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Condenan a 12 años de prisión a tres agentes del Servicio Penitenciario

Están acusados de abusar sexualmente de una joven en la Colonia Penal de Roca en el 2008.

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La Cámara Criminal Tercera de Roca condenó a 12 años de prisión a tres oficiales del Servicio Penitenciario Federal que llegaron a juicio acusados como presuntos autores del delito de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de una mujer. El hecho investigado ocurrió la madrugada del 27 de septiembre de 2008 en el interior del Casino de Oficiales de la Colonia Penal U.5 de General Roca. El fallo aún no está firme, ya que resta a la defensa la posibilidad de la instancia de Casación.

De acuerdo con la acusación que sostuvo la Fiscalía en el juicio, la situación comenzó alrededor de las 6 de la mañana, cuando la víctima, de 23 años, y uno de los imputados se retiraron de un local bailable de la ciudad y se dirigieron en taxi a la unidad penitenciaria. Una vez en la habitación, tras haber mantenido la mujer relaciones consentidas con uno de los hombres, éste facilitó el ingreso a los otros dos, quienes la sometieron sexualmente mediante la utilización de violencia física.

La jueza Verónica Rodríguez, presidenta del Tribunal, fue la autora del voto rector y concluyó que ante el “contundente cuadro probatorio independiente, entiendo que el testimonio de la víctima se robustece y adquiere la credibilidad plena que requiere un pronunciamiento condenatorio, y de manera alguna la víctima ‘ha venido a contarnos un cuento que no fue’, como sostuvo la defensa en su alegato”.

Luego dedicó un fragmento a analizar algunos testimonios aportados por la defensa, a los que calificó como de contenido “machista y sexista”, afirmando que esa apreciación de los testigos sobre la vida personal de la víctima “de manera alguna justificaría más allá de su negativa el accionar” de los imputados.

La Cámara tuvo por acreditado que la víctima llegó a la Colonia Penal con el imputado J.M.A., con quien mantuvo relaciones de manera consentida en el Casino de Oficiales. Posteriormente ese oficial “hace ingresar a la habitación (…) a M.J.G. y a D.H.A.”, quienes sometieron sexualmente a la mujer. “Ante su resistencia, ambos imputados golpearon la cabeza de la víctima contra el espaldar de la cama, utilizando así la fuerza para someterla, todo ello con la participación necesaria de J.M.A., quien no sólo puso a la víctima a disposición de los imputados (…) sino que permaneció en otra de las camas de la habitación, observando…”.

El fallo, dictado este mediodía, declaró a los imputados M.J.G. y a D.H.A. autores del delito de “abuso sexual con acceso carnal calificado por haber sido cometido por dos o más personas” y condenó a J.M.A. como partícipe necesario de ambos hechos, concluyendo que su aporte fue voluntario e “indispensable” para la comisión de los delitos.

Para graduar la pena, el Tribunal valoró como atenuante respecto de los tres imputados “sus informes de abono, la situación personal de cada uno de ellos al día de la fecha y la falta de antecedentes penales computables”. En cambio como agravantes enumeró: “la mala impresión que me causaron en el juicio, la actitud de desprecio hacia la víctima (…), más allá de la edad que tenían al momento del hecho; el sufrimiento físico y psicológico causado a la víctima, lo que demuestra el aprovechamiento por parte de los imputados del notable desequilibrio de poder existente entre los protagonistas; (…) el sometimiento de una mujer joven por tres funcionarios Penitenciarios, en las propias instalaciones del Casino de Oficiales (…) aspectos éstos que acrecientan la vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima frente a sus agresores”. Cabe señalar que los imputados tienen todos actualmente 34 años de edad y viven fuera de la provincia de Río Negro.

El testimonio central

A su turno el juez Fernando Sánchez Freytes votó en total adhesión a los fundamentos de la jueza Rodríguez y destacó que las “variaciones” que tuvo el relato de la víctima en las numerosas oportunidades en que declaró “no son sustanciales”, como alegó la defensa, sino que por el contrario la mujer “mantuvo firme la imputación hacia los tres procesados”.

