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Río Negro

Hay aval para tratar el proyecto de uso medicinal del cannabis en Río Negro

Hay tres proyectos, pero el de Rochas (FpV) tuvo dictamen de minoría y mayoría.

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En simultáneo con el tratamiento del proyecto de ley de interrupción voluntaria del embarazo en la Cámara de Diputados de la Nación, sesionó esta mañana (14/06) la comisión de Asuntos Sociales de la Legislatura de Río Negro. En la reunión, luego de su aprobación, la presidente de la comisión, Marta Milesi, manifestó su satisfacción por la media sanción. “Es un día histórico para las mujeres”, remarcó. Destacó la calidad del debate y sostuvo que “la política ha estado a la altura de lo que la gente quiere”.

La comisión avanzó hoy en el análisis de tres proyectos relacionados con el uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados. Las iniciativas proponen adherir a la Ley Nacional N° 27.350 de investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados.

La Ley N° 27.350 «tiene por objeto establecer un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico o paliativo de la planta de cannabis y sus derivados. Además, propone la creación del Programa Nacional para el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales, en la órbita del Ministerio de Salud».

Dos proyectos, el presentado por las parlamentarias de Juntos Somos Río Negro, Milesi y Silvana Larralde y el impulsado por los representantes de Cambiemos, Daniela Agostino y Jorge Ocampos, obtuvieron dictámenes favorables. El propuesto por Nicolás Rochas, del Frente para la Victoria, tuvo dictamen de minoría y mayoría.

El legislador del FpV presentó modificaciones a su proyecto y la presidente de la Comisión pidió que se consulten al Ipross y al Ministerio de Salud. Rochás solicita la incorporación al vademécum que la ley contemplaría de un medicamento, el Charlotte’s Web, que se utilizaría para el tratamiento de la epilepsia refractaria.

Fue tratado también en la reunión el proyecto que modifica un artículo de la ley que regula el ejercicio de la profesión de los acompañantes terapéuticos en Río Negro. Mariela Balmacena, de la Asociación de Acompañantes Terapéuticos AATUA, brindó detalles de las modificaciones relacionadas con la matriculación de los profesionales, y apoyó la iniciativa que tuvo trámite favorable.

Además, la comisión dio despacho favorable al proyecto para crear bancos de leche materna humana en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud de la Provincia.

Favorable también fue el dictamen para una iniciativa presentada por Soraya Yauhar, de la Unión Cívica Radical, busca adherir a la Ley Nacional N° 27071 que incorpora al Programa Médico Obligatorio, al sistema público nacional, obras sociales y mutuales provinciales, la cobertura total de los dispositivos o bolsa para ostomías.

La comisión también avaló otro proyecto impulsado por Yauhar, que busca establecer en la provincia la obligatoriedad de incluir en la “Carta de Bebidas” o “Menú” que se encuentran a disposición en restaurantes, comedores, confiterías, pubs u otros establecimientos comerciales en los que se expenden bebidas alcohólicas la leyenda “Si va a manejar, no consuma bebidas alcohólicas Ley Nº ….”. La iniciativa será unificada con otra presentada por Javier Iud (FpV), que propone la obligatoriedad de colocar en los baños de estos establecimientos un pictograma de advertencia sobre las consecuencias que produce el consumo excesivo de alcohol.

En otro orden, fue aprobado el dictamen del proyecto para prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2018 la vigencia de la ley referida a los cortes de servicios públicos a usuarios en situación de desempleo o condición socioeconómica que impide su cumplimiento.

Aunque no obtuvo dictamen, se trató también la iniciativa que propone prohibir en Río Negro todo tipo de oferta de chocolates, alfajores, galletitas dulces y golosinas, que contengan azúcar o jarabe de maíz de alta fructosa, en las cajas registradoras, puertas de acceso y salida, y en hasta tres metros de su ubicación, en supermercados e hipermercados. Participaron del debate integrantes del Área de Enfermedades Crónicas y de la Secretaría de Relaciones Institucionales del Ministerio de Salud, y de Defensa del Consumidor, quienes se manifestaron a favor de la propuesta. Se propuso modificar el articulado para mejorar el proyecto y poder avanzar, por lo que se seguirá trabando en la comisión.

