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Avanza el desarrollo de un sistema 100% digital para tramitar los juicios Laborales

Así, un abogado de Cipolletti podrá presentar un recurso ante el Superior Tribunal en Viedma desde su propio estudio, sin tener que remitir más sobres con documentación a la capital provincial.

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Un equipo integrado por referentes del área de Sistemas y del fuero del Trabajo del Poder Judicial trabajó durante dos jornadas en Roca para continuar diseñando el sistema informático con el que se tramitarán todos los expedientes Laborales de la provincia de manera 100% digital.

En 2018, en el marco de su política de digitalización de procesos y desarrollo de software propio del Poder Judicial, el Superior Tribunal de Justicia resolvió avanzar en la creación de un nuevo sistema de gestión de expedientes para el fuero laboral que permitirá a todos los operadores internos y externos (jueces, secretarios, empleados judiciales, auxiliares y abogados particulares) trabajar en forma digital sobre el expediente. Eso implica que los juicios laborales se realizarán con “cero papel” y que todas las demandas, contestaciones, escritos, comprobantes, pericias, sentencias, notificaciones, etc se podrán incorporar directamente al expediente on line, al que tendrán acceso con firma digital desde cualquier computadora con internet tanto las partes interesadas como los agentes encargados de llevar adelante las providencias.

La reunión de trabajo realizada días atrás en Roca fue la segunda de este proyecto y sirvió para seguir definiendo las funcionalidades del sistema. Esto implica una tarea de coordinación entre los especialistas de ambas áreas para precisar qué herramientas digitales se deben desarrollar en función de las particularidades que presenta el proceso laboral. La próxima etapa será la de desarrollo de los módulos ya definidos.

En el marco del mismo proyecto, la Ing. Miriam Daoud, a cargo de la Gerencia de Sistemas del Poder Judicial, ya mantuvo reuniones con casi todos los Colegios de Abogados de la provincia con el fin de invitarlos a ser “autoridades de registro de firma digital” para sus colegiados. Es que, una vez vigente el nuevo sistema de gestión, el uso de firma digital será un requisito indispensable para poder acceder a los expedientes on line. Esto implica que todos los abogados particulares deberán contar con su firma digital registrada en el sistema y homologada por la autoridad de registro para poder trabajar sobre los nuevos expedientes.

De la reunión en Roca participaron Horacio Hruska, Alejandro Di Marco, Enrique Molinari, Mauricio Tassara y Miriam Daoud por el área de Informatización del Poder Judicial, en tanto que en nombre de las seis Cámaras Laborales de la provincia participaron los secretarios/as y agentes María Magdalena Tartaglia, Constanza Padín, María José Di Biassi, María de los Ángeles Pérez Pizni, María Marta Gejo, Martín Crespo y Silvia D’Atri.

Beneficios

El actual sistema de gestión de causas del fuero Laboral es mixto, porque mantiene la mayor parte de la tramitación del expediente en el tradicional formato de papel y sólo permite realizar algunas acciones de manera digital. El nuevo sistema permitirá llevar adelante el proceso en formato “cero papel” con todas las medidas de seguridad informática que garanticen la inviolabilidad de los expedientes.

Por otra parte, el sistema actual funciona mediante la contratación del software y de las licencias de uso a una empresa proveedora. El desarrollo de un programa propio se reflejará no sólo en un ahorro millonario de costos sino también en la posibilidad de contar con un sistema versátil que pueda ser adaptado por los propios técnicos del Poder Judicial a las necesidades operativas o eventuales reformas procesales que vayan surgiendo en el fuero.

Además, el ahorro de tiempo que importará el sistema digital permitirá reorganizar y redistribuir mejor el trabajo de todos los agentes en los Tribunales Laborales.

Con respecto a los abogados particulares, tendrán la gran ventaja de poder ver sus expedientes y hacer todas sus presentaciones desde sus propias computadoras o incluso sus teléfonos celulares, sin tener que realizar ningún trámite personalmente en Tribunales. Así, un abogado de Cipolletti podrá presentar un recurso ante el Superior Tribunal de Justicia en Viedma desde su propio estudio, sin tener que remitir más sobres con documentación a la capital provincial, al tiempo que los abogados que trabajan en localidades alejadas de las cabeceras de Circunscripción podrán mantener al día la tramitación de sus causas sin necesidad de viajar o de pedir la intermediación de colegas más cercanos a los centros judiciales.

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Judiciales

Incineraron 43 kilos de cannabis y casi 900 plantas de marihuana en Roca

La quema se realizó en la Planta de Residuos II y corresponde a droga incautada en el marco de 236 legajos fiscales finalizados o con pericias y tomas de contramuestras avanzadas.

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La Unidad Fiscal de General Roca llevó adelante ayer por la mañana la quema de estupefacientes en la Planta de Residuos II de la ciudad. El procedimiento se realizó en el marco de la Ley Nacional de Estupefacientes N° 23.737.

Según informó el Ministerio Público Fiscal, el material destruido corresponde a 43 kilos de cannabis entre cogollos y picadura de marihuana, y 874 plantas y plantines de marihuana.

