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Río Negro

Será obligatorio grabar el dominio en partes de los vehículos

Se aprobó en la Legislatura una ley que establece que todo automotor registrado en Río Negro debe tener el grabado indeleble del dominio en el capot, puertas y baúl.

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Por mayoría, el Parlamento rionegrino aprobó la ley que establece la obligatoriedad, para todo vehículo automotor registrado en Río Negro, del grabado indeleble del Dominio con carácter múltiple.

En los vehículos se deberán grabar la parte interior y superior del capot, todas las puertas en su lateral externo y la parte interior y superior del baúl. En los ciclomotores y motocicletas, se deberán grabar al menos tres partes.

El grabado deberá realizarse en las plantas de grabado habilitadas o lugares autorizados. Desde la entrada en vigencia de la ley (1 de agosto), los propietarios de vehículos con una antigüedad menor a dos años tendrán un plazo de un año para grabar las partes. Para los vehículos de más de dos años y hasta cinco, el plazo será de dos años. Cuando el vehículo supere los cinco años, el plazo será de tres años.

La antigüedad del vehículo se determina a partir de la fecha en que fue inscripto en el registro nacional de la propiedad del automotor y de créditos prendarios o de motovehículos.

El valor del grabado será determinado en la reglamentación de la ley. Será gratuito para los vehículos de las personas con discapacidad.

La norma prevé multas para quienes no cumplan con el grabado y se procederá al secuestro y se impondrán multas a quienes circulen con vehículos que posean partes con grabados que no correspondan con sus dominios.

En Río Negro, principalmente en las zonas del Alto Valle y Andina, el robo de automotores se ha incrementado en los últimos años, conforme estadísticas elaboradas por el Ministerio de Seguridad y Justicia y Secretaría de Planeamiento e Informática de la Policía de la Provincia.

La iniciativa propicia implementar un mecanismo que ayude a combatir el robo de autos, motovehículos y a paliar la comercialización y contrabando de autopartes.

El miembro informante del oficialismo, Rodolfo Cufré (Juntos Somos Río Negro), expresó en defensa del proyecto enviado por el Ejecutivo que el grabado de piezas es una herramienta a utilizar en el marco de una política integral en materia de seguridad pública, con el objeto de evitar la comercialización ilegal de repuestos, producto de una actividad delictiva.

Por la oposición, Nicolás Rochás (Frente para la Victoria) expresó su rechazo a la iniciativa. Advirtió que el grabado del dominio representa un nuevo costo a la tenencia del vehículo. Alejandro Palmieri (JSRN) admitió que es un costo pero aseguró que su fin lo justifica.

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Río Negro

Estatales rionegrinos: ¿Qué se cobrará el 30 de abril?

Los pagos se realizarán para el personal del escalafón general y salud.

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El Gobierno de Río Negro informó los pagos que se realizarán el 30 de abril para el personal comprendido en las Leyes N° 1844, escalafón general, y N° 1904, personal de salud.

En primer lugar, todos los agentes comprendidos en las Leyes N° 1844, escalafón general, y N° 1904, personal de salud recibirán la primera cuota de $50.000 en concepto de indumentaria.

Por otra parte, el mismo día y a través de una planilla complementaria, se abonarán las diferencias correspondientes a los salarios de marzo y anticipos de abril para el personal de la Ley N° 1844 de Salud Pública. Se trata del personal cuyas liquidaciones tuvieron un error en los cálculos y rápidamente se resolvió enmendarlo de este modo.

En este sentido, la Provincia ratificó «el compromiso continuo con el diálogo, el consenso y la colaboración conjunta con los gremios de trabajadores en este difícil contexto económico y social, mientras a la vez se sostienen las obligaciones financieras».

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Río Negro

ARSA ofrece una moratoria para que los usuarios regularicen sus deudas

Hay tiempo hasta el 15 de mayo si el pago es al contado, o hasta el 15 de junio si se abona en cuotas.

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Aguas Rionegrinas puso a disposición el Plan de Regularización de deuda, con el objetivo de que los usuarios del servicio puedan pagar sus deudas con la empresa, y evitar así instancias de intimaciones y corte de servicio. Hay tiempo hasta el 15 de mayo si el pago es al contado, o hasta el 15 de junio si se abona en cuotas.

