Seguinos

Río Negro

Por primera vez en 40 años, Río Negro tiene Lotería propia: La Rionegrina

Ayer se lanzó oficialmente la lotería provincial.

el

Con el primer sorteo nocturno y la inauguración de sala de sorteos más moderna del país el gobierno provincial lanzó ayer “La Rionegrina”, la primera quiniela oficial de Río Negro. Este nuevo producto de la Lotería de Río Negro es un hito en la historia del organismo y la provincia.

En este sentido, el gobernador Alberto Weretilneck, quien encabezó la inauguración junto al vicegobernador Pedro Pesatti, aseguró que este avance tiene que ver con la jerarquización de las distintas instituciones del Estado Provincial. “Hoy como provincia nos jerarquizamos aún más, después de tantos años que nuestros jugadores tenían que esperar resultados de otras loterías del país, ahora tienen un elemento más para sentirse orgullosamente rionegrinos”, expresó.

“La Lotería tiene 40 años, es una de las instituciones más antiguas y por lo tanto tiene que ir modernizándose, actualizándose y estar a la altura de lo que la sociedad hoy le exige, que es transparencia, honestidad y mostrar la seriedad de la administración no solo del dinero público sino de también del dinero de los contribuyentes”, agregó.

Además, destacó la importancia y las utilidades de la Lotería y remarcó que “todo lo producido, todos los beneficios y los resultados positivos tienen que ver con aquellas cosas importantes de la sociedad: el financiamiento de nuestros bomberos voluntarios y todos los cuarteles, el financiamiento al sistema de salud pública, al de desarrollo social y a nuestras bibliotecas populares, entre otras cosas”.

“El esfuerzo de los que apuestan, el esfuerzo de los agencieros y la transparencia en la administración de los fondos nos permiten que las utilidades que tiene la Lotería vuelvan en beneficio de aquellas instituciones importantes y fundamentales que tiene el Estado Provincial”, agregó.

Por su parte, el interventor de la Lotería de Río Negro, Luis Ayestarán, expresó que esta sala de sorteo estuvo esperando 40 años y los trabajadores de la Lotería lo pueden certificar. “La Lotería de Río Negro a partir de hoy estará al lado de las grandes loterías del país”.

“Todo esto se logró gracias al trabajo de más de tres años en los que nos fuimos poniendo pequeños objetivos que se fueron logrando con los agencieros, subagencieros y, principalmente, con la confianza brindada por nuestros consumidores que día a día confían en la lotería de Río Negro”.

La Rionegrina

La Quiniela Rionegrina sorteará de lunes a sábados en cuatro turnos diarios. “El primero” a las 11.30, la “Matutina” a las 14, la “Vespertina” a las 17.30 y la “Nocturna” a las 21. Todos los sorteos se transmitirán en las plataformas digitales de la Lotería de Río Negro en vivo y posteriormente se publicarán los resultados en las mismas.

Además, todas las personas que deseen presenciar los sorteos de La Rionegrina podrán hacerlo. Para ello deberán presentarse en la sala de sorteo ubicada en la calle 25 de Mayo 233 de Viedma media hora antes del turno que deseen presenciar y podrán acceder a la sala para ver el sorteo.

Sala de sorteos

La sala de sorteo cuenta con la tecnología más moderna del país. La seguridad está garantizada por una serie de controles: la carga de bolillas es controlada por el sistema, y este verifica que cada bolillero sea cargado correctamente. Cada uno de los operadores se identifica con su huella digital, con lo cual nadie que no esté autorizado podrá manipular el sistema. Una vez que finaliza el sorteo, los sorteadores se apagan automáticamente y se realiza el acta oficial del sorteo. Es decir que no hay posibilidad de modificar la información generada en el proceso.

Advertisement
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Judiciales

Una historia detrás de un cambio de apellido: cuando la identidad pesa más que el origen

El adolescente aclaró que su intención concreta consistía en llevar el apellido de su padre afín.

el

Un adolescente recurrió al Poder Judicial porque cargaba con un peso invisible: su apellido. Para él, ese nombre en su documento era solo un recordatorio de una ausencia total, lo que le provocaba rechazo y vergüenza.

En la escuela y con sus amigos, todos lo conocen por otro apellido: el de la persona que lo cuidó y lo sostuvo desde que tenía un año y medio. El padre de crianza ocupó el lugar que el progenitor dejó vacío por desinterés.

Aunque su madre ya no es pareja de ese hombre, el vínculo entre ellos permaneció intacto. Él lo acompaña a los actos escolares, lo apoya económicamente y comparte con él vacaciones y festejos familiares.

El fuero de Familia de Villa Regina hizo lugar a la acción iniciada por el adolescente y ordenó la supresión del apellido paterno. También dispuso la rectificación de la partida de nacimiento para que el joven lleve el apellido del hombre que lo crio. Además, ordenó comunicar la decisión al Registro Civil para modificar el acta correspondiente y emitir un nuevo documento nacional de identidad.

Ante una consulta del Juzgado, el adolescente aclaró que su intención concreta consistía en llevar el apellido de su padre afín. Durante el proceso intervino la Defensoría de Menores y se produjo prueba documental, testimonial y pericial psicológica. También se realizaron notificaciones al progenitor biológico, quien no se presentó en ningún momento. La fiscalía y el Registro Civil emitieron dictámenes favorables a la petición.

Los testigos coincidieron en que el joven no se identifica con el apellido paterno y reconoce como padre a quien lo acompañó en su crianza, con quien mantiene una relación cercana. También señalaron que, en ámbitos sociales, escolares y en redes, el adolescente ya utiliza ese apellido.

