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Río Negro

Prorrogaron el contrato con el Banco Patagonia hasta que se cumpla el proceso licitatorio

Será por un plazo de 180 días, con inicio desde el 14 de diciembre del presente año.

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La Cámara avaló ayer un decreto ley remitido por el Poder Ejecutivo, para prorrogar el contrato de Servicios Financieros y Bancarios de la Provincia con el Banco Patagonia S.A., por un plazo de 180 días, a partir del 14 de diciembre del presente año.

Esta norma establece además que el plazo puede extenderse o reducirse de acuerdo a los tiempos del proceso licitatorio para la selección de la entidad bancaria que prestará servicio de agente financiero, y la puesta en vigencia del nuevo contrato.

La legisladora Arabela Carreras (Juntos Somos Río Negro), como miembro informante, explicó que este decreto de naturaleza legislativa busca asegurar la continuidad de la prestación de los servicios bancarios que posibiliten el normal funcionamiento de la Administración Pública.

Afirmó que la prórroga se encuentra respaldada por el llamado a licitación para elegir al nuevo agente financiero, y señaló que el gobernador Alberto Weretilneck ya fijó, por decreto, el cronograma de este proceso, que se estima que concluirá el 28 de abril con la firma del nuevo contrato.

En este sentido, expresó que “no estamos pidiendo una prórroga sin tener precisión acerca de cómo vamos a cumplir con una ley que hemos sancionado”.

El legislador Alejandro Marinao (Frente para la Victoria) aunque adelantó el voto favorable de su bancada, cuestionó las “impericias que ha tenido el gobierno en el manejo de los tiempos”.

Argumentó que sabiendo que el contrato concluía el 13 de diciembre de este año, se podría haber comenzado el debate antes y no se estaría prorrogando el contrato “a un banco que tiene grandes y graves desconsideraciones con los usuarios, con los contribuyentes y con los empleados del Estado provincial”.

Tanto Jorge Ocampos (Frente Progresista) como Soraya Yauhar (Unión Cívica Radical) anunciaron su aval al decreto ley, mientras que Facundo López (JSRN) agradeció el acompañamiento de la oposición y garantizó que se cumplirá con todo lo establecido en el pliego de licitación para la contratación del nuevo agente financiero de Río Negro.

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Judiciales

Estuvo varado más de 12 horas sin agua ni asistencia: Condenan a empresa de transporte por trato indigno

El colectivo se quedó sin combustible a pocos kilómetros de Chimpay.

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Un hombre que viajaba desde Cipolletti hacia Sierra Grande quedó varado en la ruta, sin agua ni comunicación, cuando el colectivo de larga distancia en el que se trasladaba se detuvo por falta de combustible a pocos kilómetros de la localidad de Chimpay. Horas más tarde, al retomar el viaje en otra unidad, el colectivo no se detuvo en el parador correspondiente y, luego de una discusión con los choferes, la persona fue obligada a descender a la intemperie, sin su equipaje.

Tras varios intentos administrativos para obtener una compensación por parte de la empresa Autotransportes Andesmar S.A., y al no lograrlo, el cliente inició una demanda de menor cuantía en el Juzgado de Paz de Sierra Grande.

En el fallo se explicó que el hombre abordó el colectivo interno 5295 a las 10 de la mañana, una hora después del horario estipulado. Hacia el mediodía, a unos 15 kilómetros de Chimpay, la unidad se detuvo por falta de combustible. Las personas pasajeras permanecieron en el lugar hasta que personal policial y de bomberos organizó traslados particulares hacia la terminal de esa localidad. Recién a las 22 horas llegó otra unidad para continuar el viaje.

Durante la madrugada siguiente, ya en las proximidades de Sierra Grande, el colectivo pasó de largo por el lugar donde la persona solía descender. Al pedir que se detuviera, el chofer la insultó y se negó a retroceder. Un segundo conductor, que no se encontraba de servicio, intervino en la discusión. Según el relato, descendió del vehículo con el torso descubierto y un cinturón en la mano, y obligó al pasajero a bajar, lejos de su destino y sin su valija.

Frente a esta situación, presentó reclamos ante Defensa del Consumidor de San Antonio Oeste y Sierra Grande. La empresa negó los hechos denunciados y ofreció una suma compensatoria que fue rechazada por el cliente. Luego, las partes intentaron una instancia de mediación, sin resultados.

En su análisis, la jueza de Paz sostuvo que existió una relación de consumo encuadrada en la Ley 24.240 y en el Código Civil y Comercial. Señaló que el proveedor debe garantizar información clara, trato digno y cumplimiento del servicio contratado. También indicó que, ante la existencia de dudas, corresponde interpretar el contrato de manera más favorable a la persona usuaria.

El fallo consideró acreditada la situación de vulnerabilidad de la parte actora y concluyó que el accionar de la empresa vulneró los derechos protegidos por la normativa vigente. Además del daño material, el juzgado identificó una afectación moral relacionada con la angustia, el maltrato sufrido y la pérdida del equipaje.

