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Roca

Agosto, el mes de subasta de terrenos municipales

Son 77 lotes. Los valores base van desde los 14 a los 50 millones de pesos.

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El Municipio de Roca realizará una subasta de terrenos que se desarrollará a lo largo de cuatro fechas durante el mes de agosto.

Un total de 77 lotes serán subastados en el marco de la Ordenanza N° 5035/24. Todos los terrenos son propiedad del Municipio en virtud de las cesiones realizadas en los loteos establecidas por el Plan Director de Roca (PDR). Se ubican en zonas residenciales, tanto en barrios privados como abiertos, y por su alto valor de mercado no resultan aplicables a loteos sociales u otros planes habitacionales.

De esta forma, los días miércoles 7, 14, 21 y 28 de agosto, a las 8.30 horas en el Salón de Sesiones del Concejo Deliberante se llevará a cabo la subasta pública, con participación del Colegio de Martilleros II Circunscripción Judicial de la Provincia de Río Negro.

Ingresando al sitio web https://www.generalroca.gob.ar/subasta2024/ se puede acceder al listado completo de lotes a subastar, que detalla el monto base establecido por tasación del Colegio de Martilleros, nomenclatura, ubicación, barrio, superficie y plano de cada terreno. También, en los días previos a cada fecha de subasta, se publicará allí la nómina de lotes incluidos.

La subasta de este tipo de lotes posibilita, por un lado generar ingresos para invertir en la realización de obras de infraestructura y servicios; y por otro lado, permite un importante ahorro para el Municipio en costos fijos de mantenimiento.

Respecto de las condiciones de compra que los potenciales compradores deben tener en cuenta, se destacan los siguientes aspectos:

  • Los adquirentes deberán abonar, dentro de las 48 hs. del acto de subasta, el 30% del valor total del lote en concepto de seña. El saldo del 70% restante se abonará como máximo a los 30 días desde la fecha de realizada la subasta o se podrá optar por un plan de pago cuyas condiciones serán establecidas por el Poder Ejecutivo Municipal, el cual no superará el plazo de tres cuotas mensuales y consecutivas. Tanto la seña (30%) como el saldo restante (70%), se podrán abonar mediante cheque certificado, transferencia bancaria o depósito bancario.
  • El no pago en término de algunas de las cuotas, lo hará pasible de sanciones, dar por perdida la seña o cuotas abonadas, más daños y perjuicios que ocasione por postor remiso, sin necesidad de interpelación judicial ni extrajudicial, perdiendo el postor remiso todo derecho sobre el inmueble.
  • La comisión del martillero, que será del 3%, deberá abonarse en el acto de subasta, en efectivo o por transferencia bancaria.
  • La escritura traslativa de dominio se iniciará dentro de los 60 días de cancelada la totalidad del precio y ante el notario que designe el comprador. Todos los gastos de escrituración estarán a cargo del comprador.

Toda la información se encuentra disponible en el sitio web municipal www.generalroca.gob.ar. Para realizar otras consultas sobre el tema, las personas interesadas también pueden dirigirse a la Dirección de Agrimensura de la Municipalidad de General Roca, calle Mitre 710, de lunes a viernes de 9 a 12 horas; al teléfono 0298-4431400 interno 2312; o por mail a [email protected] y/o [email protected].

Judiciales

La acusaron frente a sus compañeros, la echaron por pérdida de confianza y el negocio fue condenado y deberá indemnizarla

Se trata de un histórico comercio roquense que cerró sus puertas abiertas.

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Una mujer trabajó durante más de 21 años como vendedora en un comercio de Roca. A fines de 2024, la empresa anunció públicamente que cerraría sus puertas y comenzó la liquidación de su mercadería.

En esos días, al finalizar una jornada laboral, la encargada del local le pidió a la mujer que abriera su riñonera delante de sus compañeros. Allí apareció ropa interior, situación que derivó en una fuerte discusión y en acusaciones de robo dirigidas a la trabajadora.

La mujer afirmó desconocer cómo esa prenda había llegado a sus pertenencias. Sostuvo que fue humillada públicamente, tratada de ladrona frente a sus compañeros y apartada de su puesto. Esa misma tarde, cuando intentó regresar a trabajar, se le impidió el ingreso y se le notificó su despido con causa, fundado en una supuesta pérdida de confianza por haber intentado apropiarse de una prenda del comercio.

La mujer inició una demanda laboral en reclamo de indemnizaciones por despido injustificado, daño moral y la entrega de certificados laborales.

La Cámara Segunda del Trabajo de Roca hizo lugar, en gran medida, a la demanda presentada contra El Coloso S.A. y concluyó que el despido dispuesto por la empresa fue injustificado. En consecuencia, condenó a la firma a abonarle una indemnización, la actualización de créditos laborales, daño moral e intereses, además de entregarle la documentación laboral correspondiente.