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Judiciales

Confirman sentencia contra administradora de plan de ahorro por no dar información clara y precisa

El consumidor reclamó tras recibir una cuota 84 con un valor elevado y sin explicación.

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Un fallo de segunda instancia confirmó una sentencia que había condenado, de manera solidaria, a una administradora de planes de ahorro y a una terminal automotriz, por incumplimientos al deber de información hacia un consumidor de Viedma.

El caso se originó a partir del reclamo de un hombre que había suscripto un plan de ahorro a 7 años y que, al llegar a la cuota final número 84, recibió un monto considerablemente más alto de lo esperado, sin una explicación clara ni detallada sobre su conformación.

En primera instancia, el juez tuvo por acreditado que existía un saldo deudor, pero consideró que la administradora no logró explicar de manera razonada cómo se había arribado a ese monto. En el análisis también se tuvo en cuenta la aplicación de una medida cautelar dictada en el marco de un amparo colectivo, que luego fue revocada, sin que ello fuera debidamente informado al consumidor.

El Juzgado entendió que la empresa incumplió el deber de información, al no brindar precisiones sobre la composición del valor móvil, los rubros incluidos en los cupones de pago ni el impacto de la medida cautelar en la cuota final. Esa conducta fue considerada un incumplimiento relevante dentro de una relación de consumo, por lo que se ordenó el pago de una indemnización por daño moral y la aplicación de un daño punitivo.

Al analizar el recurso, la Cámara confirmó el fallo y sostuvo que no resultaba suficiente consignar el valor móvil en los cupones, sino que era exigible una conducta activa y transparente por parte de la administradora, conforme a la Ley de Defensa del Consumidor y el Código Civil y Comercial.

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Judiciales

Responsabilizan a la dueña de un perro por un ataque en la vía pública: La víctima sufrió lesiones estéticas permanente

Las marcas quedaron visibles y a eso se sumó el impacto emocional propio de una agresión inesperada.

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Una mujer sufrió lesiones de consideración y secuelas estéticas permanentes tras el ataque de un perro en plena vía pública. Eran cerca de las 9 de la mañana cuando caminaba hacia su trabajo y, al pasar frente a una vivienda, el animal se lanzó sobre ella sin advertencia previa. La mordió reiteradamente en un brazo y recién se separó tras varios intentos. El episodio ocurrió en Bariloche y un fallo civil condenó a la dueña del can a pagar una suma millonaria.

El ataque no fue un hecho menor ni aislado en sus consecuencias. La mujer recibió atención médica de urgencia y continuó con tratamientos posteriores por las lesiones provocadas por la mordedura. Las marcas quedaron visibles y permanentes. A eso se sumó el impacto emocional propio de una agresión inesperada en un espacio que, por definición, debería ser seguro: la vereda de una calle residencial.

Durante el juicio, el juez civil interviniente dio por acreditado que el ataque ocurrió sin provocación alguna por parte de la víctima y que el perro se encontraba bajo la guarda de su propietaria. Para reconstruir lo sucedido, el magistrado valoró actas policiales, registros de sanidad animal, documentación médica, fotografías y testimonios producidos en el expediente. Ese conjunto probatorio permitió descartar cualquier versión alternativa de los hechos.

El fallo se apoyó en un principio jurídico central: los daños causados por animales se rigen por el régimen de responsabilidad objetiva previsto en el Código Civil y Comercial. Bajo este sistema, no resulta necesario demostrar negligencia, descuido o intención. El dueño responde por el solo hecho de tener al animal bajo su control. La ley solo admite la eximición de responsabilidad si se prueba culpa de la víctima, intervención de un tercero ajeno o un hecho imprevisible e inevitable. Ninguna de esas circunstancias fue acreditada en el caso.

La sentencia fijó una suma superior a los 6 millones y medio de pesos. El monto reconoció, en primer lugar, el daño estético derivado de la cicatriz que dejó la mordedura, considerada una alteración permanente de la apariencia física. El juez entendió que esa secuela debía ser reparada de manera autónoma, aun cuando no afectara de forma directa la capacidad laboral de la mujer.

