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Confirman procesamiento por homicidio y lesiones culposas en Roca

Fue por un siniestro vial ocurrido en febrero pasado en la Ruta 22 y Vintter, en el que una joven mujer, embarazada de 7 meses, falleció y otras cuatro personas resultaron con heridas leves y graves.

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La Cámara Criminal Tercera de Roca confirmó el auto de procesamiento del único imputado por un siniestro vial ocurrido en febrero pasado en Roca, en el que una joven mujer falleció y otras cuatro personas resultaron con heridas leves y graves.

En el juzgado de Instrucción N° 6 de esta ciudad se dictó el procesamiento de C.J.M. como presunto responsable de los delitos de «homicidio culposo agravado por la conducción imprudente, negligente, inexperta o antirreglamentaria de un vehículo automotor», del que resultó víctima Romina Acosta, «en concurso ideal con lesiones leves culposas (tres hechos)», de las que resultaron víctimas tres hombres; «en concurso ideal con lesiones graves culposas» que sufrió una mujer mayor, madre de la víctima fatal y pareja del conductor imputado. Contra aquel procesamiento la defensa interpuso un recurso de apelación que fue rechazado esta semana por la Cámara.

El hecho ocurrió el 13 de febrero pasado. El imputado conducía un Seat Cordoba por calle Vintter en sentido norte – sur y al intentar subir a la Ruta 22 resultó embestido en su lateral derecho por una Renault Trafic que circulaba de oeste a este por la vía principal. En el rodado menor viajaban el imputado y tres personas más, mientras que en la camioneta iban dos jóvenes que también resultaron lesionados.

En la instancia de apelación, el defensor particular Alberto Cariatore pidió que se dicte el sobreseimiento o la falta de mérito, afirmando que la Trafic circulaba en exceso de velocidad.

Por su parte el Fiscal de Cámara subrogante, Miguel Fernández Jahde, solicitó la confirmación del procesamiento. Sostuvo que el imputado «violó las reglas de prioridad de paso, ya que circulaba por una vía de mucha menor entidad y para realizar el ingreso a la ruta debió esperar a que la vía se encuentre expedita».

Finalmente el abogado Fabio Torriggiani, en representación de la parte querellante, pidió la confirmación del procesamiento alegando que todo se debió a la «invasión intempestiva» del vehículo del imputado en la ruta. Sostuvo además que «el hecho de que C.J.M. no se haya sometido al examen de alcoholemia debe considerarse un indicio en su contra».

Al resolver la apelación los jueces de la Cámara Criminal Tercera Verónica Rodríguez, Laura Pérez y Fernando Sánchez Freutes sostuvieron: «entendemos que el imputado emprendió una maniobra imprudente, como lo es ingresar a la Ruta Nacional 22 desde el camino transversal por el que circulaba, para lo cual no adoptó los recaudos necesarios, pues resulta claro, por sus propios dichos, que no observó detenidamente que la vía se encontrara expedita para la circulación».

«Antes de iniciar tal peligroso accionar correspondía asegurarse que tenía la posibilidad de realizar la maniobra sin riesgo para sí ni para terceros, evidenciando al menos un error de percepción con tal proceder, pues resulta evidente que el rodado mayor estaba aproximándose al lugar. (…) Un debido cuidado y la mínima prudencia le hubieran permitido determinar que no contaba con tiempo suficiente para el ingreso» a la ruta, concluyó el Tribunal.

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Formularon cargos a los dos imputados por robos armados y una balacera contra efectivos policiales

Los hechos ocurrieron durante la madrugada del miércoles (21/01) y terminaron con una persecución y disparos contra los uniformados.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra dos personas por los delitos de robo agravado por el uso de arma de fuego, portación ilegal de arma y atentado contra la autoridad, en el marco de dos hechos ocurridos durante la madrugada del miércoles (21/01) en General Roca.

Durante la audiencia realizada este jueves (22/01), la fiscal de feria relató que el primer episodio se registró alrededor de la 1.10 en la intersección de Gelonch y San Juan. Allí, los imputados, que circulaban a bordo de una motocicleta, interceptaron a un joven que se encontraba junto a tres amigos.

Exhibiendo un arma de fuego tipo revólver, exigieron la entrega de una motocicleta Honda XR 150 cc. Tras un forcejeo, los agresores se dieron a la fuga sin lograr llevarse el rodado, aunque sí sustrajeron un bolso que contenía botines, camisetas, pantalones de fútbol y una bandera.

Minutos más tarde se produjo el segundo hecho, a la vera del Canal Grande, en calle Gelonch entre Rosario de Santa Fe y Aníbal Troilo. En ese lugar, los imputados interceptaron a dos jóvenes, a quienes apuntaron con el arma y les exigieron la entrega de sus pertenencias, efectuando incluso un disparo al suelo.

Al advertir la presencia policial, intentaron huir en la motocicleta, pero cayeron al suelo y, según se detalló, realizaron al menos 6 disparos contra los efectivos. Tras una breve persecución, ambos fueron reducidos y detenidos por los uniformados.

