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El juez Campana dictó prisión preventiva para Irusta por el Caso Muñoz

Además, procesó a Maximiliano Morales por considerarlos autor penalmente responsable del delito de allanamiento ilegal en el domicilio del policía asesinado.

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El juez de Instrucción Penal Bernardo Campana, dictó el procesamiento de Maximiliano Morales y de Luis Daniel Irusta, por considerarlos -prima facie- autores penalmente responsables del delito de allanamiento ilegal, (Arts. 151 y 255 del Código Penal). En el caso de Irusta, se ha dictado también la prisión preventiva. El hecho ocurrió en el domicilio que habitaba Lucas Muñoz.

Cabe señalar que ambos procesados al momento del hecho investigado se desempeñaban como integrantes de la Policía de Río Negro. Morales como Oficial Ayudante e Irusta como Oficial Sub Inspector.

La Fiscalía imputó a los nombrados el hecho ocurrido el día 14 de julio del año 2016 en el domicilio ubicado en la calle Moreno 594. En la oportunidad siendo entre las 22 hasta pasadas las 23 hs., Maximiliano Julián Morales y Luis Daniel Irusta, ambos en su calidad de empleados de la Policía de Río Negro y en el ejercicio de sus funciones, se hicieron presentes en el domicilio aludido. Una vez allí, procedieron sin orden escrita y fundada por autoridad judicial competente, y por fuera de las formalidades previstas por la ley, a introducirse en la habitación del citado inmueble en el cual residía Lucas David Muñoz, quien para ese momento estaba siendo buscado, por desconocerse su paradero desde el mediodía de esa fecha.

En tales circunstancias, procedieron a manipular documentación y objetos tales como la computadora personal de Lucas Muñoz y se procedió a revisar efectos personales efectuando una serie de maniobras impropias con elementos privados de Muñoz. Posteriormente ambos imputados abandonaron el hotel.

Luego de analizar los elementos probatorios agregados en esta causa, entre los que se destacan pluralidad de testimoniales, allanamientos, diversos informes de OITEL de Policía Aeroportuaria, análisis de fotografías, peritaciones varias, entre otras, el Juez ha estimado, que en esta etapa del proceso, tanto la materialidad de los hechos como la autoría responsable de Irusta y Morales se encuentran acreditadas con el grado de probabilidad exigidos por nuestro ordenamiento legal . Es decir, que la prueba colectada hasta el momento permiten concluir que Irusta y Morales, ingresaron y registraron el domicilio particular de Lucas Muñoz sin autorización válida y con ello han cumplido el tipo previsto en el art. 151 del C.P.

Ambos imputados prestaron declaración indagatoria y brindaron su versión en presencia de las partes. En este sentido la resolución señala que «si bien los imputados sostienen haber obrado de buena fe, lo cierto es que ambos son oficiales de policía y no podían desconocer la ilicitud de su conducta. A ello debo sumar que Irusta tiene varios años de servicio. Se evacuaron citas y se comprobó que en ningún momento se los autorizó a ingresar o revisar el domicilio de Muñoz, mucho menos a tomar un elemento de allí».

Con respecto a la calificación legal se ha señalado que la conducta desplegada por Morales e Irusta encuadra en las disposiciones del art. 151 del C.P.P. -allanamiento ilegal- . Ambos policías entraron y registraron un domicilio ajeno contra la voluntad de quien en ese momento tenía derecho a excluirlos. Señala además que en ningún momento pidieron autorización a la persona que se encontraba en el lugar (novia de Muñoz) ni le brindaron las explicaciones, ni exhibieron autorización alguna que les permitiera realizar tal registro.

Prisión preventiva de Luis Daniel Irusta

En este sentido la resolución señala y luego del análisis pertinente, que corresponde dictar la prisión preventiva, toda vez que el imputado ha tenido una serie de conductas que indican claramente su intención de entorpecer esta investigación. Cabe señalar que tras el inicio de esta investigación se dispuso la citación de ambos imputados a fin de ser impuestos de las condiciones de la libertad provisional y fijación de domicilio. Tras ello, el comportamiento de ambos fue distinto. Morales permaneció a derecho en todos los actos procesales requeridos. En cambio el imputado Irusta obró de forma muy distinta. Se mudó a otra Provincia y no lo hizo saber al Juzgado a pesar del claro apercibimiento efectuado. Corresponde solicitar al Juez la autorización, situación notificada y conocida por el mismo por su experiencia en la fuerza policial. Por ello se ordenó su detención y el allanamiento de su morada.

«Todos esos elementos me indican la existencia de serios peligros de fuga e incluso de entorpecimiento para la investigación en el caso de Irusta y como sostiene el Fiscal, estimo que solo puedo conjurarlos manteniendo su detención a través del instituto de la prisión preventiva», señaló el juez Campana.

