La joven, quien se autopercibe no binaria, había manifestado reiteradamente su necesidad de ser llamada únicamente por su nombre elegido y por el apellido materno.
El hecho ocurrió a principios de marzo, durante la madrugada. La víctima resultó con heridas.
El sujeto inició una demanda pero la Justicia le dio la razón al IPPV.
La concesionaria deberá repararle el vehículo y abonarle más de 11 millones de pesos.
La resolución judicial consideró que no existió arbitrariedad o ilegalidad en la designación del colegio asignado.
El hombre explicó que conoció a la madre del chico en 2016, cuando tenía 3 años, y que desde entonces han construido un vínculo estrecho.
Una fábrica y la concesionaria deberán indemnizar a la víctima.
La denunciante aseguró que alcanzó un acuerdo privado con el magistrado, por lo que decidió no seguir con el proceso judicial.
La madre de la víctima, por su parte, fue imputada como coautora. En breve se conocerá la pena, cuando se desarrolle el juicio de cesura.
Fue condenado a 2 años de prisión en suspenso y la magistrada le explicó con claridad las consecuencias legales de reincidir y lo instó a reflexionar sobre su futuro.