La calificación legal presentada por la Fiscalía fue la de robo agravado por el uso de arma de fuego, en concurso y en carácter de coautores por el primer hecho, y robo agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa, en concurso real con atentado a la autoridad agravado por el uso de arma de fuego, por el segundo episodio. A uno de los imputados se le sumó además la acusación de portación ilegal de arma de fuego de uso civil.

La jueza de Garantías dio por formulados los cargos y habilitó la etapa penal preparatoria por un plazo de cuatro meses. A pedido del Ministerio Público Fiscal, se dispuso la prisión preventiva hasta el mes de mayo, al considerar la existencia de riesgo de fuga y entorpecimiento de la investigación.

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Dictaron prisión preventiva para el camionero que manejaba con 4,20 g de alcohol en sangre, chocó en la Ruta 22 y se dio a la fuga

El imputado, oriundo de Salta, embistió a dos vehículos y terminó provocando que uno caiga a un desagüe. Además, un hombre sufrió heridas de gravedad.

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Foto: Archivo.

Un hombre oriundo de la provincia de Salta fue acusado este lunes (19/01) por el delito de lesiones graves culposas doblemente agravadas, tras protagonizar un grave siniestro vial mientras conducía con exceso de alcohol en sangre y posteriormente darse a la fuga. La jueza de Garantías dispuso su prisión preventiva por el plazo de 2 meses.

Según expuso la fiscal de feria durante la audiencia que se realizó esta mañana, el hecho ocurrió el pasado sábado (17/01), cerca de las 19 horas, sobre la Ruta Nacional N° 22 y calle Mendoza, en uno de los accesos principales a la ciudad de General Roca y donde funcionan semáforos.

El acusado circulaba en sentido este-oeste a bordo de un camión Mercedes Benz, perteneciente a una empresa de transporte, de manera imprudente y antirreglamentaria, cuando impactó desde atrás a un Chevrolet Meriva. Como consecuencia del choque, este vehículo colisionó por alcance a un Renault Kwid y terminó cayendo al interior de un desagüe.

Producto del impacto, el conductor del Chevrolet Meriva sufrió lesiones graves, entre ellas una fractura de pelvis.

Tras el siniestro, el conductor del camión fue trasladado a la Unidad del Cuerpo de Seguridad Vial de General Roca, pero se dio a la fuga mientras el personal policial realizaba las actas correspondientes. Al día siguiente se presentó de forma voluntaria en la unidad policial y quedó detenido.

El test de alcoholemia practicado en el lugar del hecho arrojó un resultado de 4,20 mililitros de alcohol en sangre.

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La Justicia de Roca otorgó a un padre el cuidado exclusivo de su hija tras episodios de abandono de su madre

La mujer dejó a la niña sola en un taxi y luego en una terminal de ómnibus.

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El fuero de Familia de General Roca resolvió otorgar el cuidado personal unilateral de una niña a su padre, luego de acreditarse reiteradas situaciones de desprotección y negligencia por parte de la madre, que pusieron en riesgo su bienestar.

Según se desprende del expediente, cuando la niña tenía apenas un año, su madre la subió sola a un taxi y la envió al lugar de trabajo del padre. Al llegar, el hombre no se encontraba allí, lo que expuso a la menor a una grave situación de vulnerabilidad. Años más tarde, el episodio se repitió cuando la mujer dejó nuevamente sola a la niña, esta vez en una terminal de ómnibus.

En ambas oportunidades fue el padre quien asumió de manera inmediata el cuidado de su hija. Frente a estos antecedentes, y con el objetivo de garantizarle un entorno estable, seguro y afectivo, el hombre recurrió a la Justicia y solicitó el cuidado exclusivo de la menor.

Durante el proceso judicial se incorporó un informe socioambiental, que describió un hogar monoparental en el cual el padre organiza su actividad laboral en función de las necesidades de la niña. Si bien se señalaron carencias materiales en la vivienda, el informe concluyó que el entorno resulta apto para la crianza, destacando además que la menor asiste regularmente a la escuela y recibe atención psicológica.

La Defensora de Menores dictaminó a favor del otorgamiento del cuidado personal unilateral al padre, en atención al interés superior de la niña, valorando también la ausencia procesal de la madre y las pruebas que acreditaron conductas negligentes.

En su resolución, la jueza subrayó que la madre, pese a haber sido debidamente notificada del inicio de la demanda y de las audiencias fijadas, no compareció en ninguna instancia del proceso, lo que fue interpretado como un claro desinterés por la situación de su hija.

«El interés superior del niño es el lineamiento rector en todas las cuestiones en que este se halle afectado; la decisión se define por lo que resulta de mayor beneficio para ellos», sostuvo la magistrada, citando jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El fallo remarcó que, si bien ambos progenitores conservan la titularidad de la responsabilidad parental, el cuidado personal puede ser atribuido de forma unilateral cuando existen razones fundadas que lo justifiquen, como ocurrió en este caso. Además, se recomendó la continuidad de un abordaje terapéutico integral y el acompañamiento profesional para la niña.

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