Río Negro
Domingo fundamentó la creación de la tarjeta para los empleados públicos
Será tratado hoy en la Legislatura.

La plenaria de las comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General y de Presupuesto y Hacienda aprobó ayer (31/10) por la mañana la iniciativa del Poder Ejecutivo para crear la empresa “Río Negro Compras Sociedad Anónima”, que va a administrar una tarjeta de compra para los empleados públicos provinciales.
Para explicar la iniciativa estuvo presente el ministro de Economía, Agustín Domingo, quien señaló que se trata de una posibilidad más que van a tener los empleados para hacer compras y optar por el descuento en sus recibos de sueldo.
Destacó que se busca dar una opción de bajo costo, más beneficiosa que las brinda el mercado actual, en una coyuntura económica y financiera que se torna difícil y donde las tasas de interés de los créditos son cada vez más altas.
Indicó que la tarjeta podría comenzar a funcionar en aproximadamente tres meses y que, en una primera instancia servirá solamente para el descuento en el recibo de sueldo del mes siguiente, pero que a medida que la Sociedad tome volumen y tenga fondeo a partir de la propia operatoria, se evaluará la posibilidad de incluir el pago en cuotas de esa misma compra.
Según el ministro el primer paso es aprobar la conformación de esta Sociedad Anónima, que será tratado en la sesión legislativa de mañana, y luego se creará una pequeña estructura administrativa para hacer los convenios necesarios para brindar los servicios de administración de los cuentas corrientes y adhesión de los comercios.
En este sentido, sostuvo que la tarjeta tendrá una alta adhesión de los comercios y Pymes rionegrinos, “que van a poder vender a crédito a los empleados estatales con un riesgo casi nulo, porque al garantizar el Estado el descuento del sueldo y el pago a fin de mes, va a tener un altísimo nivel seguridad”.
Otras iniciativas
En otro orden, se aprobó el dictamen del proyecto que busca regular la responsabilidad de la provincia de Río Negro por los daños que su actividad o inactividad produzca a los bienes o derechos de las personas, para lo cual existe actualmente un vacío legislativo.
El fiscal de Estado, Julián Fernández Eguía, expuso en la reunión algunos puntos de la iniciativa. Explicó que la sanción y entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial (Ley 26.994) dejó desreguladas las consecuencias jurídicas que provienen de la actuación de los órganos del Estado provincial y los daños que pueda producir en los particulares.
Aseguró que el proyecto amplía derechos y aclaró que si bien busca mantener los conceptos básicos de la ley nacional de Responsabilidad del Estado, plantea una adaptación a la realidad jurídica provincial. Por el FpV, Nicolás Rochás valoró el proyecto, coincidió en los lineamientos generales y consideró que es absolutamente necesario teniendo en cuenta el vacío legal existente.
Asimismo, se aprobó una iniciativa del Poder Ejecutivo que propicia la autorización para el uso del expediente electrónico, documento electrónico, comunicaciones electrónicas, firma digital, de domicilio electrónico constituido, de clave informática simple, firma electrónica y firma digital, en todos los procesos administrativos que se tramitan en los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Organismos Descentralizados, Entes Autárquicos, Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas y todas aquellas empresas donde el Estado tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias y demás Entes del Poder Ejecutivo Provincial, con idéntica validez jurídica y valor probatorio que sus equivalentes convencionales.
Se avaló además el proyecto de los legisladores Facundo López, Mariana Domínguez Mascaró y Leandro Lescano, para suspender, por el término de 360 días, la ejecución de juicios y la interposición de medidas cautelares dictadas, derivadas de la aplicación de Propiedad Intelectual, contra establecimientos hoteleros-gastronómicos y afines.
A su vez, se dio dictamen favorable a la iniciativa que modifica la ley de Salud Mental de la provincia, presentada por Lescano y Jorge Vallazza.
También del legislador Lescano, se aprobó el proyecto para crear el Sistema de Gestión de Reservas de Pasajes Gratuitos, en beneficio de las personas alcanzadas por el Régimen de Promoción Integral de las Personas con Discapacidad.
