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Río Negro

Hay aval para tratar el proyecto de uso medicinal del cannabis en Río Negro

Hay tres proyectos, pero el de Rochas (FpV) tuvo dictamen de minoría y mayoría.

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En simultáneo con el tratamiento del proyecto de ley de interrupción voluntaria del embarazo en la Cámara de Diputados de la Nación, sesionó esta mañana (14/06) la comisión de Asuntos Sociales de la Legislatura de Río Negro. En la reunión, luego de su aprobación, la presidente de la comisión, Marta Milesi, manifestó su satisfacción por la media sanción. “Es un día histórico para las mujeres”, remarcó. Destacó la calidad del debate y sostuvo que “la política ha estado a la altura de lo que la gente quiere”.

La comisión avanzó hoy en el análisis de tres proyectos relacionados con el uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados. Las iniciativas proponen adherir a la Ley Nacional N° 27.350 de investigación médica y científica del uso medicinal de la planta de cannabis y sus derivados.

La Ley N° 27.350 «tiene por objeto establecer un marco regulatorio para la investigación médica y científica del uso medicinal, terapéutico o paliativo de la planta de cannabis y sus derivados. Además, propone la creación del Programa Nacional para el estudio y la investigación del uso medicinal de la planta de cannabis, sus derivados y tratamientos no convencionales, en la órbita del Ministerio de Salud».

Dos proyectos, el presentado por las parlamentarias de Juntos Somos Río Negro, Milesi y Silvana Larralde y el impulsado por los representantes de Cambiemos, Daniela Agostino y Jorge Ocampos, obtuvieron dictámenes favorables. El propuesto por Nicolás Rochas, del Frente para la Victoria, tuvo dictamen de minoría y mayoría.

El legislador del FpV presentó modificaciones a su proyecto y la presidente de la Comisión pidió que se consulten al Ipross y al Ministerio de Salud. Rochás solicita la incorporación al vademécum que la ley contemplaría de un medicamento, el Charlotte’s Web, que se utilizaría para el tratamiento de la epilepsia refractaria.

Fue tratado también en la reunión el proyecto que modifica un artículo de la ley que regula el ejercicio de la profesión de los acompañantes terapéuticos en Río Negro. Mariela Balmacena, de la Asociación de Acompañantes Terapéuticos AATUA, brindó detalles de las modificaciones relacionadas con la matriculación de los profesionales, y apoyó la iniciativa que tuvo trámite favorable.

Además, la comisión dio despacho favorable al proyecto para crear bancos de leche materna humana en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud de la Provincia.

Favorable también fue el dictamen para una iniciativa presentada por Soraya Yauhar, de la Unión Cívica Radical, busca adherir a la Ley Nacional N° 27071 que incorpora al Programa Médico Obligatorio, al sistema público nacional, obras sociales y mutuales provinciales, la cobertura total de los dispositivos o bolsa para ostomías.

La comisión también avaló otro proyecto impulsado por Yauhar, que busca establecer en la provincia la obligatoriedad de incluir en la “Carta de Bebidas” o “Menú” que se encuentran a disposición en restaurantes, comedores, confiterías, pubs u otros establecimientos comerciales en los que se expenden bebidas alcohólicas la leyenda “Si va a manejar, no consuma bebidas alcohólicas Ley Nº ….”. La iniciativa será unificada con otra presentada por Javier Iud (FpV), que propone la obligatoriedad de colocar en los baños de estos establecimientos un pictograma de advertencia sobre las consecuencias que produce el consumo excesivo de alcohol.

En otro orden, fue aprobado el dictamen del proyecto para prorrogar hasta el 31 de diciembre de 2018 la vigencia de la ley referida a los cortes de servicios públicos a usuarios en situación de desempleo o condición socioeconómica que impide su cumplimiento.

Aunque no obtuvo dictamen, se trató también la iniciativa que propone prohibir en Río Negro todo tipo de oferta de chocolates, alfajores, galletitas dulces y golosinas, que contengan azúcar o jarabe de maíz de alta fructosa, en las cajas registradoras, puertas de acceso y salida, y en hasta tres metros de su ubicación, en supermercados e hipermercados. Participaron del debate integrantes del Área de Enfermedades Crónicas y de la Secretaría de Relaciones Institucionales del Ministerio de Salud, y de Defensa del Consumidor, quienes se manifestaron a favor de la propuesta. Se propuso modificar el articulado para mejorar el proyecto y poder avanzar, por lo que se seguirá trabando en la comisión.