Desde la entidad aclararon que pagar al contado, hasta el 15 de mayo, implica la quita del 100% de intereses de todo tipo al costo final de la deuda. En el caso contrario, hasta el 15 de junio, podrán abonar en 4 cuotas con la deducción del 50% de los intereses, o en 12 cuotas con los intereses de financiación.

Al respecto, el gerente general de Aguas Rionegrinas, Javier Iud, explicó que la idea de esta moratoria es la de «acercar al contribuyente una propuesta que les permita resolver su problema de deudas, porque la etapa posterior ya será la de intimaciones, corte de servicio y juicio ejecutivo para quien no sostenga una voluntad de querer pagar».

Iud destacó la buena voluntad de los más de 600 contribuyentes que ya se han acercado recientemente para regularizar sus deudas, pero aclaró que «tenemos expectativas mayores, porque los deudores son muchos y esperamos que, en los próximos días se acerquen más, por eso vamos alertando que es hasta el 15 de mayo para el pago contado y hasta el 15 de junio quienes elijan la modalidad de cuotas».

¿Cómo acceder a la moratoria?

Para hacerlo, los usuarios pueden acercarse de manera presencial a las oficinas de aguas rionegrinas y realizar el pago directamente. Asimismo, lo pueden hacer de manera digital entrando a la página de aguas rionegrinas www.aguasrionegrinas.com. Allí se encontrarán con un código QR y se deberá tener a mano el DNI y alguna boleta para identificar el número de usuario. Con esta información, ARSA enviará, a través de la modalidad elegida, el plan de pago.

También aquellos que quieran hacerlo al contado, pueden hacerlo desde la app de Aguas Rionegrinas, en donde con el número de usuario ya tienen disponible el plan de pago y efectuarlo directamente desde allí, sin ningún trámite

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Judiciales

Recién a los 17 años logró que se inscriba su nacimiento y a los 30, que su mamá la reconozca

De esta manera, tras tres décadas, la mujer pudo completar su identidad.

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En su adolescencia, una joven solicitó judicialmente que el Registro Civil inscriba su nacimiento «fuera de término». Lo logró, pero en ese momento no pudo determinarse la filiación materna ni paterna.

Más de una década después, se presentó nuevamente en sede judicial porque tenía nuevos datos. Una señora la había reconocido públicamente como su hija biológica, «sin perjuicio de que la presentó en algunas oportunidades como hija de una amiga fallecida».

Según expresó, «esta situación le provocaba una negación a su identidad, truncaba sus posibilidades de estudio, controles de salud y la posibilidad de que su propia descendencia conociera su origen por la rama materna».

Ya en el expediente ante una jueza de Familia de Viedma, la mujer reconoció que quien inició la demanda es su hija biológica. Había nacido en un hospital de una provincia vecina «en una etapa difícil de su vida».

La mamá luego tuvo dos hijos más. En total, seis. De esta manera, brindó su consentimiento para llevar adelante la prueba genética.

Así, el Cuerpo de Investigación Forense de la Primera Circunscripción Judicial realizó la extracción de sangre «mediante la punción de un pulpejo de dedo de la mano izquierda» en ambas mujeres.

Finalmente se produjo el Informe Pericial del Laboratorio Regional de Genética Forense. Efectivamente, eran madre e hija con una certeza superior al 99,99999998%.

La jueza recordó que «pasados más de treinta años del nacimiento y por la inacción de la demandada con respecto a la identidad» de su hija, esta «se vio en la necesidad de instar la acción de filiación para corroborar su realidad biológica, a pesar del reconocimiento público, y dejar asentada la maternidad en su partida de nacimiento».

Explicó que «la acción se encuentra encuadrada en el actual art. 582 del CCyC que permite al hijo/a reclamar su filiación extramatrimonial contra quienes considere sus progenitores, sin hacer distinción si se trata de un reclamo de emplazamiento de la maternidad o de la paternidad».

Tuvo en cuenta que «la jurisprudencia ha erigido a la prueba genética de la filiación como la prueba por excelencia». De esta manera, hizo lugar a la demanda de la mujer, que pudo completar su identidad.

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