Judiciales
Condenada a pagar 1 millón de pesos por no respetar la distancia mínima entre vehículos
Un hombre a bordo de una camioneta impactó de atrás a un auto en medio de un embotellamiento en la Ruta 22.

A raíz de un choque en la zona del puente que une Río Negro con Neuquén, la mujer que fue embestida en su vehículo por una camioneta inició una demanda civil ante el Juzgado N° 9 de Cipolletti.
El magistrado resolvió condenar al conductor embistente, a la propietaria de la camioneta y a su aseguradora a abonar la suma de $1.006.553 más intereses. La sentencia es de primera instancia por lo que no está firme y puede ser apelada por las partes.
La damnificada relató que el 19 de marzo de 2016, al mediodía, conducía su auto Chery por la Ruta Nacional N° 22 en sentido oeste-este. Más precisamente en donde antes funcionaba el peaje se produjo un embotellamiento y la conductora tuvo que reducir la velocidad. En esas circunstancias, de manera violenta y sorpresiva, recibió un fuerte impacto en la parte de trasera de su coche.
Los demandados fueron el conductor de una Chevrolet Spin, la dueña de esa camioneta y la compañía de seguros Federación Patronal S.A.
La mujer afirmó que con motivo del siniestro sufrió lesiones físicas y psíquicas, además de los daños materiales, como rotura de la puerta baúl, cerradura del mismo, paragolpes y faros, entre otros.
Al momento de resolver, el juez civil Emiliano Corsiglia afirmó que según el nuevo Código Civil y Comercial “siendo que se trata de un accidente sufrido por dos vehículos en movimiento, la cuestión debe resolverse a la luz del Art. 1757 (ex Art. 1113), esto es, se presume el riesgo o vicio de los automotores y el dueño o guardián de cada uno de ellos es, en principio, responsable de los daños que cause al otro, salvo que existan eximentes que fracturen el nexo causal, lo que deben invocar y probar”.
Concluyó el magistrado “en el caso surge que la responsabilidad la lleva quien embistió al automotor de la actora, y que ocurrió por no haberse guardado la debida atención en la conducción, ni la distancia prudente con el automotor que precedía al suyo, y en contravención con lo dispuesto por el art. 48 inc. g) de la Ley 24.449 (Art. 1 de la Ley Provincial Nº 2942), sin que haya logrado probarse la interrupción del nexo causal. Por tanto, la responsabilidad frente a los daños causados debe ser afrontada por los demandados en autos, en su calidad de dueño y guardián y su compañía de seguros en el alcance de la cobertura”.
La demanda prosperó en los siguientes rubros: “valor reparaciones del rodado” en la suma de $54.666; “desvalorización del rodado” ($10.000); “privación de uso” ($4.200); “gastos de farmacia, radiografías y asistencia médica y gastos del juicio” ($2.064); “daño físico” ($915.623); “daño moral” ($20.000).
En cuanto al “daño físico” el juez consideró que la mujer tenía 36 años al momento del accidente y que resultó con una incapacidad física “determinada precedentemente en el 18%, con carácter parcial y permanente”.
Judiciales
Se realizó el sorteo de jurados populares para los próximos dos años
En las circunscripción con cabecera en General Roca fueron seleccionados 500 mujeres y 500 varones.

El Poder Judicial de Río Negro llevó a cabo el sorteo de potenciales jurados populares, mediante el cual se seleccionaron 3.600 personas que podrán integrar tribunales populares durante los años 2026 y 2027.
El procedimiento, conforme al Código Procesal Penal, fue supervisado por el Juzgado Electoral Provincial y estuvo a cargo de Lotería de Río Negro. Participaron el vocal del STJ Sergio Ceci, el juez electoral Carlos Da Silva, la secretaria electoral Verónica Belloso, el director de la Oficina Judicial de la Primera Circunscripción Nicolás Farina, Virginia Sastre, del Tribunal de Impugnación y Nicolas Rochas del Ministerio Público. También asistieron la defensora del Pueblo, Adriana Santagati, autoridades de Lotería y representantes del Colegio de la Abogacía de la Primera Circunscripción, en nombre de todos los colegios de la provincia.
Se sortearon 1.800 mujeres y 1.800 varones del padrón electoral provincial. En la Primera Circunscripción, con asiento en Viedma, se seleccionaron 300 mujeres y 300 varones. En las circunscripciones con cabecera en General Roca, Bariloche y Cipolletti se sortearon 500 mujeres y 500 varones en cada una.
Las personas seleccionadas recibirán información a través de las Oficinas Judiciales Penales de cada circunscripción, donde se les indicarán los pasos a seguir y los canales de contacto disponibles.
Cada persona sorteada recibirá una comunicación oficial que incluirá una nota de la Oficina Judicial Penal, un formulario de declaración jurada y un sobre para la respuesta. Esta podrá remitirse gratuitamente por Correo Argentino o completarse en forma digital a través del sitio web: jurados.jusrionegro.gov.ar.
Los datos recabados permitirán realizar una primera verificación para detectar incompatibilidades o impedimentos legales que impidan integrar un tribunal popular. La información será tratada de manera confidencial por las Unidades de Juicios por Jurados de cada circunscripción.
Ningún funcionario o funcionaria judicial solicitará datos bancarios, claves digitales ni información personal sensible.
Desde la implementación del juicio por jurados en Río Negro, las personas seleccionadas por sorteo participan en los procesos penales más graves y públicos. El sistema establece que el jurado popular esté compuesto por doce miembros cuando el fiscal anticipa que solicitará una pena superior a doce años de prisión.
Para integrar un jurado popular en Río Negro es necesario ser argentino o argentina, tener más de 18 años y residir en la zona donde ocurrió el delito. Quedan excluidas las personas con condenas por delitos dolosos, así como quienes ejerzan profesiones jurídicas, funcionarias y funcionarios judiciales, auxiliares de justicia, integrantes activos de las fuerzas de seguridad y referentes religiosos.
Judiciales
Múltiples estafas por viajes al exterior: La acusada deberá continuar cumpliendo medidas cautelares
Entre ellas se encuentran el bloqueo de cuentas y presentarse en Fiscalía periódicamente.

