Judiciales
Albañil trabajaba sin elementos de seguridad y se lesionó la columna: Lo indemnizarán
Recibirá casi 3 millones de pesos por parte de la constructora y la aseguradora.

Un hombre que trabajaba en la obra 40 Viviendas de Sierra Grande, se encontraba paleando y limpiando tierra dentro de una zanja que se había cavado para la conexión de la red de agua potable, sintió un agudo dolor en la región lumbar de la columna vertebral y cervical. Quedó tieso y le diagnosticaron hernia de disco. Se comprobó luego que faltaban elementos de seguridad y tanto la constructora como la aseguradora fueron condenadas.
El hombre trabajaba 8 horas diarias, de lunes a viernes. Expresó que las labores fueron deteriorando paulatinamente su columna vertebral.
El día del incidente hizo la denuncia ante la ART y tuvo que dejar de prestar tareas. La ART le realizó Resonancia Magnética Nuclear de columna lumbo-sacra que determinó la existencia de una lesión en disco L5-S1 y concluyó que la lesión que padeció era de carácter inculpable, es decir, que no se debía al trabajo.
Expresó que el trabajador tenía una afección preexistente, por lo tanto no se podía relacionar con la actividad laboral.
Al analizar el caso, la Cámara Laboral tuvo en cuenta que la demanda “pretende la llamada reparación integral o extrasistémica y, consecuentemente, la procedencia de esta acción dependerá del cumplimiento de los requerimientos propios de una acción civil”.
Los jueces explicaron que no quedó controvertido el incidente y los tratamientos médicos. En este marco, “la responsabilidad civil de la demandada encuentro que ha sido debidamente acreditada”, dice la sentencia.
Un compañero de trabajo declaró que el hombre “realizaba plateas, mampostería, hormigón, columnas, encadenados, techos, carga y descarga de materiales de construcción de los camiones (ladrillos, bolsas de cemento de 50 kg.), zanjeo”. Detalló que “la descarga de los camiones se hacía subiendo las bolsas de cemento al hombro y trasladándolas por más de 25 mts.; que lo hacían dos veces por semana, que era un trabajo frecuente”.
También aseguró que “hacía zanjeos a pala por toda la manzana de la obra en el trabajo de las cloacas”. Detalló que “por ese trabajo se resiente siempre la cintura”. Además “hormigoneaba para cargar la loza” y “ese es un trabajo fuerte, pesado y se hace con pala”. Dijo que el hormigón era traslado en carretilla.
En este punto, la cuestión radicó en establecer si el trabajo que realizaba el obrero de la construcción “puede considerarse riesgosa a los fines de la aplicación de la normativa civil en que se encuentra fundada la demanda”.
En este caso, para los jueces, “la empleadora ordenó a sus trabajadores la realización de la tarea, sin suministrarles para su desarrollo los básicos elementos de seguridad como podía ser la faja lumbar, entre otros”.
En la demanda que inició el obrero intervino un perito médico, informó los antecedentes del paciente: “presenta contractura paravertebral bilateral de carácter reflejo vinculada a su Discopatía”. Agregó que cumplió esquema de tratamiento a cargo de su obra social con kinesiología y fue sometido a una cirugía con diagnóstico de Hernia Discal.
En el fallo se expresó: “está claro que estamos en presencia de un ´accidente de trabajo´, toda vez que se ha acreditado que la discopatía se produjo y se manifestó a raíz del acontecimiento ´súbito y violento´ ocurrido por el hecho o en ocasión del trabajo”.
Por todo ello, la Cámara Laboral de Viedma finalmente condenó tanto a la empresa constructora a abonar $1.700.000 por la reparación integral y a la aseguradora a pagar un $1.000.000 más de indemnización.
Judiciales
Crimen de Julián Dobra: Hay cuatro sospechosos detenidos
Se realizaron 20 allanamientos en simultáneo en diferentes puntos de Roca. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.

El Ministerio Público Fiscal encabezó en la mañana de hoy (08/05) 20 allanamientos simultáneos que la Policía de Río Negro realizó en diversos domicilios de la ciudad de General Roca. Hay cuatro personas detenidas, por su presunta implicancia en la desaparición y posterior homicidio de Julián Dobra de la Canal.
Durante las próximas horas el equipo de la Fiscalía analizara evidencia para precisar el contenido de futuras instancias procesales. Entre las personas detenidas hay un menor de edad punible.
En la solicitud de allanamientos que el Juez en turno autorizó el martes, también habilitó que sean requisadas de aquellas personas mayores de edad que se encontraban en los domicilios y los vehículos. Los operativos se desarrollaron en los barrios 36 viviendas, Fiske Menuco, barrio Nuevo, Quinta 25, Malvinas, el radio céntrico y diversas tomas de la ciudad.
El pedido realizado en el marco de la investigación preliminar iniciada con la Brigada de Investigaciones al momento de denunciarse la desaparición del hombre, tuvo como objetivo el secuestro de teléfonos celulares y dispositivos de almacenamiento electrónico, calzados y cualquier tipo de elemento que hubieran podido pertenecer a la víctima o a su vehículo. La medida fue solicitada por la Fiscalía y su gestión se realizó en absoluta reserva para evitar cualquier entorpecimiento.
Como resultante a las personas que fueron demoradas, previa autorización jurisdiccional, se le realizó la extracción de muestras de ADN mediante hisopado, muestra odoríferas y se secuestraron sus prendas de vestir. Todos esos elementos, así como los celulares, serán peritados y cotejados con aquellos rastros obtenidos en el marco de la investigación en curso buscando evidencia que permita su vinculación al homicidio.
Judiciales
Formularon cargos contra la mujer que arrojó a su beba a la ruta: La niña quedó a resguardo de la SENAF
La joven de 19 años permanecerá en prisión preventiva.