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Judiciales

Más de 100 causas de Defensa del Consumidor ingresaron solo al fuero Civil en lo que va de 2025

Este tipo de expedientes suele requerir la realización de audiencias orales, instancias de conciliación y, en muchos casos, la emisión de sentencias definitivas o la homologación de acuerdos.

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En los primeros 6 meses del año, los Juzgados y unidades jurisdiccionales Civiles tramitaron 108 causas por denuncias de Defensa del Consumidor. Este tipo de expedientes suele requerir la realización de audiencias orales, instancias de conciliación y, en muchos casos, la emisión de sentencias definitivas o la homologación de acuerdos alcanzados entre las partes. Es una de las vías de ingreso, aunque no la única, de temas de consumo.

El fuero civil provincial cuenta actualmente con 16 organismos distribuidos en 8 ciudades: Viedma, San Antonio Oeste, Roca, Villa Regina, Choele Choel, Bariloche, El Bolsón y Cipolletti. Desde estos organismos se tramitan procesos que van desde reclamos de consumidores hasta sucesiones, daños y perjuicios, ejecuciones y amparos, entre otros.

Existen otros organismos que también reciben denuncias de las y los consumidores como por ejemplo los juzgados de Paz, algunas oficinas municipales y las áreas de Defensa del Consumidor del poder Ejecutivo.

En el Poder Judicial de Río Negro, durante el primer semestre de 2025, el fuero Civil recibió 3.056 causas nuevas. En ese mismo período, dictó 2.213 sentencias que pusieron fin a los procesos, lo que refleja un alto nivel de resolución de expedientes. Entre los tipos de procesos más frecuentes se destacan las sucesiones intestadas (953 casos, 30% del total), los reclamos por daños y perjuicios (395) y los procesos ejecutivos (379), además de las denuncias de Defensa del Consumidor.

La Ley 24.240 establece los derechos de los consumidores y las obligaciones de los proveedores en las relaciones de consumo. Una relación de consumo es un vínculo que se establece entre el proveedor de un bien o servicio y el consumidor o usuario del mismo. Incluye el antes, durante y después de la compra del producto o contratación del servicio.

Esta norma garantiza que las personas tengan derecho a recibir información cierta, clara y detallada sobre los productos o servicios, a ser tratadas de manera digna y equitativa, a obtener comprobantes de las operaciones y a contar con bienes y servicios que no representen riesgos para su salud o seguridad.

También regula aspectos clave como las garantías legales, los plazos de entrega, las condiciones de las compras por internet y la calidad en la prestación de servicios públicos esenciales.

La información estadística del fuero Civil forma parte de los informes semestrales realizados por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia. Las estadísticas permiten optimizar la toma de decisiones al apuntalar determinados fueros u organismos de acuerdo a la carga de trabajo.

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Política

«Un país no se construye abandonando las universidades y la salud»

Weretilneck habló tras los nuevos vetos de Milei a las leyes aprobadas en el Congreso y aseguró que no hubo ningún llamado del presidente.

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El gobernador de Río Negro, Alberto Weretilneck, cuestionó con firmeza los vetos del presidente Javier Milei a leyes claves para el financiamiento de la educación, la salud pública y las provincias. Anticipó que en el Congreso se rechazarán estas decisiones. «Un país no se construye abandonando a las universidades, quitándole la salud a los niños y negándole a las provincias los recursos que les corresponden. Eso no es federalismo, es un castigo injusto», afirmó.

El mandatario provincial remarcó que los vetos dejaron sin efecto normas votadas por amplia mayoría en el Congreso: la ley de financiamiento universitario, la emergencia pediátrica y la redistribución automática de los Aportes del Tesoro Nacional (ATN). «Estamos hablando de derechos básicos: educación, salud y federalismo. No de privilegios», enfatizó.