La sentencia también impuso un resarcimiento en concepto de daño punitivo, al considerar que la empresa ignoró los distintos reclamos administrativos y obligó a la persona afectada a acudir al Poder Judicial para resolver el conflicto.

Finalmente, la magistrada condenó a la empresa Andesmar a pagar, en concepto de daño directo, la suma de $1.400.000; en concepto de daño extrapatrimonial, $200.000; y en concepto de daño punitivo, $200.000, más intereses.

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Judiciales

Un hombre intentó revincularse con sus hijos, pero ellos se negaron: Primó el derecho superior del niño

El padre presentó una demanda, en la que pidió un esquema de visitas mensuales, pero los niños lo rechazaron porque el vínculo se volvió insostenible.

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Luego de varios años sin contacto, un hombre intentó recomponer el vínculo con sus hijos pero se encontró una una negativa insalvable: los dos adolescentes le aclararon a una jueza de Familia de Bariloche que no querían volver a verlo. En la sentencia, la magistrada reconoció el derecho del progenitor, pero primó el interés superior del niño, un principio rector en el derecho de familia.

El padre presentó una demanda, en la que pidió un esquema de visitas mensuales, comunicación telefónica directa con los chicos y la posibilidad de compartir vacaciones de verano e invierno. Dijo que desde el divorcio, en 2020, no había podido contactarlos y acusó a la madre de bloquear sistemáticamente toda vía de acercamiento.

Según su relato, los intentos por restablecer el vínculo fueron frustrados por denuncias en su contra, que atribuyó a maniobras de la mujer. También aseguró que su familia actual -formada por una nueva pareja y un hijo pequeño- había sido marginada del círculo de los adolescentes.

La madre negó cada una de esas acusaciones. Aseguró que fueron los propios chicos quienes, después de varios episodios de violencia verbal, decidieron cortar el contacto. Dijo que durante un tiempo intercambiaron mensajes con su padre y lo veían en sus viajes a Bariloche, pero que el vínculo se deterioró hasta volverse insostenible. Sostuvo que sus hijos merecen tranquilidad y que no corresponde forzar una relación.

La jueza entrevistó personalmente a los adolescentes. Ambos ratificaron que no quieren tener contacto con su padre. Hablaron de una relación ya rota, que no están dispuestos a retomar. No lo nombraron como padre, sino como «el progenitor».

Los peritajes psicológicos y sociales respaldaron esas declaraciones. Los informes indicaron que los chicos tienen un entorno estable, con vínculos familiares sólidos, y que una revinculación forzada podría vulnerar su bienestar emocional.

El padre, en tanto, reconoció haber tenido actitudes agresivas en el pasado, aunque aseguró que atraviesa un proceso de terapia. Sin embargo, los profesionales señalaron que no están las condiciones para reconstruir el vínculo en este momento.

La Defensoría de Menores respaldó esa decisión y consideró que la voluntad de los adolescentes debe ser respetada. Finalmente, la jueza interviniente rechazó el pedido de revinculación.

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Política

Bono Plan Castello: La Provincia afrontó el pago con recursos propios

El Gobierno desembolsó USD 42.917.448.

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Ayer (10/09), el Gobierno de Río Negro pagó la cuarta cuota de capital de los títulos de deuda en dólares correspondientes al Plan Castello y avanza en su proceso de desendeudamiento y sostenibilidad de las cuentas públicas provinciales.

La Provincia afrontó el pago de USD 42.917.448, que equivalen a $61.279 millones, con recursos propios. «Esto es posible gracias a una gestión financiera responsable y una planificación exhaustiva y coordinada entre todas las jurisdicciones de la administración pública provincial, con el liderazgo del equipo del Ministerio de Hacienda», destacaron desde el Ejecutivo.

Este pago reduce sensiblemente la deuda correspondiente al Plan Castello en Río Negro. Desde el inicio de la actual gestión de gobierno en diciembre de 2023, el saldo del Bono Plan Castello que era de USD 320.213.087 se redujo en un 44,44%, ubicándose en USD 177.896.159 al día de hoy.

A su vez, la Provincia logró disminuir su deuda pública total en moneda extranjera en un 39,41% desde diciembre de 2023.

Con respecto a la participación del Stock de la Deuda Pública sobre los ingresos provinciales, se observa una drástica caída del 63,1% en diciembre de 2023 al 14,87% al día de hoy. Es decir que, durante esta gestión, se avanzó en el proceso de desendeudamiento pero también logrando una mayor sostenibilidad de la deuda rionegrina.

«Al priorizar la reducción de la deuda en dólares, Río Negro busca no solo mantener su equilibrio financiero, sino también fortalecer su economía a largo plazo, sentando las bases para un crecimiento que le permita consolidar su base impositiva y su sostenibilidad», concluyeron desde la Provincia.

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