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Juicio por jurados: Las partes realizaron sus alegatos finales en el caso Marisa Galdame

La Fiscalía pidió que el acusado sea declarado culpable de homicidio doblemente agravado por el vínculo de pareja y por ser cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género.

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La Fiscalía le solicitó al jurado popular que el hombre imputado como presunto autor de homicidio doblemente agravado por el vínculo de pareja y por ser cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, sea declarado culpable. La querella realizó el mismo pedido mientras que la defensa particular les pidió que lo hicieran por homicidio en estado de emoción violenta.

En su alegato, la Fiscalía enfatizó en lo que había propuesto al inicio del debate, repasó que existían cuestiones que no iban a estar discutidas, como la autoría de la muerte, la causa, la relación que había entre el imputado y Marisa Galdame, y que tenían dos hijos en común. Además de la Ley N° 3040 del mes de octubre de 2022, que dictó una exclusión del hogar y una prohibición de acercamiento del imputado hacia Marisa.

«Sí tenemos que probar de qué modo ocurrió este hecho. Por ello tenemos la Cámara Gesell de los dos hijos de la pareja, que hablaron de un arma de fuego con la que el papá le pegó en la cabeza, también de un cuchillo», comenzó la Fiscalía.

«Esto además se acreditó con la pericia del médico forense del Poder Judicial, que indicó la lesión en la cabeza, que esto se corresponde con lo declarado por los niños. Y completamos que en el domicilio el Gabinete de Criminalística encontró un arma, que fue mostrada aquí en esta sala junto a testigos de actuación», explicó la representante fiscal.

«Los niños hablaron de ese cuchillo, que fue secuestrado con cadena de custodia y el Cuerpo de Investigación Forense a través de su estudio, explicó que las lesiones y donde estaban ubicadas en el cuerpo de Marisa eran compatibles con ese elemento, que efectivamente se hicieron con ese cuchillo», dijo el Ministerio Público.

«Se suma el video que ustedes pudieron ver que fue grabado por los primeros policías que llegaron al lugar», agregó.

En relación al contexto de violencia de género, la fiscal jefe mencionó que «estamos convencidos que existía, y para ello hay que tener en cuenta estos datos: la Ley 3040, entre la documentación que se encontró en la casa, la víctima ya estaba hablando en octubre de 2022 de situaciones de violencia. Otra anterior, ya que uno de los hermanos de ella declaró aquí que cuando vivían en El Arroyón Marisa había pedido que la vayan a buscar porque hubo una situación de violencia».

La fiscalía rescató «la declaración de la hija de 5 años, con 5 añitos refirió que su papá hacía sufrir a su mamá, ella se dio cuenta de las situaciones que se vivían en la casa familiar. La niña sabía y conocía cómo eran las relaciones en su casa».

Luego, la fiscal jefe hizo referencia a un episodio que ocurrió en la iglesia que «también demuestra el poder, la asimetría sobre la mujer, que el imputado entró enojado, había golpeado, que se la había llevado. En un lugar público, delante de otras personas».

«Otra hermana declaró que les había dicho que si a ella le pasaba algo, que por favor se hicieran cargo de sus hijos. ¿Algo como qué?», le preguntó la fiscal al jurado.

Finalmente, «el psicólogo del Poder Judicial declaró que el imputado actuó conociendo sus acciones y que no lo hizo bajo el estado de emoción violenta. No vamos a hacer como la defensa que intenta echarle la culpa a Marisa de todo. Es a ella a quien hoy aquí no tenemos», subrayó la Fiscalía.

«El imputado fue hasta el auto, tomó su cuchillo, dejó tirada la funda del lado del conductor, salió de la casa a buscar el cuchillo -de su propiedad-, y volvió para provocar las lesiones que estuvieron dirigidas a partes vitales del cuerpo», detalló el Ministerio Público.

«Les pedimos que recuerden lo que dijeron los niños, que la mamá le pidió ayuda al hijo, y que ellos le tiraran de la remera al padre para que no siguiera. Este hombre pudo dirigir sus acciones, porque no estaba en estado de emoción violenta», concluyó la fiscal.

