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Judiciales

Condenaron a 2 años de prisión a una mujer que impidió el contacto del padre con su hijo

Incumplió el proceso de revinculación estipulado por la Justicia.

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En el marco de un juicio abreviado, el fiscal jefe Andrés Nelli y el asistente letrado Gastón Britos Rubiolo, en un acuerdo pleno con la defensa particular, solicitaron condenar a una mujer por el delito de impedimento de contacto a una pena de 2 años de prisión en suspenso. Asimismo fijaron como reglas de conducta que la señora acepte la competencia del Juzgado de Familia N° 16 de Roca y que facilite la revinculación entre el niño y su padre.

El hecho que oportunamente la Fiscalía le imputó a la señora en la audiencia de formulación de cargos fue el «ocurrido en Roca, desde el 11 de enero 2017 hasta la actualidad, en circunstancias en que la imputada impidió el contacto de su hijo de 8 años de edad, contra la voluntad de su progenitor, incumpliendo y frustando de esta forma el proceso de revinculación ordenado en fecha 13 de diciembre de 2016 por la Jueza del Juzgado de Familia N° 16 Andrea Tormena. Dicha conducta se llevo a cabo, luego de que impidiera el normal desarrollo del encuentro del proceso de revinculación entre el niño hacia su padre, llevado a cabo por el equipo interdisciplinario del Juzgado de Familia mencionado el 11 de enero de 2017, no haciéndose presente en las nuevas audiencias fijadas».

Por ello el 12 de abril de 2017, Tormena ordenó mediante sentencia la restitución del niño a su centro de vida en la ciudad de General Roca, no lográndose su cumplimiento atento a no haberse localizado a la señora como tampoco a su hijo, hasta la fecha en que fue notificada de la sustanciación de la presente causa, conforme acta del Juzgado de Paz de Escobar de fecha 6 de marzo de este año.

De esta forma, «la imputada se encuentra incumpliendo con conocimiento del proceso de revinculación ordenado y notificado por el Juzgado de Familia N° 16, llevándose presuntamente a su hijo hacia la ciudad de Escobar, provincia de Buenos Aires, infringiendo de esta forma con la orden judicial», remarcó la Fiscalía.

Además de la pena solicitada, la mujer debe cumplir con ciertas reglas de conducta, entre ella debe concurrir al Juzgado de Familia N° 16 en el término de 5 días para facilitar la revinculación, asimismo debe permitir por medios de comunicación el diálogo con el padre hasta que se instrumente el proceso de revinculacion, y tiene que aceptar la competencia del Juzgado mencionado, ya que la defensa particular planteaba la competencia del de la ciudad de Escobar.

Cabe mencionar que para que se concrete un juicio abreviado, la imputada tuvo que prestar su conformidad con el hecho descripto por la acusación, también reconoció su participación como autora del mismo y aceptó tanto la calificación legal como la pena impuesta. Por su parte, la víctima querellante estuvo de acuerdo con lo celebrado.

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Judiciales

Se realizó el sorteo de jurados populares para los próximos dos años

En las circunscripción con cabecera en General Roca fueron seleccionados 500 mujeres y 500 varones.

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El Poder Judicial de Río Negro llevó a cabo el sorteo de potenciales jurados populares, mediante el cual se seleccionaron 3.600 personas que podrán integrar tribunales populares durante los años 2026 y 2027.

El procedimiento, conforme al Código Procesal Penal, fue supervisado por el Juzgado Electoral Provincial y estuvo a cargo de Lotería de Río Negro. Participaron el vocal del STJ Sergio Ceci, el juez electoral Carlos Da Silva, la secretaria electoral Verónica Belloso, el director de la Oficina Judicial de la Primera Circunscripción Nicolás Farina, Virginia Sastre, del Tribunal de Impugnación y Nicolas Rochas del Ministerio Público. También asistieron la defensora del Pueblo, Adriana Santagati, autoridades de Lotería y representantes del Colegio de la Abogacía de la Primera Circunscripción, en nombre de todos los colegios de la provincia.

Se sortearon 1.800 mujeres y 1.800 varones del padrón electoral provincial. En la Primera Circunscripción, con asiento en Viedma, se seleccionaron 300 mujeres y 300 varones. En las circunscripciones con cabecera en General Roca, Bariloche y Cipolletti se sortearon 500 mujeres y 500 varones en cada una.

Las personas seleccionadas recibirán información a través de las Oficinas Judiciales Penales de cada circunscripción, donde se les indicarán los pasos a seguir y los canales de contacto disponibles.

Cada persona sorteada recibirá una comunicación oficial que incluirá una nota de la Oficina Judicial Penal, un formulario de declaración jurada y un sobre para la respuesta. Esta podrá remitirse gratuitamente por Correo Argentino o completarse en forma digital a través del sitio web: jurados.jusrionegro.gov.ar.

