Roca
Suspendieron una panadería porque tenían pan en el baño
El Municipió procedió a la clausura preventiva y secuestro de mercadería. Había también presencia de insectos en el local.

Continuando con las inspecciones a los locales gastronómicos de la ciudad, el viernes, personal del Departamento de Seguridad Alimentaria del Municipio realizó una suspensión de actividades en una panadería ubicada en calle Evita 1598. El motivo de tal medida fue la constatación de falta de higiene generalizada en la cuadra de elaboración, presencia de insectos y asimismo, porque había pan y bandejas en el sanitario.
Por ello, personal municipal procedió a indicar el inmediato cese de actividades de venta y elaboración para que se pudieran realizar tareas de limpieza y desinfección de todo el local, secuestrándose el pan elaborado por no poderse garantizar la salubridad del mismo.
Las actuaciones fueron derivadas al Juzgado de Faltas para que se tomen las medidas correspondientes y se decida el destino final de la mercadería secuestrada.
Desde la Municipalidad recordaron que ante cualquier duda, consulta o denuncia relacionada a la seguridad alimentaria, los interesados deben comunicar al 4422776 o acercarse a la oficina de Bromatología en Bolivia 1225 de 6.30 a 12.30 horas.
Policiales
Detuvieron a un hombre que salía de una chacra con frutas robadas
El hecho ocurrió sobre calle Los Tilos al 2000 y se dio intervención a la Justicia.

En el marco de tareas preventivas desarrolladas en la zona rural, personal de la Comisaría 67° de Stefenelli llevó adelante un procedimiento policial en una chacra ubicada sobre calle Los Tilos al 2000, donde un sujeto fue robado, acusado de robar frutas.
Durante el operativo, los efectivos interceptaron a un joven de 23 años que salía del predio transportando una bolsa con frutas. Al verificar la situación, se constató que los elementos habían sido sustraídos del interior de la chacra.
De manera inmediata, el personal policial se dirigió al lugar del hecho, donde comprobó daños en las plantas y el faltante de frutas, confirmando la maniobra delictiva. Ante esta situación, se dio aviso a la autoridad judicial correspondiente.
La Fiscalía dispuso la instrucción de actuaciones por el delito de hurto, la intervención del Gabinete de Criminalística para realizar las diligencias de rigor y la restitución de los elementos sustraídos al propietario del predio.
Judiciales
El perro dogo no constituye una amenaza para su hijo: Podrá quedarse a dormir en la casa del padre
El papá de un niño pequeño recurrió al Poder Judicial luego de que la madre planteara que la casa no era un lugar seguro, ya que el hombre convive con un perro dogo de gran tamaño.

El papá de un niño pequeño recurrió al Poder Judicial para poder pasar más tiempo con su hijo. Mediante una sentencia, logró obtener visitas semanales y pernoctes en su casa. La madre cuestionó la decisión, alegando que el niño no tiene la capacidad cognitiva para decidir. Además, planteó que la casa del padre no es un espacio seguro, ya que convive con un perro dogo de gran tamaño.
La Cámara de Apelaciones de Roca rechazó la apelación presentada por la mujer y confirmó la sentencia de primera instancia. Se mantuvo así el régimen de comunicación provisorio dispuesto.
La madre sostuvo que el perro representa un riesgo para un niño de tan corta edad, pero un informe socioambiental determinó lo contrario. Se concluyó que si bien en el domicilio paterno hay un perro dogo como mascota, al momento de la entrevista no presentó conductas agresivas.
El animal fue observado y no se detectaron actitudes violentas, por lo que se concluyó que no existían antecedentes ni indicadores de peligro inmediato. Pese al informe el fallo también impuso una obligación expresa al progenitor: debe garantizar los cuidados pertinentes cuando ejerza tareas de cuidado hacia su hijo.
Así, la sentencia remarca la igualdad parental y la necesidad de sostener vínculos afectivos con ambos progenitores, sin descuidar la protección integral del niño en sus primeras etapas de vida.
La resolución ordenó que los progenitores informaran al juzgado sobre cualquier imprevisto relacionado con el niño dentro de las 24 horas de ocurrido, y aclaró que las medidas eran provisorias y sujetas a revisión según hechos futuros.
La jueza sostuvo que la sentencia recurrida priorizó correctamente el interés superior del niño, y que el derecho a la coparentalidad es fundamental y no puede ser restringido sin motivos graves, los cuales no se evidencian en este caso.
La Cámara valoró especialmente un informe socioambiental presentado después del recurso, que concluyó que ambos progenitores ofrecen entornos aptos para el desarrollo saludable del niño.
Se sugirieron además medidas complementarias para proteger su bienestar, como favorecer un entorno armónico durante los intercambios parentales, incluir la posible participación de una tercera persona -como la abuela materna- y mejorar la comunicación entre los progenitores.
Roca
Controles de tránsito en Roca: Labraron más de 100 actas y retuvieron 15 vehículos
La falta de licencia, de seguro y el mal estacionamiento encabezaron el ranking de infracciones.

Como ocurre semanalmente en la ciudad, inspectores municipales de Tránsito llevaron adelante operativos de control en distintos sectores de General Roca, tanto en la zona urbana como rural, con el objetivo de reforzar la seguridad vial.
Según se informó oficialmente, los controles realizados entre el lunes (19/01) y el domingo (25/01) arrojaron un total de 107 actas de infracción. De ese número, 7 correspondieron a alcoholemias positivas, lo que derivó en la retención preventiva de 4 vehículos.
A estas actuaciones se sumaron otras 11 retenciones por diferentes infracciones, alcanzando un total de 15 vehículos retenidos, de los cuales 10 fueron motocicletas y 5 automóviles.
Entre las infracciones más frecuentes detectadas durante los operativos se encuentran la falta de licencia de conducir, la ausencia de seguro obligatorio y el mal estacionamiento.
Desde la Dirección de Tránsito del Municipio recordaron que se encuentra vigente la Ordenanza N° 5020/23 de Alcohol Cero al Volante, que prohíbe conducir cualquier tipo de vehículo con una alcoholemia superior a cero miligramos por litro de sangre. El incumplimiento de esta normativa es considerado una falta grave y contempla multas que van de 1.000 a 3.000 USAM, equivalentes a montos que oscilan entre $1.200.000 y $3.600.000, según la tarifaria vigente, además de la inhabilitación de la licencia de conducir.
Finalmente, las autoridades municipales remarcaron que «el consumo de alcohol, incluso en cantidades mínimas, incrementa significativamente el riesgo de siniestros viales», por lo que instaron a evitar su ingesta al momento de conducir o a designar un conductor responsable, «en resguardo de la seguridad de todos los usuarios de la vía pública».






