcional de declaración de bienes establecido en la normativa nacional.

El legislador Alejandro Palmieri (JSRN), como miembro informante del proyecto impulsado por el Poder Ejecutivo, explicó que la norma nacional invita a adherir a todas las jurisdicciones provinciales y que Río Negro sería la sexta provincia en hacerlo.

Afirmó que el fin de la ley “es recuperar la entrada de divisas, es decir, que los argentinos que tengan bienes o depósitos en el exterior sin declarar los traigan al país.” Palmieri indicó que el gobierno nacional estima que esta cifra ronda los 20 mil millones de dólares y consideró que “con mucho menos, representaría un impacto importante en la economía nacional”.

Señaló que sólo se podrá legislar en los impuestos provinciales y explicó que la adhesión en la órbita de la Agencia de Recaudaciones Tributarias se dará después de que el contribuyente, sea persona física o jurídica, adhiera al régimen nacional. Indicó además que, a diferencia de otras provincias, el blanqueo en Río Negro tendrá un costo tributario, en función de la escala de los ingresos omitidos en el país.

El legislador recordó que ya hubo legislación que buscó fomentar el ingreso de fondos en el país, como fueron las leyes de blanqueo de diciembre de 2008 y de mayo de 2013”.

Los legisladores Mario Sabbatella y Nicolás Rochás adelantaron el voto negativo de la bancada del Frente para la Victoria, y coincidieron que “la norma macrista busca beneficiar a los grandes evasores de fondos que no van a volver al país”.

Por su parte, Soraya Yahuar (UCR) y Daniela Agostino (AFPIR) anunciaron su apoyo. La legisladora radical consideró que “esta ley forma parte de un conjunto de normas que son sumamente necesarias para sacar al país de la crisis heredada que nos toca transitar”.

Asimismo, resaltó que la ley prevé garantizar los fondos del sistema previsional que serán reforzados con los ingresos fiscales que genere el blanqueo y los desequilibrios de las cajas jubilatorias provinciales no transferidas. “Esta ley tan técnica, tiene una connotación social que no todos destacan y es justamente que todo lo que se recaude se aplicará al financiamiento de la administración nacional de Seguridad Social”.

Energía renovable

Se sancionó también la adhesión a la ley nacional del Régimen de Fomento Nacional para el uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica, propuesta también por el gobierno provincial.

El legislador Alfredo Martín (JSRN) explicó que esta ley busca incrementar la participación de las fuentes de energía renovable en la matriz eléctrica hasta alcanzar el ocho por ciento del consumo anual nacional, hasta el 31 de diciembre de 2017, y aumentarla de forma progresiva hasta el 20 por ciento, al 31 de diciembre de 2025.

Señaló que esta adhesión se torna necesaria para que el Programa sea exitoso, no sólo en la incorporación de energías renovables en la matriz energética, sino también en lograr una amplia distribución federal, para atraer la mayor cantidad de proyectos de inversión.

La iniciativa faculta a la Agencia de Recaudación Tributaria a dictar las reglamentaciones necesarias e invita a adherir a los municipios de Río Negro.

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Judiciales

Más de 100 causas de Defensa del Consumidor ingresaron solo al fuero Civil en lo que va de 2025

Este tipo de expedientes suele requerir la realización de audiencias orales, instancias de conciliación y, en muchos casos, la emisión de sentencias definitivas o la homologación de acuerdos.

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En los primeros 6 meses del año, los Juzgados y unidades jurisdiccionales Civiles tramitaron 108 causas por denuncias de Defensa del Consumidor. Este tipo de expedientes suele requerir la realización de audiencias orales, instancias de conciliación y, en muchos casos, la emisión de sentencias definitivas o la homologación de acuerdos alcanzados entre las partes. Es una de las vías de ingreso, aunque no la única, de temas de consumo.

El fuero civil provincial cuenta actualmente con 16 organismos distribuidos en 8 ciudades: Viedma, San Antonio Oeste, Roca, Villa Regina, Choele Choel, Bariloche, El Bolsón y Cipolletti. Desde estos organismos se tramitan procesos que van desde reclamos de consumidores hasta sucesiones, daños y perjuicios, ejecuciones y amparos, entre otros.

Existen otros organismos que también reciben denuncias de las y los consumidores como por ejemplo los juzgados de Paz, algunas oficinas municipales y las áreas de Defensa del Consumidor del poder Ejecutivo.

En el Poder Judicial de Río Negro, durante el primer semestre de 2025, el fuero Civil recibió 3.056 causas nuevas. En ese mismo período, dictó 2.213 sentencias que pusieron fin a los procesos, lo que refleja un alto nivel de resolución de expedientes. Entre los tipos de procesos más frecuentes se destacan las sucesiones intestadas (953 casos, 30% del total), los reclamos por daños y perjuicios (395) y los procesos ejecutivos (379), además de las denuncias de Defensa del Consumidor.

La Ley 24.240 establece los derechos de los consumidores y las obligaciones de los proveedores en las relaciones de consumo. Una relación de consumo es un vínculo que se establece entre el proveedor de un bien o servicio y el consumidor o usuario del mismo. Incluye el antes, durante y después de la compra del producto o contratación del servicio.

Esta norma garantiza que las personas tengan derecho a recibir información cierta, clara y detallada sobre los productos o servicios, a ser tratadas de manera digna y equitativa, a obtener comprobantes de las operaciones y a contar con bienes y servicios que no representen riesgos para su salud o seguridad.

