Judiciales
Adolescente pidió la «privación de responsabilidad parental»: Su progenitor biológico nunca se ocupó
El hombre se desentendió del cuidado y la crianza del niño.

Un adolescente, a través de su mamá, inició una demanda judicial de «privación de responsabilidad parental» contra su progenitor biológico. Casi desde su nacimiento, el hombre se desentendió del cuidado y la crianza del niño.
La mamá refirió que se separaron a poco del nacimiento del hijo. Pese a sus esfuerzos para que el hombre vea al niño y colabore con su crianza, nunca asumió sus responsabilidades.
Durante un tiempo tuvo contacto con sus tías paternas, pero luego se diluyó. El adolescente expresó su deseo de ser llamado por el apellido de sus hermanos y el de su actual pareja, que es en definitiva quien se ocupa de asistirlo, cuidarlo y criarlo desde que tiene dos años. Lo denomina e identifica como «papá».
La jueza de Familia citó el artículo 700 inc. 2º del Código Civil y Comercial (CCyC) que determina la pérdida de la responsabilidad parental en los casos en que uno de los progenitores realice el abandono de su hijo, dejándolo así en un estado de desprotección.
«La privación de la responsabilidad parental opera como sanción a los progenitores cuyas conductas la motivan, pero a pesar de ello para su dictado se debe tener en cuenta si es una decisión que hace al mejor interés del hijo, ya que de lo contrario también se lo estaría sancionado», dice el fallo.
Informes técnicos dieron cuenta que el niño «no presenta deseos de vincularse con su progenitor biológico, al que no considera como referente significativo y que se observó malestar en el adolescente cuando se refiere al Sr., a diferencia de su postura cuando nombra a su madre y a su pareja, a quien considera como su papá».
En la escuela destacaron que en los actos públicos el adolescente siente «incomodidad y profundo malestar cuando es llamado por el apellido paterno». La escuela de fútbol donde concurre es coincidente.
El informe de la Oficina de Servicio Social Ministerio Público de la Defensa consigna el contexto del nacimiento del niño y concluye que «no surge en ese inicio ni en los años posteriores una participación activa en la crianza, ya sea en términos de cuidados o de asistencial económica o material».
En el expediente de Familia quedó expuesto que «progenitor delegó de hecho el cuidado y crianza en la mamá, desentendiéndose en absoluto de su hijo, tanto en el aspecto económico como emocional». Se escuchó al adolescente. También a la mamá, a la pareja de la madre y a testigos.
Se probó que el chico «se encuentra bajo el exclusivo cuidado de su progenitora y no mantiene contacto alguno con su progenitor, quien se ha desinteresado de su vida, tanto en el aspecto emocional como económico».
En definitiva, la jueza de la Unidad Procesal N° 5 de Viedma hizo lugar a la demanda y dispuso la «privación de la responsabilidad parental». Asimismo, recordó que «la responsabilidad parental es revocable, por sentencia judicial, siempre y cuando cambien las circunstancias que dieron lugar a su privación».
Judiciales
Condenaron a un policía por dispararle a su ex pareja: Le hirió el pie con su arma reglamentaria
El juez subrayó que el disparo podría haber tenido consecuencias más graves si hubiera impactado en otra parte del cuerpo.

Un empleado policial fue declarado penalmente responsable por unanimidad del delito de lesiones graves agravadas por violencia de género, por el vínculo de pareja y por el uso de arma de fuego, luego de que el Tribunal Colegiado interviniente tuviera por acreditado que disparó contra su ex pareja hiriéndola en el pie con su arma reglamentaria.
El hecho ocurrió el 18 de mayo pasado en el domicilio de la víctima. El presidente del Tribunal destacó la solidez del testimonio de la damnificada, quien mantuvo su declaración sin variaciones desde la denuncia inicial hasta el debate oral. «Pudo describir tanto las situaciones previas como lo ocurrido el 18 de mayo pasado en su domicilio, con precisión y detalle», señaló el magistrado.
El Tribunal también descartó de manera categórica el carácter accidental del episodio. «La consecuencia de este episodio pudo haber sido más grave si el disparo efectuado por el imputado hubiese impactado en otra parte del cuerpo de la víctima. No cabe duda de que no fue un hecho accidental, sino doloso», expresó el presidente del cuerpo judicial.
En la misma audiencia, la Fiscalía solicitó la prórroga de las medidas cautelares hasta la firmeza del fallo para resguardar a la víctima, quien deberá declarar en la próxima audiencia de cesura de la pena.
La defensa penal pública no formuló oposición y el Tribunal resolvió prorrogar la prohibición de acercamiento en un radio de 100 metros y de todo tipo de contacto, tanto directo como a través de terceros o medios electrónicos.
Judiciales
Lo condenaron por violencia de género, volvió a convivir con la víctima y lo enviaron a prisión
La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial. El Ministerio Público acreditó que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad.