El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra una joven de 19 años acusada de haber agredido a su propia hija de 2 años, dejándola sola y empujándola hacia la Ruta Provincial N° 6 cuando ambas transitaban por la banquina. La mujer permanecerá en prisión preventiva y la niña quedó a resguardo de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, que avanza en la búsqueda de una familia solidaria.
En el inicio de la audiencia, ante los medios de comunicación presentes, la defensora de Menores requirió el resguardo de todos los datos de la víctima, mencionando lo normado por la Convención de los Derechos del Niño/a y las diversas leyes de protección integral a la niñez. Luego de ello, el juez determinó que la instancia procesal sea reservada e informada por las áreas oficiales de comunicación.
Seguidamente, la fiscal relató los hechos endilgados y expresó que «el 5 de mayo pasado a las 16 horas, en inmediaciones de la estancia avícola ubicada en la Ruta Provincial N° 6, camino a Paso Córdoba, la mujer transitaba por una de las banquinas junto a su hija de 2 años». En esas circunstancias, «la golpeó con una mochila y empujó a la menor a la cinta asfáltica». Luego cruzó la ruta y dejó a su hija sola en el medio de los vehículos que transitaban por el lugar. A causa del hecho, la niña sufrió un hematoma, pero presentaba además signos de agresión de larga data. Por ello, se le formularon cargos por los delitos de abandono de persona y lesiones leves, ambos agravados por el vínculo.
Seguidamente, la fiscal relató la evidencia, mencionando en primer término el acta de procedimiento suscripta por la Comisaría N° 48 de General Mosconi, donde se relata el hecho. Suman como sustento probatorio las historias clínicas previas que constan en el hospital local, el acta de entrega e intervención de la Secretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y el certificado médico en el que se constatan las heridas que le produjo a la niña la agresión, que implican un tiempo de curación menor a los 14 días. Agregan además informes del área de trabajo social del hospital y el informe de la Oficina de Atención a la Víctima, que trabajó desde el momento del hecho con los organismos estatales de protección.
La Fiscalía pidió además la prisión preventiva de la mujer por el mismo tiempo en que transcurra la investigación, argumentando riesgos tanto de entorpecimiento de la misma como de fuga. A ello adhirió la defensora de Menores. En tanto, el defensor oficial no manifestó objeciones a la formulación de cargos ni a la medida cautelar, pero sí pidió reducir el tiempo de la misma.
El juez de Garantías interviniente, finalmente, hizo lugar a todo lo requerido por la acusación, disponiendo la apertura de la investigación penal preparatoria y la prisión preventiva, ambas por los próximos cuatro meses.
Judiciales
Rechazaron el pedido de información sobre la contratación de una empresa privada encargada de supervisar licencias médicas del personal estatal
Había sido solicitado por el legislador peronista José Luis Berros.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió rechazar un mandamiento de ejecución interpuesto por el legislador provincial José Luis Berros (Vamos con Todos). El planteo buscó obtener acceso al contrato celebrado entre el Poder Ejecutivo y una empresa privada encargada de supervisar licencias médicas del personal estatal. La presentación se basó «en los principios constitucionales de publicidad y transparencia administrativa».
La solicitud apuntó a que distintas áreas del Poder Ejecutivo -entre ellas, el Ministerio de Hacienda, la Secretaría de la Función Pública, el Ministerio de Educación y la aseguradora Horizonte Seguros S.A.- entregaran copia del contrato suscripto con la firma Dienst Consulting S.A. La acción invocó el artículo 44 de la Constitución provincial y el Código Procesal Constitucional, con el argumento de que la ciudadanía debe tener acceso a los actos administrativos.
El dictamen de la Procuración General, firmado por Jorge Crespo, al que el STJ remitió por compartir sus fundamentos, examinó la naturaleza jurídica de la presentación y la encuadró como un mandamiento de ejecución, previsto en el artículo 59 del Código Procesal Constitucional. Reconoció que el legislador se encontraba legitimado para iniciar la acción, pero concluyó que no se reunieron los requisitos que exige la normativa vigente para su procedencia formal.
El dictamen sostuvo que no se acreditaron los elementos esenciales para habilitar esta vía excepcional. En particular, indicó que el escrito inicial no demostró la urgencia extrema, la existencia de un daño irreparable ni la ilegalidad manifiesta en la negativa, condiciones requeridas por la ley para admitir este tipo de acción. Además, subrayó que el legislador Berros no aportó fundamentos suficientes para considerar que existió un «rehusamiento expreso» por parte de los organismos interpelados, uno de los presupuestos centrales que exige la figura.
Crespo también señaló que parte de la información solicitada había sido respondida por el Ministerio de Hacienda y por Horizonte Seguros S.A., mediante informes cursados ante la Legislatura. Esos documentos detallaron aspectos del contrato, describieron el servicio contratado y ofrecieron reportes de auditoría junto con antecedentes de la empresa prestadora. En función de esas respuestas, el dictamen concluyó que no se configuró una negativa rotunda que habilitara el uso de esta herramienta constitucional.