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Río Negro

El Tren Solidario llegó a Río Negro, con donaciones para la comunidad

En cada parada se realizó entrega de donaciones a instituciones.

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Con más de 220 pasajeros a bordo, este viernes (08/11), y luego de un largo viaje desde Haedo, Buenos Aires, arribó a Cipolletti el Tren Solidario con donaciones de ropa, juguetes y útiles destinados a las familias rionegrinas que se encuentran atravesando una situación de vulnerabilidad.

El tren partió desde Buenos Aires, atravesando las estaciones de Río Colorado, Darwin, Coronel Belisle, Chimpay y Allen, en una iniciativa que lleva insumos esenciales a las comunidades. Esta labor, que comenzó en el 2001, es organizada cada año por el Programa de Responsabilidad Social Empresarial de la Revista Rieles, junto a sindicatos del sector y empresas ferroviarias. En este caso contó también con el acompañamiento del Gobierno de Río Negro.

En cada parada, los organizadores entregaron las donaciones a diferentes instituciones, para que lleguen a las vecinas y vecinos a través de ellas.

«Este tren solidario representa mucho más que un medio de transporte. Es una muestra de que, trabajando en equipo, podemos llegar a cada localidad respondiendo a las necesidades de quienes más lo necesitan. Gracias a esta iniciativa, las localidades de Río Colorado, Darwin, Coronel Belisle, Chimpay, Chichinales, Ingeniero Huergo, Mainqué, Cervantes, Allen y Cipolletti recibirán el apoyo con alimentos e insumos que contribuirán al bienestar de sus habitantes«, declaró el presidente del Tren Patagónico, Roberto López.

Por su parte, el ministro de Gobierno, Trabajo y Turismo, Fabián Gatti, hizo hincapié en «el tren fue la vía de comunicación y transporte del maravilloso país que supo ser la Argentina. Felicito la iniciativa del Tren Solidario, no solo por su espíritu del proyecto sino porque mantiene la sensibilización y la conciencia de lo que el tren puede significar para una etapa de recuperación de nuestro país».

Asimismo, el director del Tren Solidario, Sergio Rojas, indicó que «lo que hacemos nosotros es tratar de integrar y darle un orden a algo que parece imposible como es la llegada del Tren Solidario a las distintas localidades. Los rionegrinos tienen una empresa que defiende al sistema ferroviario, que es el Tren Patagonico, que mantiene el servicio en la Región Sur, que de no ser por este medio de transporte no tendría conectividad, al igual que tampoco existiría un proyecto de carga para poder trasladar la mercadería que se produce en territorio provincial».

Cabe destacar que la llegada del Tren fue posible gracias a un convenio de colaboración firmado entre los ministerios de Gobierno, Trabajo y Turismo; y de Obras y Servicios Públicos, el Tren Patagónico y el Tren Solidario.

Esta iniciativa recorre el país desde hace 23 años, revalorizando el transporte ferroviario y su importancia para el desarrollo de las comunidades. Además, trabaja junto a diversas instituciones y municipios para brindar ayuda a las familias en situación de vulnerabilidad.

El acto contó también con la presencia de la presidente del Concejo Deliberante de Cipolletti, Karina Alvarez; el secretario de Gobierno de la Municipalidad de Cipolletti, Paul Fracchia, y la coordinadora general del Tren Solidario, María de los Ángeles García, además de referentes de sindicatos y empresas ferroviarias.

Río Negro

Río Negro pagará aguinaldos el 19 y 20 de diciembre

Lo anunció el gobernador Weretilneck en sus redes sociales.

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El Gobierno de Río Negro pagará el segundo medio aguinaldo del año los días 19 y 20 de diciembre. Lo anunció el gobernador Alberto Weretilneck en sus redes sociales, quien afirmó que la decisión apunta a acompañar a las familias y al comercio local.

Con un gran esfuerzo presupuestario, la Provincia cumple con el pago antes de fin de año, garantizando previsibilidad para todo el personal estatal y dando un fuerte impulso a la economía.