En relación a los ATN, explicó que «son fondos que se descuentan de la coparticipación, es decir, de los impuestos que nos pertenecen a las provincias. No pedimos nada más que lo que corresponde: esos recursos son de los rionegrinos y deben volver en obras, en escuelas, en hospitales y en servicios para nuestra gente».

En diálogo con LU19, Weretilneck también advirtió que «no hubo ninguna convocatoria institucional a las provincias» por parte del Gobierno Nacional. «El diálogo que existió fue partidario, con gobernadores aliados a La Libertad Avanza. Exigimos un ámbito federal serio, con temario claro, donde estemos todas las provincias, no un encuentro político a puertas cerradas», sostuvo.

Finalmente, fue categórico. «Río Negro no se va a quedar en silencio frente a estas decisiones. Vamos a defender en el Congreso lo que corresponde a nuestra gente. Porque la defensa nace acá, en cada provincia, en cada universidad, en cada hospital que necesita recursos para seguir de pie», concluyó.

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Judiciales

Estuvo varado más de 12 horas sin agua ni asistencia: Condenan a empresa de transporte por trato indigno

El colectivo se quedó sin combustible a pocos kilómetros de Chimpay.

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Un hombre que viajaba desde Cipolletti hacia Sierra Grande quedó varado en la ruta, sin agua ni comunicación, cuando el colectivo de larga distancia en el que se trasladaba se detuvo por falta de combustible a pocos kilómetros de la localidad de Chimpay. Horas más tarde, al retomar el viaje en otra unidad, el colectivo no se detuvo en el parador correspondiente y, luego de una discusión con los choferes, la persona fue obligada a descender a la intemperie, sin su equipaje.

Tras varios intentos administrativos para obtener una compensación por parte de la empresa Autotransportes Andesmar S.A., y al no lograrlo, el cliente inició una demanda de menor cuantía en el Juzgado de Paz de Sierra Grande.

En el fallo se explicó que el hombre abordó el colectivo interno 5295 a las 10 de la mañana, una hora después del horario estipulado. Hacia el mediodía, a unos 15 kilómetros de Chimpay, la unidad se detuvo por falta de combustible. Las personas pasajeras permanecieron en el lugar hasta que personal policial y de bomberos organizó traslados particulares hacia la terminal de esa localidad. Recién a las 22 horas llegó otra unidad para continuar el viaje.

Durante la madrugada siguiente, ya en las proximidades de Sierra Grande, el colectivo pasó de largo por el lugar donde la persona solía descender. Al pedir que se detuviera, el chofer la insultó y se negó a retroceder. Un segundo conductor, que no se encontraba de servicio, intervino en la discusión. Según el relato, descendió del vehículo con el torso descubierto y un cinturón en la mano, y obligó al pasajero a bajar, lejos de su destino y sin su valija.

Frente a esta situación, presentó reclamos ante Defensa del Consumidor de San Antonio Oeste y Sierra Grande. La empresa negó los hechos denunciados y ofreció una suma compensatoria que fue rechazada por el cliente. Luego, las partes intentaron una instancia de mediación, sin resultados.

En su análisis, la jueza de Paz sostuvo que existió una relación de consumo encuadrada en la Ley 24.240 y en el Código Civil y Comercial. Señaló que el proveedor debe garantizar información clara, trato digno y cumplimiento del servicio contratado. También indicó que, ante la existencia de dudas, corresponde interpretar el contrato de manera más favorable a la persona usuaria.

El fallo consideró acreditada la situación de vulnerabilidad de la parte actora y concluyó que el accionar de la empresa vulneró los derechos protegidos por la normativa vigente. Además del daño material, el juzgado identificó una afectación moral relacionada con la angustia, el maltrato sufrido y la pérdida del equipaje.

La sentencia también impuso un resarcimiento en concepto de daño punitivo, al considerar que la empresa ignoró los distintos reclamos administrativos y obligó a la persona afectada a acudir al Poder Judicial para resolver el conflicto.

Finalmente, la magistrada condenó a la empresa Andesmar a pagar, en concepto de daño directo, la suma de $1.400.000; en concepto de daño extrapatrimonial, $200.000; y en concepto de daño punitivo, $200.000, más intereses.

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