Judiciales
El STJ confirmó una condena de 16 de prisión por abusos sexuales reiterados en Roca
El sujeto había reconocido a la víctima, legalmente como su hija. Los hechos se dieron desde el 2002, cuando la niña tenía 6 años, y hasta continuaron hasta el 2016.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmó la condena de 16 años de prisión que la ex Cámara Criminal Segunda había impuesto a un hombre de Roca, quien abusó sexualmente y de manera reiterada de la niña a la que había reconocido legalmente como su hija. Al declarar mal concedido el recurso de casación, el STJ, con voto rector de la jueza Liliana Piccinini y adhesión de sus pares Sergio Barotto y Enrique Mansilla, descartó cada uno de los agravios planteados por los defensores particulares del imputado.
La sentencia confirmada declaró reincidente al imputado y lo condenó como autor de los delitos de promoción de la corrupción de menores y abuso sexual gravemente ultrajante reiterado en un número indeterminado de oportunidades, en concurso ideal, agravados por ser conviviente, encargado de la educación y guarda y por ser la víctima menor de edad; en concurso real con abuso sexual con acceso carnal, también reiterado y con idénticas agravantes, todo en concurso real con amenazas y coacción, ambas agravadas por el uso de armas.
De acuerdo con la sentencia, los hechos comenzaron en el año 2002, cuando la víctima tenía 6 años de edad, y continuaron hasta principios de 2016 en todos los domicilios en los que se fue radicando la familia en el ejido de Roca. Indica el fallo que «los sometimientos eran reiterados y constantes, a tal punto que llegaron a ser considerados por la víctima como normales». El último de los hechos ocurrió en abril de 2016, cuando ante la negativa de la joven el imputado la intimidó con un cuchillo. Al momento de radicar la denuncia, la víctima ya era mayor de edad y había iniciado su carrera de formación profesional. Fue en ese ámbito que reveló lo vivido a compañeras y autoridades de la institución.
Entre sus principales agravios la defensa cuestionó que el fallo «gira» en derredor del relato que efectuó la joven, negando que el mismo se encuentre convalidado por otros indicios o prueba independiente y enfatizando que en todo momento el acusado negó los abusos. Los defensores también alegaron la prescripción de los delitos imputados y la «arbitrariedad» del fallo condenatorio, por lo que solicitaron que el mismo sea revocado.
En el voto rector del STJ se descartó el agravio de la prescripción por considerar que la comisión del delito cesó en 2016, por lo que recién entonces debe comenzar el cómputo del plazo prescriptivo.
En cuanto a los demás agravios, el Superior Tribunal señaló que son «una simple reedición de lo expresado en el debate oral», cuestionamientos que fueron rechazados oportunamente de manera fundada por la Cámara roquense. La defensa «no demuestra vicios de motivación, sino que solamente expresa su discrepancia subjetiva con la valoración realizada, lo que resulta insuficiente para sostener que se ha incurrido en una arbitraria ponderación de la prueba», concluyó el STJ.
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Fueron halladas la mujer embarazada de siete meses y a su hija de 2 años
Habían sido vistas por última vez el domingo alrededor de las 15 horas.

La búsqueda de una mujer de 37 años, embarazada de siete meses, y de su hija de apenas 2 años quedó formalmente desactivada luego de que fueran halladas en buen estado de salud.
La mujer había sido visto por última vez el domingo (13/09) alrededor de las 15 horas junto a su hija, cuando se dirigían a la plaza La Esperanza. Desde entonces, el último contacto registrado había sido a través de WhatsApp a las 19.21, dato que generó preocupación entre sus familiares.
A partir de la denuncia comenzó la reconstrucción del posible recorrido realizado por madre e hija y se activaron los recursos destinados a establecer dónde se encuentran. En las tareas participaron efectivos de la Brigada de Investigaciones y personal especializado con perros adiestrados.
Finalmente, pasado el mediodía de hoy (15/09) fueron halladas en buen estado de salud, se las trasladó a la Subcomisaría 69° y tomó intervención la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF) debido a que hay una menor involucrada.
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Se divorciaron en España y 17 años después lograron inscribir la sentencia en Río Negro
La sentencia había sido dictada por un juzgado español en diciembre de 2009. Para que tuviera efectos en Argentina, fue necesario realizar un procedimiento de reconocimiento judicial.