Destacó que es “lógico” advertir “algunas diferencias” a lo largo de los ocho años que duró el proceso, recalcando que en la audiencia final no le fue “nada fácil” relatar lo vivido delante de numerosos hombres y remarcó los resultados de los informes psicológicos que dan cuenta de sus sentimientos de “miedo, vergüenza y asco” por lo sufrido. También valoró las intimidaciones posteriores que describió la víctima, todas “tendientes a que desvinculara a los imputados”.

Y en contrapartida, enumeró las consideraciones negativas aportadas por la perito psicóloga al realizar idénticos exámenes a dos de los imputados. También destacó el “lamentable” comportamiento en el juicio del entonces subdirector del Penal, quien fue citado como testigo y que actuó en su momento como instructor sumariante en las actuaciones internas del Servicio Penitenciario Federal. En ese punto, la jueza Rodríguez sostuvo también que el sumariante ha “minimizando la situación, encubriendo de esta manera el hecho que se imputaba a sus subordinados”.

Restricciones

El Tribunal no se pronunció sobre la prisión preventiva porque tal medida no fue solicitada por la Fiscalía de Cámara. Sin embargo, tras la deliberación, los jueces coincidieron en aplicar medidas restrictivas a los tres imputados. Así, mientras el fallo no esté firme, deberán “presentarse en forma cuatrimestral ante el Tribunal, a fin de dar cuenta de sus condiciones de vida y domicilios”. También les impusieron la prohibición de salir del país, por lo cual se libraron con carácter de urgente los correspondientes oficios a la Dirección Nacional de Migraciones y a la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal “para que en caso de que alguno de ellos injustificadamente no se presente a trabajar en las Unidades Penitenciarias en las que prestan servicio, se deberá informar de modo inmediato a este Tribunal”. El fallo previó finalmente que ante cualquier incumplimiento injustificado de las pautas impuestas se decretará la prisión preventiva.

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Judiciales

Imputaron a 7 personas por el violento ataque armado y enfrentamiento con la Policía en Paso Córdoba

El hecho incluyó un disparo a una de las víctimas, resistencia frente a una intervención policial y la rotura de un móvil.

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Este mediodía (02/01), el Ministerio Público Fiscal imputó a 7 personas por un hecho ocurrido ayer luego de las 20.00 en la vía pública en la zona de Paso Córdoba, en General Roca.

Según la acusación fiscal, 3 de ellos habrían interrumpido con fines de robo la marcha de las dos víctimas que se movilizaban en una moto.

«Cuando derribaron a una de ellas, le habría efectuado un disparo mientras estaba en el piso, sin lesionarlo y se apoderaron del vehículo descripto», explicó el fiscal de turno.

«El otro hecho fue una hora después cuando las 7 personas se habrían resistido al accionar del personal policial que se presentó en la vivienda donde todos se encontraban. Las personas además profirieron insultos y arrojaban elementos contundentes, entre ellos piedras, contra los funcionarios», describió el Ministerio Público Fiscal.

Más adelante en la secuencia de hechos, «uno de ellos con la intención de causar daño arrojó una piedra que impactó en el móvil policial interno 2773, causando la rotura de uno de los cristales».

«Además uno de ellos tenía un arma de fuego tipo pistola sin contar con la debida autorización legal para ello, elemento que fue encontrado cuando la policía realizaba el procedimiento investigando el robo de moto mencionado», dijo la Fiscalía.

Entre el sustento probatorio mencionado para esta instancia, y a menos de 24 horas de transcurridos los hechos, el representante fiscal mencionó las actas múltiples de la intervención de la Unidades 48°, 177° y 69° de la Policía, la denuncia penal de una de las víctimas, las testimoniales recolectadas hasta el momento, el informe preliminar del Gabinete de Criminalística, el acta de inspección ocular y fotografías, el acta de toma de muestras de disparo, entre otra pruebas.

Las defensas tanto penal pública como particular se opusieron a la formulación de cargos fiscal.

Por su parte, la jueza de Garantías interviniente imputó los delitos de tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil, resistencia a la autoridad, resistencia a la autoridad en concurso real con daño calificado.

Como medida cautelar y en pos de resguardar a las víctimas mientras avanza la etapa penal preparatoria de cuatro meses se le colocará a 3 de estas personas dispositivo electrónico y se resolvió prohibición de acercamiento a las víctimas.

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Violencia de género: Un hombre fue imputado por agredir a su ex pareja y romperle el celular

El hecho ocurrió en el domicilio de la víctima y le dejó lesiones de carácter grave.