También regula aspectos clave como las garantías legales, los plazos de entrega, las condiciones de las compras por internet y la calidad en la prestación de servicios públicos esenciales.

La información estadística del fuero Civil forma parte de los informes semestrales realizados por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia. Las estadísticas permiten optimizar la toma de decisiones al apuntalar determinados fueros u organismos de acuerdo a la carga de trabajo.

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Política

«Un país no se construye abandonando las universidades y la salud»

Weretilneck habló tras los nuevos vetos de Milei a las leyes aprobadas en el Congreso y aseguró que no hubo ningún llamado del presidente.

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El gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck, cuestionó con firmeza los vetos del presidente Javier Milei a leyes claves para el financiamiento de la educación, la salud pública y las provincias. Anticipó que en el Congreso se rechazarán estas decisiones. «Un país no se construye abandonando a las universidades, quitándole la salud a los niños y negándole a las provincias los recursos que les corresponden. Eso no es federalismo, es un castigo injusto», afirmó.

El mandatario provincial remarcó que los vetos dejaron sin efecto normas votadas por amplia mayoría en el Congreso: la ley de financiamiento universitario, la emergencia pediátrica y la redistribución automática de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN). «Estamos hablando de derechos básicos: educación, salud y federalismo. No de privilegios», enfatizó.

En relación a los ATN, explicó que «son fondos que se descuentan de la coparticipación, es decir, de los impuestos que nos pertenecen a las provincias. No pedimos nada más que lo que corresponde: esos recursos son de los rionegrinos y deben volver en obras, en escuelas, en hospitales y en servicios para nuestra gente».

En diálogo con LU19, Weretilneck también advirtió que «no hubo ninguna convocatoria institucional a las provincias» por parte del Gobierno Nacional. «El diálogo que existió fue partidario, con gobernadores aliados a La Libertad Avanza. Exigimos un ámbito federal serio, con temario claro, donde estemos todas las provincias, no un encuentro político a puertas cerradas», sostuvo.

Finalmente, fue categórico. «Río Negro no se va a quedar en silencio frente a estas decisiones. Vamos a defender en el Congreso lo que corresponde a nuestra gente. Porque la defensa nace acá, en cada provincia, en cada universidad, en cada hospital que necesita recursos para seguir de pie», concluyó.

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Judiciales

Estuvo varado más de 12 horas sin agua ni asistencia: Condenan a empresa de transporte por trato indigno

El colectivo se quedó sin combustible a pocos kilómetros de Chimpay.

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Un hombre que viajaba desde Cipolletti hacia Sierra Grande quedó varado en la ruta, sin agua ni comunicación, cuando el colectivo de larga distancia en el que se trasladaba se detuvo por falta de combustible a pocos kilómetros de la localidad de Chimpay. Horas más tarde, al retomar el viaje en otra unidad, el colectivo no se detuvo en el parador correspondiente y, luego de una discusión con los choferes, la persona fue obligada a descender a la intemperie, sin su equipaje.

Tras varios intentos administrativos para obtener una compensación por parte de la empresa Autotransportes Andesmar S.A., y al no lograrlo, el cliente inició una demanda de menor cuantía en el Juzgado de Paz de Sierra Grande.

En el fallo se explicó que el hombre abordó el colectivo interno 5295 a las 10 de la mañana, una hora después del horario estipulado. Hacia el mediodía, a unos 15 kilómetros de Chimpay, la unidad se detuvo por falta de combustible. Las personas pasajeras permanecieron en el lugar hasta que personal policial y de bomberos organizó traslados particulares hacia la terminal de esa localidad. Recién a las 22 horas llegó otra unidad para continuar el viaje.

Durante la madrugada siguiente, ya en las proximidades de Sierra Grande, el colectivo pasó de largo por el lugar donde la persona solía descender. Al pedir que se detuviera, el chofer la insultó y se negó a retroceder. Un segundo conductor, que no se encontraba de servicio, intervino en la discusión. Según el relato, descendió del vehículo con el torso descubierto y un cinturón en la mano, y obligó al pasajero a bajar, lejos de su destino y sin su valija.

Frente a esta situación, presentó reclamos ante Defensa del Consumidor de San Antonio Oeste y Sierra Grande. La empresa negó los hechos denunciados y ofreció una suma compensatoria que fue rechazada por el cliente. Luego, las partes intentaron una instancia de mediación, sin resultados.

En su análisis, la jueza de Paz sostuvo que existió una relación de consumo encuadrada en la Ley 24.240 y en el Código Civil y Comercial. Señaló que el proveedor debe garantizar información clara, trato digno y cumplimiento del servicio contratado. También indicó que, ante la existencia de dudas, corresponde interpretar el contrato de manera más favorable a la persona usuaria.

El fallo consideró acreditada la situación de vulnerabilidad de la parte actora y concluyó que el accionar de la empresa vulneró los derechos protegidos por la normativa vigente. Además del daño material, el juzgado identificó una afectación moral relacionada con la angustia, el maltrato sufrido y la pérdida del equipaje.

La sentencia también impuso un resarcimiento en concepto de daño punitivo, al considerar que la empresa ignoró los distintos reclamos administrativos y obligó a la persona afectada a acudir al Poder Judicial para resolver el conflicto.

Finalmente, la magistrada condenó a la empresa Andesmar a pagar, en concepto de daño directo, la suma de $1.400.000; en concepto de daño extrapatrimonial, $200.000; y en concepto de daño punitivo, $200.000, más intereses.

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