En concordancia con la ley nacional, la comisión avaló la propuesta de Marta Milesi, Graciela Valdebenito y Facundo López, para establecer el 13 de noviembre de cada año como «Día Provincial de la Lucha contra el Ciberacoso o Grooming».
La comisión aprobó también una iniciativa de la legisladora Norma Coronel para corregir un error en la nomenclatura catastral de unos 15 lotes de la localidad de Allen, que se expropiaron por ley en 1986.
Se dio dictamen favorable además a la iniciativa de Soraya Yauhar para que la “Oficina Tutelar de la Mujer, el Niño y la Familia”, creada por la ley nº 4510, pase a denominarse “Oficinas de la Familia”, y a la propuesta de la legisladora Elsa Inchassendague para instituir a la ciudad de Chimpay, Cuna de Ceferino, como la Capital Provincial del Peregrino.
Asimismo, se votó favorablemente la iniciativa de los legisladores Mario Sabbatella, unificada con las de Viviana Germanier y Marcelo Mango, para prohibir el ingreso a la Provincia de productos, subproductos y derivados cárnicos porcinos provenientes de países de Síndrome Respiratorio Reproductivo Porcino (PRRS).
Judiciales
Un padre y una madre priorizaron el bienestar de su hijo: Se mudará con la mujer a otra provincia sin perder el vinculo paterno
La mujer planteó durante la mediación la necesidad de trasladarse a otra provincia por motivos personales y familiares.

En una reunión realizada en el Centro de Mediación de Bariloche, una madre y un padre alcanzaron un acuerdo que puso en el centro el bienestar de su hijo. En ese espacio institucional de diálogo, lograron definir la cuota alimentaria, el régimen de comunicación y, especialmente, la posibilidad de que el niño se radique en otra provincia junto a su madre. El progenitor entendió que era lo mejor para la persona menor de edad y acordó con su ex pareja quien se comprometió a facilitar el vínculo entre padre e hijo.
La mujer planteó durante la mediación la necesidad de trasladarse a otra provincia por motivos personales y familiares. No se trató de una decisión tomada de antemano, sino de una propuesta que buscó ser consensuada con el progenitor, en un ámbito que garantizó la participación de ambos y el acompañamiento profesional correspondiente.
El padre aceptó el cambio de residencia después de reflexionar sobre las condiciones de vida de su hijo y reconocer que el nuevo entorno podría significar una mejora para la madre y el niño. Su consentimiento no implicó una pérdida de vínculos, sino un modo distinto de sostener la cercanía afectiva a partir de nuevos acuerdos.
En el acta, las partes establecieron que el padre abonará una cuota alimentaria equivalente a un Salario Mínimo Vital y Móvil, a depositar mensualmente en una cuenta judicial. También pactaron un régimen de comunicación amplio, que prioriza la voluntad del niño y habilita el contacto frecuente con el padre y la familia paterna mediante llamadas y encuentros.
La madre, por su parte, se comprometió a viajar dos veces al año con el niño a Bariloche para que pueda compartir tiempo con la familia paterna. Además, deberá informar cualquier cambio de domicilio o de número telefónico para garantizar una comunicación fluida y transparente.
El entendimiento fue alcanzado en el marco del sistema de mediación del Poder Judicial de Río Negro, con la intervención de profesionales que facilitaron el diálogo y promovieron un entendimiento basado en la responsabilidad parental compartida. Lo acordado permitió que ambas partes encontraran una salida equilibrada ante un escenario complejo, sin recurrir a la confrontación y a un proceso más extenso.
Judiciales
La Justicia rechazó que un abuelo deba pagar los estudios terciarios de su nieto
El jubilado percibe poco más de $400.000 mensuales, monto inferior al costo estimado de vida de un adulto mayor.