En pos de que cese el delito y el posible provecho de la maniobra, el Ministerio Público Fiscal insistió en que Yolanda Livera, la mujer propietaria de la agencia Lola Tour y que está siendo investigada por presunta estafa por venta de viajes al exterior continúe cumpliendo con las medidas cautelares.
Los tres abogados querellantes, representando a cuatro de los denunciantes, adhirieron íntegramente a los términos fiscales.
Por su parte, el defensor penal público solicitó que se deje sin efecto el bloqueo de cuentas, así la mujer «puede seguir cumpliendo con los compromisos asumidos antes de la fecha mencionada por la Fiscalía. De otra manera, podrían aparecer nuevas denuncias porque ella no podrá cumplir con los viajes ya vendidos. Esto es sin inaugurar nuevas ventas».
La parte acusadora se opuso a dicha propuesta y el fiscal explicó que «hemos unificado hasta ahora 21 legajos, con diferentes víctimas y diversas modalidades de estafa, hechos que habrían ocurrido entre el 1 de septiembre de 2024 y el 17 de octubre de este año».
Durante la audiencia, Livera, asistida por su defensor, declaró sobre la medida cautelar de bloqueo y congelamiento de las cuentas y las consecuencias que ello podría tener sobre clientes que tienen viajes a futuro.
Finalmente, la jueza resolvió que la mujer siga realizando presentaciones en la Fiscalía interviniente, que el bloqueo y congelamiento de cuentas bancarias, activos digitales, billeteras virtuales, opere hasta el 16 de febrero del año que viene.
En caso de que se verifique algún incumplimiento a las medidas, la Fiscalía podrá solicitar otra audiencia para pedir medidas mas gravosas y garantizar el adecuado avance de los legajos fiscales.
Judiciales
Homicidio de Marisa Coliman: Prisión perpetua para el autor
Nicolás Ezequiel Medina había sido declarado culpable por un jurado popular en septiembre pasado.

El autor del homicidio de Marisa Coliman, ocurrido en Luís Beltran, fue condenado ayer (29/10) a la pena de prisión perpetua. El juez de juicio Alejandro Pellizzon leyó la sentencia, que es derivada del veredicto de culpabilidad que emitió el jurado popular en septiembre pasado.
Nicolás Ezequiel Medina comenzará a cumplir la pena cuando la sentencia quede firme. Mientras tanto permanece en prisión preventiva por el riesgo procesal de fuga.
El hombre fue condenado como autor del delito de homicidio agravado por ensañamiento. Respecto ataque contra el hijo de Marisa también fue condenado por el delito lesiones leves.
En la audiencia de cesura, realizada la semana pasada, tanto la Fiscalía como la parte querellante solicitaron la pena de prisión perpetua. La defensa del imputado aceptó el requerimiento.
El homicidio con ensañamiento ocurrió el 25 de julio de 2023, entre las 2 y las 3 de la madrugada, en el lugar conocido como Conventillo de García, donde vivían la mujer y uno de sus hijos.
El atacante le dio dinero al hijo de la víctima para que fuera a comprar una cerveza. En ese lapso intentó la atacó de manera extrema, aprovechándose de su estado de indefensión. Cuando el hijo regresó, el hombre lo hirió con un arma blanca para intentar matarlo. No logrando su cometido, escapó del lugar.
Durante Juicio por Jurados se presentaron 23 testigos, junto con pruebas documentales, fotografías y cámaras de seguridad. Después de analizar la prueba presentada y deliberar, el jurado alcanzó un veredicto de culpabilidad.