El fallo recordó que el derecho a la identidad incluye elementos como el nombre, la filiación y la pertenencia social y familiar. El Código Civil y Comercial permite modificar el nombre cuando existen justos motivos, lo que habilita valorar la dimensión dinámica de la identidad personal. En ese marco, la jueza consideró que el abandono del progenitor biológico y la consolidación de un vínculo socioafectivo con el padre de crianza constituyen razones suficientes para apartarse del principio de inmutabilidad del nombre.

También destacó la importancia del interés superior del adolescente y su derecho a ser escuchado. En la audiencia realizada durante el proceso, el joven reafirmó su decisión y explicó que reflexiona sobre el cambio de apellido desde hace años.

A partir de la prueba reunida, el Juzgado concluyó que el uso del apellido paterno genera una afectación en la identidad personal del adolescente y que la modificación solicitada refleja la realidad de sus vínculos familiares y sociales.

Continuar leyendo

Judiciales

Obra social deberá cubrir intervención facial en proceso de transición de género

La rinoplastía feminizante fue considerada parte del proceso de adecuación corporal por el Superior Tribunal de Justicia.

el

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro confirmó una sentencia que ordenó garantizar la cobertura integral para una cirugía de rinoplastía feminizante solicitada por una afiliada a una obra social, en el marco de su proceso de adecuación corporal conforme a su identidad de género.

El caso llegó al máximo tribunal provincial a partir de la apelación presentada por la Provincia contra una sentencia de amparo que había reconocido el derecho de la afiliada a acceder a distintas intervenciones vinculadas con su proceso de transición. El recurso cuestionaba únicamente la cobertura de la rinoplastía feminizante.

Al analizar el planteo, el Superior Tribunal señaló que el debate central se vincula con el alcance del derecho a la identidad de género y con la interpretación de la normativa que regula las intervenciones médicas destinadas a adecuar el cuerpo a la identidad autopercibida.

La sentencia recordó que la Ley N° 26.743 de Identidad de Género reconoce ese derecho como un derecho humano fundamental. Establece que las personas mayores de edad pueden acceder a intervenciones quirúrgicas totales o parciales para adecuar su cuerpo, incluida la genitalidad, sin necesidad de autorización judicial o administrativa. Además, la norma dispone que las prestaciones vinculadas con estos tratamientos deben ser garantizadas por los efectores del sistema de salud.

En ese marco, el máximo Tribunal destacó que la reglamentación del artículo 11 de la ley enumera distintas cirugías vinculadas con los procesos de adecuación corporal, pero aclara expresamente que ese listado es de carácter «meramente enunciativo y no taxativo».

Para el Superior Tribunal, este punto resulta determinante para resolver el caso, ya que implica que la cobertura de las intervenciones no se limita exclusivamente a las prácticas detalladas en la reglamentación. En consecuencia, la evaluación de cada pedido debe realizarse considerando el objetivo de garantizar el ejercicio efectivo del derecho a la identidad de género.

La sentencia también analizó la indicación médica incorporada al expediente. Según el informe profesional, la rinoplastía feminizante forma parte del proceso de afirmación de género y se vincula con la necesidad de adecuar ciertos rasgos faciales a la identidad autopercibida, con impacto en el bienestar psicológico y en la calidad de vida.

Desde esa perspectiva, el tribunal señaló que el derecho a la salud debe interpretarse en sentido amplio, conforme al concepto adoptado por la Organización Mundial de la Salud, que comprende el bienestar físico, mental y social de las personas.

El fallo también remarcó que el proceso de adecuación corporal puede involucrar distintas intervenciones que, en conjunto, integran un abordaje médico destinado a armonizar la identidad de género con las características físicas de la persona. Así, confirmó la obligación de cobertura de la obra social.

Continuar leyendo

Agro

Avanza la limpieza de colectores clave para el riego en el Alto Valle

Actualmente ya se completaron 15,5 kilómetros de limpieza, lo que representa un avance cercano al 40% de la intervención prevista.

el

El Gobierno de Río Negro, a través del Departamento Provincial de Aguas (DPA) y junto a los consorcios de riego, avanza con la limpieza de los colectores pluviales de la 6° y 7° zona al norte de Cervantes, Mainqué e Ingeniero Huergo. Los trabajos ya alcanzan un 40% de ejecución sobre un sistema clave para la producción.

Los trabajos son ejecutados por el DPA en conjunto con los consorcios de riego de la región y forman parte de las acciones permanentes de mantenimiento de la infraestructura hídrica que sostiene la producción frutícola del Valle.

Este sistema de colectores cumple una función fundamental en el manejo hídrico de la zona: recolecta y conduce los aportes pluviales desde el sector norte hasta su descarga en el río, permitiendo mantener la napa freática en niveles adecuados para los cultivos y eliminar los excesos de riego.

El conjunto de colectores tiene una extensión aproximada de 40 kilómetros. Actualmente ya se completaron 15,5 kilómetros de limpieza, lo que representa un avance cercano al 40% de la intervención prevista.

El inspector del DPA, Fernando Casares, explicó que «este sistema recolecta y conduce los aportes pluviales de la zona norte hasta su descarga en el río y es fundamental para mantener la freática en niveles adecuados para los cultivos y eliminar los excesos de riego».

Estas tareas se inscriben en el plan permanente de mantenimiento del sistema hídrico provincial, una infraestructura clave para el desarrollo productivo del Alto Valle.

Continuar leyendo
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement
Advertisement