Río Negro
Exitosa primera transfusión de plasma de paciente recuperado de COVID-19
Los recuperados de coronavirus poseen anticuerpos en el plasma de su sangre que podrían beneficiar a quienes están cursando la enfermedad.

Se realizó con éxito la primera transfusión de plasma de un paciente curado a uno enfermo de COVID-19 en un hospital rionegrino, cumpliendo con todos los protocolos aprobados por el Ministerio de Salud provincial. El procedimiento se realizó en el nosocomio “Pedro Moguillansky” de Cipolletti, convirtiéndose en la primera experiencia de estas características en toda la provincia.
Las personas recuperadas de COVID-19 poseen anticuerpos en el plasma de su sangre que podrían beneficiar a quienes están cursando la enfermedad.
La directora del hospital, Claudia Muñoz, explicó que tras atender al paciente positivo para COVID-19 y analizar su evolución, los médicos de Terapia Intensiva determinaron “que era el candidato adecuado para recibir el plasma de otro paciente ya recuperado”.
Muñoz declaró que previamente a realizar el primer procedimiento de transfusión “se establecieron todos los protocolos correspondientes y estábamos buscando a los posibles donantes, y cuando se dio la oportunidad empezamos pedir colaboración”.
La evolución del paciente es muy buena y se aguarda para realizar una segunda transfusión, tomando en cuenta que se trata de una persona de contextura física grande. “Somos optimistas de los resultados”, dijo Muñoz.
A través de este gesto voluntario y solidario, los pacientes recuperados de COVID-19 podrán sumar un gran aporte que permitirá evaluar los beneficios de este tratamiento. De esta manera, se espera ofrecer una posible nueva alternativa para el tratamiento de pacientes.
La directora del hospital agradeció a la Fundación Médica, que proveyó insumos y sumó su aporte en una tarea conjunta que nuevamente demuestra la importancia del trabajo mancomunado entre los sectores público y privado de la salud.
Detalles del procedimiento
- Las personas confirmadas de COVID-19 estarán en condiciones de donar su plasma pasados 14 días de su recuperación y contando con una prueba negativa para el virus.
- Quienes sean potenciales donantes no deben tener antecedentes transfusionales (no haber recibido transfusiones previamente) y deberán cumplir con todos los requisitos exigidos por Salud de Nación para un donante de sangre habitual.
- El procedimiento se realiza con un equipo de plasmaféresis que solo extrae unos mililitros de plasma sin ningún otro componente, ni glóbulos rojos, ni glóbulos blancos, ni plaquetas. Estos componentes de la sangre se devuelven luego al paciente sin el plasma, el cual el organismo sustituye rápidamente.
- Se lleva a cabo una entrevista, un examen clínico y pruebas de laboratorio para asegurar la salud del donante y la del receptor anónimo.
- El tiempo de proceso es de alrededor de 60 minutos.
Río Negro
Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre
Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.
Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.
Detalle del cronograma
Viernes 19/12
- Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
- Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial
Sábado 20/12
- Docentes y porteros
- Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
- Poder Legislativo, Judicial y órganos de control
El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.
Judiciales
Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años
La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.
Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.
El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.
El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.
Judiciales
Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva
El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».
El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».
La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».
Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».