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Ayer (29/12) al mediodía, el equipo del Ministerio Público Fiscal de turno formuló cargos a un hombre por hechos cometidos contra su ex pareja, madre de dos hijos en común, en el marco de una causa por violencia de género. El imputado no podrá acercarse a la víctima ni a su vivienda en un radio de 200 metros, y deberá utilizar un dispositivo electrónico de control.

De acuerdo a la acusación fiscal, el hecho ocurrió el sábado 21 de diciembre alrededor de las 20.00, en el patio de la vivienda que compartía la pareja. Según se expuso en audiencia, el hombre habría comenzado a insultar a la mujer y, sin motivo alguno, la agredió físicamente.

«El imputado le pegó en la cabeza, impactando uno de los golpes en el oído izquierdo y otro en la mano, donde la víctima sostenía su teléfono celular», explicó la Fiscalía. Posteriormente, el hombre le habría arrebatado el dispositivo y lo arrojó al suelo, provocando la rotura de la pantalla.

Como consecuencia de la agresión, la mujer sufrió lesiones de carácter grave, situación que fue acreditada mediante la historia clínica del Hospital donde fue atendida y el informe del médico del Cuerpo de Investigación Forense del Poder Judicial.

La calificación legal por la cual quedó imputado es la de lesiones graves agravadas por el vínculo, por ser un hecho cometido por un hombre contra una mujer mediando violencia de género, y daño simple, todo en concurso real, conforme a los artículos 45, 90 en función del 92, 80 incisos 1° y 11, y 183 del Código Penal.

El defensor penal público señaló que se trataría del primer conflicto de este tipo entre la pareja y que no existirían antecedentes previos ni denuncias en el marco de la Ley N° 3040, por lo que solicitó como medida cautelar la colocación de una tobillera electrónica y la prohibición de acercamiento.

Finalmente, el juez de Garantías resolvió tener por formulados los cargos en los términos planteados por la fiscalía y dispuso que el imputado cumpla con las medidas cautelares propuestas, mientras continúa el proceso judicial.

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Judiciales

Disparó contra la actual pareja de su ex y quedó imputado por tentativa de homicidio

El hecho ocurrió en octubre y la víctima resultó herida en un brazo tras recibir un disparo a corta distancia.

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre que ya se encontraba cumpliendo prisión preventiva en el marco de otros dos legajos judiciales, tras haber sido detenido luego de que la Fiscalía solicitara su orden de captura.

Según la acusación, el hecho ocurrió en octubre pasado, cuando la mujer -ex pareja del imputado- y su actual compañero salían de un domicilio a bordo de una motocicleta. En ese momento, fueron sorprendidos por el acusado, quien atacó al hombre y efectuó un disparo con un arma de fuego a la altura de la cabeza, con claras intenciones de matarlo.

Desde la Fiscalía indicaron que el imputado insistió en su accionar, aunque no logró consumar el homicidio. No obstante, la víctima resultó herida por un disparo en el antebrazo derecho.

Además, se señaló que el acusado incumplió una medida cautelar de prohibición de acercamiento hacia su ex pareja, dispuesta oportunamente por el fuero de Familia.

La calificación legal por la que quedó imputado es la de tentativa de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, en concurso real con portación de arma de fuego y desobediencia, conforme a los artículos 42, 45, 79, 41 bis, 55, 189 bis y 239 del Código Penal.

Como sustento probatorio, la Fiscalía presentó el informe del Gabinete de Criminalística, que incluyó el secuestro de un proyectil en el lugar del hecho, un croquis ilustrativo, la denuncia penal realizada por la víctima, el certificado médico de las lesiones y el expediente iniciado en el marco de la Ley 3040.

Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal solicitó la prisión preventiva al considerar existente el peligro de fuga, remarcando que fue necesario pedir su detención y que el imputado es reiterante, con otra causa avanzada hacia juicio.

Por su parte, el defensor penal público se opuso al pedido, argumentando que no estaban acreditados los riesgos procesales y propuso medidas alternativas como presentaciones diarias y una nueva prohibición de acercamiento.

Finalmente, el juez de Garantías dio por formulados los cargos en los términos planteados por la fiscalía y resolvió que el acusado continúe cumpliendo prisión preventiva en este legajo por el plazo de 4 meses.

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