Un jubilado no deberá afrontar los gastos educativos de su nieto de 20 años. Así lo resolvió el fuero de Familia de Cipolletti, al considerar que el ingreso mensual del hombre -poco más de $400.000- es insuficiente para cubrir su propio sustento, según los valores estimados por la Defensoría de la Tercera Edad.
El joven había iniciado una demanda solicitando una cuota alimentaria equivalente al 20 % de los haberes del abuelo paterno. Argumentó que su padre nunca cumplió con sus obligaciones y que su madre se hizo cargo sola de los gastos familiares. Explicó, además, que cursa una Tecnicatura y que no trabaja debido a la exigencia académica.
Durante el proceso se acreditó que el padre del joven incumplió un acuerdo de mediación y abandonó el país, mientras que el abuelo -dueño de una vivienda y jubilado- no respondió la demanda.
El Tribunal recordó que los abuelos solo pueden ser obligados a pagar alimentos de manera subsidiaria, cuando los progenitores no pueden hacerlo y siempre que esa obligación no ponga en riesgo la subsistencia del adulto mayor.
En este caso, la jueza valoró que el ingreso del jubilado está muy por debajo del costo estimado de vida de un adulto mayor, que en octubre de 2025 rondaba $1.500.000. También citó la Convención Interamericana sobre los Derechos Humanos de las Personas Mayores, que protege su autonomía y seguridad económica.
Además, el fallo destacó que el nieto ya es mayor de edad, por lo que sus necesidades alimentarias no se presumen como en el caso de niñas, niños o adolescentes. El reclamo, según la resolución, no presentó pruebas suficientes sobre los gastos educativos ni sobre la imposibilidad de solventarlos.
En función de estos fundamentos, la magistrada rechazó la demanda, al entender que trasladar esa carga al abuelo implicaría comprometer su propio bienestar y dignidad.
Judiciales
Por una apuesta familiar la inscribieron con otro nombre: 60 años después logró cambiarlo
El fallo consideró que existían “justos motivos” para el cambio, por el sufrimiento que le generó y por el uso habitual de su nombre elegido.

Una mujer del Alto Valle logró una resolución histórica: el Poder Judicial de Cipolletti autorizó el cambio de su nombre, inscripto hace más de 6 décadas a raíz de una apuesta familiar.
La historia comenzó a principios de los años ‘60, cuando su padre acudió solo al Registro Civil para inscribirla. En la puerta, un primo lo desafió a anotarla con un nombre inusual, elegido al azar. El hombre aceptó la broma, sin imaginar que ese gesto definiría parte de la vida de su hija.
Desde niña, la mujer soportó burlas y humillaciones por su nombre. En la adolescencia abandonó la escuela para evitar oírlo en público y, ya de adulta, evitó todo trámite donde figurara su documento. «No tramitó pasaporte, ni tarjetas de crédito, ni se inscribió en su jubilación», indica el fallo. Incluso en su casamiento, escuchar su nombre en voz alta fue una experiencia dolorosa.
Durante décadas, se presentó socialmente con otro nombre -una inicial, ‘A.’, en los documentos judiciales-, el mismo que usó en su entorno, en redes sociales y en actividades artísticas. En agosto de 2025, inició una acción judicial para reemplazar los prenombres impuestos por el que la representaba realmente.
El pedido fue acompañado por testimonios, capturas de pantalla, certificados y un informe técnico interdisciplinario que concluyó que el cambio sería «una forma simbólica de reparación».
Tanto el Ministerio Público Fiscal como el Registro Civil avalaron el pedido. El tribunal de Familia consideró que existían «justos motivos» conforme al Código Civil y Comercial, que contempla la modificación cuando el nombre afecta la personalidad o cuando la persona usa habitualmente otro.
En noviembre de 2025, la Justicia ordenó eliminar los prenombres originales y rectificar su partida de nacimiento, reconociendo oficialmente su identidad elegida.
Después de 60 años de cargar con un nombre impuesto por una broma, la mujer consiguió finalmente llamarse como siempre quiso.






