Judiciales
Imputaron y dictaron prisión preventiva para el sujeto acusado de matar a su padre
Según la acusación fiscal Martín Guiñez le disparó a su papá, en cuatro ocasiones, y al menos otras tres contra Agostina Rios, de 25 años.

Este mediodía (08/07) el equipo fiscal formuló cargos Martín Guiñez, de 29 años, que habría cometido dos homicidios agravados. Además, a una mujer de 28 años se le imputó encubrimiento agravado, todo por los hechos ocurridos el 30 de junio pasado en el barrio Stefenelli de General Roca.
De la misma manera, se solicitó la prisión preventiva del imputado por el plazo de 6 meses y para la la imputada la misma medida que será evaluada el próximo martes.
Según la acusación fiscal los hechos «habrían ocurrido el viernes 30, entre las 11 de la mañana y las 16.30, en una casa particular de General Roca, específicamente en el primer piso».
«El imputado habría portado un arma de 9 mm sin la autorización legal para ello, y con intención de matar a su padre y a una mujer, habría realizado al menos 4 tiros contra Raúl Guiñez de 60 años, que no tuvo oportunidad de defenderse. Uno de ellos, según los resultados de la autopsia, le dio en la zona del tórax, perforó un pulmón, y causó una severa hemorragia que provocó su muerte», describió el Ministerio Público Fiscal.
«Luego, habría continuado su ataque contra Agostina Ivana Ríos de 25 años, que habría intentado refugiarse en el baño, pero el atacante habría roto el picaporte, ingresado al lugar, y le habría dado al menos 3 disparos, uno de ellos a 70 cm de la cabeza de la chica. Todo aprovechando la asimetría física y de poder como hombre, y concretando amenazas que venía profiriéndole a la chica hace años», continuó la Fiscalía.
«Después el sujeto habría huido por la parte trasera de la vivienda, dándose a la fuga. En esa huída se habría encontrado con la otra imputada en este legajo, quien estaría en conocimiento del hecho y lo habría ayudado a irse. Primero lo habría hecho en un vehículo Renault Megane y se habrían dado a la fuga hasta Plottier. Luego, habrían seguido su raid en la provincia de Buenos Aires donde fueron aprendidos«, concluyó el equipo fiscal.
Respecto a Guiñez, la calificación legal propuesta para esta instancia es la de «homicidio agravado por el vínculo, por haber actuado con alevosía, y por el uso de arma de fuego; femicidio, agravado por alevosía, y por haber sido cometido con arma de fuego, portación de arma de fuego agravado por ser de guerra, sin la debida autorización legal, registrando antecedentes penales por delitos dolosos contra las personas», según los Artículos 45, 80 inc 1, inc 2, 11; Artículo 189 bis apartado 2 4to párrafo agravado por el párrafo 8, Artículo 41 bis.
Mientras que para la joven de 28 años la calificación de la acusación fiscal es la de «encubrimiento agravado», según los Artículos 45, 277 inc 1 a, 3ro a..
La Fiscalía mencionó la profusa prueba que se ha colectado hasta el momento, aclarando que continúan recibiendo informes y que se siguen solicitando pericias. Entre lo que se contó para esta instancia de formulación de cargos,enumeraron el acta de procedimiento policial de la Subcomisaría 67°, la intervención del Gabinete de Criminalística, las autopsias del Cuerpo Médico Forense, las entrevistas tomadas en sede fiscal, múltiples informes de la Brigada de Investigaciones de la Policía de Río Negro.
Prisión preventiva
«Se trata de un hecho gravísimo, que en caso de recaer condena la misma no será de prisión condicional, el riesgo procesal que pesa sobre el sujeto es el de fuga, de hecho estuvo todo el tiempo huyendo desde que cometió el hecho», enunció el Ministerio Público Fiscal al sostener el pedido de prisión preventiva para el imputado por el plazo de 6 meses.
En relación a la medida cautelar que se solicitó para la otra imputada, de preventiva también, la misma será evaluada el próximo martes en una nueva audiencia.
Resolución de la jueza
Al no haber habido oposición de las defensas penales públicas, que asisten de manera individual tanto al imputado como a la imputada, respecto de la medida cautelar como de los hechos, y la calificación legal propuesta por el Ministerio Público Fiscal, la jueza de Garantías en turno resolvió tener por formulados los cargos, que ambos continúen detenidos y por el término propuesto por la fiscalía, y que la investigación de este legajo se extienda en principio por el plazo de 4 meses.