Un hombre condenado por violencia de género cumplirá pena efectiva en Cipolletti tras comprobarse el incumplimiento de las pautas de conducta. La situación salió a la luz a partir de un procedimiento policial y de un informe de la Oficina de Atención a la Víctima. El Ministerio Público Fiscal acreditó además que regresó a convivir con la mujer, quien se encuentra en condiciones de vulnerabilidad. El juez de Ejecución transformó la pena en suspenso en prisión efectiva.
La condena original se dictó en agosto de 2025 por hechos que incluyeron lesiones, amenazas y privación ilegítima de la libertad en un contexto de violencia de género. En ese momento, el Poder Judicial había dispuesto reglas claras: no acercarse ni mantener contacto con la mujer y sostener un domicilio informado. Esas condiciones formaron parte de una pena de ejecución condicional que buscó evitar el encierro.
Sin embargo, la presencia en la vivienda de la mujer evidenció la transgresión de esas restricciones. El informe de la Oficina de Atención a la Víctima describió un escenario atravesado por temor y dependencia económica, además de referencias a episodios de violencia posteriores a la condena.
Durante la audiencia, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que el planteo se centró en el incumplimiento de las pautas impuestas y no en la investigación de un nuevo delito. La defensa se opuso al pedido y señaló que los hechos integraban una causa en trámite, además de plantear objeciones sobre la posibilidad de una doble sanción.
El juez de Ejecución Penal analizó la documentación incorporada, en especial el informe técnico, y consideró acreditada la violación de las reglas de conducta, en particular la prohibición de acercamiento. Con base en ese análisis y en normativa vinculada a la protección contra la violencia de género, dispuso la revocación de la condicionalidad.
La resolución ordenó la detención y el traslado a un establecimiento penitenciario.
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Escándalo en el Poder Judicial: Un arma secuestrada apareció en un procedimiento policial y faltan otras en las oficinas de Roca
La irregularidad puso en evidencia fallas en el circuito de secuestros judiciales.

El Poder Judicial de Río Negro impulsó una denuncia penal y una investigación interna de carácter urgente luego de detectar que un arma de fuego que se encontraba secuestrada y bajo custodia judicial apareció en un procedimiento policial realizado en la ciudad de Roca. El hallazgo alertó sobre una irregularidad grave en el resguardo de ese elemento y desencadenó una serie de medidas institucionales.
La denuncia tramita en la Fiscalía de Roca, donde se investiga cómo el arma, que debía permanecer en dependencias judiciales, terminó involucrada en un episodio delictivo. En paralelo, el organismo dio intervención al Auditor General, requirió información a distintas áreas, tomó declaraciones testimoniales y analizó documentación vinculada al circuito de secuestros judiciales.
Como medida complementaria, se ordenó un relevamiento y arqueo integral de los objetos secuestrados en la Oficina Judicial de Roca, que fue extendido a todas las Oficinas Judiciales de la provincia para verificar la correspondencia entre los registros y la existencia material de los elementos resguardados.
El resultado del arqueo agravó el cuadro: se detectó el faltante de otras armas de fuego, lo que motivó la ampliación de la denuncia penal. El número total de elementos involucrados aún no está determinado, dado que el control sigue en curso.
Actualmente se indaga sobre los registros de elementos secuestrados y los protocolos de control interno en las dependencias judiciales. La revisión abarca depósitos, sistemas de inventario y circuitos administrativos relacionados con la custodia.
El Poder Judicial indicó que el proceso interno podría derivar en medidas precautorias o sanciones. La causa penal en la Fiscalía de Roca continúa en etapa inicial, mientras el Auditor General prosigue con las actuaciones administrativas dispuestas por el organismo.