«Por favor, tomen una decisión teniendo en cuenta todas estas pruebas, armen el rompecabezas. Nosotros tenemos la plena convicción que cada parte, cada evidencia expuesta aquí, les va a permitir determinar que la muerte de Marisa la provocó el imputado», cerró la fiscal jefa.

La querella en su alegato enfatizó y acompañó lo solicitado por el Ministerio Público Fiscal.

Mientras el defensor particular sostuvo que ambos, su asistido y la víctima, venían de ambientes de violencia y existían celos de ambos lados. «Mi asistido cometió el error de quedarse en un lugar, él no estaba con sus capacidades psíquicas para llevar a cabo este hecho. Por ello les voy a solicitar que lo declaren culpable de homicidio en estado de emoción violenta», concluyó el abogado particular.

Al inicio de la jornada, la jueza interviniente consultó a los defensores si su asistido deseaba declarar, y respondieron que no. Y al final, la jueza le preguntó nuevamente, y el hombre decidió no hacerlo.

De esta manera, y tras la exposición de los alegatos, las partes avanzan en una audiencia en la que terminarán de delinear las instrucciones particulares del caso. Finalizado esto, se dictarán las mismas al jurado y los doce ciudadanos y ciudadanas titulares que lo integran pasarán a deliberar hasta alcanzar un veredicto.

Cabe recordar que las áreas de Comunicación del Superior Tribunal de Justicia y de la Procuración General transmitirán el veredicto del jurado popular, por el canal institucional de YouTube.

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Crimen de Julián Dobra: Hay cuatro sospechosos detenidos

Se realizaron 20 allanamientos en simultáneo en diferentes puntos de Roca. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.

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El Ministerio Público Fiscal encabezó en la mañana de hoy (08/05) 20 allanamientos simultáneos que la Policía de Río Negro realizó en diversos domicilios de la ciudad de General Roca. Hay cuatro personas detenidas, por su presunta implicancia en la desaparición y posterior homicidio de Julián Dobra de la Canal.

Durante las próximas horas el equipo de la Fiscalía analizara evidencia para precisar el contenido de futuras instancias procesales. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.

En la solicitud de allanamientos que el Juez en turno autorizó el martes, también habilitó que sean requisadas de aquellas personas mayores de edad que se encontraban en los domicilios y los vehículos. Los operativos se desarrollaron en los barrios 36 viviendas, Fiske Menuco, barrio Nuevo, Quinta 25, Malvinas, el radio céntrico y diversas tomas de la ciudad.

El pedido realizado en el marco de la investigación preliminar iniciada con la Brigada de Investigaciones al momento de denunciarse la desaparición del hombre, tuvo como objetivo el secuestro de teléfonos celulares y dispositivos de almacenamiento electrónico, calzados y cualquier tipo de elemento que hubieran podido pertenecer a la víctima o a su vehículo. La medida fue solicitada por la Fiscalía y su gestión se realizó en absoluta reserva para evitar cualquier entorpecimiento.

Como resultante a las personas que fueron demoradas, previa autorización jurisdiccional, se le realizó la extracción de muestras de ADN mediante hisopado, muestra odoríferas y se secuestraron sus prendas de vestir. Todos esos elementos, así como los celulares, serán peritados y cotejados con aquellos rastros obtenidos en el marco de la investigación en curso buscando evidencia que permita su vinculación al homicidio.

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Formularon cargos contra la mujer que arrojó a su beba a la ruta: La niña quedó a resguardo de la SENAF

La joven de 19 años permanecerá en prisión preventiva.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra una joven de 19 años acusada de haber agredido a su propia hija de 2 años, dejándola sola y empujándola hacia la Ruta Provincial N° 6 cuando ambas transitaban por la banquina. La mujer permanecerá en prisión preventiva y la niña quedó a resguardo de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, que avanza en la búsqueda de una familia solidaria.

En el inicio de la audiencia, ante los medios de comunicación presentes, la defensora de Menores requirió el resguardo de todos los datos de la víctima, mencionando lo normado por la Convención de los Derechos del Niño/a y las diversas leyes de protección integral a la niñez. Luego de ello, el juez determinó que la instancia procesal sea reservada e informada por las áreas oficiales de comunicación.