La quema abarcó elementos incautados en 236 legajos fiscales finalizados o con pericias y tomas de contramuestras en etapa avanzada.

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Judiciales

Volcó el acoplado y perdió toda la fruta que iba al norte: Condenan parcialmente a la conductora que chocó al camión

El siniestro ocurrió en el cruce de la Ruta 22 y calle Félix Heredia.

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Foto: Archivo.

Un camión que transportaba 1.300 bultos de fruta transitaba por la Ruta Nacional N° 22 en sentido oeste en Roca, volcó y perdió todo su cargamento. El rodado, al llegar al cruce con la calle Félix Heredia, fue colisionado en el costado derecho por una camioneta que circulaba en sentido contrario.

El golpe provocó el vuelco del semirremolque y la pérdida total de la carga. El impacto generó un efecto tijera entre el acoplado y el camión, que terminó en un desagüe.

La empresa se dedica a la carga de peras y manzanas para abastecer el norte del país. Además, realiza el traslado de azúcar a los supermercados de la zona. Luego del siniestro, la firma inició una demanda por daños y perjuicios contra la conductora de la camioneta.

El fuero civil de Roca admitió parcialmente el reclamo. Reconoció el costo de reparación del camión y rechazó la indemnización por el semirremolque porque ya había sido cubierta por el seguro, lo que impedía un doble cobro. También desestimó los reclamos por el equipo de frío y la carga transportada por falta de pruebas.

Mediante una pericia técnica, el fallo consideró acreditada la mecánica del accidente. Así, concluyó que la conductora ingresó a la ruta sin las precauciones necesarias.

La prueba producida no confirmó la existencia de pérdidas económicas derivadas del accidente ni la interrupción de contratos comerciales. La sentencia destacó la ausencia de una pericia contable que respaldara ese perjuicio.

En cambio, sí admitió la indemnización por privación de uso del vehículo. Consideró que la imposibilidad de utilizar el camión genera un daño en sí mismo, por la afectación a la actividad normal de la empresa. Fijó este concepto en el monto reclamado.

Finalmente, la sentencia hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó a la conductora a pagar una indemnización. También extendió la condena a la aseguradora según la póliza vigente.

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Los gatos no lo dejaban dormir y ahuyentaron a sus inquilinos: Condenan a vecinos por los daños

Además del pago de una indemnización, la sentencia impone la obligación de prevenir y terminar toda fuente de molestias injustificadas.

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Un hombre buscaba tranquilidad en su casa de Ingeniero Huergo, pero las noches se volvieron un mal sueño. El silencio se rompía cada madrugada con golpes secos sobre las chapas. Varios gatos saltaban, peleaban y corrían sobre su techo.

Esta situación afectó su salud y también su bolsillo. Sus inquilinos no soportaron el ruido y abandonaron el departamento que él alquila. Un joven que estudiaba y trabajaba fue uno de los más afectados. Nunca lograba el descanso adecuado.

Así, el hombre bajó el precio del alquiler para que el lugar no quedara vacío. Mientras los desechos de los animales se acumulaban sobre su vivienda.

El Juzgado de Paz de Ingeniero Huergo hizo lugar a la demanda de menor cuantía iniciada por el dueño de la casa. La acción fue por los daños y perjuicios derivados de ruidos molestos e inmisiones producidas por animales.

Además del pago de una indemnización, la sentencia impone a los vecinos la obligación de prevenir y terminar toda fuente de molestias injustificadas.

El hombre sostuvo que desde 2023 sufre perturbaciones constantes por la presencia de gatos provenientes de la vivienda vecina. Indicó que los animales circulan por los techos, generan ruidos nocturnos, se pelean y dejan excrementos en su propiedad.

También señaló que existieron denuncias previas en el Juzgado de Faltas Municipal, con sanciones que no fueron cumplidas por los vecinos.

Las personas negaron los hechos. Declararon ejercer una tenencia responsable de sus animales. Dijeron que los gatos se encuentran castrados. En su defensa, señalaron que existe sobrepoblación de animales y que no puede atribuirse a ellos la conducta denunciada. Además, acusaron al hombre de hostigar a vecinos y de exagerar los perjuicios.

Durante el proceso se produjeron pruebas documentales y testimoniales. Un testigo que alquilaba al actor confirmó que los ruidos de los gatos eran diarios y nocturnos, y que le impedían descansar, lo que motivó su mudanza. El tribunal consideró relevante la ubicación de los inmuebles, que facilita el tránsito de animales entre ambos fondos.

El juez analizó el caso bajo el Código Civil y Comercial, que regula las inmisiones entre vecinos. Concluyó que las molestias superaron el umbral de tolerancia normal debido a su frecuencia, horario y duración. También valoró el incumplimiento previo de la normativa municipal y de decisiones del Juez de Faltas.

Se consideró acreditada la conducta ilegal por omisión; esto quiere decir que, ante las advertencias y los llamados de atención, los vecinos no actuaron y tomaron una actitud pasiva. Además, se dio por probado el daño moral sufrido por el propietario.

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