Una pareja que se había casado en Chimpay logró que la Justicia de Río Negro reconociera e inscribiera una sentencia de divorcio dictada en España hace 17 años.
La pareja se había radicado en España y, con el paso del tiempo, decidió poner fin a la vida en común. En diciembre de 2009, un juzgado de Palma de Mallorca dictó la sentencia que formalizó el divorcio de mutuo acuerdo.
Si bien la decisión tenía plena vigencia en España, para que también produjera sus efectos en Argentina era necesario realizar un procedimiento de reconocimiento judicial de la sentencia extranjera.
El hombre se presentó ante el Poder Judicial y solicitó la inscripción del divorcio ante el Registro Civil y Capacidad de las Personas de Río Negro. Durante el trámite, la mujer prestó su conformidad expresa con el pedido.
Entre la documentación incorporada al expediente se presentó el testimonio de la sentencia dictada en España, acompañado por el correspondiente certificado de La Haya, destinado a acreditar la autenticidad del documento público extranjero.
Una jueza de Familia de Luis Beltrán hizo lugar a la solicitud y ordenó inscribir la sentencia de divorcio en el Libro de Extraña Jurisdicción del Registro Civil provincial.
Para resolver, el fallo tuvo en cuenta la Ley Nacional N° 26.413, que contempla la inscripción de matrimonios y de las sentencias que los disuelven cuando fueron dictadas en otros países y cumplen con las exigencias legales. También se consideraron las disposiciones del Código Civil y Comercial referidas a los actos celebrados en el extranjero y la Convención de La Haya sobre apostilla.
La magistrada señaló que «no se advierte la existencia de alguno de los impedimentos previstos en el Código Civil y Comercial». Además, destacó que tanto el Registro Civil como el Ministerio Público Fiscal se pronunciaron sin objeciones sobre la procedencia del trámite.
El procedimiento de reconocimiento o ejecución de una sentencia extranjera permite que una decisión judicial dictada en otro país produzca los efectos correspondientes en Argentina. En este caso, no se volvió a discutir el divorcio, sino que se verificó que la resolución española reuniera las condiciones necesarias para ser reconocida e inscripta en el país.
Con todos los recaudos cumplidos y la conformidad de ambas personas divorciadas, la Justicia provincial ordenó finalmente la inscripción de la sentencia.
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Un adolescente de 16 años quedó imputado por el homicidio de Mauricio Molinez
Según la Fiscalía, dos personas habrían pasado en moto frente al domicilio donde estaba la víctima y efectuado disparos. Un hombre mayor de edad también tiene pedido de captura.

Un adolescente de 16 años quedó imputado por el homicidio agravado por el uso de arma de fuego de Mauricio Sebastián Molinez, de 19 años, ocurrido durante la noche del 9 de septiembre en General Roca.
La Fiscalía había solicitado un allanamiento con orden de detención del adolescente. Durante la audiencia, el joven fue asistido por un defensor de menores penal.
El fiscal Daniel Zornitta solicitó como medida cautelar la prisión domiciliaria con tobillera electrónica, bajo responsabilidad de su padre, para evitar que abandone el domicilio hasta que se concrete la formulación de cargos. La Fiscalía fundamentó el pedido en la existencia de riesgos procesales, entre ellos el peligro de fuga y el posible entorpecimiento de la investigación.
Según explicó el Ministerio Público Fiscal, en el domicilio donde se encontraba la víctima fatal también había al menos dos menores. De acuerdo con la hipótesis investigada, entre las 20 y las 23 dos personas habrían pasado en una motocicleta frente a la vivienda y efectuado disparos que provocaron la muerte de Molinez. Uno de los involucrados es el adolescente y el otro, un hombre mayor de edad, tiene un pedido de captura vigente.
La Fiscalía informó además que se realizaron otros allanamientos, en los que fue posible encontrar una motocicleta y otros elementos de interés para la causa.
Entre las evidencias reunidas se encuentra el informe de autopsia, durante la cual se extrajo un proyectil que será sometido a peritaje. También se cuenta con un informe preliminar del Gabinete de Criminalística, cuyos integrantes levantaron vainas servidas en el lugar y constataron impactos de disparos en el frente de la vivienda.
La Brigada de Investigaciones trabajó en la toma de declaraciones testimoniales y en la recepción de evidencias.
Durante la audiencia, la Fiscalía señaló además que algunos testigos tendrían temor de brindar su versión de lo ocurrido, situación que fue incorporada como uno de los fundamentos para solicitar las medidas cautelares.
Finalmente, el juez de Garantías Julio Martínez Vivot resolvió en el mismo sentido que lo solicitado por la Fiscalía y dispuso la prisión domiciliaria con tobillera para el adolescente.
Por tratarse de un menor de edad, no se brindan nombres, domicilios, imágenes ni otros datos que permitan identificarlo, ni precisiones que puedan afectar sus derechos de intimidad y privacidad.