Detalle del cronograma

Viernes 19/12

  • Salud Pública, guardias y horas extras de Salud
  • Policía de Río Negro y Servicio Penitenciario Provincial

Sábado 20/12

  • Docentes y porteros
  • Ley 1.844, Vialidad Rionegrina, pensiones de Bomberos Voluntarios
  • Poder Legislativo, Judicial y órganos de control

El gobernador Alberto Weretilneck destacó la importancia de este compromiso cumplido que “es una noticia que queríamos darles no sólo a los empleados públicos, sino también al comercio y a todas las familias que estaban esperando este anuncio”.

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Judiciales

Sentencia ordena el cese de una cuota alimentaria porque los hijos ya tienen 26, 27 y 37 años

La Justicia hizo lugar al pedido de un hombre jubilado que aún pagaba alimentos pese a que sus hijos son mayores y autónomos.

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Una sentencia ordenó el cese de una cuota alimentaria que un hombre pagaba desde hacía años a favor de sus tres hijos, quienes actualmente tienen 26, 27 y 37 años. La decisión se tomó luego de que el progenitor solicitara formalmente el cierre de la obligación, al considerar que la mayoría de edad y autonomía de los hijos tornaban improcedente la continuidad del régimen de alimentos. El hombre se había jubilado como policía federal.

Según surge del expediente, el pedido se presentó en noviembre y fue acompañado por las partidas de nacimiento. La jueza de Viedma verificó que los tres hijos habían superado ampliamente la edad prevista por la ley para la vigencia de la obligación alimentaria. Tal como indica la sentencia, «habiendo en consecuencia cesado ipso iure la obligación alimentaria del progenitor a su respecto», de conformidad con los artículos 658 y 663 del Código Civil y Comercial.

El fallo utiliza la expresión latina ipso iure, que significa «por el propio derecho» o «por el solo efecto de la ley». En este tipo de casos, implica que la obligación de pagar alimentos cesa de manera automática cuando los hijos alcanzan la mayoría de edad, sin necesidad de una resolución previa, salvo que existan circunstancias excepcionales que deban ser acreditadas.
De acuerdo a la normativa vigente, el cese de la cuota alimentaria requiere una solicitud previa por parte del aportante, no se realiza automáticamente.

El Tribunal resolvió hacer lugar al planteo del alimentante y ordenó el cese inmediato de la cuota que beneficiaba a los tres hijos adultos. Además, dispuso notificar a la persona que estaba autorizada a percibirla y emitir oficio a la Caja de Retiros, Jubilaciones y Pensiones de la Policía Federal para que deje sin efecto la retención.

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Judiciales

Caso Mandagaray: El STJ rechazó que el caso vaya a la Corte porque no hay sentencia definitiva

El máximo Tribunal provincial sostuvo que el planteo es prematuro y que el expediente debe continuar en la Justicia rionegrina.

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El Superior Tribunal de Justicia de Río Negro (STJ) rechazó el Recurso Extraordinario Federal en la causa donde se investigan responsabilidades por la muerte de Gabriel Mandagaray. De esta manera, el proceso continúa en el ámbito provincial y el próximo paso será el pronunciamiento del Tribunal de Impugnación. El máximo órgano rionegrino sostuvo que el planteo resulta prematuro, ya que «la sentencia objetada no posee la condición de definitiva ni equiparable».

El fallo recuerda que la resolución impugnada, que ordenó un nuevo examen integral, «no concluye el proceso, no define responsabilidad penal ni clausura la persecución, sino que se limita a disponer la nulidad de la revisión realizada por el TI 2 y a reenviar las actuaciones». En consecuencia, explicó el STJ, el agravio alegado «recién adquirirá entidad a los fines de la vía excepcional una vez emitido el pronunciamiento final».

La Corte Suprema tiene una doctrina de no admitir recursos cuando la sentencia no es definitiva. En el fallo se sostiene que «la ausencia del requisito de definitividad no se suple por la invocación de arbitrariedad o de garantías constitucionales que se estimen vulneradas».

Además, el STJ señaló que los recursos federales interpuestos no satisfacen los requisitos formales de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema. En el texto se consigna que las presentaciones «no desarrollan un relato claro y preciso de todas las circunstancias relevantes del caso», «no demuestran el gravamen ocasionado», «no refutan todos y cada uno de los fundamentos» de la sentencia impugnada y «no ponen en evidencia que medie una relación directa e inmediata entre las normas federales invocadas con lo debatido y resuelto en el caso».

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