Cabe aclarar que al inicio de la audiencia y por pedido de las defensas de ambos imputados, y sin oposición de la fiscalía, la jueza resolvió que no se divulguen o publiquen fotográficas ni videofilmaciones de imágenes de ambos imputados, sin perjuicio de que la audiencia fue pública y los medios de comunicación permanecieron en la sala durante el transcurso de la misma.
Judiciales
Nuevos imputados en el caso de asociación ilícita: La justicia formaliza cargos contra dos neuquinos
El equipo fiscal amplía la investigación y suma a dos hombres a la lista de imputados. Los hechos ocurrieron entre octubre de 2024 y septiembre de 2025 en diversas ciudades de la región.

El equipo fiscal a cargo de la investigación sobre una presunta asociación ilícita que opera en varias ciudades de la región amplió hoy (10/12) la lista de imputados. En esta ocasión, se formularon cargos contra dos hombres oriundos de Neuquén, de 38 y 34 años, quienes, según la acusación, habrían formado parte de una red delictiva dedicada a la comisión de delitos en diferentes puntos de la provincia.
Ambos imputados se encuentran con prisión preventiva desde su detención y fueron formalmente acusados de los delitos de asociación ilícita y robo en poblado y en banda.
Con estos nuevos cargos, el número de imputados en la causa asciende a siete, tras la confirmación de las acusaciones y las medidas preventivas dictadas ayer. Los hechos que motivaron la acusación ocurrieron entre octubre de 2024 y septiembre de este año, y abarcaron diversas localidades de la región, como General Roca, Villa Regina, Cipolletti, Allen y Neuquén Capital.
Según la Fiscalía, los dos hombres imputados habrían acordado formar parte de una organización delictiva cuya finalidad era la comisión de delitos en contra de los derechos y garantías consagrados en la Constitución Nacional. «El grupo tenía un objeto común, afectando el orden público y la seguridad social a través de una pluralidad de maniobras delictivas», explicó el Ministerio Público Fiscal. Los acusados, siempre bajo la misma estrategia delictiva, habrían ejecutado ilícitos de diversa índole, creando un clima de inseguridad y alterando la confianza social.
Uno de los hechos destacados de la imputación ocurrió el 2 de octubre de 2024 en General Roca, cuando los dos hombres, en compañía de otros miembros de la organización, ingresaron por la fuerza a un domicilio ubicado en calle San Juan al 3500. En ese robo, se apoderaron de una billetera con documentos personales, una hidrolavadora, un taladro y un automóvil Fiat Cronos. Este vehículo, tras ser utilizado en otros delitos, fue finalmente abandonado en Cipolletti, según detallaron fuentes judiciales.
La Fiscalía solicitó que ambos imputados sean juzgados como coautores de asociación ilícita y robo en poblado y en banda. El juez de Garantías que interviene en la causa validó las acusaciones y ratificó las medidas cautelares dispuestas.
El caso, que continúa bajo investigación, ha cobrado relevancia no solo por el número de imputados involucrados, sino también por la complejidad de los delitos cometidos y la cantidad de localidades afectadas. La causa se mantiene abierta mientras se profundizan las pruebas y se siguen evaluando las posibles conexiones entre los acusados y otras personas que podrían estar vinculadas a la organización criminal.
La Fiscalía, por su parte, destacó que aún existen líneas de investigación activas y que no se descartan más imputaciones a medida que avancen las pesquisas.
Judiciales
La Justicia ratificó la prisión preventiva para la banda acusada de 12 violentos robos en la región
Tras el fallo, continúan vigentes las calificaciones y medidas cautelares dictadas luego de los allanamientos simultáneos del 13 de noviembre, que derivaron en la detención de los 5 acusados.

El juez de juicio no hizo lugar este martes (09/12) a los agravios presentados por las defensas particulares de los 5 imputados señalados por la Fiscalía como integrantes de una asociación ilícita que habría perpetrado 12 hechos delictivos en el Alto Valle. Con esta decisión, se mantienen en pie tanto la acusación fiscal como la calificación legal y las prisiones preventivas solicitadas oportunamente por el Ministerio Público Fiscal.
La formulación de cargos había tenido lugar el pasado 13 de noviembre, tras una serie de allanamientos simultáneos realizados por la Policía de Río Negro en General Roca y Cipolletti. En aquella audiencia, el juez de Garantías dispuso la prisión preventiva por 4 meses para todos los imputados.