También se reconoció el daño moral. El fallo destacó el carácter traumático del ataque, el miedo experimentado, la alteración de la tranquilidad personal y las limitaciones que el hecho impuso en la vida cotidiana de la víctima. La agresión, ocurrida de manera súbita y violenta, fue considerada suficiente para justificar una reparación económica relevante por la afectación espiritual sufrida. Además, se admitieron gastos médicos posteriores al episodio, vinculados a curaciones, medicamentos y atenciones necesarias como consecuencia directa del ataque.

El tribunal rechazó, en cambio, el reclamo por daño psicológico permanente. Un informe pericial concluyó que la mujer no presenta una patología psíquica ni una incapacidad duradera, sino reacciones esperables frente a un evento violento. Si bien se reconoció la existencia de angustia y conductas de evitación, estas no alcanzaron el umbral de una afección psicológica indemnizable como incapacidad. La sentencia no está firme porque puede ser apelada.

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Gremios

El Gobierno propuso suma compensatoria y actualizar salarios por IPC

ATE analizará la oferta, mientras que UPCN ya adelantó su rechazo asegurando que «ya hay un acuerdo preliminar con la otra organización sindical».

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El Gobierno de Río Negro retomó las negociaciones paritarias con los gremios ATE y UPCN, en el ámbito de la Mesa de la Función Pública. Se presentó una propuesta superadora que combina una compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025, con un esquema de actualización automática por IPC para los primeros 4 meses de 2026.

Los representantes de ATE adelantaron que «la decisión final la van a tomar las instancias orgánicas del sindicato», mientras que UPCN rechazó la propuesta asegurando que «ya hay un acuerdo preliminar con la otra organización sindical».

La oferta oficial consta de 4 ejes. En primer lugar, incluye una compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025 por un total de $250.000. El monto se abonará por planilla complementaria en 2 cuotas iguales: la primera el 20 de febrero y la segunda el 20 de marzo.

Para la pauta salarial 2026, el Ejecutivo propuso un mecanismo de actualización automática bimestral basado en la evolución del IPC, que cubre los primeros 4 meses del año. Los haberes de febrero se ajustarán según el IPC de diciembre y enero, mientras que los de abril lo harán con los índices de febrero y marzo. A pedido de los gremios, el cálculo surgirá del promedio entre el IPC Nacional y el IPC Viedma.

Además, en marzo se abonará la Ayuda Escolar con un incremento del 100% respecto del año anterior, alcanzando los $80.000 y los $160.000 en el caso de familias con hijos con discapacidad.

Por último, se confirmó el pago del concepto Indumentaria con un incremento interanual, que alcanzará los $250.000. El monto se depositará en 2 cuotas, el 17 abril y el 17 mayo.

«Estamos haciendo un gran esfuerzo, pero siempre con los pies sobre la tierra. No vamos a sacrificar la responsabilidad fiscal, porque el orden de las cuentas es lo único que nos permite garantizar el pago en tiempo y forma, un compromiso que esta gestión ha cumplido siempre», explicó la secretaria de la Función Pública.

Esquema de pagos y actualizaciones mes a mes

Con la propuesta de Gobierno, en febrero se abonaría la primera cuota de la compensación extraordinaria por el último trimestre de 2025, por un monto de $125.000, y se aplicará el aumento salarial correspondiente por IPC.

En marzo, se pagará la segunda cuota de la compensación extraordinaria, también por $125.000, y se abonará la Ayuda Escolar con un incremento del 100%, que alcanzará los $80.000 por hijo y los $160.000 en el caso de hijos con discapacidad.

En abril se aplicará un nuevo aumento salarial por IPC y se abonará la primera cuota del concepto Indumentaria, por un monto de $125.000.

En mayo se completará el pago del concepto Indumentaria con la segunda cuota, también por $125.000.

La reunión fue encabezada por la secretaria de la Función Pública, Tania Lastra, junto a sus pares de Hacienda, Natalia Crociati, y de Gobierno, Natalia Almonacid. Por los gremios participaron Mónica Miranda (UPCN) y Rodrigo Vicente (ATE).

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