Los datos recabados permitirán realizar una primera verificación para detectar incompatibilidades o impedimentos legales que impidan integrar un tribunal popular. La información será tratada de manera confidencial por las Unidades de Juicios por Jurados de cada circunscripción.

Ningún funcionario o funcionaria judicial solicitará datos bancarios, claves digitales ni información personal sensible.

Desde la implementación del juicio por jurados en Río Negro, las personas seleccionadas por sorteo participan en los procesos penales más graves y públicos. El sistema establece que el jurado popular esté compuesto por doce miembros cuando el fiscal anticipa que solicitará una pena superior a doce años de prisión.

Para integrar un jurado popular en Río Negro es necesario ser argentino o argentina, tener más de 18 años y residir en la zona donde ocurrió el delito. Quedan excluidas las personas con condenas por delitos dolosos, así como quienes ejerzan profesiones jurídicas, funcionarias y funcionarios judiciales, auxiliares de justicia, integrantes activos de las fuerzas de seguridad y referentes religiosos.

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Judiciales

Múltiples estafas por viajes al exterior: La acusada deberá continuar cumpliendo medidas cautelares

Entre ellas se encuentran el bloqueo de cuentas y presentarse en Fiscalía periódicamente.

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En pos de que cese el delito y el posible provecho de la maniobra, el Ministerio Público Fiscal insistió en que Yolanda Livera, la mujer propietaria de la agencia Lola Tour y que está siendo investigada por presunta estafa por venta de viajes al exterior continúe cumpliendo con las medidas cautelares.

Los tres abogados querellantes, representando a cuatro de los denunciantes, adhirieron íntegramente a los términos fiscales.

Por su parte, el defensor penal público solicitó que se deje sin efecto el bloqueo de cuentas, así la mujer «puede seguir cumpliendo con los compromisos asumidos antes de la fecha mencionada por la Fiscalía. De otra manera, podrían aparecer nuevas denuncias porque ella no podrá cumplir con los viajes ya vendidos. Esto es sin inaugurar nuevas ventas».

La parte acusadora se opuso a dicha propuesta y el fiscal explicó que «hemos unificado hasta ahora 21 legajos, con diferentes víctimas y diversas modalidades de estafa, hechos que habrían ocurrido entre el 1 de septiembre de 2024 y el 17 de octubre de este año».

Durante la audiencia, Livera, asistida por su defensor, declaró sobre la medida cautelar de bloqueo y congelamiento de las cuentas y las consecuencias que ello podría tener sobre clientes que tienen viajes a futuro.

Finalmente, la jueza resolvió que la mujer siga realizando presentaciones en la Fiscalía interviniente, que el bloqueo y congelamiento de cuentas bancarias, activos digitales, billeteras virtuales, opere hasta el 16 de febrero del año que viene.

En caso de que se verifique algún incumplimiento a las medidas, la Fiscalía podrá solicitar otra audiencia para pedir medidas mas gravosas y garantizar el adecuado avance de los legajos fiscales.

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Judiciales

Homicidio de Marisa Coliman: Prisión perpetua para el autor

Nicolás Ezequiel Medina había sido declarado culpable por un jurado popular en septiembre pasado.

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El autor del homicidio de Marisa Coliman, ocurrido en Luís Beltran, fue condenado ayer (29/10) a la pena de prisión perpetua. El juez de juicio Alejandro Pellizzon leyó la sentencia, que es derivada del veredicto de culpabilidad que emitió el jurado popular en septiembre pasado.

Nicolás Ezequiel Medina comenzará a cumplir la pena cuando la sentencia quede firme. Mientras tanto permanece en prisión preventiva por el riesgo procesal de fuga.

El hombre fue condenado como autor del delito de homicidio agravado por ensañamiento. Respecto ataque contra el hijo de Marisa también fue condenado por el delito lesiones leves.

En la audiencia de cesura, realizada la semana pasada, tanto la Fiscalía como la parte querellante solicitaron la pena de prisión perpetua. La defensa del imputado aceptó el requerimiento.

El homicidio con ensañamiento ocurrió el 25 de julio de 2023, entre las 2 y las 3 de la madrugada, en el lugar conocido como Conventillo de García, donde vivían la mujer y uno de sus hijos.

El atacante le dio dinero al hijo de la víctima para que fuera a comprar una cerveza. En ese lapso intentó la atacó de manera extrema, aprovechándose de su estado de indefensión. Cuando el hijo regresó, el hombre lo hirió con un arma blanca para intentar matarlo. No logrando su cometido, escapó del lugar.

Durante Juicio por Jurados se presentaron 23 testigos, junto con pruebas documentales, fotografías y cámaras de seguridad. Después de analizar la prueba presentada y deliberar, el jurado alcanzó un veredicto de culpabilidad.

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