Según la acusación, el grupo actuaba bajo un modus operandi reiterado y minucioso: realizaban tareas previas de vigilancia sobre objetivos seleccionados, utilizaban uno o dos vehículos sustraídos para trasladarse y irrumpían violentamente por accesos traseros, trepando paredones y techos. En el interior, reducían a las víctimas con armas de fuego, las ataban con alambres o precintos y exigían dólares y la ubicación de cajas fuertes.
También se llevaban elementos de valor como oro, dispositivos electrónicos -aunque no teléfonos celulares- y los DVR de cámaras de seguridad, para borrar registros de su ingreso.
Los 12 hechos imputados ocurrieron entre octubre de 2024 y septiembre de 2025, 11 en General Roca y uno en Allen.
Además de la acusación por integrar una asociación ilícita, a los imputados se les atribuyen distintos delitos según su presunta participación en cada caso: robo simple y agravado por ser cometido en poblado y en banda, en algunos episodios agravado por escalamiento, y privación ilegítima de la libertad con violencia. Algunos enfrentan también cargos por robo y hurto de vehículos.
Durante la audiencia, la Fiscalía reiteró que «estas 5 personas se dedicaban a trabajar de esto: hay una selectividad de objetivos, un análisis prolijo de las víctimas y una estrategia definida para concretar los hechos».
La fiscal jefa agregó que la conducta «supera la mera actuación plural circunstancial» y que los hechos «han conmocionado a la sociedad», sin descartar que puedan surgir nuevas evidencias o involucrados.
Con el rechazo de los agravios, la situación procesal de los 5 acusados continúa sin modificaciones y se mantienen las medidas cautelares establecidas por el juez de Garantías.
Judiciales
Un adolescente, una mamá y dos papás: Un fallo de Roca admite la triple filiación
El joven solicitó al Poder Judicial constituir una triple filiación, es decir, mantener un vínculo jurídico con su padre biológico y su padre de crianza, junto a su madre.

Un adolescente vive desde los 4 años con su mamá y el esposo de ella. Desde entonces, comparte la vida cotidiana en familia y mantiene un vínculo muy fuerte con el hombre. Esa figura paterna lo acompaña en todos sus proyectos de vida, le brinda amor y contención.
Comparten intereses como el dibujo y la actividad física. Pero un hecho fortaleció aún más ese lazo: la pareja adoptó a un niño y la familia creció con la llegada de un hermanito. El adolescente sintió que era momento de cambiar su apellido, pero finalmente solicitó la adopción por integración.
Su padre biológico, con quien mantiene una relación más esporádica, comprendió el profundo deseo de su hijo y no se opuso al cambio de apellido. En relación con la adopción, expresó que desea seguir siendo el padre del chico y que este continúe contando con él, aunque sea como «papá suplente».
El adolescente solicitó al Poder Judicial constituir una triple filiación, es decir, mantener un vínculo jurídico con su padre biológico y su padre de crianza, junto a su madre.
El fuero de Familia de Roca aceptó el requerimiento del joven y declaró la inconstitucionalidad del último párrafo del artículo 558 del Código Civil y Comercial, el cual establece que ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiales.
La aplicación literal del artículo «colocaría al adolescente en posición de elegir entre sus dos figuras paternas, cuando los tres adultos involucrados desean permanecer en su vida, acompañando su crecimiento y desarrollo, todos ellos desde un rol de afecto, cariño, amor y contención, como lo han hecho toda la vida», argumentó la jueza.
El fallo otorgó la adopción integrativa plena del adolescente, manteniendo a su vez el vínculo jurídico con el padre biológico. También autorizó la modificación del nombre del joven, respetando así su derecho a la identidad y su voluntad.
La sentencia analiza que la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha receptado la noción de familias en plural, ya que sostiene que la Convención Americana de Derechos Humanos no impone un concepto cerrado de familia ni protege un único modelo tradicional.
«De este modo, se brinda un estándar de protección amplio que busca garantizar un derecho filial que responda a la identidad de las personas que integran el grupo familiar. En ese contexto, la noción de socioafectividad resulta clave para comprender el proceso de desbiologización de los vínculos filiales».
El fallo recuerda también que la adopción por integración siempre mantiene el vínculo filiatorio y todos sus efectos entre el adoptado y su progenitor de origen. Ese efecto dependerá de si el adoptado posee un doble o un simple vínculo filial. En el caso del adolescente del Alto Valle, tiene doble vínculo filial, y su intención -al igual que la de los adultos involucrados- fue sumar un vínculo más.