La empresa, por su parte, afirmó que la encargada observó a la mujer guardar una prenda en su riñonera durante la jornada laboral y que, al revisar el bolso al finalizar el turno, encontró un corpiño al que le habían retirado el sistema de alarma.

Argumentó que la situación quedó registrada por cámaras de seguridad y que ese hecho justificó la ruptura del vínculo laboral por violación del deber de buena fe y pérdida de confianza.

Durante el proceso judicial quedó acreditada la existencia de la relación laboral, la antigüedad de la trabajadora y el intercambio de comunicaciones mediante el cual la empresa formalizó el despido y la empleada lo rechazó.

También se comprobó que El Coloso había anunciado el cierre del comercio para febrero de 2025 y que la empleada realizó una exposición policial pocos días después de los hechos, en la que denunció la situación vivida.

La sentencia destacó que la empresa tenía la carga de probar las conductas atribuidas a la trabajadora. Sin embargo, señaló que no existió denuncia penal ni proceso judicial alguno en su contra.

Además, la firma no se presentó a la audiencia ni produjo prueba testimonial. Respecto de los videos que decía poseer, el tribunal indicó que no pudieron reproducirse válidamente ni cumplían con los requisitos exigidos para este tipo de evidencia.

Ante la ausencia de pruebas que acreditaran el supuesto intento de robo, el tribunal concluyó que la causal invocada por la empresa no quedó demostrada. Por ello, consideró que el despido fue arbitrario y que la trabajadora tenía derecho a percibir las indemnizaciones previstas por la legislación laboral.

Los jueces también analizaron el reclamo por daño moral. Valoraron especialmente que la mujer fue acusada delante de sus compañeros de trabajo de haber cometido un delito que nunca pudo probarse.

Asimismo, tuvieron en cuenta un informe psicológico que describió un cuadro de angustia, temor, alteraciones del sueño y afectación emocional relacionado con la forma en que se produjo el despido. Con base en esos elementos, reconocieron una indemnización por daño moral.

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Policiales

Circulaba sin patente y descubrieron que tenía pedido de secuestro por robo

La consulta de los números de motor y cuadro confirmó que el vehículo era buscado por una causa de robo.

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Personal del Cuerpo de Seguridad Vial de General Roca recuperó una motocicleta que registraba un pedido de secuestro vigente por una causa de robo, durante un operativo preventivo realizado sobre la Ruta Nacional N° 22.

El procedimiento se llevó a cabo mientras los efectivos realizaban recorridas de prevención y observaron una motocicleta de color blanco y negro que circulaba sin chapa patente colocada. Ante la irregularidad, procedieron a interceptar el rodado e identificar a su conductor.

Durante el control, el hombre manifestó no contar con la documentación correspondiente y aseguró que no era el titular de la motocicleta. Frente a esta situación, el personal policial realizó las verificaciones de rutina sobre los números identificatorios del motor y del cuadro.

Como resultado de la consulta en los sistemas oficiales, se constató que se trataba de una motocicleta Gilera Smash que tenía un pedido de secuestro activo desde abril de 2024, requerido por la Fiscalía N° 7 de General Roca en el marco de una investigación por robo.

Tras informar la situación a la Fiscalía de turno, se dispuso el secuestro del rodado y la imputación del conductor por el delito de encubrimiento. Las actuaciones judiciales continúan para determinar las circunstancias del hecho.

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Policiales

Incumplió una orden judicial y quedó detenido por disposición de la Fiscalía

El hombre de 43 años portaba un dispositivo de monitoreo electrónico y fue detectado dentro de una zona de exclusión.

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Un hombre de 43 años fue detenido por personal de la Comisaría 31° de General Roca luego de ser sorprendido incumpliendo una medida cautelar de prohibición de acercamiento que se encontraba vigente y bajo monitoreo electrónico.

La intervención policial se originó tras un alerta que indicaba una posible salida del rango permitido por parte de una persona que portaba un dispositivo de control electrónico. Al realizar recorridas preventivas por la zona, los efectivos observaron a un hombre que intentó retirarse al advertir la presencia policial.

Tras ser interceptado e identificado, se constató que se trataba de la persona monitoreada y que el dispositivo electrónico emitía una advertencia por el ingreso a una zona de exclusión determinada por orden judicial.

Asimismo, los uniformados verificaron que el sujeto se encontraba a escasa distancia del domicilio de la persona protegida por la medida cautelar, incumpliendo de esta manera la restricción impuesta por la Justicia de Familia.

Ante la situación, la Fiscalía de turno dispuso su detención, el inicio de actuaciones por el delito de desobediencia judicial y que permanezca a disposición de la Justicia mientras avanzan las diligencias correspondientes.

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