Seguidamente, la fiscal relató los hechos endilgados y expresó que «el 5 de mayo pasado a las 16 horas, en inmediaciones de la estancia avícola ubicada en la Ruta Provincial N° 6, camino a Paso Córdoba, la mujer transitaba por una de las banquinas junto a su hija de 2 años». En esas circunstancias, «la golpeó con una mochila y empujó a la menor a la cinta asfáltica». Luego cruzó la ruta y dejó a su hija sola en el medio de los vehículos que transitaban por el lugar. A causa del hecho, la niña sufrió un hematoma, pero presentaba además signos de agresión de larga data. Por ello, se le formularon cargos por los delitos de abandono de persona y lesiones leves, ambos agravados por el vínculo.

Seguidamente, la fiscal relató la evidencia, mencionando en primer término el acta de procedimiento suscripta por la Comisaría N° 48 de General Mosconi, donde se relata el hecho. Suman como sustento probatorio las historias clínicas previas que constan en el hospital local, el acta de entrega e intervención de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y el certificado médico en el que se constatan las heridas que le produjo a la niña la agresión, que implican un tiempo de curación menor a los 14 días. Agregan además informes del área de trabajo social del hospital y el informe de la Oficina de Atención a la Víctima, que trabajó desde el momento del hecho con los organismos estatales de protección.

La Fiscalía pidió además la prisión preventiva de la mujer por el mismo tiempo en que transcurra la investigación, argumentando riesgos tanto de entorpecimiento de la misma como de fuga. A ello adhirió la defensora de Menores. En tanto, el defensor oficial no manifestó objeciones a la formulación de cargos ni a la medida cautelar, pero sí pidió reducir el tiempo de la misma.

El juez de Garantías interviniente, finalmente, hizo lugar a todo lo requerido por la acusación, disponiendo la apertura de la investigación penal preparatoria y la prisión preventiva, ambas por los próximos cuatro meses.

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Rechazaron el pedido de información sobre la contratación de una empresa privada encargada de supervisar licencias médicas del personal estatal

Había sido solicitado por el legislador peronista José Luis Berros.

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El Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió rechazar un mandamiento de ejecución interpuesto por el legislador provincial José Luis Berros (Vamos con Todos). El planteo buscó obtener acceso al contrato celebrado entre el Poder Ejecutivo y una empresa privada encargada de supervisar licencias médicas del personal estatal. La presentación se basó «en los principios constitucionales de publicidad y transparencia administrativa».

La solicitud apuntó a que distintas áreas del Poder Ejecutivo -entre ellas, el Ministerio de Hacienda, la Secretaría de la Función Pública, el Ministerio de Educación y la aseguradora Horizonte Seguros S.A.- entregaran copia del contrato suscripto con la firma Dienst Consulting S.A. La acción invocó el artículo 44 de la Constitución provincial y el Código Procesal Constitucional, con el argumento de que la ciudadanía debe tener acceso a los actos administrativos.

El dictamen de la Procuración General, firmado por Jorge Crespo, al que el STJ remitió por compartir sus fundamentos, examinó la naturaleza jurídica de la presentación y la encuadró como un mandamiento de ejecución, previsto en el artículo 59 del Código Procesal Constitucional. Reconoció que el legislador se encontraba legitimado para iniciar la acción, pero concluyó que no se reunieron los requisitos que exige la normativa vigente para su procedencia formal.

El dictamen sostuvo que no se acreditaron los elementos esenciales para habilitar esta vía excepcional. En particular, indicó que el escrito inicial no demostró la urgencia extrema, la existencia de un daño irreparable ni la ilegalidad manifiesta en la negativa, condiciones requeridas por la ley para admitir este tipo de acción. Además, subrayó que el legislador Berros no aportó fundamentos suficientes para considerar que existió un «rehusamiento expreso» por parte de los organismos interpelados, uno de los presupuestos centrales que exige la figura.

Crespo también señaló que parte de la información solicitada había sido respondida por el Ministerio de Hacienda y por Horizonte Seguros S.A., mediante informes cursados ante la Legislatura. Esos documentos detallaron aspectos del contrato, describieron el servicio contratado y ofrecieron reportes de auditoría junto con antecedentes de la empresa prestadora. En función de esas respuestas, el dictamen concluyó que no se configuró una negativa rotunda que habilitara el uso de esta herramienta constitucional.

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