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Judiciales

Intentó escapar de un control policial en bicicleta y terminó detenido: Tenía pedido de captura

El joven intentó refugiarse en una vivienda para evitar ser atrapado.

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Un joven de 23 años fue detenido el domingo (11/01) por la noche tras un rápido operativo realizado por personal de la Comisaría 31°, luego de intentar evadir un control preventivo en las inmediaciones de las calles Venezuela y Austria, en General Roca.

El hecho ocurrió mientras los efectivos realizaban tareas de prevención en la zona. Al advertir la presencia policial, el joven, que circulaba en bicicleta, emprendió la fuga, lo que dio inicio a un operativo de búsqueda por el sector.

Minutos después, el sospechoso fue localizado caminando e intentó ingresar a un domicilio para eludir a los uniformados. Sin embargo, fue reducido de manera inmediata, sin que se registraran riesgos para vecinos ni transeúntes.

Durante el forcejeo, el joven sufrió una lesión leve en uno de sus dedos al intentar atravesar un portón de chapa, por lo que fue trasladado al Hospital Francisco López Lima para su atención.

Tras ser identificado, se confirmó que tenía una orden de detención vigente emitida por la Fiscalía N° 4 en una causa por lesiones agravadas. Finalmente, quedó a disposición de la Fiscalía N° 8.

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Fue a la casa de su ex pareja pese a tener prohibición de acercamiento y terminó detenido

La restricción había sido dictada en el marco de una causa por violencia de género.

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Personal policial de la Comisaría 3° detuvo a un hombre de 37 años que fue hallado en la vivienda de su ex pareja, a pesar de contar con una orden judicial que le prohibía acercarse a la mujer.

Según la denuncia, la propia víctima se comunicó con la policía al advertir que su ex pareja se encontraba en el interior de su domicilio, ubicado en la calle Rodhe al 2000, violando la medida de restricción vigente.

Los efectivos acudieron rápidamente al lugar y confirmaron la presencia del hombre dentro de la vivienda. Tras corroborar la prohibición de acercamiento, procedieron a su detención.

El detenido fue trasladado a la unidad policial, donde quedó a disposición de la Fiscalía en turno, que dispuso iniciar las actuaciones correspondientes por el delito de desobediencia judicial.

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Violento ataque a tiros en una plaza de Roca: El acusado seguirá preso

Violento ataque a tiros en una plaza de Roca: el acusado seguirá preso

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El Ministerio Público Fiscal formuló cargos contra un hombre acusado de intentar matar a otro mediante el uso de un arma de fuego, en un violento episodio ocurrido a fines de noviembre en la ciudad de General Roca. La jueza de Garantías interviniente tuvo por formulados los cargos y dispuso la prisión preventiva del imputado.

De acuerdo con la acusación fiscal, el hecho ocurrió el viernes 28 de noviembre del 2025, alrededor de las 16.30 horas, en la vía pública, en inmediaciones de la plaza ubicada en calles España y Los Cardenales. En ese contexto, el imputado, que portaba un arma de fuego sin autorización legal, mantuvo una discusión con la víctima y, con intención de causarle la muerte, le efectuó dos disparos dirigidos al cuerpo.

Como consecuencia del ataque, la víctima sufrió lesiones graves en el hígado, el intestino grueso y el intestino delgado, lo que motivó su urgente traslado al Hospital Francisco López Lima.

Durante la audiencia se destacó que la intervención del sobrino de la víctima fue clave para evitar un desenlace fatal, ya que logró que el agresor se retirara del lugar y colaboró en el traslado del herido, junto a un hombre que pasaba circunstancialmente por el sector. Si bien el estado de salud se agravó durante la internación, el trabajo del personal médico permitió salvarle la vida.

La Fiscalía también atribuyó un segundo hecho, ocurrido inmediatamente después del ataque, cuando el imputado exhibió el arma de fuego al sobrino de la víctima, generándole temor, para luego darse a la fuga.

Como sustento probatorio, el Ministerio Público Fiscal mencionó testimonios de testigos presenciales, entre ellos el del sobrino, quien refirió conflictos previos entre las partes, además del proyectil secuestrado, las lesiones acreditadas, el traslado al hospital y demás constancias reunidas en la investigación.

La orden de detención había sido dispuesta el mismo viernes (28/11), en atención a la gravedad del hecho, aunque el imputado fue detenido recién el lunes (05/01).

La Defensa Penal se opuso a la formulación de cargos, al sostener que existió un supuesto amedrentamiento previo por parte de la víctima y que el acusado habría actuado en legítima defensa. No obstante, la jueza consideró que la evidencia reunida hasta el momento respalda la hipótesis fiscal, aclarando que la defensa podrá producir prueba durante la investigación.

Finalmente, se dispuso un plazo de dos meses de investigación penal preparatoria y la prisión preventiva del imputado por el mismo período, fundamentada en la falta de arraigo, el riesgo de fuga y los antecedentes penales del acusado.

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